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¿Qué hago si el Servicio de Inmigración llega a mi casa?

Fuentes: The Huffington Post

Bienvenidos a su columna «Hablando de Inmigración,» donde hablo sobre temas que afectan a nuestra comunidad. En esta ocasión quiero informarles sobre sugerencias para personas sin documentos que pueden ser utilizadas al tener un encuentro con oficiales del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE). Las sugerencias son las siguientes: 1) Si ICE llega […]

Bienvenidos a su columna «Hablando de Inmigración,» donde hablo sobre temas que afectan a nuestra comunidad.

En esta ocasión quiero informarles sobre sugerencias para personas sin documentos que pueden ser utilizadas al tener un encuentro con oficiales del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).

Las sugerencias son las siguientes:

1) Si ICE llega a su casa no abran la puerta: Agentes de inmigración tocan la puerta porque ellos no pueden ingresar a su casa al menos que tengan el consentimiento de usted o una orden de cateo u orden judicial que les otorgue el permiso para hacerlo.

2) Pidan una orden de cateo: Una orden de cateo es una orden judicial que contiene información especifica acerca de la persona que ICE está buscando y la razón por la cual la está buscando. Ustedes pueden pedir a los agentes de inmigración que pasen una orden de cateo u orden judicial por debajo de la puerta. Ustedes no tienen que abrir la puerta si ellos no tienen una orden de cateo o si la orden de cateo no tiene su nombre.

3) Mantengan silencio: Si llegaran a ser detenidos pueden mantener silencio ya que todo lo que digan puede ser utilizado en contra de ustedes.

4) Tienen opciones: Pueden pedir ver a su abogado o representante consular para que se les expliquen sus derechos.

5) No firmen ningún documento que no entiendan: Si no entienden lo que van a firmar, muy amablemente pueden decirle al agente de ICE que no van a firmar el documento, que desean defender su caso y que quieren ver al juez de inmigración.

Los invito a mantenerse informados acerca de leyes de inmigración en http://jessicadominguez.com/ y en su canal informativo www.youtube.com/jessicadomingueztv

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La información en esta columna tiene como único propósito brindar información general y no pretende ser una garantía, o predicción respecto al resultado de cualquier representación hecha por Jessica Domínguez. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación.

Fuente: http://voces.huffingtonpost.com/jessica-dominguez/inmigracion-que-puedo-hac_b_5863132.html?utm_hp_ref=voces&ir=Voces