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Comunicado de las Mesas Ciudadanas de Convergencia y Acción ante la nueva reforma laboral

Fuentes: Rebelión

El 17 de septiembre de 2010 se aprobaba la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. La limitación de derechos laborales que supuso aq uella reforma fue prontamente contestada mediante la Huelga General del 29 del mismo mes. El 26 de agosto de 2011, menos de un año después y […]

El 17 de septiembre de 2010 se aprobaba la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. La limitación de derechos laborales que supuso aq uella reforma fue prontamente contestada mediante la Huelga General del 29 del mismo mes. El 26 de agosto de 2011, menos de un año después y sin haber si quiera puesto en marcha la totalidad del contenido de aquella reforma, el Gobierno del PSOE ha aprobado una nueva modificación de las leyes laborales, ahondando en la precariedad y en la temporalidad, particularmente de los trabajadores menores de 30 años como supuestas vías, claramente erróneas, de creación de empleo. La nueva reforma comparte los errores de la anterior y los amplía, siendo de nuevo una muestra de la utilización de las normas laborales como un elemento de amortiguación de las consecuencias de la crisis financiera y del modelo de producción. Ante el contenido del borrador de Real Decreto que será prontamente aprobado por el Gobierno, las Mesas de Convergencia denuncian:

– Que la nueva reforma parte, una vez más, de un error de base como es vincular la salida de crisis económica con la desregulación normativa del mercado de trabajo y la reducción de los derechos de los trabajadores. Es intolerable el grado de cinismo alcanzado por Gobierno y utilizado por el ministro de trabajo Valeriano Gómez y que se resume en la expresión «preferimos tener un empleo temporal antes que un parado». Con esta frase se pretende justificar la opción por la precariedad como vía para combatir el desempleo, planteando un dilema falso, o precariedad o paro, para cubrir un nuevo regalo a la patronal. Se trata de una falacia interesada y la realidad es la contraria: la precarización del mercado de trabajo es un factor decisivo que explica el alto desempleo existente en España en relación a otros países de la UE. Ante una recaída en recesión la vía más rápida para los despidos es la no renovación de contratos temporales como se evidenció tras el estallido de la crisis en 2008 hasta hoy. Esta medida, junto con las facilidades para realizar despidos por causas económicas incluidas en la reforma de 2010, es la carta de defunción del principio de estabilidad en el empleo y el derecho a un empleo estable y de calidad.

– Que no existe, como no existía en el caso de la anterior reforma del mercado de trabajo, una situación de extraordinaria y urgente que justifique la utilización de un Real Decreto por parte del Gobierno. La utilización de esta norma muestra de la voluntad de rehuir la discusión, primero con los agentes sociales y luego en el parlamento, para la puesta en marcha de las reformas laborales. A esto se une la «agostidad» de la decisión, orientada en idéntico sentido de opacidad y falta de transparencia.

– Que la reforma laboral afirma dirigirse a conseguir la estabilidad en el empleo lo cual es radicalmente falso tal y como afirmó el propio Ministro de Trabajo en la presentación de la misma al señalar que «preferimos tener un empleo temporal antes que un parado». Esta nueva reforma de 2011 mantiene y agrava los efectos de la del 2010 en la línea de fractura del principio de estabilidad en el empleo, aumento de la precariedad y de la temporalidad. La Ley 35/2010 del septiembre pasado, que reformó el mercado de trabajo, vinculó erróneamente la creación de empleo con una mayor facilidad para despedir, mediante la ampliación del ámbito subjetivo del Contrato para el Fomento de la Contratación Indefinida, que se amplía de nuevo con la actual reforma, con la apertura y de las causas del despido objetivo o la facilitación del procedimiento del despido colectivo. Así mismo, la ley 35/2010 introdujo, como uno de sus pocos puntos positivos, una mejora en la limitación del encadenamiento de contratos temporales. La nueva reforma laboral aprobada el 26 de agosto acaba con este límite, eliminando el art. 15.5 del Estatuto de los Trabajadores y permitiendo así el encadenamiento de contratos temporales sin límite.

– Que la nueva reforma laboral afirma dirigirse a la promoción mejorar las oportunidades de empleo y formación de los jóvenes en situación de desempleo pero basa esta promoción en la precarización de la fórmula contractual que se va a ofrecer a los jóvenes entre los 16 y los 30 años. El nuevo contrato «para el aprendizaje y la formación» permitirá contratar a las personas de menos de 30 años sin título universitario o de formación profesional, con un contrato temporal y un salario que, al adecuarse a la jornada laboral que será un 75% menor que la de un contrato ordinario, puede estar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Esta vía de inserción laboral no ofrece a los jóvenes más que inseguridad y precariedad.

– Que es cierto que en la nueva reforma se introducen otras cuestiones dirigidas al fomento del empleo, bonificando las cuotas empresariales a la seguridad social en los contratos formativos, sin duda los más precarios, o a mantener la protección social de las personas en situación límite, como la prórroga de la ayuda para la recualificación profesional de las personas que agoten la protección por desempleo. También se trata, como primer punto de esta nueva reforma, la creación del fondo individual de capitalización, que fue uno de los mandatos que la Ley 35/2010 enviaba al Gobierno. Reconociendo la falta de viabilidad de esta propuesta, largamente criticada durante la tramitación de la norma del año pasado, la nueva norma prorroga la actuación del FOGASA limitándola a los despidos procedentes. Aun cuando cada una de estas medidas sea en sí misma positiva en cuanto a la protección puntual de la situación de los empresarios y de los trabajadores, todas ellas son meros parches a los defectos estructurales creados a golpe de reformas laborales efectuadas a rebufo de cada nueva crisis económica.

Por todo lo antedicho, por lo injustificado de la adopción mediante un Real Decreto, sin el acuerdo de los actores sociales y sin el debate parlamentario, con la opacidad derivada de su aprobación durante el mes de agosto y sobretodo por su contenido contrario a los derechos de los trabajadores a un empleo estable y de calidad y en particular de los jóvenes, desde la Promotora de las Mesas de Convergencia y Acción Ciudadana, exigimos

– La retirada inmediata del Real Decreto aprobado por el Gobierno del PSOE el 26 de agosto de 2011

– La apertura de un periodo de negociaciones entre el gobierno y los agentes sociales para acometer una reforma laboral coherente con el principio de estabilidad en el empleo y la calidad del mismo y respetuosa con los derechos de los trabajadores individuales y colectivos así como la tramitación de esta reforma mediante un Ley y no mediante un Real Decreto.

Y para ello desde la Promotora llamamos a la movilización social general en todas las ciudades del Estado y a la toma del espacio público como muestra de protesta y denuncia hasta que se cambie el rumbo de la actual política laboral del Gobierno. Para ello secundamos las movilizaciones ya convocadas como la del 28 de agosto y muy especialmente la del 15 de octubre. www.redconvergenciasocial.org

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