William M. LeoGrande es profesor de Gobierno y ex decano de la Escuela de Asuntos Públicos de la American University. El analista sobre Latinoamérica accedió a responder algunas de nuestras preguntas sobre la posible aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton que Estados Unidos aplica a Cuba desde la década de los noventa. ¿Cree […]
William M. LeoGrande es profesor de Gobierno y ex decano de la Escuela de Asuntos Públicos de la American University.
El analista sobre Latinoamérica accedió a responder algunas de nuestras preguntas sobre la posible aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton que Estados Unidos aplica a Cuba desde la década de los noventa.
¿Cree que esta administración aprobará el Título III de la ley Helms-Burton? Y si es así, ¿por qué ahora?
La administración Trump da todos los indicios de permitir que el Título III entre en vigencia. En noviembre, el asesor de seguridad nacional, John Bolton, amenazó con hacerlo. La suspensión por 45 días que Pompeo aprobó a principios de este mes parece ser un preludio para permitir que entre en vigencia. Hay varias razones detrás de la decisión de hacer esto ahora y no antes en la presidencia de Trump. Permitir que el Título III entre en vigencia tendrá importantes costos diplomáticos con nuestros aliados, y esto disuadió al anterior equipo de política exterior de no prestar atención a las demandas de Marco Rubio de que lo hicieran. El nuevo equipo, especialmente Bolton y Mauricio Claver-Carone, han adoptado posiciones extremistas respecto a Cuba durante muchos años. Además, la crisis en Venezuela proporciona una excusa.
Aplicarlo ahora podría tener un doble propósito: (1) aumentar la presión sobre Cuba como parte de su política en la región; y (2) una política electoral para las elecciones presidenciales de 2020. ¿Alguna idea sobre esto?
El presidente Trump cree que ganó la Florida debido al voto cubanoamericano y permitir que el Título III entre en vigencia es un asunto importante para los cubanoamericanos ricos que aún piensan que recuperarán sus propiedades. Nadie más se beneficia.
Desde el punto de vista legal, ¿significa una violación del derecho internacional y las leyes estadounidenses?
No es una violación de la ley de Estados Unidos porque es una parte de la ley de Estados Unidos. Reconocer los reclamos de propiedad de personas que no eran ciudadanos en aquel momento y permitirles emprender acciones contra compañías extranjeras por acciones tomadas fuera de Estados Unidos no tiene base en el derecho internacional y viola la doctrina del «acto de estado», la cual prohíbe a los tribunales de un país emprender acciones legales contra personas de otro país por cosas hechas fuera de la jurisdicción del primer país.
¿Podría prever las reacciones de los países afectados? Hay algunos, como Canadá, que previamente han aprobado lo que se conoce como leyes antídoto.
Todo país que tenga una relación económica con Cuba o que quiera desarrollarla reaccionará negativamente a esto, como lo hicieron cuando se aprobó por primera vez en 1996. Daña las relaciones con aliados clave como México, Canadá y la Unión Europea en un momento en que estamos tratando de obtener su ayuda para resolver la crisis en Venezuela, que es mucho más importante para el interés nacional que la propiedad de los cubanoamericanos nacionalizados hace medio siglo.
¿Cuál podría ser la reacción de los reclamantes estadounidenses reconocidos que se verían afectados?
Los reclamantes estadounidenses probablemente se opondrán a permitir que el Título III entre en vigencia porque reducirá la disposición de Cuba a negociar las reclamaciones certificadas, algo que estaba haciendo bajo la administración de Obama.
Traducción de Germán Piniella para Progreso Semanal.