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Con el asesinato de Gadafi finaliza una intervención que violó los principios de coexistencia

La OTAN ha vulnerado el Derecho Internacional

Fuentes: La Voz de Asturias

La ejecución de Muamar Gadafi por parte de las tropas del Consejo Nacional de Transición Libio (CNT), tras la intercepción llevada a cabo por unidades de la OTAN de los vehículos en los que intentaba huir de Sirte junto a alguno de sus colaboradores y guardaespaldas, supone un acto especialmente grave desde la perspectiva del […]

La ejecución de Muamar Gadafi por parte de las tropas del Consejo Nacional de Transición Libio (CNT), tras la intercepción llevada a cabo por unidades de la OTAN de los vehículos en los que intentaba huir de Sirte junto a alguno de sus colaboradores y guardaespaldas, supone un acto especialmente grave desde la perspectiva del Derecho Internacional. Con ello se ha culminado una intervención militar que a lo largo de estos meses ha perdido la legitimidad y la legalidad que la amparaba, ha vulnerado la Carta de las Naciones Unidas y ha atentado directamente contra algunos de los principios básicos de coexistencia sobre los que se asienta la convivencia en la comunidad internacional de nuestro tiempo.

La Resolución 1973 del Consejo de Seguridad, adoptada el 17 de marzo de 2011, recogía el establecimiento de la zona de prohibición de vuelos o zona de exclusión aérea «en el espacio aéreo de Libia a fin de ayudar a proteger a la población civil» . A su vez, los estados quedaban autorizados para adoptar «todas las medidas necesarias () para proteger a los civiles y las zonas pobladas por civiles que estén bajo amenaza de ataque en Libia (), aunque excluyendo el uso de una fuerza de ocupación extranjera de cualquier clase en cualquier parte del territorio libio». Con la expresión «todas las medidas necesarias» es indudable que el Consejo de Seguridad estaba autorizando el uso de la fuerza; ahora bien, siempre para imponer la zona de exclusión aérea y proteger a la población civil.

La Alianza Atlántica cometió no menos de siete violaciones de la Resolución 1973

Pero la Resolución 1973 no autorizaba en ningún caso a:

1. Tomar partido en favor de uno de los dos bandos enfrentados en lo que constituía ya para entonces el comienzo de una guerra civil.

El apoyo aéreo a los asedios a ciudades y otros actos serían crímenes de guerra

2. Utilizar la OTAN para provocar la caída de un régimen político o incluso, tal y como se puso de manifiesto en los ataques a las residencias privadas (que costaron la vida de varios de sus familiares) y las declaraciones de varios responsables políticos y militares de la intervención, acabar con la vida del propio Muamar Gadafi y otros máximos dirigentes . Algo que finalmente se produjo, con el apoyo de la OTAN, el 20 de octubre.

3. Romper el embargo de armas a favor del bando rebelde, cuyas unidades habrían sido armadas con material procedente de algunos de los países implicados en la operación militar que les han suministrado, a su vez, apoyo logístico y de inteligencia.

4. Que tropas terrestres de los cuerpos especiales británicos, franceses o norteamericanos actuaran en territorio libio allanando el camino para la victoria de las tropas del CNT.

5. Utilizar una fuerza militar absolutamente desproporcionada que, integrada por portaaviones, acorazados, submarinos atómicos, bombarderos, cohetes y misiles teledirigidos, helicópteros de combate y aviones no tripulados, no sólo atacó al Ejército de Gadafi (lo que sí estaría amparado por la Resolución 1973 con el objeto de proteger a la población civil), sino también infraestructuras e instalaciones de comunicación sin finalidad militar, como la televisión y la radio libias, zonas residenciales y edificios gubernamentales. Tras la intervención, gran parte de la infraestructura social, urbana, estatal y económica del país ha quedado dañada . Todas estas acciones han conllevado desde el inicio de la intervención extranjera tremendos sufrimientos y miles de víctimas entre la población civil, a la que paradójicamente se pretendía proteger sus derechos humanos.

6. Evitar y torpedear cualquier intento de mediación para una salida pacífica al conflicto, como la que por ejemplo propuso y promovió la Unión Africana.

7. Vulnerar normas convencionales y consuetudinarias de Derecho Internacional Humanitario. El caso más extremo está relacionado con el apoyo aéreo por parte de la Alianza Atlántica a los asedios de ciudades como Sirte, Beni Walid y Sabha , en las que sus poblaciones se vieron desprovistas de alimentos, agua potable, electricidad y medicinas básicas, lo que sin duda tuvo consecuencias dramáticas, tal como denunció el Comité Internacional de la Cruz Roja. Acciones de este tipo constituirían en definitiva crímenes de guerra, como también lo sería, por supuesto, amparar o servir de cobertura para la ejecución de prisioneros indefensos y desarmados.

Por todo lo expuesto, los amantes de la paz y los defensores de los derechos humanos debemos sentirnos especialmente decepcionados. Y es que si en el caso de Libia, a diferencia de otras situaciones vividas en el pasado, la comunidad internacional parecía haber respondido a tiempo desde la legalidad internacional , consciente de su responsabilidad de proteger, finalmente la intervención de la Alianza Atlántica ha sobrepasado el mandato del Consejo de Seguridad.

Todo ello en el marco de un desproporcionado ataque general contra un Estado soberano que, como se ha confirmado finalmente, no ha culminado en el mantenimiento de una zona de exclusión aérea y la protección de la población civil, a la espera de encontrar una solución pacífica a la crisis en Libia, sino en un cambio de Gobierno y en última instancia el asesinato de sus máximos dirigentes.

Es lamentable que en este caso, pese a lo que en un principio pudo parecer, las grandes potencias y la OTAN hayan vuelto a imponer sus intereses, actuando de manera irresponsable, coadyuvando a fracturar un país, generando mucho sufrimiento y vulnerando en la práctica el Derecho Internacional general, el Derecho Internacional de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

Fuente: http://www.lavozdeasturias.es/mundo/otan-vulnerado-derecho-internacional_0_579542177.html