Recomiendo:
1

Vulneración del derecho a la salud en la cárcel de Pamplona

Fuentes: Salhaketa Nafarroa

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura del Defensor del Pueblo visitó la cárcel de Pamplona en junio de 2025 y, en su informe anual, señala que persisten deficiencias estructurales y organizativas que impiden alcanzar un estándar asistencial equiparable al extrapenitenciario

Hace años que desde Salhaketa Nafarroa venimos denunciando que la atención sanitaria en prisión está atravesada por las mismas lógicas de abandono, control y castigo que caracterizan al conjunto del sistema penitenciario. La reciente publicación del informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura1, tras su visita al Centro Penitenciario de Pamplona en junio de 20252, no hace sino confirmar, con datos y evidencias, una realidad que llevamos tiempo señalando: la salud en prisión sigue sin ser un derecho garantizado.

En 2021, Navarra asumió la competencia de la sanidad penitenciaria tras años de reivindicación por parte de colectivos como el nuestro. Esta transferencia se presentó como una oportunidad para mejorar la atención sanitaria de las personas presas, integrándola en el sistema público de salud de la Comunidad Foral. Sin embargo, cinco años después, el Mecanismo señala que, pese a algunos avances, “persisten deficiencias estructurales y organizativas que impiden alcanzar un estándar asistencial plenamente equiparable al extrapenitenciario”. Es decir, el derecho a la salud no se encuentra garantizado dentro de prisión.

Es cierto que se han producido algunas mejoras. La cobertura de plazas médicas ha dejado atrás déficits crónicos, se ha incorporado un equipo estructurado de salud mental y el uso del programa informático de Osasunbidea permite una mejor coordinación con el sistema sanitario público, facilitando la continuidad asistencial, el acceso a historias clínicas y la gestión de tratamientos. Estos avances, sin embargo, no pueden ocultar una realidad muy preocupante.

El informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura señala carencias graves que afectan directamente a los derechos fundamentales de las personas presas. En primer lugar, el Mecanismo denuncia las dificultades que tuvo para el acceso a información en su visita a la cárcel de Pamplona. Por primera vez, este organismo independiente de prevención de la tortura encontró obstáculos para acceder a las historias clínicas, lo que evidencia una preocupante falta de conocimiento de los deberes legales de colaboración con los organismos que velan por la prevención de la tortura en las cárceles. En el informe se señala que llama la atención “el contraste entre el excesivo 0celo mostrado para limitar el acceso del MNP a las historias clínicas (…) y la ligereza con la que esa misma confidencialidad se vulnera en la práctica asistencial cotidiana”. Y añade: “Resulta significativo que se permita la presencia de personal de vigilancia durante las entrevistas médicas (…) o que se utilicen otros internos como intérpretes”. Esta situación no solo vulnera la confidencialidad médica, sino que revela una aplicación arbitraria de los derechos, restrictiva frente a los mecanismos de control y laxa en el funcionamiento interno de la prisión.

Uno de los aspectos más preocupantes es el limitado acceso a la atención médica. El informe apunta a un volumen de consultas anormalmente bajo y recoge una percepción generalizada entre las personas presas de dificultades para ser atendidas: “los internos se quejan de que a pesar de estar apuntados a consulta el médico no les atiende”. Este dato, lejos de ser anecdótico, apunta a una posible desatención estructural incompatible con cualquier estándar digno de atención sanitaria. Y a ello se suma la insuficiente dotación de personal en el área de psicología, que limita gravemente cualquier intervención terapéutica posible.

A ello se suma la falta de formación específica del personal sanitario en el ámbito penitenciario, lo que dificulta comprender su papel no solo como proveedores de atención sanitaria, sino como garantes de derechos. Esta carencia no es menor, ya que en prisión la práctica médica se relaciona de manera directa con los mecanismos disciplinarios y punitivos que atraviesan la institución.

En este sentido, resulta inadmisible que, como se relata en el informe, la elaboración de partes de lesiones presente deficiencias tanto formales como de contenido, sin descripciones rigurosas ni documentación gráfica que permita verificar los hechos, incumpliendo estándares internacionales como el Protocolo de Estambul.

La situación se agrava especialmente en contextos de aislamiento. Los reconocimientos médicos obligatorios a personas sometidas a este régimen no están protocolizados y, según el informe, en ocasiones se reducen a una simple pregunta —ni siquiera formulada por personal sanitario— sobre si la persona desea atención médica. El informe es tajante: “Este planteamiento revela un enfoque reactivo y no proactivo (…) que puede derivar en desprotección sanitaria”. En un entorno donde las personas pueden encontrarse en situaciones de extrema vulnerabilidad, trasladarles la responsabilidad de solicitar atención supone, en la práctica, negarles ese derecho.

Asimismo, el informe evidencia graves deficiencias en la aplicación del Programa de Atención Integral a Enfermos Mentales (PAIEM). En situaciones críticas, como contenciones mecánicas, no se realizan valoraciones médicas inmediatas ni se revisan los planes terapéuticos. El Mecanismo advierte con contundencia: “La falta de valoración médica inmediata y la ausencia de partes de lesiones (…) comprometen de forma directa el respeto de las garantías básicas de derechos humanos y constituyen un riesgo de trato negligente o incluso inhumano o degradante”.

Especial mención merece el uso de sujeciones mecánicas, denominadas eufemísticamente “correas homologadas”, aplicadas sin adecuada supervisión clínica. Se trata de colocar a una persona en una superficie, atarla de pies y manos y mantenerla inmovilizada. Esta práctica resulta especialmente grave si tenemos en cuenta que la Orden Foral 347/2022, de 28 de diciembre, ordena que todos los centros en Navarra elaboren planes para su supresión. Resulta, por tanto, incomprensible e inaceptable que se sigan utilizando en el ámbito penitenciario.

El conjunto de estas deficiencias no es menor. El Mecanismo ha formulado un total de 35 sugerencias dirigidas a Instituciones Penitenciarias y a Osasunbidea, de las cuales 18 siguen sin respuesta. Esta falta de respuesta institucional no hace sino reforzar la sensación de abandono y desinterés hacia la situación de las personas presas. En este contexto, Salhaketa Nafarroa nos hemos sumado a la Campaña contra la desatención sanitaria en las cárceles, una iniciativa estatal que, desde finales de 2025, articula la denuncia colectiva frente a esta vulneración de derechos en las prisiones de todo el Estado.

Este problema se extiende por todo el sistema penitenciario, así a finales de 2025 se puso en marcha una campaña contra la desatención médica en las cárceles fruto de la confluencia de diversos grupos, personas y colectivos, Entre otras cosas y junto con todas ellas denunciamos la ausencia o en el mejor de los casos escasez de profesionales cualificadxs, asistencia parcial, deficiente, tardía o inexistente, trabas continuas y/o deficientes, altísimos porcentajes de presxs con enfermedades graves y crónicas. La situación no está lejos de ser calificada de auténtica crisis sanitaria y humanitaria, por lo que entre los días 20 y 30 de este mayo, la campaña volverá a realizar acciones para llamar la atención y denunciar este abuso institucional contra una población cautiva que no sólo pierde su vida tras los barrotes, sino que pone en riesgo su salud. Es el Gobierno de Navarra el que debe tomar acciones inmediatas.

Desde Salhaketa Nafarroa denunciamos que la atención sanitaria en la cárcel navarra sigue estando muy lejos de garantizar derechos básicos. La transferencia de competencias no puede quedarse en un cambio formal, sino que debe ir acompañada de una transformación real en las prácticas, prioridades y mecanismos de control.

Por ello, exigimos la adopción urgente de todas las recomendaciones del Mecanismo de prevención de la tortura, garantizando una atención sanitaria digna, independiente y centrada en la persona. Asimismo, exigimos también la eliminación de prácticas vulneradoras de derechos como las contenciones mecánicas, extendiendo al ámbito penitenciario las mismas garantías existentes fuera de él.

Porque la salud no puede depender del lugar en el que una persona se encuentre. Y porque la cárcel, una vez más, demuestra ser un espacio donde los derechos se suspenden, se relativizan o, directamente, se vulneran.

Referencias:

1 Enlace al Informe Anual completo: https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2026/03/Defensor-del-Pueblo_Informe-anual-2025.pdf

2 Enlace a la Ficha de Seguimiento de la Visita al C.P. Pamplona: https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/visita/2025/25018605.pdf