El registro obligatorio de grupos de interés es un avance, pero se debería exigir más transparencia a los representantes del Estado, que son quienes toman las decisiones.
El 25 de agosto el Gobierno dio luz verde por decreto a su regulación de los lobbies, presentada como un nuevo instrumento de transparencia e integridad para controlar la influencia de estos grupos sobre las decisiones públicas.
La norma cumple con uno de los mínimos que organismos internacionales (por ejemplo, el informe GRECO) y sociedad civil llevan años reclamando a España: que exista un registro obligatorio de grupos de interés, público, en el que quien quiera influir sobre la Administración General del Estado tenga que identificarse, explicar a quién representa y dejar rastro de su actividad.
Es un avance, pero un avance mínimo y tardío. Además, registros de grupos de interés ya existen desde hace años en algunas administraciones españolas. Cataluña tiene regulación desde 2014 y organismos estatales como la CNMC cuentan también con su propio registro. Lo que faltaba era generalizarlo a la Administración General del Estado.
El problema es otro: ¿de qué sirve fiscalizar a quien llama a la puerta si no fiscalizamos principalmente a quien la abre, que es el punto desde donde podemos empezar a buscar?
Xnet lleva señalándolo desde hace un lustro. Es también y sobre todo el servidor público quien debe publicar de manera completa y actualizada su agenda de reuniones con grupos de interés, quién participó, en representación de quién, qué asunto se trató y qué documentación se entregó. Y esa obligación debe existir so pena de sanción.
La ley no hace esto. Las sanciones a cargos públicos son imprecisas e insuficientes.
El régimen sancionador que desarrolla está dirigido esencialmente a los grupos de interés. No existe un régimen equiparable de infracciones y sanciones para el cargo público que oculta, omite o no hace transparentes esos contactos.
Es una asimetría difícil de justificar. El poder y la responsabilidad institucional están precisamente del lado de quien toma las decisiones públicas.
En cambio, la regulación sí impone cargas a organizaciones ciudadanas y agrupaciones sin personalidad jurídica. Entre la información exigida para registrarse aparece el domicilio o sede. Para una multinacional esto significa publicar la dirección de sus oficinas. Para una pequeña plataforma vecinal o un colectivo informal que no tiene sede puede significar exponer el domicilio particular de una de sus integrantes.
Si únicamente vigilamos al ciudadano, asociación o empresa que intenta influir, pero apenas sancionamos al responsable público que mantiene encuentros fuera del radar, hemos regulado al lobby sin regular realmente el problema.
Lo de siempre: ellos protegiendo su gremio. ¿Al resto? Más burocracia.


