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Qué hemos perdido desde el 11-S

Derogación de la Primera Enmienda en un Estados Unidos postconstitucional (II)

Fuentes: TomDispatch.com

Traducido del inglés para Rebelión por Carlos Riba García

Para la primera parte de este artículo véase: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=186380

 

Introducción de Tom Engelhardt

 

Cuando se trata espionaje, vigilancia y violación de la privacidad hay una regla muy sencilla: no importa todo lo mal que podáis pensar que eso pueda ser; la realidad es aún peor. Gracias a Edward Snowden, hemos aprendido muchísimo sobre el régimen de vigilancia global que una de las 17 agencias de inteligencia ha creado para meter en sus fauces (y en sus instalaciones de almacenamiento) todas las comunicaciones del planeta, independientemente del formato que estas puedan tener. Recientemente también hemos aprendido mucho sobre la «gran información» y lo que las corporaciones pueden saber sobre nosotros, así como de lo mucho más que todavía pueden saber cuando la casa nuestra se llena de tecnología «inteligente».

 

Pero sabemos menos sobre hasta dónde puede llegar la vigilancia de las corporaciones en vuestros lugares de trabajo; más pronto que tarde -podéis contar con ello- la empresa o el negocio donde usted trabaja será capaz, por medio del software inteligente, controlar cada movimiento que haga, por no hablar de los de cualquiera que usted pueda contactar durante su horario de trabajo. La verdad es que, sin eufemismos, casi cualquier forma imaginable de controlarlo y vigilarlo ya está funcionando o a punto de hacerlo. En Oakland, California, por ejemplo, es posible confundir el nombre tan anodino de «Centro de dominio de la conciencia» con lo último en espiritualismo New Age. De hecho, como informó hace poco tiempo la CNN, se trata de una «propuesta de centro de vigilancia desde el cual las autoridades pueden monitorizar el puerto de Oakland y el aeropuerto de la ciudad para protegerlos de potenciales amenazas terroristas». Algún día, este centro puede integrar un sistema de manejo continuo de datos -24 horas por día, los siete días de la semana- provenientes de circuitos cerrados de cámaras de control del tránsito, lectores policiales de matrículas de vehículos, detectores de disparos de armas de fuego y otras fuentes de datos repartidos por toda la ciudad de Oakland». Esto significa que, a pesar de que teóricamente el dispositivo está pensado para la caza de terroristas (¿cuántos terroristas hay en Oakland?), será capaz de seguir todos sus pasos en cualquier sitio de la zona.

 

No es exagerado decir que en nuestro cada día más prodigioso mundo de la vigilancia, tanto sea dentro como fuera de nuestra casa, no habrá un solo sitio en el que no seamos potencialmente objeto de seguimiento y vigilancia, no habrá un sitio donde podamos estar solos. Esto significa también que, independientemente de que pensemos que eso está mal, el gobierno y los empleados de las corporaciones están ya en alguna parte creando los próximos conjuntos de procesos, tecnologías y centros para controlarnos todavía más minuciosamente.

 

Agreguemos ahora la segunda regla: no importa lo mal que usted pueda pensar sobre esta cuestión; usted no sabe ni la mitad de ella. Esto es; usted ha seguido las revelaciones de Snowden sobre la NSA, pero ningún Snowden ha dado un paso -todavía- para revelar lo que está haciendo la CIA, o el FBI, o la Agencia de Inteligencia de la Defensa, o el Departamento de Defensa Interior, o la Agencia Geoespacial Nacional. Y en relación con el estado de seguridad nacional, cuanto menos sepa usted tanto mejor. Por ejemplo, deténgase en la reciente información de Associated Press: por «razones de seguridad» (como siempre), la administración Obama «ha estado recomendando discretamente a las policías locales no dar a conocer detalles de las tecnologías de vigilancia que están utilizando para recoger en barrios enteros información básica provenientes de la telefonía celular».

 

Puede ser incluso su propio barrio el que se encuentre en esa situación; tal vez sería bastante fácil olvidar el valor de la privacidad en su vida, más allá de que usted sienta que tiene algo que ocultar o no. Justamente ayer, el Tribunal Supremo puso un freno poco frecuente en la pérdida de privacidad cuando dispuso que la policía está obligaba a obtener una orden judicial para investigar un teléfono celular después de la detención de su titular. En la segunda de una serie de tres entregas sobre el desguace de la Declaración de Derechos (enmienda por enmienda), Peter Van Buren, denunciante* del Departamento de Estado e integrante regular de Tom Dispatch, se ocupa de la derogación de la Cuarta Enmienda que establece la protección de la privacidad de los estadounidenses; si no somos cuidadosos, esta derogación puede llegar a ser algo tan típicamente nuestro como lo es la apple pie.

 

 

 

Derogación de la Cuarta Enmienda en el Estados Unidos postconstitucional; cuatro formas de dejar de aplicarla

 

He aquí un fragmento de historia de otro Estados Unidos: la Declaración de Derechos fue pensada para proteger al pueblo de los abusos de su propio gobierno. Si la Primera Enmienda es clara cuando establece explícitamente cuál es el muro de contención que protege al pueblo, la Cuarta Enmienda es clara en definir cuál es el contrafuerte de ese muro. Una vez se pensó que el gobierno nunca debería tener ni la posibilidad de impedir que el pueblo se exprese ni la de escudriñar en el interior de la vida de cada uno. Pensad en ello como en la esencia de la era constitucional, una era que terminó el 11 de septiembre de 2001 con el derribo de aquellas torres. Considerad cómo ha funcionado la privacidad antes de esa fecha y cómo funciona ahora, en el Estados Unidos postconstitucional.

 

La Cuarta Enmienda

 

Como respuesta a la excesiva intromisión del británico Rey Jorge en tiempos de la colonia, la Cuarta Enmienda no se anda con miramientos: «Los habitantes de este país tienen e l derecho de que sus personas, domicilios, papeles y efectos se hallen a salvo de pesquisas y aprehensiones injustificables, un derecho que será inviolable; al efecto, no se expedirán mandamientos que no se apoyen en un motivo verosímil, estén corroborados mediante juramento o protesta y describan exactamente el lugar que deba ser registrado y las personas o cosas que han de ser detenidas o embargadas».**

 

Es posible que en el Estados Unidos postconstitucional, el gobierno haya cogido el texto original de la Constitución guardado en el Archivo Nacional, haya hecho una bola de papel con la Cuarta Enmienda y la haya tirado a la papelera. En ese sentido, las revelaciones de Edward Snowden no son solo un golpe a nuestra conciencia sino a la mismísima Cuarta Enmienda: nuestro gobierno nos espía. A todos nosotros. Sin que medie una sospecha. Sin garantías. Sin una causa que lo justifique. Sin límites. En el antiguo contexto constitucional, esto puede ser tachado de «injustificable», pero no más que eso.

 

Entonces, aquí se explican cuatro maneras con las que, en nombre de la «seguridad» del pueblo de Estados Unidos y según nuestro gobierno, la Cuarta Enmienda en realidad ya no tiene aplicación en nuestra vida.

 

Los límites constitucionales

 

Empecemos por los límites establecidos por la Constitución. La mayoría de la gente cree que está «en» Estados Unidos tan pronto como, después de un vuelo internacional, baja de un avión, pisa tierra y se encuentra bajo la completa cobertura de la Declaración de Derechos. La verdad, en el siglo XXI, se convierte en algo infinitamente más complicado en la medida que unas prácticas antiguas son manipuladas para encajar con los deseos cada vez más extendidos del estado de seguridad nacional. Los nuevos significados de palabras y conceptos, cada día más oscuros, son distintivos del modo como funcionan las cosas en el Estados Unidos postconstitucional.

 

Con el paso de los años, reconociendo que ciertas situaciones podían hacer que los mandatos de la Cuarta Enmienda se convirtieran en algo impracticable o contrario al interés público, el Tribunal Supremo elaboró varias excepciones. Uno fue el «registro en frontera». La idea era que Estados Unidos debía ser capaz de protegerse mediante el registro o cacheo de las personas que entran en el país. Como consecuencia de ello, los registros rutinarios y sin garantías son constitucionalmente «razonables» simplemente en virtud de dónde tengan lugar. Se trata de un concepto con una larga historia, que fue definido en 1789 por el Primer Congreso.

 

Pero ese concepto tiene hoy un giro inesperado: se ha cambiado el concepto de «frontera». Al entrar en Estados Unidos desde el extranjero, nadie está legalmente en su territorio mientras no haya sido autorizado por los agentes del Departamento de Seguridad Interior (DHS, por sus siglas en inglés). Ya lo sabéis, esos tipos que miran dentro de vuestra maleta y sellan vuestro pasaporte. Hasta ese momento, estáis en un vacío legal en el que los amparos de la Declaración de Derechos y las leyes estadounidenses no tienen aplicación. Este concepto también es anterior al Estados Unidos postconstitucional y el DHS. ¿Recordáis el procedimiento de salida de la isla de Ellis*** a finales del siglo XIX y principios del XX? Los abogados no estaban permitidos allí.

 

Esas escasas excepciones formaban parte del EEUU constitucional. Hoy día, los que una vez fueron razonables registros fronterizos fueron subsumidos en un vasto concepto llamado «zona libre de la Constitución». Ahora, la «frontera» es una franja de territorio que rodea toda la nación y tiene 160 kilómetros de anchura e incluye a dos tercios de la población de EEUU. En esta vasta región, los agentes de Aduanas y Protección de Fronteras (CBO, por sus siglas en inglés) pueden instalar puestos de control y realizar cacheos sin garantías. Del mismo modo, en los aeropuertos, los ciudadanos estadounidenses están sujetos a registros e incautaciones, tal como la realizadora de cine Laura Poitras -cuyo trabajo está centrado en las medidas nacionales de seguridad en general, y particularmente en Edward Snowden- sabe de primera mano. Desde 2006, prácticamente cada vez que Laura Poitras regresó a Estados Unidos, su avión recibió la visita de los agentes del gobierno, y su laptop y su teléfono móvil fueron examinados.

 

Hay muchos casos de alto perfil similares (incluyendo el de un investigador de Wikileaks y un partidario de Chelsea Manning), pero los ciudadanos corrientes no están del todo eximidos de esos controles. Aunque ya en el aeropuerto, estéis pisando suelo estadounidense y apenas un cristal os separe de vuestros seres queridos, todavía no estáis en Estados Unidos y no tenéis los derechos consagrados por la Cuarta Enmienda. No se sabe cuántos en total de estos registros se realizan en los aeropuertos. La mejor información que tenemos proviene de un pedido de la ACLU (American Civil Liberties Union) hecho en el marco de la Ley de Libertad de Expresión (FOIA, por sus siglas en inglés). Esta solicitud reveló que, desde octubre de 2008 hasta abril de 2010, más de 6.600 personas -alrededor de la mitad de ellas ciudadanos estadounidenses- tuvieron que pasar por dispositivos de cacheo electrónico en la frontera.

 

De cualquier modo, recordándonos que hasta en el camino al infierno es posible encontrar cierto sentido del humor, la CBP nos brinda en su página web este sin duda involuntario juego de palabras: «No es la intención de la CBP someter a los viajeros a un examen sin garantías» (énfasis añadido).

 

Todo constitucional dentro de casa

 

He aquí otro ejemplo de adaptación de las definiciones para que encajen con las necesidades primordiales del estado de seguridad nacional: el Departamento de Justicia creo una interpretación postconstitucional de la Cuarta Enmienda que permite el acceso a millones de datos registrados de estadounidenses utilizando solo citaciones en lugar de órdenes judiciales.

 

Algo sobre el marco contextual de todo esto: la orden judicial es un permiso que da el tribunal para buscar o incautar una cosa. Como pone claramente la Cuarta Enmienda, la orden judicial debe ser específica: «entrar en la casa de Thomas Anderson para buscar un software obtenido ilegalmente». Las órdenes judiciales solo pueden emitirse a partir de una «causa probable». El Tribunal Supremo define como causa probable aquella que requiere un alto nivel de prueba o, para citar sus propias palabras, «una considerable probabilidad de que se encontrará un contrabando o un delito en un sitio en particular».

 

Por el contrario, una citación no es otra cosa que una orden gubernamental para que un ciudadano o una organización hagan algo, normalmente que presenten un documento. Los requisitos para la emisión de una citación son flexibles; así, la mayor parte de las agencias ejecutivas pueden extenderlas sin intervención de un tribunal. En estos casos, no hay una supervisión independiente.

 

El Departamento de Justicia reclama ahora que, basándose en la Cuarta Enmienda, puede simplemente citar a una empresa de Internet como Facebook y solicitarle que examine y le entregue todos los registros que tenga del señor Anderson. El Departamento de Justicia lo explica de esta manera: no está haciendo una búsqueda sino pidiendo a una organización que la haga. En lo que respecta a sus abogados, ellos no necesitan orden judicial. Además, el Departamento de Justicia cree que tiene la autoridad de librar citaciones que impliquen registros múltiples, tal vez hasta los que tiene Facebook. ¿Registros sobre lo que usted subió? ¿O lo que subió un grupo en el que está usted? ¿O cualquiera? No lo sabemos, ya que las bases de datos como Facebook y Google tienen la prohibición de revelar a la NSA u otras agencias del gobierno la mayor parte de la información sobre usted que manejan.

 

Es muy fácil perder la noción de la gravedad de esta interpretación interna cuando se trata de la Cuarta Enmienda. Si hoy llegara a su casa el FBI y le exigiera acceder a sus correos electrónicos, haría falta una orden judicial extendida por un tribunal después de haber examinado las causas probables para hacerlo. Sin embargo, si con el mismo fin el Departamento de Justicia puede simplemente librar una citación a Google, puede entregar todos los mensajes por Gmail que usted envío en su vida sin necesidad de una orden judicial y aun así no constituiría una «búsqueda». El Departamento de Justicia viene realizando esto aunque un tribunal de apelación dictaminó en 2010 que la obtención «a granel» de datos de correos electrónicos sin orden judicial viola la Cuarta Enmienda. Un manual de trabajo del FBI publicado bajo la Ley de Libertad de Información lo dejó claro: los agentes del FBI no necesitan una orden judicial para acceder a múltiples correos electrónicos cuando se obtienen directamente de Google, Yahoo, Microsoft u otros servidores.

 

¿Hasta dónde el uso de la citación viola la Cuarta Enmienda? Hace poco tiempo, el inspector general del Departamento de Asuntos de los Veteranos (VA, por sus siglas en inglés) emitió una citación -sin intervención del tribunal- que solicitaba al Proyecto de Supervisión del Gobierno (POGO, por sus siglas en inglés) que le entregara toda la información que hubiera recogido en relación con abusos y malos manejos en las unidades médicas del VA. El POGO es un grupo privado y sin fines de lucro que se dedica a ayudar a denunciantes. La citación al VA solicitaba acceso a datos encriptados enviados al sitio web del POGO con promesa de anonimato por empleados del VA, tanto actuales como antiguos.

 

En lugar de tratar de romper subrepticia e ilegalmente la encriptación de los datos para exponer a los denunciantes, el gobierno eligió un camino más sencillo -aunque inconstitucional-; simplemente pidió nombres y datos. El POGO se negó a obedecer el requerimiento de la citación, dando lugar así a una confrontación de tipo legal. En tanto se resuelva, consideremos esto simplemente como otra señal de la dirección adoptada por el gobierno cuando la Cuarta Enmienda está en juego.

 

La tecnología y la Cuarta Enmienda

Algunos observadores sugieren que aquí no hay nada nuevo. Por ejemplo, la compilación de información relacionada con ciudadanos estadounidenses inocentes realizada por la escasamente tecnificada FBI de Edgard Hoover en los sesenta ha sido muy documentada. Los informes sobre actividades, grabaciones de conversaciones y fotos de reuniones y encuentros personales, todas ellas obtenidas secretamente, mostraban la vida de luchadores por los derechos civiles, músicos populares y manifestantes pacifistas. Desde 1956 hasta al menos 1971, el gobierno grabó las llamadas y conversaciones de ciudadanos estadounidenses en el marco del programa de contrainteligencia del FBI (COINTELPRO, por sus siglas en inglés).

 

Pero aquellos que ven en estas historias de ilegalidad gubernamental cierto sesgo tranquilizador -es decir, nada nuevo bajo el sol- no han caído en la cuenta del enorme impacto del rápido desarrollo tecnológico. En relación con la escala, el alcance y la eficiencia, los sistemas que la NSA y otras agencias de inteligencia emplean hoy dentro de Estados Unidos son algo completamente nuevo e históricamente significativo. Aquí, el tamaño importa.

 

Evitar semejante invasión de lo digital significaría esencialmente renunciar a vivir en sociedad, que no es exactamente lo que haría la mayor parte de los estadounidenses. Hoy día, gran parte de nuestra vida se desarrolla en el mundo del online, desde las operaciones bancarias hasta los viajes y las redes sociales. Mientras la NSA se limitaba un día a las nociones tradicionales de la comunicación -la palabra hablada y la palabra escrita- se fueron creando nuevas y numerosas posibilidades de seguir a las personas y de introducirse en su vida. Las agencias de inteligencia, por ejemplo, ahora pueden coleccionar imágenes suyas, tanto en forma de fotos como de vídeos, y someterlas a la tecnología de reconocimiento facial que, cada día con mayor eficiencia, puede ponerle un nombre a una cara. Esa tecnología, utilizada hoy tanto en los casinos como en el mundo secreto del estado de seguridad nacional, pueden extraer una cara de una multitud e identificarla, tomando en cuenta la edad, los cambios en el pelo, nuevas gafas, sombreros y cosas por el estilo.

 

El reconocimiento facial es una rama de la vastísima categoría llamada biométrica, que emplea los rasgos físicos y biológicos peculiares de cada persona para identificarla. Puede tratarse de cualquier cosa que va desde algo tan corriente como las huellas dactilares hasta los modernos registros de ADN o el escaneo del iris (la biométrica ya está instalada entre los grandes negocios e incluso tiene sus propias asociaciones comerciales en Washington). Una de las más grandes bases de datos biométricos conocidas del mundo es llevada por el Departamento de Estado. Tan tempranamente como diciembre de 2009, su Base de Datos Consulares Consolidados (CDD, por sus siglas en inglés) contenía 75 millones de fotografías de estadounidenses y extranjeros, y crecía a un ritmo de 35.000 imágenes por día. La CDD también recoge y almacena indefinidamente las huellas digitales de todos los extranjeros a los que se les otorga visados.

 

Con cada día más datos disponibles, la NSA y otras agencias están creando formas de almacenamiento de datos de cada vez mayor capacidad. Este almacenamiento es barato y capaz de entregar una enorme abundancia de datos; sus límites son escasos y solo tienen que ver con la disponibilidad de energía eléctrica y de agua para refrigerar los equipos electrónicos. Seguramente, las últimas tecnologías resuelven muchas de las restricciones conocidas para que el almacenamiento de datos sea aún más fácil y económico. Los viejos tiempos de archivadores de documentos, primero, y de ruidosos discos, después, han quedado atrás en la era de las grandes naves de almacenamiento de megadatos.

 

Los procedimientos para agrupar la información también cambian rápidamente. Hubo un tiempo en el que se guardaba en armarios o gabinetes en oficinas separadas; más tarde -hasta el 11-S de 2001-, en islas digitales mantenidas burocráticamente por cada agencia. La combinación de los requerimientos posteriores al derribo de las Torres Gemelas y las nuevas tecnologías condujo a la fusión de las bases de datos. Hoy día, la información proveniente de fuentes distintas, como lecturas de matrículas de vehículos, grabaciones de escuchas telefónicas y registros de elección de libros en una biblioteca, pueden agruparse y ser compartidas fácilmente. Básicamente, todo lo relacionado con una persona, es decir, los datos recogidos en todo el mundo por agencias y medios distintos, ahora se puede reunir en un único «archivo».

 

Una vez que se tiene el «almiar», todavía falta encontrar la aguja en la paja. Para resolver esto, las tecnologías emergentes han crecido aún más en su capacidad de analizar millones de datos en cuestión de segundos. Algunas de estas tecnologías -las más simples- están incluso al alcance del público, como el programa NORA de IBM, que encuentra relaciones no obvias. Este programa es capaz de examinar varias bases de datos -por ejemplo, localizaciones geográficas GPS y listas de amigos en las redes sociales- y reconocer relaciones que quizás no resulten obvias a primara vista. El programa es rápido y no necesita intervención humana; funciona en modo 24/7/365/Forever (las 24 horas del día, los siete días de la semana, los 365 días el año y siempre. N. del T.).

 

Las herramientas como NORA y sus parientes más sofisticados -y secretos- son la solución que tiene la NSA para uno de los últimos obstáculos en el conocimiento de casi todo: la necesidad de analistas humanos para «seguir la línea de puntos». Los buenos analistas necesitan un tiempo para formarse y entrenarse, son propensos al error humano y -debido a la rápida expansión del suministro de datos- siempre están muy exigidos. Para la NSA, el análisis automatizado tiene además otras ventajas: los programas de análisis no tienen conciencia y no pueden hacer denuncias.

 

¿Qué significa todo lo expuesto en términos de la Cuarta Enmienda? Muy sencillo: los aspectos tecnológicos y humanos que en el pasado limitaban la recogida y el procesamiento de información están desapareciendo rápidamente. Antes de estos «avances», incluso los gobiernos más malintencionados, urgidos por importunar y abolir la privacidad de la ciudadanía, eran contenidos por el freno de lo posible. Ahora, todos los frenos tecnológicos se han evaporado y lo posible es cada día más aquello que al funcionario o al burócrata de turno se le ocurra hacer. Eso significa que el único freno cuando de violar la Cuarta Enmienda se trata es la buena voluntad del gobierno, algo que podría calificarse como la peor pesadilla de los que redactaron la Constitución.

 

En este frente, sin embargo, hay señales esperanzadoras de que el Tribunal Supremo podría volver al papel de control y equilibrio de poderes propio de la era constitucional. Una señal, que apunta directamente a la Cuarta Enmienda, es la decisión unánime esta semana acerca de que la policía no puede investigar el contenido de una célula del sistema telefónico móvil si no cuenta con una orden judicial (el Tribunal también emitió recientemente una resolución que determina que la inclusión de alguien, sin posibilidad de cuestionamiento, en las listas gubernamentales de personas que no pueden subir a un avión (las famosas no fly lists) son anticonstitucionales, otra señal esperanzadora).

 

Antes de la decisión referida a los teléfonos celulares, el cumplimiento de la ley sostenía que si una persona era detenida por, digamos, una infracción de tránsito, la policía tenía el derecho de examinar todo el contenido de su teléfono celular -listas de llamadas, fotos, redes sociales, contactos, todo lo que pudiera encontrarse en el dispositivo-. Era habitual que la policía examinara todos los objetos físicos en poder del detenido -sin orden judicial de registro- alegando que esa era una medida para la protección del agente.

 

Sin embargo, en su nueva decisión el Tribunal reconoció que un teléfono celular representa mucho más que un «objeto físico». La información que contiene el teléfono es un retrato de la vida de una persona como lo es el contenido de un armario en su casa o el del ordenador personal que ella tiene sobre su escritorio. La investigación de estos lugares requiere casi siempre una orden judicial.

 

¿Importa esto cuando se habla de las tecnologías de seguimiento en poder de la NSA? Puede ser. Si bien es cierto que la decisión del Tribunal Supremo aplica directamente al cumplimiento de la ley en la calle, sugiere una evolución conceptual del Tribunal, un reconocimiento de que los avances tecnológicos han modificado la Cuarta Enmienda. El teléfono celular ya no es un objeto más; ahora se reconoce que es una puerta de acceso a otra información que para su comodidad una persona ha decidido reunir en un lugar con una razonable expectativa de privacidad.

 

Revelaciones de la seguridad nacional bajo HIPPA

 

Mientras -antes de Snowden- se suponía que el paquete electrónico de violaciones de la Cuarta Enmienda debía funcionar en el más absoluto secreto, he aquí una trasgresión que se produce a plena luz del día: desde 2002, mi médico puede revelar mi historia clínica a la NSA sin mi permiso ni conocimiento. Lo mismo pasa con la suya, estimado lector.

 

En 1996, el Congreso aprobó la Ley de Responsabilidad y Portabilidad de la Información Sanitaria (HIPPA, por sus siglas en inglés) «para asegurar que la información sanitaria de las personas goza de la adecuada protección». Es probable que el lector [si es usted estadounidense] haya firmado un consentimiento en el consultorio de su médico autorizándole a permitir el acceso a su historia clínica. No obstante, en 2002 y sin que trascendiera demasiado, el congreso enmendó la ley HIPPA para permitir que se revelaran las historias clínicas en interés de la seguridad nacional. Específicamente, la nueva versión de esta «ley de privacidad» estipula: «también podemos revelar su historia clínica personal (PHI, por sus siglas en inglés) a los agentes federales autorizados en la medida que sea necesario para las actividades de seguridad e inteligencia nacionales». El texto se introduce de lleno en la documentación de su proveedor de cuidados sanitarios. Le sugiero que lo mire.

 

¿Cómo funciona esto? No lo sabemos. ¿Tiene acaso la NSA u otras agencias acceso continuo a las historia clínicas de todos los estadounidenses? ¿Deben solicitar específicamente alguna? ¿Tienen los médicos alguna alternativa y en qué condiciones? Nadie lo sabe. Mi organización de mantenimiento de la salud (HMO, por sus siglas en inglés), después de muchos intentos, me remitió al texto de la HIPPA, que asegura que cumple con la ley.

 

Es frecuente que las revelaciones de Snowden sean descartadas por las personas que se asombran ante la posibilidad de que tengan algo que deban esconder (¿qué me importa si a la NSA le interesan los vídeos de mi precioso gato?). Es por eso que destaca el espionaje en el cuidado sanitario. ¿Puede haber algo más intrusivo que su gobierno tenga acceso irrestricto a esta parte tan importante y privada de su vida?, algo -de paso sea dicho- que tan poco tiene que ver con la seguridad nacional o el combate contra el terrorismo.

 

Ahora, nuestros servidores de cuidados sanitarios, en directa confrontación con la Cuarta Enmienda, forman parte de esa metástasis en que se ha convertido el estado de seguridad nacional. Usted tiene todo el derecho de sentir temor, pero, por lo que más quiera, no discuta sus miedos con su médico.

 

Cómo lo irrazonable se convierte en razonable

 

En este punto, en el contexto de la seguridad nacional, a efectos prácticos la Cuarta Enmienda ha sido abolida como parte del Estados Unidos postconstitucional. Se han escrito unos cuantos libros sobre Edward Snowden y cada día está disponible más información sobre el espionaje gubernamental. Los ejemplos no escasean. Aun así, la obviedad de lo que se viene haciendo es algo imposible de ignorar, y todos los discursos tranquilizadores del presidente y otros funcionarios demuestran que no son otra cosa que mentiras; el gobierno continúa dándole vueltas a un falso debate sobre cómo «conciliar» la libertad con la seguridad, mientras agita el fantasma de otro 11-S si se restringe el espionaje. Una vez más, el argumento es: «si no se esconde nada, no hay nada que temer».

 

En el Estados Unidos postconstitucional, las palabras antiguas que una vez definieron nuestra democracia no han sido dejadas de lado: son retorcidas como nunca lo habían sido. Los registros, que antes eran irrazonables, se han convertido en razonables gracias a la interpretación gubernamental de la Cuarta Enmienda. Las herramientas tradicionales de la ley, como las citaciones y las órdenes judiciales, siguen existiendo en la medida en que se metamorfosean en monstruos.

 

A los ciudadanos de nuestro país se les dice (y a menudo se lo creen) que conservan derechos que ya no tienen. No hay más que escuchar la retórica desplegada en la celebración de nuestras libertades este 4 de julio (el original de este blog de Tom Dispatch es del 26 de junio de 2014. N. del T.) . Aunque debería ser así, no se oirá mucho referente a la NSA. En el Estados Unidos preconstitucional, los colonos sabían que estaban bajo la bota del Rey. En los estados totalitarios del siglo pasado, como la Unión Soviética, los ciudadanos sobrellevaban su carencia de derechos y privacidad con sombría humor y sutil protesta. Sin embargo, en Estados Unidos -siempre un país excepcional-, los ciudadanos observan pasivamente como desaparecen sus derechos en beneficio de oscuros designios, mayormente sin protesta y a menudo celebrando todavía una tierra que ya no existe.

 

 

Peter Van Buren hizo sonar su silbato cuando en su primer libro, We Meant Well: How I Helped Lose the Battle for the Hearts and Minds of the Iraqi People (Fuimos claros: cómo ayudé a perder la batalla por el corazón y la cabeza del pueblo iraquí) denunció el despilfarro y la mala administración del Departamento de Estado de EEUU. Miembro regular de Tom Dispatch, Peter escribe sobre acontecimientos de actualidad en su blog WeMeantWell. Su nuevo libro, Ghosts of Tom Joad: A Story of the #99Percent (Los fantasmas de Tom Joad: una historia del 99 por ciento), ya está disponible. En próximas entregas de Tom Dispatch, Peter se ocupará de otras enmiendas que están siendo desmanteladas en la era posterior al 11-S.

 

Notas:

* La palabra «denunciante» no tiene la sonoridad, ni la vistosidad, ni el simbolismo de «whistleblower» (literalmente: soplador de silbato) del original en inglés. (N. del T.)

 

** La Cuarta Enmienda fue redactada en el inglés del siglo XVIII. Esta traducción es libre en cuanto a que su redacción responde a ineludibles criterios modernos de expresión. La redacción original de la Cuarta Enmienda es esta: » The right of the people to be secure in their persons, houses, papers, and effects, against unreasonable searches and seizures, shall not be violated, and no Warrants shall issue, but upon probable cause, supported by Oath or affirmation, and particularly describing the place to be searched, and the persons or things to be seized». (N. del T.)

 

*** Centro de recepción de inmigrantes que entraron a EE.UU. por el puerto de Nueva York, que funcionó en la isla de Ellis entre 1892 y 1954 . (N. del T.)

 

 

Fuente: http://www.tomdispatch.com/blog/175861/