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El Proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual a debate

Fuentes: Rebelión

Será preceptivo un plan estratégico audiovisual en el Estado español cada seis años (en la CAE ya no hacemos planes estratégicos audiovisuales).

El proyecto de Ley –a debate de enmiendas en las próximas semanas– debe valorarse en función de los avances y retrocesos que supone respecto a la ley vigente de 2010 en temas como servicios públicos, derechos ciudadanos y de los usuarios, diversidad, pluralismo, lenguas, menores, géneros, publicidad, obra audiovisual, cuotas e inversión en obra europea y propia, gobernanza…

n mi opinión, el proyecto presentado es una oportunidad perdida pues se limita a una trasposición (obligatoria) conservadora de la Directiva Europea de Servicios Audiovisuales (2018), con mantenimiento de los aspectos lesivos de la legislación vigente y el desaprovechamiento de nuevas posibilidades regulatorias.

En el proyecto de ley se dan cita, por un lado, una visión mercantilista de la comunicación, que obvia los derechos de la ciudadanía implicados; y por otro, el achicamiento de la esfera pública y del papel de la regulación y de los servicios públicos como garantías de democracia y progreso social.

Al fondo, se denota la debilidad de la democracia frente a la plutocracia de plataformas y de operadores, ante las que se reacciona con miedo institucional por su poderío, omnipresencia e hipotéticas consecuencias. La esfera pública ya está gestionada por la economía de la atención y de la adicción, desde preferencias conducidas por estímulos y algoritmos, y a ser crecientemente federalizada en torno a emociones y populismos retrógrados, a costa de la racionalidad, la privacidad y de los valores.

Hay con todo algunos aspectos de interés en el proyecto de ley. Dice querer responder a los nuevos contenidos audiovisuales con las mismas reglas de juego para cualquier tecnología utilizada, por lo que propone una regulación (aunque mínima y tímida) de la selva, en torno a obligaciones de las plataformas de TV no lineales (a petición), de intercambio de vídeos y de agregadores de servicios de comunicación audiovisual de terceros. Mantiene obligaciones de programación de la ley vigente (reservar el 51% del tiempo de emisión de TV convencional a obras audiovisuales europeas), y las extiende de forma (muy) restringida a las ofertas de las plataformas (HBO, Netflix etc.) con exclusión (incomprensible) de obligaciones para con las lenguas oficiales minoritarias.

En lo que respecta a derechos ciudadanos de sectores sociales, avanza algo sobre los derechos de la mujer en comunicación. Asimismo, mejoran las obligaciones para la accesibilidad de las personas discapacitadas. Conceptualmente, por exigencia europea, trae como novedad el concepto de prominencia aunque con escaso desarrollo.

Se mandata extender la autorregulación y corregulación en distintos campos. Será preceptivo un plan estratégico audiovisual en el Estado español cada seis años (en la CAE ya no hacemos planes estratégicos audiovisuales). Se señala que las comunidades autónomas pueden elevar las exigencias de esta ley sobre sus servicios públicos en lo relativo a financiación de obra audiovisual. Se entiende que las autoridades autonómicas de comunidades con lengua propia puedan exigir a RTVE «dar a conocer la diversidad cultural y lingüística de España» (art. 50).

Por el lado negativo, se bendice la concentración mediática en radio, televisión –lineal y no lineal– y plataformas al mantener muchas de las inaceptables normas vigentes (27% de límite sobrepasable de concentración de audiencias televisivas y se reiteran los quince años de período de duración de las licencias para prestar el servicio mediante ondas hertzianas terrestres).

El derecho a la participación no está. El inadecuado órgano regulador –Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia– que debería haber cedido su rol a un específico Consejo del Audiovisual –del que también carecemos por desidia en la CAE–, queda opacado por las funciones que se reserva el Gobierno; se apuesta por la ausencia de centralidad para los servicios públicos que, si en el caso de RTVE, sigue con un modelo financiero obsoleto e inestable, en el caso de los canales públicos autonómicos, no aparecen como partícipes del cambio digital ni de sus nuevas rentas; a la RTV comunitaria no se le permiten medios para sobrevivir más allá de la mendicidad.

La regulación publicitaria, así como la de protección de menores son peores que la ley vigente. Tampoco se desarrolla lo que conlleva la diversidad que es confundida con el pluralismo, para llanto de Unesco.

Las cuotas de pantalla y de financiación para obras europeas se quedan en el escalón de mínimos por miedo a las plataformas; los servicios de intercambio de vídeos están mal regulados y escapan a múltiples obligaciones posibles; hay unas cuantas invasiones competenciales pero, lo peor, es que no se hace partícipes a las CCAA de derechos en torno a los cambios tecnológicos (reserva de dominio publico en el 4G y 5G) y a la autorregulación audiovisual. Se las ancla en la era hertziana y en la TDT.

En lo que respecta a lenguas minoritarias no hay compromisos porcentuales –hoy por hoy y antes de enmiendas– en cuotas de pantalla ni de financiaciones de plataformas, televisiones en abierto ni en RTVE, con lo que su desaparición de las pantallas continuará y se agravará más allá de los nichos donde se han refugiado. Es de esperar que aquí fuercen las cosas ERC, PNV, EH Bildu, BNG, JxCat, En Comú, CUP, Compromís… Es sabido que ERC condicionó su apoyo a la ley de presupuestos Generales a que se modificara el proyecto en ese aspecto pero no parece un cambio estructural un fondo de ayuda gubernamental a producción audiovisual y doblaje.

En este último aspecto lo lógico habría sido la reserva de un 40% para las lenguas cooficiales de los fondos resultantes en las significativas cuotas de pantalla y en financiaciones obligatorias «de la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas», por la simple razón de que no señalar porcentajes implica que el 99% vaya al castellano cuando la realidad sociolingüística es que el 41% de la población del Estado español vive en territorios con lenguas minorizadas.

El resto de temas, que marcan la diferencia entre un enfoque progresista, democrático y de diversidad, apenas si se tocarán, salvo puntualmente como explico en mi informe en “Teledetodos”.

Además del contenido de ley, también opera, en sordina, el miedo de las fuerzas que sostienen al Gobierno Sánchez a propiciar una inestabilidad gubernamental con riesgo de unas elecciones adelantadas favorables a la derecha y ultraderecha.

Si la Ley General del Audiovisual de 2010 ya fue una ley confeccionada con el aliento y pluma de Uteca (Unión de Televisiones Comerciales en Abierto), ahora esa función de rendir el sistema comunicativo al ámbito privado, pero en esta ocasión ante las plataformas digitales multinacionales, la ha asumido Nadia Calviño, que no ha querido ir un ápice más allá de las exigencias de la Directiva Europea de 2018 que todo el mundo sabe que era de mínimos. El proyecto de un Hub audiovisual en Madrid –y con alguna ramificación en Barcelona– para toda Europa patrocinado por las plataformas de streaming ejerce de zanahoria para inspirar el repliegue gubernamental.

Un debate con algunas cartas marcadas.

Ramón Zallo, profesor emérito de la EHU/UPV

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.