El 27 de mayo pasado hizo un año que el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU declaró arbitraria la detención y prisión de los Cinco: Gerardo Hernández, Ramón Labañino, Antonio Guerrero, Fernando González y René González, por contravenir el artículo 14 de la Convención Internacional de […]
El 27 de mayo pasado hizo un año que el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU declaró arbitraria la detención y prisión de los Cinco: Gerardo Hernández, Ramón Labañino, Antonio Guerrero, Fernando González y René González, por contravenir el artículo 14 de la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos, e instó al gobierno de Estados Unidos a adoptar las medidas necesarias para solucionar esta situación.
El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias, uno de los mecanismos especiales de la Comisión de Derechos Humanos de ONU, que se compone de cinco expertos, fue establecido en 1991. Hace un año, en mayo del 2005, lo componían expertos de España, Hungría, Irán, Paraguay y Argelia. Como consta, tres de los expertos provienen de países cuyos gobiernos son aliados de Estados Unidos.
El Grupo de Trabajo adoptó esta decisión como resultado de la solicitud que le hicieran personalmente en Ginebra en el 2003 los familiares de los Cinco y después de evaluar los argumentos brindados, tanto por los familiares, como por el gobierno de Estados Unidos.
El gobierno de Estados Unidos rechazó el dictamen del Grupo de Trabajo despreciando así una vez más a la justicia en su ensañamiento con los Cinco. De igual manera mantiene a los Cinco injustamente presos -por casi ocho años- a través de una detención y un proceso judicial en su contra basados en acusaciones falsas. Hace ya diez meses desde que el Tribunal de Apelaciones del Onceno Circuito, compuesto por tres jueces, nombrado por el Pleno del Tribunal de Apelaciones de ese Circuito, dictaminara unánimemente la anulación del juicio de los Cinco, determinando la revocación de sus condenas. Mas no fueron libres. A través de enmarañados procesos de apelaciones en los tribunales, que burlan a la justicia, los Cinco -inocentes- continúan encarcelados, bajo condiciones penosas.
El dictamen del Grupo de Trabajo es extremadamente importante ya que es el mecanismo aceptado por los Estados Miembros para que la ONU haga valer sus criterios sobre los aspectos del Derecho Internacional que se relacionan con estos casos.
¿En qué se basa la decisión del Grupo de Trabajo? Para conocer sus conclusiones cito de su Opinión con relación a los Cinco:
«Después del arresto, e independientemente del hecho de que los detenidos habían sido informados de su derecho a guardar silencio y de que el Gobierno le había facilitado la defensa, fueron mantenidos en confinamiento solitario durante 17 meses, durante los cuales la comunicación con sus abogados y el acceso a la evidencia y, con ello, las posibilidades de una defensa adecuada se vieron debilitadas.
Como el caso fue clasificado como de seguridad nacional, se vio afectado al acceso por parte de los detenidos a los documentos que contenían la evidencia. El Gobierno no ha refutado el hecho de que los abogados de la defensa tuvieron un acceso muy limitado a la evidencia debido a esta clasificación, lo que afectó negativamente su capacidad para presentar evidencia contraria. (…)
El Gobierno no ha negado que el clima de predisposición y prejuicio contra los acusados en Miami persistió y contribuyó a presentar a los acusados como culpables desde el principio. No fue impugnado por el Gobierno el hecho de que un año más tarde el mismo admitió que Miami no era el lugar adecuado para celebrar un juicio donde estaba probado que era casi imposible seleccionar un jurado imparcial en un caso vinculado con Cuba.
El Grupo de Trabajo observa que a partir de los hechos y circunstancias en que se celebró el juicio y de la naturaleza de los cargos y de las severas sentencias dadas a los acusados se infiere que el juicio no tuvo lugar en el clima de objetivad e imparcialidad que se necesita para concluir que cumple con las normas de un juicio justo, como se define en el Artículo 14 de la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de la cual Estados Unidos es parte.
El Grupo de Trabajo llega a la conclusión de que los tres elementos enunciados arriba, en su conjunto, son de tal gravedad que confieren a la privación de libertad de estas cinco personas un carácter arbitrario.«
Seguido, el Grupo de Trabajo insta al gobierno de Estados Unidos a adoptar las medidas necesarias para remediar esta situación de conformidad con el Derecho Internacional.
Este dictamen coincide y confirma los argumentos esenciales del equipo de abogados de la defensa de los Cinco y de la decisión del Tribunal de Apelaciones del Onceno Circuito que en agosto pasado anulara el juicio y revocara sus condenas.
Todos sabemos la respuesta del gobierno de Estados Unidos ante estas abrumadoras pruebas de iniquidad, la cual demuestra su desprecio por el imperio de la ley y la justicia.
* Andrés Gómez, director de Areítodigital