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Sanción a las constructoras

Nuestras élites empresariales, todo un paradigma de patriotismo

Fuentes: Nueva Tribuna

Una noticia de gran importancia, ya que afecta a los intereses de todos los españoles, ha pasado poco ha prácticamente desapercibida en los grandes medios de comunicación. Yo tuve la fortuna de conocerla a través de La Vanguardia de 8 de julio, pero en la página 45. Obviamente no tenían mucho interés de destacarla desde […]

Una noticia de gran importancia, ya que afecta a los intereses de todos los españoles, ha pasado poco ha prácticamente desapercibida en los grandes medios de comunicación. Yo tuve la fortuna de conocerla a través de La Vanguardia de 8 de julio, pero en la página 45. Obviamente no tenían mucho interés de destacarla desde la redacción. Y la noticia, insisto, tiene, para mí y supongo para mis conciudadanos, la suficiente enjundia y trascendencia.

El titular dice así: La CNMC-La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia– sanciona a 6 grandes grupos constructores por formar un cártel. El supervisor de competencia aparta a las empresas de los nuevos concursos públicos.

  1. LA NOTA DE LA CNMC
  2. Conductas y modus operandi del Grupo.
  3. Acuerdos en las ofertas técnicas
  4. Efectos de las conductas
  5. Sanciones económicas y prohibición de contratación con la administración
  6. Artículo 1. Conductas colusorias.

Interesado por el tema entré en la página web de la CNMC, donde aparece una nota de prensa sobre el tema. Primero reproduzco la nota completa. Hay que leerla con tranquilidad. Y posteriormente haré unas reflexiones personales.

LA NOTA DE LA CNMC

La CNMC multa con 203,6 millones a 6 de las principales constructoras de nuestro país por alterar durante más de 25 años el proceso competitivo en las licitaciones de construcción de infraestructuras.

Las empresas sancionadas son Acciona Construcción, S.A., Dragados, S.A., FCC Construcción, Ferrovial Construcción, Obrascón Huarte Lain, S.A. y Sacyr Construcción, S.A.

Desde 1992, las compañías se reunían semanalmente y decidían los contratos públicos en que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas.

También intercambiaban información sobre su estrategia de presentación a los concursos públicos.

Entre las miles de licitaciones afectadas existen infraestructuras de interés general como hospitales, puertos y aeropuertos, carreteras, etc.

Madrid, 7 de julio de 2022.- La CNMC ha impuesto multas por un total de 203,6 millones de euros a seis de las principales constructoras españolas: Acciona Construcción, S.A. (29,4 millones), Dragados, S.A. (57,1 millones), FCC Construcción (40,4 millones), Ferrovial Construcción (38,5 millones), Obrascón Huarte Lain, S.A. (21,5 millones) y Sacyr Construcción, S.A. (16,7 millones) por haber alterado durante 25 años miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras.

Las conductas constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

En este caso, se trata de prácticas cuyos efectos han sido especialmente dañinos para la sociedad, ya que afectaron a miles de concursos convocados por Administraciones Públicas españolas para la construcción y edificación de infraestructuras como hospitales, puertos y aeropuertos, carreteras, etc.

Entre las AAPP afectadas figuran fundamentalmente las pertenecientes al ámbito de fomento, incluyendo al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) junto con sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes.

Conductas y modus operandi del Grupo.

Desde 1992, el Grupo se reunía semanalmente para analizar las licitaciones de obra pública que se habían publicado en diferentes plataformas de contratación del Estado. En las reuniones, las empresas decidían los concursos en que iban a compartir -entre todas o en un subgrupo- una parte o la totalidad de los trabajos que compondrían las ofertas técnicas de las licitaciones.

Los trabajos se encargaban conjuntamente por los miembros del Grupo a empresas externas. Las empresas no podían modificar los trabajos generados en conjunto para presentarlos en sus ofertas sin el conocimiento y la aprobación del resto de miembros del grupo.

La única personalización admitida era la inclusión de logos y denominaciones de cada empresa en el documento conjunto para dar a las administraciones una apariencia de independencia en la presentación de las ofertas.

Las empresas desarrollaron unas complejas normas de funcionamiento que fueron evolucionando durante el tiempo que duró la conducta. Además, en los encuentros semanales, las empresas intercambiaban información comercial sensible (diferente de la necesaria para compartir los trabajos), por ejemplo, su intención de concurrir o no a licitaciones, o la intención de formar UTEs (Unión Temporal de Empresas) y los miembros que las integrarían.

Acuerdos en las ofertas técnicas

En el caso de los contratos de edificación y obra civil de infraestructuras de interés general (hospitales, carreteras, aeropuertos, etc.) durante el periodo investigado la oferta técnica era en muchas ocasiones la variable competitiva con mayor importancia. Esta llegaba a alcanzar el 70% de la puntuación del concurso, frente al 30% correspondiente a la puntuación económica. Los trabajos que compartían las constructoras eran siempre objeto de puntuación por la administración como parte de la oferta técnica. En algunos supuestos, en torno al 5%, las empresas llegaron a compartir el proyecto de licitación que iban a presentar a la Administración.

El hecho de compartir las ofertas técnicas y los intercambios de información entre licitadores incumplen los deberes de proposición única y de secreto de las proposiciones y eliminan la independencia exigida a las empresas en los procedimientos de contratación pública.

Las empresas disolvieron el G7 en el año 2017 y manifestaron expresamente que estos acuerdos podían ser contrarios a las normas de defensa de la competencia.

Efectos de las conductas

Los acuerdos colusorios sancionados han derivado en una menor variedad y calidad de las ofertas técnicas presentadas por las empresas a la Administración contratante.

Las conductas también produjeron efectos sobre las empresas competidoras, que concurrieron a los contratos públicos en desventaja competitiva frente a las empresas del Grupo, ya que tuvieron que acometer un mayor coste para la preparación de las proposiciones técnicas. Además, al no disponer de la misma información estratégica que las empresas del Grupo, se alteraron los términos de competencia leal entre todos los oferentes.

Ha de tenerse en cuenta el efecto agregado que tuvieron sobre la competencia las prácticas colusorias, debido al gran número de obras en las que hubo trabajos compartidos entre empresas del Grupo, el elevado importe que entrañaron dichas obras y la prolongada duración en el tiempo de las prácticas.

Sanciones económicas y prohibición de contratación con la administración

Las conductas constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que conlleva las siguientes sanciones: – Acciona Construcción, S.A.: 29,4 millones – Dragados, S.A.: 57,1 millones. FCC Construcción, S.A.: 40,4 millones – Ferrovial Construcción, S.A.: 38,5 millones – Obrascón Huarte Lain, S.A.: 21,5 millones – Sacyr Construcción, S.A.:16,7 millones La CNMC declara el archivo de las actuaciones contra la empresa Lantania, S.A.

Las conductas anticompetitivas sancionadas se han prolongado más allá de la fecha de entrada en vigor de la prohibición de contratar (22 de octubre de 2015) por lo que se remite la resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública para que determine su duración y alcance.

La CNMC recuerda que contra estas resoluciones podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Fin de la nota

El contenido de la nota de la CNMC es suficientemente diáfano. La primera reflexión es muy clara. No podremos conocer la cantidad de millones de euros del erario público, es decir de todos los españoles, que se han embolsado con estas prácticas y acuerdos colusorios. Llama la atención que se han llevado a cabo desde 1992 a 2017, durante 25 años, cuando se disolvió el grupo. Y la Administración las permitió durante un espacio de tiempo tan largo. ¿La Administración no tiene suficientes recursos humanos y técnicos para apercibirse de estas prácticas que, como señala la nota es una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. De la ley 15/2007 pongo  el

Artículo 1. Conductas colusorias.

1. Se prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mercado nacional y, en particular, los que consistan en:

a) La fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio.

b) La limitación o el control de la producción, la distribución, el desarrollo técnico o las inversiones.

c) El reparto del mercado o de las fuentes de aprovisionamiento.

 d) La aplicación, en las relaciones comerciales o de servicio, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que coloquen a unos competidores en situación desventajosa frente a otros.

e) La subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a los usos de comercio, no guarden relación con el objeto de tales contratos.

Aquí ha habido connivencia o dejación por parte de la Administración, por lo que me parecen muy pertinentes las siguientes reflexiones. Los contratos de obra pública amañados, que favorecían a empresarios han servido para la financiación ilegal de los partidos. El instrumento de los partidos para conseguir que las administraciones públicas (AAPP) se presten a estos intercambios corruptos, ha sido politizarlas. Según Dimitri Sotiropoulos en los países del sur de Europa (España, Italia, Grecia y Portugal) están muy politizadas. Esa penetración del partido en la burocracia pública produce dos tipos de clientelismo: por arriba y por abajo. El clientelismo at the top son los nombramientos políticos en los escalones superiores de la administración (ministros y secretarios de Estado). En los países del sur de Europa los nombramientos políticos llegan también a puestos claramente técnicos, clientelismo at the bottom, seleccionando funcionarios públicos.

Para Víctor Lapuente, esta politización de las AAPP extiende en los funcionarios el conocimiento de las reglas de juego: “Si una joven promesa, que acaba de entrar en una administración, tiene ambiciones profesionales, se apercibirá que dedicar el 100% de su esfuerzo a hacer un trabajo impecablemente profesional quizás no sea la mejor manera de llegar a lo más alto”. Y, es más, esta politización llega también a las agencias independientes de control (Tribunal Constitucional, CGPJ, Tribunal de Cuentas, CNMC, etc.).

Los objetivos contra la corrupción deberían ser claros. Habría que reforzar la imparcialidad de las instituciones públicas para impedir su patrimonialización para usos clientelares y potenciar la confianza social en ellas. Para ello, es imprescindible que tales instituciones sean fiables y previsibles, y que no tomen decisiones según las conveniencias partidistas.

Para conseguir tales objetivos habría que desarrollar una estrategia con 2 pilares. Por un lado, reducir la percepción de impunidad mediante el refuerzo de los controles efectivos sobre el poder ejecutivo. Por ende, es imprescindible potenciar el control del poder político por la justicia: independencia de tribunales, fiscalía y policía judicial; más medios, alargamiento de las prescripciones de los delitos de corrupción e incremento de sanciones, etc. Y robustecer otros mecanismos de control del poder político como (el CGPJ, Tribunal de Cuentas…); los medios de comunicación, despolitizados los públicos y reducción de la dependencia política de los privados vía subvenciones, y potenciar los órganos de control ciudadanos.

Por otro, reducir las oportunidades para la corrupción. Como las instituciones públicas fácilmente se ponen al servicio de intereses particulares, hay que acabar con su colonización política. Para ello hay que reforzar la imparcialidad de los funcionarios, proteger a los denunciantes y establecer canales para denunciar y a la vez definir mejor las carreras profesionales basadas en el mérito profesional. En el año 2017 en el Congreso de los Diputados y en la Comisión para la auditoría de la calidad democrática, la lucha contra la corrupción y las reformas legales e institucionales, el portavoz de C’s dijo: “La protección del funcionario denunciante es clave –el whistleblower (delator) es una regulación que ya existe en casi todos los países avanzados– porque son los funcionarios los que median en el día a día de las contratas, de las actividades del Estado, y deben tener la protección y la seguridad de que no van a ser perseguidos después”.

La poca trascendencia de la noticia a nivel mediático es muy fácil de entender, si tenemos en cuenta el enorme poder económico de estas grandes constructoras, que pueden condicionar a los grandes medios vía publicidad e incluso, vía propiedad. Entre los empresarios que presiden los Consejos de Administración de estas constructoras cabe citar Florentino Pérez y Juan Miguel Villar Mir. Del presidente del Real Madrid es conocida la dependencia de Antonio García Ferreras y Eduardo Inda, todo un ejemplo de periodismo de investigación. En este mismo medio publique el 7 de febrero de 2021 el artículo La comida de Florentino Pérez, con María Dolores Delgado, Baltasar Garzón y García Ferreras.

Reproduzco un fragmento del artículo: Que se reúna uno de los empresarios más importantes del país, con la Fiscal General, un ex juez que tiene un gabinete de abogados, que dirige el despacho Ilocad, que defiende a algunos de los implicados en las cloacas del Estado; y con uno de los directivos y presentador de la Sexta, es normal que genere una serie de preguntas inquietantes a la ciudadanía. ¿Para qué se reunieron, ¿De qué hablaron? Quizá, la reunión estuvo motivada por su gran interés por el bien común de los españoles. ¿Hablarían de los desahucios? ¿De la problemática social en la Cañada Real de Madrid o en el barrio de las 3000 Viviendas de Sevilla? ¿De la subida del salario mínimo interprofesional? ¿De la pobreza energética? ¿Del paro juvenil? ¿Del ingreso mínimo vital? ¿Del 25% de los españoles en riesgo de exclusión? ¿De los Menas? ¿O del fichaje de Mbappé?

Aquí me he referido a este cártel de la construcción. Pero, también hay otros cárteles no menos poderosos, como el de la gran banca y la eléctricas-energéticas, que se están forrando en estos momentos, como consecuencia del trasvase de rentas de la ciudadanía a sus cuentas de resultados. Parece lógico que contribuyan la gran banca y las eléctricas-energéticas con un esfuerzo fiscal al bienestar general, como están haciendo en otros países, que no son bolivarianos-socialcomunistas- chavistas. Ni que decir tiene que ya salen en los medios, muchos periodistas, la voz de su amo-  y desde la derecha, encabezada por Feijóo, con el argumento de que ese impuesto lo trasladarán a los ciudadanos-clientes. Conclusión, hay olvidarse de tales impuestos. Bueno, podrán hacer esos ejecutivos lo que quieran, como trasladar estos nuevos impuestos a los consumidores-ahí debería intervenir para evitarlo el Estado-, pero muy patriotas, muy patriotas, lo que se dice muy patriotas no son. Un pequeño esfuerzo fiscal por su parte sería una demostración de patriotismo. El patriotismo auténtico es que ningún español, ninguna española queden expuestos a la miseria y sus lacras, ni abandonados a su suerte en tiempos de desventura. Y para ello hay que pagar impuestos. Es muy oportuno recurrir a nuestra Carta Magna a su artículo 31.1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio. O sea, que esos impuestos a la banca y a las eléctricas-energéticas, no hacen sino cumplir el mandato constitucional.

Fuente: https://www.nuevatribuna.es/articulo/actualidad/elites-empresariales-paradigma-patriotismo-corrupci%C3%B3n-estafa/20220716081927200721.html