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Acción Urgente

Prevista ejecución de mexicano en EEUU pese a la orden de un tribunal internacional

Fuentes: Amnistía Internacional México

Está previsto que Humberto Leal García, ciudadano mexicano, sea ejecutado en Texas el 7 de julio. Tras su detención le negaron sus derechos consulares. Si se permite que se lleve a cabo, su ejecución violará el derecho internacional y una orden vinculante de la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Humberto Leal García fue condenado a […]

Está previsto que Humberto Leal García, ciudadano mexicano, sea ejecutado en Texas el 7 de julio. Tras su detención le negaron sus derechos consulares. Si se permite que se lleve a cabo, su ejecución violará el derecho internacional y una orden vinculante de la Corte Internacional de Justicia (CIJ).

Humberto Leal García fue condenado a muerte en 1995 por el asesinato de Adria Sauceda, de 16 años, cometido el 21 de mayo de 1994 en San Antonio, Texas. Humberto Leal tenía 21 años en el momento del delito. Ahora tiene 38. Aunque es ciudadano mexicano, tras su detención en ningún momento le informaron de su derecho a pedir asistencia consular «sin retraso alguno», según establece el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. De hecho, fue acusado, juzgado y condenado a muerte sin que se le notificara este derecho. El acceso oportuno a la asistencia consular puede ser una salvaguardia fundamental de juicio justo, especialmente en un sistema de pena capital en el que la asistencia letrada que el Estado proporciona a los acusados que no pueden permitirse contratar un abogado ha sido a menudo sumamente inadecuada. El gobierno de México ha afirmado que podría haber ayudado en la investigación de la defensa sobre el caso, haber proporcionado fondos para pagar a investigadores con experiencia y expertos en salud mental, y haber adoptado medidas para garantizar que Humberto Leal estaba representado por abogados competentes. Sin esta asistencia consular, a Humberto Leal, que no tenía experiencia en el sistema de justicia penal, se le asignaron unos abogados cuya actuación ha sido puesta seriamente en duda.

Han pasado ya más de siete años desde que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) resolvió que Estados Unidos había violado el artículo 36 de la Convención de Viena en los casos de 51 ciudadanos mexicanos -entre ellos Humberto Leal- que habían sido condenados a muerte en Estados Unidos. La CIJ ordenó a Estados Unidos que sometiera a revisión y reconsideración judicial las declaraciones de culpabilidad y las condenas para determinar si la defensa de estos hombres se había visto perjudicada por las violaciones de la Convención de Viena. Tras la ejecución en Texas, en 2008, de uno de estos hombres (véase http://www.amnesty.org/es/library/info/AMR51/089/2008/es), México volvió a la CIJ, que en 2009 confirmó que su resolución original, que incluía que Humberto Leal no debía ser ejecutado hasta que se llevara a cabo la revisión y reconsideración judicial, continuaba plenamente vigente y constituía para Estados Unidos una obligación que «debe cumplirse incondicionalmente; su incumplimiento constituye una conducta internacionalmente indebida». No cabe como excusa cualquier aspecto del derecho nacional que obstaculice el cumplimiento, subrayó la CIJ, que manifestó asimismo que Estados Unidos debía encontrar «rápidamente» un medio «efectivo» para dicho cumplimiento.

El 14 de junio, el senador Patrick Leahy presentó en el Congreso estadounidense un proyecto de ley dirigido a aplicar la resolución de la CIJ y a facilitar el cumplimiento del artículo 36 de la Convención de Viena. Sin embargo, Humberto Leal se enfrenta a la ejecución sin haber recibido la revisión y reconsideración judicial completa ordenada por la CIJ.

ESCRIBAN INMEDIATAMENTE, en inglés o en su propio idioma, utilizando sus propias palabras:

  • expresando preocupación porque Texas se dispone a ejecutar a Humberto Leal García en flagrante violación de una orden de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) que es legalmente vinculante para Estados Unidos;
  • señalando que a Humberto Leal no se le notificó en ningún momento su derecho a pedir asistencia consular, y que se han planteado serias dudas sobre la calidad de su asistencia letrada durante el juicio;
  • pidiendo que se conmute la condena de muerte de Humberto Leal García o que, como mínimo, se le conceda una suspensión mientras el Congreso aprueba la legislación propuesta para aplicar la resolución de 2004 de la CIJ.

INFORMACIÓN adicional

La CIJ, establecida en 1945, es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Entre otras cosas, su función es resolver, de acuerdo con el derecho internacional, disputas legales presentadas por sus gobiernos. México presentó en 2003 su caso contra Estados Unidos basado en la Convención de Viena, que dio lugar a la resolución de la CIJ Avena y otros ciudadanos mexicanos, dictada el 31 de marzo de 2004. Estados Unidos aún no ha cumplido la resolución Avena, pese a que está de acuerdo en que tiene obligación de hacerlo.

El 28 de febrero de 2005, el entonces presidente George W. Bush respondió a la resolución de la CIJ pidiendo que los tribunales estatales proporcionaran la «revisión y reconsideración» necesarias de todos los casos afectados. La Corte de Apelaciones en lo Penal de Texas resolvió más tarde que el presidente carecía de autoridad constitucional para obligar a los tribunales estatales a acatar su orden, y que la resolución Avena no tenía validez jurídica en los tribunales nacionales. El caso se llevó ante la Corte Suprema de Estados Unidos. El estado de Texas, aunque alegó que el presidente se había excedido en su autoridad, reconoció que «nadie cuestiona que Estados Unidos tiene la obligación jurídica internacional de cumplir la resolución Avena«. El 25 de marzo de 2008, en Medellín v. Texas, la Corte Suprema concluyó por unanimidad que la resolución Avena «constituye una obligación del derecho internacional por parte de Estados Unidos». También concluyó por unanimidad que los motivos para acatar la resolución de la CIJ eran «sencillamente imperiosos», ya que su cumplimiento nacional ayudaría «al interés de Estados Unidos de garantizar un cumplimiento recíproco de la Convención de Viena, protegiendo las relaciones con gobiernos extranjeros y demostrando un compromiso para con el papel del derecho internacional». Sin embargo, por una mayoría de seis contra tres, la Corte decidió que la resolución de la CIJ «no es automáticamente vinculante en la ley nacional» y que la autoridad de ponerla en práctica no recaía en el presidente, sino en el Congreso de Estados Unidos (véase http://www.amnesty.org/en/library/info/AMR51/025/2008/en).

Una petición de indulto presentada recientemente a la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Texas pide a la Junta que recomendara al gobernador Perry la conmutación de la condena de muerte de Humberto Leal, o como mínimo una suspensión de al menos 180 días para dar al Congreso tiempo para aprobar la legislación necesaria para aplicar la resolución Avena. Varios oficiales retirados del ejército estadounidense, ex diplomáticos y funcionarios del Departamento de Estado de Estados Unidos, ex fiscales estadounidenses y ex jueces estatales y federales han pedido esa suspensión, subrayando la importancia de que Estados Unidos cumpla, y sea evidente que cumple, sus obligaciones consulares internacionales.

Además, la petición de indulto presenta pruebas de la asistencia letrada inadecuada de los abogados designados por el estado para el juicio, quienes sólo citaron a un testigo en la fase procesal de determinación de la culpa, y no impugnaron el hecho de que la acusación se basara en la prueba notoriamente poco fiable de la «marca de mordedura», en el testimonio engañoso de un experto en ADN y en el uso de análisis poco fiables de la sangre hallada en el automóvil de Humberto Leal. La petición afirma también que los tribunales estatales han negado a Humberto Leal el acceso a material biológico que aún no se ha sometido a análisis modernos de ADN, unas pruebas que, según aseguran sus abogados, podría demostrar su inocencia respecto al delito de asesinato punible con la pena de muerte.

La petición de indulto presenta asimismo pruebas atenuantes de las que el jurado no tuvo conocimiento y que se han descubierto recientemente, con la ayuda de México. Entre ellas se encuentra el hecho de que Humberto Leal sufrió abusos sexuales a manos del párroco de su parroquia a los 10 años de edad, y que sufre daño cerebral a causa de unas lesiones sufridas durante su infancia en la cabeza y para las que no recibió tratamiento. La fase de determinación de la culpa de su juicio de 1995 duró menos de un día. Para conseguir una condena de muerte, la fiscalía tuvo que persuadir al jurado de que era probable que Humberto Leal cometiera actos de violencia delictiva si se le permitía vivir, aunque fuera en prisión (en sus 16 años en el «corredor de la muerte», Humberto Leal, según los informes, no ha cometido ningún acto de violencia). La fiscalía acusó a Humberto Leal de haber agredido sexualmente a otra muchacha de 16 años unas dos semanas antes del asesinato de Adria Sauceda. Sin embargo, Humberto Leal no fue nunca acusado formalmente ni juzgado por ese presunto delito. En 2009, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó que el derecho de Humberto Leal a un juicio justo se había violado a causa del incumplimiento de la Convención de Viena, de lo inadecuado de su asistencia letrada durante el juicio, y del uso contra él por parte de la fiscalía en la fase de determinación de la pena de pruebas de un delito por el que no había sido acusado, juzgado ni condenado. La Comisión manifestó que, si su condena de muerte se ejecutara, constituiría una violación deliberada y grave del derecho a la vida establecido por la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos, independientemente del delito, del delincuente o del método de ejecución. En Estados Unidos se han llevado a cabo 1.254 ejecuciones desde que se reanudaron los homicidios judiciales en el país en 1977. Texas ha sido responsable de 468 de estas ejecuciones, y de 4 de las 20 ejecuciones llevadas a cabo en Estados Unidos en lo que va de año.