Recomiendo:
0

La Renta de Garantía de Ingresos y el empeoramiento de los salarios y derechos sociales

Fuentes: Viento Sur

[En la mayor parte de los países de la Unión Europea existen programas de rentas mínimas para paliar los efectos de la pobreza y la exclusión social (o aparentar que se hace eso). Dichos programas son enormemente heterogéneos tanto en su cobertura como en su cuantía económica, pero en buena parte de países se trata […]

[En la mayor parte de los países de la Unión Europea existen programas de rentas mínimas para paliar los efectos de la pobreza y la exclusión social (o aparentar que se hace eso). Dichos programas son enormemente heterogéneos tanto en su cobertura como en su cuantía económica, pero en buena parte de países se trata de programas de carácter estatal. En el caso español, en cambio, no existe un modelo de carácter estatal, sino que cada Comunidad Autónoma tiene su propio programa. En la mayoría de casos llamar «programa de rentas mínimas» a esas disposiciones autonómicas es un eufemismo verbal, ya que ni se acercan siquiera a lo que sería una cobertura necesaria para superar las situaciones de pobreza. La Comunidad Autónoma del País Vasco sostiene, comparativamente, el mejor programa tanto en lo que se refiere a la cobertura como a la cuantía económica: la Renta de Garantía de Ingresos (RGI)/1. Con el alcalde de Vitoria-Gasteiz, Javier Maroto, como abanderado, el PP ha abierto una campaña contra la inmigración acusándola de uso fraudulento de la RGI. Este artículo trata sobre ello; pero, además, toda la información y valoraciones que incluye sobre la RGI, nos parecen muy útiles para quienes, también en cualquier otra Comunidad Autónoma del Estado español, defienden los derechos sociales de la inmigración y el derecho subjetivo, de toda persona que lo necesite, a una renta mínima de ingresos para no caer en la pobreza. Una versión reducida del mismo artículo la publicó su autor en el diario GARA el pasado 20 de noviembre. NdeR]

El objetivo de este artículo es presentar un enfoque complementario a las críticas que han realizado varios movimientos sociales y una parte de la izquierda política a la campaña xenófoba del PP contra el disfrute por la población inmigrante en general y particularmente la de origen magrebí de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) en la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) /2.

No se va analizar aquí, pero si recordar brevemente, la desfachatez de hacer responsable a la inmigración del fraude del dinero público de la RGI y otras ayudas sociales, obviando las cifras enormemente más elevadas del rescate de la banca, el fraude fiscal, la evasión de capitales y los sobreprecios de todas las contrataciones públicas que acompañan a la corrupción… procesos en los que el PP tiene una responsabilidad evidente. Mezclando, además, el fraude, de alcance escaso, con los desajustes en el funcionamiento de LANBIDE(Servicio Vasco de Empleo) en la gestión de la RGI. Llama también la atención que reclamen procedimientos manu militari para las devoluciones de las cantidades percibidas «indebidamente» por las personas perceptoras de la RGI, mientras que los procesos de corrupción se dilatan eternamente por la interposición de todos los recursos judiciales posibles. Y es que como decía alguien tan poco sospechoso de radicalismo como el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, la justicia española está pensada para quienes roban gallinas y no para los empresarios y políticos corruptos y los ladrones con corbata.

La solidaridad

Como dice uno de los juristas laboralistas más reconocidos, el francés Alain Supiot, «A diferencia de la caridad…, la solidaridad no divide el mundo entre los que dan y los que reciben. Todos deben contribuir al régimen (de solidaridad) según su capacidad y todos tienen la facultad de beneficiarse de él según sus necesidades. La organización de la solidaridad, como expresión de la dignidad de todos los seres humanos por igual, es un freno a la extensión de la lógica mercantilista en todas las actividades humanas. Por esta razón, desde hace treinta años, es el blanco privilegiado de las políticas neoliberales«. /3

Algún dato puede servir para valorar el alcance de la solidaridad en la CAV. El presupuesto total del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos, que comprende la RGI, la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV) y las Ayudas de Emergencia Social (AES), asciende en el año 2014 a 460 millones de euros, lo que equivale al 4,5% de sus Presupuestos Generales, con los que se logra una alta rentabilidad social, mucho mayor que la de infraestructuras como el Tren de Alta Velocidad con un coste muchísimo mayor. Otro dato: el gasto en el conjunto del sistema de protección social (que incluye partidas tales como la asistencia sanitaria, las pensiones, etc.) es 4,8 puntos inferior en la CAV en relación con la Unión Europea y su equiparación exigiría, según un estudio del sindicato ELA, un aumento anual de 3.125,8 millones de euros.

Quienes señalan que la población inmigrante es perceptora de la RGI en una proporción que supera a lo que representa en el total de población, se olvidan (muy conscientemente) de que en partidas sociales de mayor cuantía, como las pensiones de la Seguridad Social, existe en la actualidad una enorme desproporción de sentido contrario entre las personas inmigrantes que cotizan y las que perciben pensiones, parte de las cuales no llegarán nunca a percibirlas por no llegar a alcanzar el período mínimo de 15 años de cotización necesario para cobrar las pensiones de jubilación. Olvidan también que el acceso a la RGI está relacionado con tasas de desempleo muy superiores a las de la población autóctona: en la CAV, en el 2013, el desempleo de la población de nacionalidad española era del 14,9% mientras que el correspondiente a la extracomunitaria alcanzaba el 39%. /4

Pobreza y exclusión social

En la CAV, según el informe del Gobierno Vasco Encuesta de Necesidades sociales 2014 Módulo EPDS-Pobreza hecho público este mismo mes de noviembre de 2014, todos los indicadores de la pobreza y exclusión social han crecido de forma importante durante la crisis.

Si se escoge el indicador AROPE de la UE, que considera, además de las situaciones de riesgo de pobreza (ingresos inferiores al 60% de la mediana), las relativas a la baja intensidad laboral y la privación en el acceso a algunos bienes o servicios básicos, se aprecia que la situación de pobreza y exclusión social medida por ese índice afecta al 22,7% de las personas en el 2014, frente al 17,9% de 2008. En ese mismo período, la pobreza extrema (ingresos inferiores al 40%) habría aumentado desde el 3,5% al 4,9%. Ello es paralelo a una reducción de los ingresos del 10% más pobre de la población, que de suponer el 3,88% de la renta total en 2008 ha pasado al 3,41% en 2014.

El proceso de empobrecimiento de una parte de la población vasca, absoluto y relativo, está siendo acompañado de un aumento de la desigualdad: el índice de Gini, que mide la desigualdad de ingresos mediante un coeficiente comprendido entre 0 y 1, donde cero es la máxima igualdad y 1 la perfecta desigualdad [estos valores son 0 y 100 cuando se expresan en porcentaje como en la frase que sigue. NdE], ha aumentado entre 2012 y 2014, pasando del 25,3 al 27,1. También ha aumentado entre 2008 y 2014 la relación entre los ingresos del 20% más rico y el 20% de menores ingresos, desde 3,6 a 4,2. Se puede pensar que algo tiene que ver con la polarización de los ingresos y del patrimonio la «buena colocación» que consiguen los muy ricos de la CAV entre las grandes fortunas del Estado: según la revista Forbes, con ocho (multi)millonarios, ocupa el tercer lugar entre las Comunidades Autónomas del Estado Español.

RGI, salarios, pensiones y otras prestaciones

La campaña perversa contra la RGI, que criminaliza a la gente más vulnerable, la población inmigrante, sobre todo de algunos países, tiene cierto eco en una parte de la población autóctona, entre otras razones, por el deterioro en las condiciones laborales y de protección social de los últimos años. La cuantía de la RGI, más aún tras la reducción del 7% que tuvo lugar en el 2012, apenas permite suavizar la pobreza. Aunque efectivamente la cuantía de la RGI es muy superior a la de la gran mayoría de prestaciones similares de otras Comunidades Autónomas y la CAV gasta el 40,2% del total del Estado en este tipo de prestación, no llega a eliminar la pobreza sino solo a reducirla. Por un lado, porque el Sistema de Garantía de Ingresos no alcanza a cubrir a toda la población en riesgo de pobreza, limitándose al 72,9% de la misma. Por otro lado, porque un elevado número de personas (71.092, el 3,3% de la población, frente al 2% de 2008) continúan en situación de «pobreza real» (indicador del Gobierno Vasco que incluye tanto la pobreza de «mantenimiento» como situaciones en las que se sufren simultáneamente pobreza de mantenimiento y de acumulación), tras recibir las prestaciones sociales.

La repercusión que podrían suponer medidas de recorte a la RGI, como las que propone el PP, se puede apreciar por el dato de que los ingresos conjuntos de la RGI, PCV y AES, suponen la mayoría de los ingresos de la población beneficiaria (el 71,4%). Así pues, la permanencia de la situación de pobreza de un sector importante de la población a pesar de las prestaciones acredita la necesidad no sólo de mantener, sino de mejorar la cuantía y extensión de estas prestaciones.

Las reformas laborales de los últimos años, no sólo del PP sino también del PSOE, que acrecientan el poder empresarial y debilitan la negociación colectiva, han favorecido que la cuantía máxima de la RGI se aproxime a una parte de los salarios, más aún debido a que los salarios no tienen en cuenta el número de miembros de la unidad de convivencia y las prestaciones por hijos a cargo (los antiguos «puntos») son casi inexistentes/5. La tendencia a la baja de los salarios se ve favorecida por un salario mínimo interprofesional (645,30 euros/mes en 14 pagas, equivalente a 9.034,2 al año) que incumple las recomendaciones de la OIT conforme a las cuales debiera ser equivalente al 60% del salario medio, ya que es sólo de poco más del 40% en el Estado Español y menos aún en la CAV por ser más alto el salario medio. En Iparralde (la Euskal Herria bajo administración francesa), la aplicación de la normativa del Estado francés da lugar a que, aunque la renta per cápita sea similar a la de la CAV, el salario mínimo en vigor es casi el doble (1.445 euros en 12 pagas).

Según la Encuesta de Estructura Salarial de 2012 el salario medio en la CAV era de 26.535 euros/año. Pero las medias son engañosas: el salario de las mujeres es el 76% del de los hombres; en los contratos a tiempo parcial, el salario anual es de 10.321 euros/año y menos aún en el caso de las mujeres. Y tanto la temporalidad, cuya tasa se ha reducido por el despido masivo de los contratados temporales, como la parcialidad de las contrataciones, se mantienen en niveles muy altos, y afectan mayoritariamente, sobre todo la parcialidad, a las mujeres (el 83% de los contratos a tiempo parcial corresponde a las mismas). Los salarios se están reduciendo de forma muy importante en las nuevas contrataciones y, cada vez más, una parte importante de las mismas se realizan con salarios próximos al salario mínimo. Ello da lugar a que, según el Informe de 2014 de Foessa-Cáritas sobre la CAV, el 4,1% de los hogares en que el sustentador principal está ocupado están en riesgo de pobreza, que asciende al 10% en el caso de quienes tienen un contrato temporal y al 40% de los tienen un empleo irregular, es decir, sin cobertura de la Seguridad Social.

En materia de Seguridad Social los recortes de los últimos años están dejando sin derecho o empeorando el derecho a las prestaciones y reduciendo su cuantía. Aunque hay muchos supuestos, merece subrayar algunos de ellos. En el subsidio de desempleo que protegía la pérdida de empleo de la gente mayor, a partir de 2013 ha aumentado la edad de acceso desde los 52 a los 55 años, siendo necesario tener esa edad cuando se agote la prestación de desempleo. Y el acceso al mismo ha pasado a condicionarse, no a los ingresos de la persona beneficiaria sino a los de la unidad familiar, de forma que no se percibe el subsidio si los ingresos de una unidad de dos miembros sobrepasan la cuantía de 968 euros/mes brutos. El no acceso al subsidio va acompañado de la pérdida de cotizaciones para jubilación, con lo que ello supondrá de pensiones más bajas. El atraso en la edad de jubilación prolongará este período sin ingresos y, cuando se acceda a la jubilación anticipada, las penalizaciones serán mayores. La ampliación del período de cálculo de la pensión de 15 a 25 años y del número de años cotizados, de 35 a 37, para alcanzar el 100% de la misma, presionan hacia abajo su cuantía, especialmente para los colectivos más sujetos a la precariedad e inseguridad laborales, señaladamente las mujeres.

El deterioro de los salarios, de las pensiones y de las prestaciones de desempleo, trae consigo que, en los términos del citado ya informe del Gobierno Vasco Encuesta de Necesidades sociales 2014 Módulo EPDS-Pobreza, para las personas que cobran bajos salarios o bajas pensiones se acentúa «la distancia existente entre los ingresos disponibles y el umbral de la pobreza de mantenimiento«, que ha pasado del 21,3% al 30,5% en 2014, lo que da lugar a que su situación comparativa tiende a deteriorarse en comparación con la población beneficiaria de la RGI.

Para favorecer el apoyo social a la RGI, dejar sin efecto los recortes que tuvieron lugar con el Gobierno de Patxi López y que se mantienen con el actual Gobierno de Iñigo Urkullu y ampliar su cobertura a colectivos que están fuera (por ejemplo, los menores de 23 años), es importante una mejora general de los salarios, especialmente mediante la fijación de un salario mínimo decente, por ejemplo de una cuantía de 1.300 euros/mes, así como de las pensiones y prestaciones de desempleo y de una política de pleno empleo mediante la reducción radical del tiempo de trabajo. En el actual marco jurídico-institucional esas medidas son competencia del Estado. La existencia de un nuevo marco de soberanía política en Euskal Herria favorecería la posibilidad de otra política social y de empleo y, con ello, del apoyo a unas prestaciones, como la RGI /6, que cubren las situaciones de necesidad de quienes no tienen acceso a un empleo digno, a condición de que la izquierda política y el movimiento sindical y social combatan por esos objetivos y extiendan el derecho a decidir a todas las cuestiones de la vida económica y social.

Notas

/1. Para una comparación con Catalunya ver: http://www.vientosur.info/?article7825

/2. En esta misma web, ver (02/10/2014) «Maroto es Le Pen» en: http://www.vientosur.info/spip.php?article9445

/3. Supiot, Alain «La solidaridad, ni asistencia ni caridad«, Le Monde diplomatique, noviembre 214, p. 24.

/4. La diferencia en las tasas de desempleo se mantenía muy elevada, en perjuicio de la población de origen extracomunitario, también en el período anterior a la actual crisis: en el año 2007, las tasas eran del 5,5 y del 18,9%. Ver el Informe sobre exclusión y desarrollo social en el País Vasco contenido en el VII Informe sobre exclusión y desarrollo social en España 2014, Fundación Foessa, octubre, 2014.

/5. La RGI completa otros ingresos, si los hubiera. La cuantía máxima de la RGI, que se modula según el número de miembros de la unidad de convivencia (hasta un máximo de tres) y que puede ir acompañada por la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV), hasta alcanzar en conjunto un total máximo de 1.125 euros/mes ó 1.170 si, además de haber 3 o más hijas/os, se trata de una familia monoparental. Es más elevada para las personas pensionistas.

/6. Normativa reguladora de la RGI:

· Ley 18/2008 (BOPV Nº 250/2008) de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

· Decreto 147/2010 (BOPV Nº 114/2010) de 25 de mayo, de la Renta de Garantía de Ingresos.

· Orden de 14 de febrero de 2001 (BOPV Nº 37/2001) por la que se establecen los estímulos de empleo. (BOPV 37; 21-02-01)

· Orden 8 de Octubre de 2004 (BOPV Nº 220/2004) por la que se procede a la publicación del nuevo modelo de solicitud de la renta básica y por la que se regula la trasmisión mediante soporte informático de documentación relativa a esta prestación.

Fuente: http://www.vientosur.info/spip.php?article9606