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La UE advierte que reintroducir los permisos de trabajo contraviene las normas europeas en materia de libre circulación de trabajadores

El gobierno restringe la libre circulación de ciudadanos rumanos

Fuentes: Kaosenlared

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la petición de un permiso para los inmigrantes rumanos que quieran trabajar en España, una medida que ya había adelantado y que no afectará a los que ya están residiendo en el país. Según ha explicado el portavoz del Gobierno, José Blanco, esta medida pretende «adaptar el […]

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la petición de un permiso para los inmigrantes rumanos que quieran trabajar en España, una medida que ya había adelantado y que no afectará a los que ya están residiendo en el país. Según ha explicado el portavoz del Gobierno, José Blanco, esta medida pretende «adaptar el flujo de inmigrantes a las necesidades del mercado laboral y evitar que caigan en la economía sumergida».

Según el gobierno, el convenio de adhesión de Rumanía, al igual que el de Bulgaria, preveía unas salvaguardias que permitían restringir el flujo de personas hasta 2014 mediante permisos de trabajo, un condicionante que han mantenido Francia, Alemania e Italia. Con esta medida, lo que hace España es adoptar la misma posición que estos países, una medida que, según ha comentado Blanco, «se hará en coordinación con las autoridades de Rumanía».

En una nota remitida a las agencias el ejecutivo planteaba que «Es una decisión estrictamente técnica, basada en consideraciones internas generadas por la situación del mercado laboral en España», según se argumenta en la nota. Trabajo e Inmigración insiste en que es una medida «temporal» y sometida a «evaluación continuada» según evolucione el mercado laboral. Así, los Ejecutivos de España y Rumanía han acordado crear un grupo «operativo» de trabajo para gestionar todos los aspectos derivados de la aplicación de la medida.

La decisión se enmarca, se asegura, en la política migratoria general adoptada por el Gobierno a través del diálogo con los interlocutores sociales, que persigue «ajustar» los flujos de entrada a las necesidades del mercado de trabajo. Se insiste en que la moratoria no afecta a la libre circulación europea.

«El 30% de los rumanos que residen en nuestro país están en situación de desempleo», ha justificado Blanco

«La realidad de hoy es que el mercado de trabajo no tiene nada que ver con la de 2007 y siempre hemos dicho que la voluntad es regular la situación de los trabajadores en nuestro país», ha señalado el ministro, que también ha sentenciado que «no podemos admitir una mayor presión en el mercado de trabajo de nuestro país, y más teniendo en cuenta que el 30% de los rumanos que residen en nuestro país están en situación de desempleo».

Por su parte el ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, asegura que «la legislación europea permite» a los Estados miembros reactivar las restricciones al libre empleo de los ciudadanos rumanos aún cuando estas, como es el caso de España, se hubieran levantado.

«La legislación europea permite el que haya en los Gobiernos nacionales acuerdos de aplicación excepcional y transitoria de la moratoria con respecto a los permisos de trabajo de los ciudadanos afectados por la ampliación de Europa a una unión con 27 países, entre ellos Bulgaria y Rumanía», ha señalado.

La Comisión Europea considera que contraviene la libre circulación de personas en la UE

La Comisión Europea ha advertido este viernes a España de que «en principio no puede» reintroducir los permisos de trabajo para los ciudadanos rumanos, tal y como ha anunciado el Gobierno, porque contravendría las normas europeas en materia de libre circulación de trabajadores.

«España ha liberalizado su mercado de trabajo (a los ciudadanos rumanos) y aplica el derecho comunitario sobre libertad de circulación del trabajador (…). En ese contexto, España en principio no puede reintroducir nuevos acuerdos transitorios para los trabajadores rumanos», ha informado en rueda de prensa un portavoz comunitario, David Boublil.

El portavoz ha explicado que existen salvaguardas que permiten «excepcionalmente» a un Estado miembro solicitar autorización para reintroducir restricciones, esto es, en el caso de que exista una situación que amenace el derecho comunitario o plantee «serios problemas para el mercado laboral». Pero en cualquier caso, debe «someter una petición» al Ejecutivo comunitario.

Las autoridades españolas no han informado por el momento a la Comisión de esta decisión, por lo que Bruselas ha rechazado «especular» sobre una medida que no le ha sido notificada aún, aunque ha dejado claro que España «debe comunicar sus intenciones» para ser examinadas y comprobar si están en línea con las normas de la UE.

Convenios internacionales C 97 y C 143 sobre trabajadores/as migrantes ratificados por España incumplidos sistemáticamente

Los trabajadores extranjeros residentes en España ganan la mitad que los españoles. Según un informe de la Unión General de Trabajadores (UGT), su salario asciende a 10.526 euros anuales, frente a los 20.069 euros que cobran los españoles en promedio. Además, la temporalidad de sus contratos limita su acceso a indemnizaciones por despido y a prestaciones sociales.

Según el artículo 6 del C 97 todo Miembro para el cual se halle en vigor el presente Convenio se obliga a aplicar a los inmigrantes que se encuentren legalmente en su territorio un trato no menos favorable que el que aplique a sus propios nacionales en relación con materias como la remuneración, jornada laboral, vacaciones, afiliación a sindicatos, cotizaciones y prestaciones a la seguridad social.

Estudio social nº 31 de La Caixa sobre inmigración

Menos del 1% de los perceptores de pensiones son extranjeros (de ellos, más de la mitad son europeos). A su vez, se calcula que la alta tasa de actividad de los inmigrantes contribuirá a retrasar en cinco años la entrada en déficit del sistema de pensiones, además de frenar el envejecimiento poblacional.

Los inmigrantes consultan un 7% menos al médico de cabecera y un 16,5% menos al especialista, aunque recurren un 3,2% más a los servicios de urgencias. Actualmente la proporción del gasto sanitario que absorben equivale a poco más del 5% del total.

El 30% de los inmigrantes en España son pobres, frente al 18% de autóctonos que se encuentran en esta situación. No obstante, sólo un 6,8% de las intervenciones de los servicios sociales se dirigen a la población inmigrante.

El 50% del superávit de las finanzas públicas en los años de mayor crecimiento correspondió a impuestos y contribuciones sociales aportados por la inmigración. Sin embargo, la crisis ha castigado duramente a estos colectivos, que en la actualidad sufren tasas de desempleo superiores al 30%

Más de la mitad de los españoles percibe al inmigrante como un competidor en el acceso a prestaciones y servicios sociales. Los autores advierten que estas actitudes pueden aumentar en las próximas dos décadas, con el envejecimiento del colectivo y el incremento de las peticiones de ayudas y servicios.

L@s trabajadores/as no son ilegales, la ilegalidad se practica habitualmente por los empresarios y autoridad laboral que permiten y fomentan condiciones laborales precarias a l@s trabajadores/as migrantes.

Cae en un grave error la clase trabajadora española al creer que su precariedad viene determinada por el trabajo migrante que aceptan condiciones laborales a la baja de lo que fijan los convenios.

Fuente: http://www.kaosenlared.net/noticia/gobierno-restringe-libre-circulacion-ciudadanos-rumanos

Referencias:

http://www.diariocordoba.com/noticias/noticia.asp?pkid=653214

http://www.europapress.es/sociedad/noticia-valeriano-gomez-legislacion-europea-permite-recuperen-permisos-trabajo-rumanos-20110722150255.html

http://www.latiza.es/Indicadores.aspx?con=191922&np=2

http://www.telecinco.es/informativos/sociedad/noticia/1542389/

http://www.lavanguardia.com/politica/20110722/54190270049/el-gobierno-reactiva-la-exigencia-de-permiso-de-trabajo-a-los-rumanos.html

http://associacionousciutadans.blogspot.com/2011/03/trabajadores-inmigrantes-ganan-la-mitad.html

http://www.ilo.org/ilolex/cgi-lex/convds.pl?C097

http://www.ilo.org/ilolex/cgi-lex/convds.pl?C143