Recomiendo:
0

La rotura podría inundar Gibraleón y Huelva de lodos tóxicos

La Junta de Andalucía autoriza un irresponsable y peligroso recrecimiento de las balsas mineras de Riotinto

Fuentes: Rebelión / Ecologistas en Acción

La historia se repite veinticinco años después. En 1995 la Junta de Andalucía autorizó a la empresa Boliden un recrecimiento de la balsa de Aznalcóllar que fue el detonante de su rotura en abril de 1998.

Ahora, el pasado 14 de julio de 2020, el Director General de Industria, Energía y Minas, Francisco Javier Ramírez García, ha aceptado la propuesta de la Delegada del Gobierno andaluz en Huelva, Bella Verano Domínguez y ha autorizado a la empresa Atalaya Riotinto Minera,  un proyecto denominado de  “mejoras operativas y de seguridad” de recrecimiento de sus balsas mineras, que puede ser el detonante del colapso de esas balsas en los próximos años.

La Junta de Andalucía ha decidido autorizar el recrecimiento de los inmensos depósitos de residuos mineros que Atalaya gestiona en las minas de Riotinto, eximiéndole de la obligación de espesamiento de lodos al 50 % que establecía el proyecto original, y que ahora se reduce a tan sólo el 35 % de sólidos.

Esa obligación de espesamiento al 50 % de lodos mineros, ahora eximida, fue propuesta en febrero de 2014 por el entonces representante legal de la empresa Emed Tartessus (actualmente Atalaya Riotinto Minera), Fernando Arauz de Robles Villalón, mediante un documento de “Aplicación de mejores técnicas disponibles y análisis de alternativas al proceso de deposición de estériles”.

Según ese documento, el espesamiento al 50% es la única forma de garantizar la seguridad de esas balsas, y resultó entonces determinante para conseguir las autorizaciones de la Junta de Andalucía para la reapertura de la histórica mina de Riotinto en 2015.

Desde diciembre de 2019 Fernando Arauz es Secretario General de Industria, Energía y Minas, y por tanto responsable último de la decisión que acaba de adoptar su Director General de autorizar el recrecimiento de las balsas mineras eliminando la condición de seguridad de espesamiento al 50 % de los lodos mineros, y por tanto resultará responsable de las consecuencias catastróficas que en el futuro pueda producir esta decisión, con pleno conocimiento que tiene de las “mejores técnicas disponibles” para evitar esa catástrofe.

La Junta de Andalucía ha decidido ignorar totalmente las advertencias realizadas por el especialista en seguridad de presas mineras, Dr. Steven Emermann, en su informe  “Análisis de riesgo de las presas de relaves en la Mina Riotinto” en el que se recomendaba el cese inmediato el vertido de lodos por el riesgo extremo de rotura catastrófica por licuefacción, argumentando que los defectos de mezcla de limos y arenas, desaparición de playas de seguridad y ausencia de espesamiento de los lodos antes de verterlos en las balsas, incrementan hasta niveles inaceptables un posible efecto casi instantáneo de licuefacción, como el que produjo la rotura de la balsa de la empresa Vale en Brumadinho (Brasil), el 25 de enero de 2019.

El tamaño colosal de los depósitos, que acumulan 70 millones de metros cúbicos de lodos con altísima concentraciones de metales pesados, en la que destaca la concentración de arsénico (prácticamente 1gramo por cada kg), implicaría que una futura rotura llevaría a una inundación con lodos tóxicos de Sotiel Coronada, Aljaraque y las zonas oeste de Gibraleón y la capital de Huelva, con un vertido 17 veces más grande que el producido con la catástrofe anunciada de Aznalcollar.

Inexplicablemente, la Junta de Andalucía ha decido ignorar todas y cada una de las alegaciones presentadas por Ecologistas en Acción a la hora de aprobar la nueva Autorización Ambiental Unificada (AAU) y la nueva autorización de reinicio de trabajos mineros, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el Tribunal Supremo confirmaran la nulidad de la AAU de 2014 y del reinicio de 2015. Sin embargo, la propia Junta confirma ahora que las nuevas autorizaciones de 2020 son idénticas a la de 2014 y 2015 anuladas por el TSJA, lo que supone claramente una burla de esas sentencias.

Resolución de la Junta de Andalucía: https://drive.google.com/file/d/1KXbtUbJbz4hjcf7hr8CkQSZYz_d8iWUg/view