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El Tribunal Internacional Benito Juárez

Fuentes: La Jornada

La iniciativa surgió el 26 de julio de 2004, cuando fue publicada la carta A los amantes de la paz, en la que numerosos firmantes de varios países convocan a erigir un tribunal civil internacional que con jueces, fiscal y defensa analice y juzgue, desde una perspectiva moral y jurídica, la criminal conducta del gobierno […]

La iniciativa surgió el 26 de julio de 2004, cuando fue publicada la carta A los amantes de la paz, en la que numerosos firmantes de varios países convocan a erigir un tribunal civil internacional que con jueces, fiscal y defensa analice y juzgue, desde una perspectiva moral y jurídica, la criminal conducta del gobierno de Estados Unidos hacia Cuba en el último medio siglo y las inminentes agresiones que prepara contra sus dirigentes, gobierno y pueblo.

A varios meses de esa fecha, la idea prosperó gracias a la perseverancia de un comité organizador que ha llevado al cabo las acciones necesarias para que el tribunal sesione en la ciudad de México del 24 al 27 de abril próximos.

Pese a que el Tribunal Internacional Benito Juárez no tiene carácter vinculante con organismos de administración de justicia nacionales o internacionales, los organizadores garantizan los procedimientos del «debido proceso», siguiendo las rutas trazadas por el memorable Tribunal Russell, que juzgó los crímenes contra la humanidad que Estados Unidos perpetró en Vietnam, y tomando en cuenta la experiencia del Tribunal de Bruselas, que el año pasado juzgó las acciones criminales de ese gobierno en Irak.

El comité organizador, después de presentar la denuncia o querella ante la opinión pública con el documento de julio, solicitó el auxilio de la sociedad civil cubana para integrar el expediente-base de los dictámenes acusatorios o alegatos que la fiscalía presentará a los jueces próximamente.

Bajo la conducción de José Luis Toledo, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, un equipo de especialistas cubanos (peritos de la fiscalía) preparó un impresionante sumario en el que se califican y fundan los presuntos delitos cometidos por Estados Unidos. Paralelamente se han integrado a la averiguación previa pruebas documentales y testimonios, tanto de la parte agraviada (Cuba) como de quienes se consideren terceros perjudicados (ciudadanos de América Latina o de cualquier parte del mundo). En enero de este año la fiscalía se integró con el abogado y profesor universitario Enrique González Ruiz, ex rector de la Universidad Autónoma de Guerrero, con la coadyuvancia de Toledo.

El compendio acusatorio, que muy pronto se pondrá en el sitio de la red (www.tribunalbenitojuarez.org), se divide en cinco partes.

En la primera se analiza la violación al principio de no intervención, concluyéndose que a lo largo de los 45 años de existencia de la revolución cubana, la política de Estados Unidos contra la república de Cuba ha estado signada por la violación flagrante, sistemática y explícita de ese principio.

También se analiza el plan del gobierno de Estados Unidos «para coadyuvar a una Cuba Libre» que, en suma, pretende revertir la revolución, restaurar el capitalismo y restablecer la dominación imperial sobre la nación cubana.

En la parte dos del expediente se efectúa un análisis jurídico sobre la ilegalidad del bloqueo económico, financiero y comercial impuesto a Cuba por Estados Unidos a partir del 3 de febrero de 1962, por la vía de la proclama presidencial 3447, y reforzado por leyes como la Torricelli, expedida por el Congreso estadunidense en 1992, o la Helms-Burton, que codificó todas las normas, regulaciones, leyes y órdenes presidenciales adoptadas desde 1962, pasando todo ello a rango de ley del Congreso.

Se presenta un peritaje especialmente elaborado por los expertos cubanos para el Tribunal Internacional Benito Juárez sobre el monto total de los daños y perjuicios ocasionados a la economía cubana por el bloqueo, calculado en más de 79 mil millones de dólares.

El documento señala los principios del derecho internacional que el bloqueo contraviene: los de igualdad soberana, no intervención, independencia, así como el derecho a la nacionalización, a la libertad de financiamiento e inversión, y el que plantea la subordinación de compañías subsidiarias a las leyes del país residente, entre otras sobre comercio internacional, y muchas más de la propia legislación estadunidense.

La tercera sección toca el tema de los daños humanos infligidos al pueblo de Cuba por Estados Unidos mediante una demanda formal presentada por organizaciones sociales y de masas en la sala de lo civil y lo administrativo del Tribunal Provincial Popular de La Habana. En este documento se describe la guerra desatada contra el pueblo cubano a través de una variedad de acciones políticas, militares, económicas, biológicas, diplomáticas, sicológicas, propagandísticas, de espionaje, la ejecución de actos terroristas y de sabotaje, la organización y apoyo logístico a bandas armadas y grupos mercenarios clandestinos, el aliento a la deserción y emigración, así como los intentos de liquidar físicamente a los dirigentes del proceso revolucionario. Todo ello, asienta la querella, «se demuestra mediante im-portantísimas declaraciones públicas de autoridades del gobierno de Estados Unidos, así como de las incontables e irrebatibles pruebas acumuladas por las autoridades cubanas y, de modo elocuente, por los numerosos documentos secretos desclasificados.»

Se cierra el alegato en las secciones IV y V con documentos que analizan las trasmisiones subversivas de la llamada Radio Martí, la guerra sicológica, política e ideológica y, por último, aproximaciones sobre la solución pacífica del diferendo Estados Unidos-Cuba.

Con el Tribunal Internacional Benito Juárez se refrenda el historial de solidaridad de Nuestra América con la revolución social que rescató la dignidad frente al imperio.