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El fallo pone en evidencia la condena de Bateragune

El TC legaliza Sortu y reconoce que se vulneró el derecho de asociación

Fuentes: Naiz

El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso presentado por Sortu contra su ilegalización más de un año después de que fuera vetada, según ha confirmado a través de una nota. La resolución, que se dará a conocer íntegramente en los próximos días, se ha adoptado por seis votos a cinco. Habrá tres votos particulares. Los […]

El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso presentado por Sortu contra su ilegalización más de un año después de que fuera vetada, según ha confirmado a través de una nota. La resolución, que se dará a conocer íntegramente en los próximos días, se ha adoptado por seis votos a cinco. Habrá tres votos particulares. Los promotores de Sortu comparecerán mañana en Bilbo.

El Tribunal Constitucional ha decidido estimar la demanda de los promotores de Sortu contra su ilegalización y «declarar vulnerado el derecho de asociación de los recurrentes en su vertiente de libertad de creación de partidos políticos», según ha confirmado a través de una nota.

El alto tribunal español declara nulo el auto del Tribunal Supremo que vetó la inscripción del partido abertzale en el registro del Ministerio de Interior y ordena «restablecerles su derecho, «reconociendo a los recurrentes el derecho a la inscripción de dicho partido político».

Seis a cinco

La nota no precisa cuántos magistrados se han pronunciado a favor de la legalización, aunque distintos medios han difundido que el recurso de Sortu se ha resuelto por 6 votos a favor y 5 en contra. El Constitucional solo indica que tres magistrados han anunciado votos particulares y que la sentencia íntegra se notificará «en los próximos días».

A favor de la legalización habrían votado el presidente del Constitucional, Pascual Sala; el vicepresidente, Eugeni Gay, y los magistrados Luis Ortega, Pablo Pérez Tremps, Adela Asua y Elisa Pérez Vera, ponente del asunto y encargada de redactar la sentencia que se notificará en los próximos días, según indica la agencia Efe.

En contra se han pronunciado Francisco Hernando, Francisco Pérez de los Cobos, Ramón Rodríguez Arribas, Javier Delgado y Manuel Aragón. El voto de Hernando figurará en la sentencia a pesar de que ayer fue intervenido quirúrgicamente y hoy estaba hospitalizado, por lo que no ha estado presente en la reunión de hoy. Efe señala que su voto se contabiliza porque había intervenido en las deliberaciones anteriores y había manifestado ya su postura contraria a que Sortu sea legalizada.

Más de un año esperando

La decisión de avalar la legalización de Sortu llega más de un año después de su veto.

El 7 de febrero de 2011, el abogado Iñigo Iruin y el político independentista Rufi Etxeberria presentaban los estatutos de Sortu en un acto celebrado en Bilbo.

Un día después, sus promotores presentaron de forma oficial la formación de izquierdas y abertzale que iba a concurrir a las elecciones municipales y forales que posteriormente se celebraron en mayo.

Tras registrar sus estatutos en la sede del Ministerio español de Interior, la maquinaria estatal abortaba la inscripción de Sortu como partido político.

Apenas un mes más tarde, la Sala del 61 del Tribunal Supremo daba la razón al Gobierno español y prohibía su inscripción en el registro de partidos alegando que constituía una sucesión de la ilegalizada Batasuna.

Con este veto, la formación independentista no pudo concurrir a las elecciones municipales y ha permanecido ilegalizada hasta que el Tribunal Constitucional, tras varias sesiones plenarias, ha abogado por su legalización.

«El fundamento jurídico 16»

El fallo del Tribunal Constitucional contiene, sin embargo, un extremo que necesita aclaración y que desde los servicios del propio TC dicen que todavía no pueden ofrecer.

La nota emitida señala que se reconoce a Sortu «el derecho a la inscripción de dicho partido político, en los términos previstos en el fundamento jurídico 16». El problema es que, al no haberse hecho pública la sentencia por el momento, no es posible saber cuáles son esos términos.

El Tribunal Constitucional ha declarado nulo el auto de la Sala del 61 del Supremo, por el que no admitió el registro de Sortu «por ser continuidad o sucesión del partido político declarado ilegal y disuelto Batasuna».

El fundamento jurídico 16 podría hacer mención a que la inscripción se haga efectiva «si satisface los demás requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica de Partidos Políticos», según avanzó el diario «El Mundo» ayer.

La agencia Efe aseguró por la tarde que la sentencia contendrá una enumeración «tajante e inequívoca» de las conductas que llevarían a la formación abertzale a su ilegalización «a posteriori». Cuando permitió a Bildu concurrir a las elecciones, el TC aludió a «la panoplia de instrumentos de control a posteriori de que se ha dotado, mediante las últimas reformas legales, nuestro ordenamiento». Esta vez no habrá una referencia general a esos instrumentos, sino una enumeración completa y concreta.

Madrid, discrepa y vigila

Algo parece saber el Gobierno español sobre los términos de la sentencia, cuando el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, además de mostrar su «discrepancia» con el contenido, anuncia que está a la espera de saber cuáles son los límites que el TC establece a la participación política de Sortu y el margen de la actuación del Ejecutivo.

Presiones previas al TC

Los intentos de que el TC mantuviera la ilegalización de Sortu se sucedieron durante la mañana de ayer, antes de que se conociera el fallo. El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, aseguró que la posición del Ministerio Público con respecto a Sortu es «clarísima», ya que las decisiones de la Sala del 61 del Tribunal Supremo son correctas y «no procede la legalización de esa entidad electoral».

El exsecretario de Estado de Seguridad y director del Area de Constitución e Instituciones de FAES, Ignacio Astarloa, uno de los impulsores de la Ley de Partidos, no solo se pronunció por la ilegalización, sino que personalizó su exigencia en el presidente del TC, Pascual Sala.

El fallo pone en evidencia la condena de Bateragune

Desde distintas instancias se llamó ayer la atención sobre el hecho de que la sentencia del Tribunal Constitucional pone en evidencia las condenas de cárcel que sufren las personas que protagonizaron el inicio del debate que dio lugar al cambio estratégico de la izquierda abertzale y la creación de Sortu.

Fuente: http://www.naiz.info/eu/actualidad/noticia/20120620/el-tribunal-constitucional-legaliza-sortu