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Gómez Bermúdez, un juez rapado con mucha cara

Fuentes: Rebelión

El juez Gómez Bermúdez, hoy titular del Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional y otrora Presidente de la sala de lo penal, se acercó rapado a Bilbao para, en mesa redonda y ante una sala abarrotada, hablar de una de sus numerosas paridas: de la doctrina 197/2006, popularmente conocida como doctrina Parot, […]

El juez Gómez Bermúdez, hoy titular del Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional y otrora Presidente de la sala de lo penal, se acercó rapado a Bilbao para, en mesa redonda y ante una sala abarrotada, hablar de una de sus numerosas paridas: de la doctrina 197/2006, popularmente conocida como doctrina Parot, o en román paladino la doctrina de «donde dije digo ahora digo Diego». Y vino a defenderla en territorio enemigo, cosa que alguien de los presentes la calificó de valentía y a mí más bien me pareció cara, mucha cara la de este juez malagueño. Fue un baile siniestro lo ocurrido esa tarde en la sala del Colegio de Abogados de Bilbao.

«Amaia Izko, abogada del equipo de defensa de la presa Inés del Río, y Sáinz de Rozas defendieron el contrapunto jurídico . Izko incidió en que la doctrina introdujo una fractura del Estado de Derecho aplicando con retroactividad un cumplimiento de penas distinto al impuesto en su día. Esa trampa vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y en consecuencia Estrasburgo emitió una sentencia muy fundada y unánime. Ahora, si el Gobierno español quiere revocarla, sobre él recae la carga de la prueba.

Yendo más allá, la abogada vasca consideró que «lo que está aquí en juego no es tanto una interpretación u otra, o que unas personas queden o no en libertad; lo que está en juego es la aplicación universal de los derechos humanos a todas las personas y la calidad democrática del Estado.

Sáinz de las Rozas, experto jurídico de la oficina del Ararteko , se situó en la misma onda. Lo argumentó jurídicamente pero tras recordar que no hay que perder de vista la cuestión principal: en el fondo hubo una decisión política para establecer que el objetivo de las condenas a militantes de ETA ya no era la resocialización, «sino también la prevención y la retribución. O sea, el discurso duro de `si lo haces, lo pagas’. El concepto de fondo es que los derechos son para los ciudadanos, no para los enemigos del sistema. Es el Derecho Penal del Enemigo». Para la oficina del Ararteko, no es admisible, por lo que concluyó afirmando que «cruzo los dedos para que la presión que está haciendo el Gobierno español no tenga efectos». (Gara)

Y, cómo no, el juez Gómez defendió la imparcialidad de los tribunales de la Audiencia Nacional, que, con lo que ha llovido, viene a ser algo así como hierro de madera. » En una charla ofrecida en Iruñea hace unos años, el entonces jefe de lo Penal de la Audiencia Nacional ya expuso con orgullo que algunos magistrados de esta instancia especial, entre los que se ubica, han ejercido de «avanzadilla» del Estado contra la disidencia vasca» (Gara).

Ante los numerosos casos de tortura denunciados por detenidos vascos durante décadas se lavó las manos con un «Yo no», que uno no sabe si quiso decir con ello «los demás sí», excusando así su silencio de años, tal vez su colaboración callada., porque como sostiene el afamado forense, Paco Etxeberría, en un grueso libro de 925 páginas, «La tortura en Euskal Herria», editado en el 2012: «Los forenses de la Audiencia Nacional no cumplen su trabajo ni ética ni deontológicamente, aunque la responsabilidad última de las torturas se la achaca al juez. Porque él es el responsable máximo de la seguridad e integridad del detenido. Y se debería imputar a los jueces en los casos de tortura, de ese modo empezarían a cumplir con su deber».

El juez Gómez Bermúdez demostró en una sala del Colegio de Abogados de Bizkaia tener poco pelo pero mucha cara. A la salida tropecé con la noticia: habemus papam, un tal Bergoglio, argentino, y me acordé de esa especie de tango funesto, que acababa de presenciar en la Sala del Colegio de abogados de Bilbao.  

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.