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Cuba condena a Alan Gross

Fuentes: Rebelión

 Finalmente el sistema judicial cubano dictó sentencia en la causa seguida al señor Alan Gross. Hemos mencionado que esta persona trabaja para la compañía DAI (Development Internacional Alternative), que traducido al español significa, Desarrollo de Alternativas Internacionales. Ya explicamos que esta institución está financiada por la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional la […]

 Finalmente el sistema judicial cubano dictó sentencia en la causa seguida al señor Alan Gross.

Hemos mencionado que esta persona trabaja para la compañía DAI (Development Internacional Alternative), que traducido al español significa, Desarrollo de Alternativas Internacionales. Ya explicamos que esta institución está financiada por la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional la cual, como su nombre lo indica, es una agencia estatal.

Es curioso cómo la mistificación originada a partir de una propaganda repetida y de realidades especiales existentes en Estados Unidos, han llevado a mucha gente a desvincular ciertas actividades de Estado patrocinadas por ese país, del gobierno y de los propósitos económicos e ideológicos que se esconden detrás de inocentes nombres. Esta misma agencia tiene un nombre descriptivo que supone indicar una actividad casi altruista. La mayoría de estas agencias realizan políticas de «cómo mejorar las cosas» en los países pobres, pero el procedimiento para alcanzar «la mejoría» debe pasar por la aplicación de métodos que tienen que ver con política de Estado, más que con la administración y uso de nuevas tecnologías. Son agencias orientadas a imponer determinados patrones políticos. Sus procedimientos me recuerdan esos juegos de muchachos donde el hijo de la familia más pudiente, que no sabe jugar en condiciones extraordinarias, la mayoría de las veces casi primitivas, ofrece sus equipos deportivos advirtiendo previamente, que si no se hacen las cosas como él dice se «lleva la cancha, la pelota, las zapatillas» y se acaba el juego. Un jugador de baseball diría: «me llevo el guante y la pelota».

El señor Alan, como ya explicamos, trabajaba para esa agencia. Quizás sin saberlo, porque inocentemente no había evaluado su labor, desconocía que trabajaba en función de servir a los intereses de Estado de su país. Es posible que pensase que hacía cosas buenas, ayudando a otros. No dudo que sea un altruista convencido y que esté imbuido de buenas intenciones y posea una extraordinaria vocación social. Pero tampoco me caben dudas que la Agencia en cuestión es parte del Departamento de Estado de Estados Unidos y que en ese país existe una Ley, llamada Helms – Burton, en la cual se establece claramente, incluso de manera codificada, que para establecer relaciones con Cuba, primeramente ésta «tiene» que adoptar un sistema económico y político a imagen y semejanza de los deseos de Estados Unidos. No significa que le exijan un sistema político igual, sino a imagen y semejanza de sus deseos. En este punto debo hacer una aclaración que, sin quererlo, he pasado por alto cuando menciono el tema. Estados Unidos ni siquiera pretende que los demás países adopten un sistema como el suyo, aunque de poseer ciertas características básicas, se favorecen las negociaciones y la rápida obtención de los beneficios que sus políticas persiguen. El interés de Estados Unidos es que se favorezcan su propósitos económicos, facilitándole a sus corporaciones realizar ganancias extraordinarias y obteniendo el Estado los productos o servicios que estratégicamente requiere para ejercer un mejor control internacional. De no ser así no se explicaría que por décadas hayan mantenido relaciones con los califas de Medio Oriente, los jeques y demás anomalías históricas que han sobrevivido en esos países. Tampoco se explicarían sus relaciones con dictaduras sangrientas, sus apoyos a golpes de Estado y otras «travesuras diabólicas».

Puesto que el señor Alan trabajaba para la Agencia de un país que exige de Cuba establecer determinado sistema económico y político, no caben dudas que donde quiera que se encuentre uno de los empleados de esa «agencia», está fungiendo como «agente de un país extranjero». Es bueno recalcar que esta «agencia» está orientada a «enseñar cómo implementar alternativas» a los procedimientos al uso en los países donde ejercita sus funciones.

En el caso de esta institución, las actividades de sus empleados en otros países pueden rebasar los límites de simples «agentes» de terceros, como es el caso de Cuba, donde el propósito es modificar el Estado, lo cual implica una labor que atenta contra la superestructura política del país.

Quizás por este motivo la condena a Gross, superó la que habitualmente se le imponen a quienes son solamente agentes no declarados de otro país. Por cierto, que desconozco si esa figura legal de «agente no declarado» existe en Cuba o en otros lugares. Estados Unidos establece diferencia entre agente y espía, lo cual no significa que otros la consideren de igual manera.

Cuando se haga el conteo de las víctimas ocasionadas por la soberbia conducta de una poderosa nación, intentando imponerle condiciones, a otra que nunca ha cometido violaciones de lesa humanidad, Alan Gross debe ser mencionado.

Haya tenido o no conocimiento de causa, es casi seguro que nunca valoró hasta donde su conducta representaba una atentado en contra de la soberanía cubana.

Quizás los dos mil empleados de esta agencia, no sepan que, tras el aparente altruismo de sus labores, se oculta una actividad política de índole conspirativa, que en la mayoría de los casos, es contraria a los intereses más sensibles de los países donde opera.

*Lorenzo Gonzalo, periodista cubano residente en los EEUU y subdirector de Radio Miami (www.radio-miami.com)

Fuente: Enviado por el autor a Martianos


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