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Informes de EsCULcA - Observatório para a Defensa dos Direitos e Liberdades sobre actuaciones policiales

«Los comportamientos policiales que son claramente una excepción en los países de nuestro entorno se están convirtiendo en la regla»

Fuentes: Rebelión

El pasado 24 de enero, EsCULcA presentó a los medios de comunicación los tres últimos informes elaborados por el observatorio. Los documentos recogen información relativa la actuaciones policiales en tres momentos de protesta social: el desalojo de la Sala Iago de Compostela, la concentración en solidaridad con las personas presas delante del C.P. de Teixeiro […]

El pasado 24 de enero, EsCULcA presentó a los medios de comunicación los tres últimos informes elaborados por el observatorio.

Los documentos recogen información relativa la actuaciones policiales en tres momentos de protesta social: el desalojo de la Sala Iago de Compostela, la concentración en solidaridad con las personas presas delante del C.P. de Teixeiro y la manifestación en reivindicación de las selecciones deportivas gallegas organizada por Siareir@s Galeg@s y celebrada en Teo.

Equipos de Observación

EsCULcA puso en marcha en 2010 equipos de observación con la intención de hacer un seguimiento específico de casos en que pudiese ser vulnerado el derecho constitucional de reunión y manifestación. Desde ese momento, y hasta el presente, el trabajo de estos equipos ha ido ajustándose, no solo mediante la experiencia práctica propia, sino también a partir del estudio detenido de herramientas semejantes en otros países europeos y americanos donde tienen cierta tradición.

Este período de progresiva consolidación del trabajo de lo equipo de observación de EsCULcA coincide con una etapa en la que, infelizmente, se ha normalizado la práctica gobernativa de prohibir manifestaciones por meros requisitos formales menores, así como la de sancionar quienes participan en estas reuniones, con una nula sensibilidad por la grave limitación del derecho fundamental que tal proceder supone.

A esto se suma el inveterado exceso en el empleo de la fuerza policial, que en momentos recientes ha sido puesto de manifiesto tanto por el informe anual de Human Rights Watch cuanto por el persecución penitenciaria en relación con el comportamiento policial en el desalojo del 15M de Plaça Catalunya en junio pasado.

INFORME DEL DESALOJO DE LA SALA YAGO (23/XI/2012 – COMPOSTELA)

La ponencia correspondiente a la intervención policial de desalojo de la Sala Yago presenta características muy semejantes, mutatis mutandis, a las apreciadas en el mencionado caso barcelonés. El trabajo de observación, documentación y análisis puso de manifiesto irregularidades preocupantes en el comportamiento policial:

a) manifiesto exceso en el uso de la fuerza, en la medida en que tal conducta coercitiva no se sustentó ni en la necesidad ni en la proporcionalidad, criterios de su admisibilidad legal; por lo demás, este exceso se repitió en diversos momentos posteriores al desalojo, repitiéndose, con ocasión de la manifestación de la tarde, por múltiples lugares de la ciudad;

b) innecesario y desproporcionado uso de la fuerza policial frente a periodistas y fotógrafos, afectando ilegítimamente a su derecho a la información;

c) falta de cumplimiento de la normativa interna de las FCSE (Instrucción 13/2007), en el referente a la identificación visible del número profesional de los agentes;

d) tratamiento de los ciudadanos presentes con falta de respeto, llegando algunos agentes a negarse a atender preguntas en lengua gallega. Asimismo, el trabajo de elaboración de la ponencia puso de manifiesto irregularidades en la asistencia médica prestada a una persona herida por la actuación policial, cuando el médico correspondiente denegó la asistencia en condiciones y no observó el derecho a la intimidad de la paciente.

Como consecuencia de este trabajo, EsCULcA va a solicitar a la Delegación del gobierno que abra una investigación para depurar las responsabilidades de los agentes intervinientes. Por otra parte, presentará una denuncia en la inspección médica y en el propio colegio de médicos, para que se depuren las posibles responsabilidades del facultativo que denegó la asistencia a la manifestante herida.

INFORME CONCENTRACIÓN C.P.TEIXEIRO (18/XII/2012)

La concentración celebrada el 18/12/2011 delante del C.P, de Teixeiro (Paradela), en solidaridad con las personas presas y en protesta por las condiciones carcelarias, careció de los incidentes de empleo de la fuerza policial que se manifestaron en el supuesto anterior. No obstante, el trabajo de observación y análisis desarrollado por los equipo de EsCULcA puso de manifiesto irregularidades no menores:

a) falta de cumplimiento de la normativa interna de las FCSE (Instrucción 13/2007), en el referente a la identificación visible del número profesional de los agentes;

b)exceso manifiesto en el dispositivo policial desplegado, con un cuestionable empleo de recursos públicos escasos; c) actuación irregular de un individuo identificado por su uniforme como funcionario de II.PP. que, sin que el dispositivo policial allí presente lo impidiera, realizó funciones de control y captó imágenes de manifestantes desde lo exterior del edificio del Centro Penitenciario.

En las conclusiones del informe, EsCULcA demanda que se tomen las medidas que correspondan contra este funcionario de II.PP. cuya actuación no puede tener amparo en la LEY ORGÁNICA 4/1997 DE 4 DE AGOSTO, que limita el regime de autorizacion de captación de imágenes a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado (art.5).

Por otra parte, y toda vez que varios agentes de la Guardia Civil captaron imágenes con video-cámaras móviles en el decurso de la concentración, ESCULCA solicitó de la Delegación del Gobierno copia de la autorización para realizar esta tarea. La Delegación contestó afirmando que existía autorización sin entregar la copia solicitada por lo que el observatorio presentará recurso.

INFORME MANIFESTACIÓN SIAREIR@S GALEG@S (23/XII/2012 – TEO)

Tampoco en la manifestación que Siareir@s Galeg@s realizó en el ayuntamiento de Teo el 23/XII se produjeron incidentes de empleo de la fuerza policial como los señalados en el informe del desalojo de la Sala Yago. No obstante, también en este caso, el trabajo de observación y análisis puso de manifiesto irregularidades no menores: junto con la habitual falta de cumplimiento de la normativa interna de las FCSE (Instrucción 13/2007), en el referente a la identificación visible del número profesional de los agentes y el no menos frecuente exceso manifiesto en el dispositivo policial desplegado, con un cuestionable empleo de recursos públicos escasos; en este caso aparecen indicios de que integrantes de las FCSE visitaron en fechas anteriores a la manifestación a cargos públicos del ayuntamiento de Teo, intimidándolos para que cancelaran los permisos concedidos para el desarrollo de las actividades.

EsCULcA va a trasladar al Delegado del Gobierno a necesidad de investigar, en particular, la posible realización de intimidaciones por parte de miembros de las FCSE a cargos públicos del ayuntamiento de Teo, que se aproxima peligrosamente, en el mejor de los casos, a una inducción a la prevaricación.

Conclusiones

La evaluación global de estos tres informes pone de relieve la necesidad de que los cargos políticos responsables valoren el hecho de que comportamientos policiales que son claramente una excepción en los países de nuestro entorno (excesos en el uso de la fuerza, falta de respeto en el tratamientos de los manifestantes, incumplimientos en la normativa sobre identificación, prohibición del ejercicio de derechos fundamentales por razones meramente formales, etc.) se estén convirtiendo en la regla en el caso gallego y español.

El fundamento implícito de la normalización de esta forma de proceder es la protección del orden público y el control de comportamientos potencialmente subversivos. Este punto de vista, por otro lado liberticida, es claramente distorsionador, toda vez que de lo que realmente se trata es del ejercicio del derecho constitucional de reunión y manifestación, componente fundamental de la participación pública, necesario en una democracia sana.

EsCULcA considera que es responsabilidad de la Delegación del Gobierno, de las anteriores y del presente, hacer esta reflexión. En ese sentido, EsCULcA está plenamente abierta a contribuir la esa reflexión, abriendo las dinámicas de interlocución en tanto que organización de defensa de los derechos y libertades. No obstante, EsCULcA no va a esperar la que tal reflexión se produzca, sino que, en tanto que expresión de la sociedad civil organizada, va a seguir haciendo contribuciones a la garantía de esos derechos fundamentales y, de este modo, al lícito desarrollo de la vida política colectiva.

EsCULcA – Observatório para a Defensa dos Direitos e Liberdades

http://www.esculca.net/

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