Desde las elecciones parlamentarias del 15 de mayo de 2005 la represión se ha instalado en Etiopía. En junio y en noviembre de 2005, dos olas de represión de las protestas por las elecciones llevaron a la muerte de al menos 100 personas, incluyendo a manifestantes desarmados, estudiantes y niños. Miles de personas han sido […]
Desde las elecciones parlamentarias del 15 de mayo de 2005 la represión se ha instalado en Etiopía. En junio y en noviembre de 2005, dos olas de represión de las protestas por las elecciones llevaron a la muerte de al menos 100 personas, incluyendo a manifestantes desarmados, estudiantes y niños. Miles de personas han sido detenidas.
El 21 de diciembre de 2001, se negó la libertad bajo fianza a 131 personas y se les acusó formalmente de crímenes como conspiración y levantamiento armado, intento de subvertir la Constitución, alta traición y genocidio. Se les dio hasta el 28 de diciembre para presentar sus alegatos. De acuerdo con el código penal etíope, las sentencias máximas para estos crímenes van desde 25 años de prisión hasta la pena de muerte.
Los nombre y actividades de la mayoría de los acusados se desconocen, pero de acuerdo a la información recibida, habría 2 adolescentes de 14 y 15 años, 10 parlamentarios electos y líderes de la Coalition for Unity and Democracy (CUD), al menos 12 periodistas, 2 activistas contra la pobreza, Daniel Bekele y Netsanet Demessie de Actionaid Etiopía, una ONG internacional dedicada a la lucha contra la pobreza, y Mesfin Woldemariam, ex-presidente de Ethiopian Human Rights Council (EHRCO), organización miembro de la FIDH en Etiopía.
El 28 de diciembre de 2005 el juez de Tribunal Supremo Federal de Addis Ababa liberó a dos acusados, que se enfrentarán a acusaciones diferentes, y mantuvo en prisión preventiva a los 129 acusados restantes, incluyendo a los dos adolescentes, durante 7 días más, hasta el fallo pendiente sobre sus peticiones de libertad bajo fianza. 32 de ellos que viven en el exilio serán juzgados sin estar presentes. De acuerdo con nuestra información no se permite a los acusados que se reúnan con su abogados.
La FIDH considera que estas acusaciones son desproporcionadas y que son, de hecho, formas de silenciar a la oposición y a los activistas de los derechos humanos.
La FIDH está asimismo extremadamente preocupada sobre la situación de los miembros de EHRCO y temen por su integridad física y psicológica. De hecho, desde la ola de represión de noviembre, la FIDH ha sido incapaz de contactar con sus miembros y no tiene información sobre su paradero.
Así, la FIDH urge
- Al Gobierno etíope a que:
- Asegure la liberación de todos los prisioneros, defensores de los derechos humanos y periodistas detenidos de forma ilícita.
- Garantice juicios justos a los demás detenidos, como estipula el Artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ratificado en 1993, y a que respete en particular los derechos a ser informados inmediatamente de la naturaleza y causa de las acusaciones en su contra, a tener el tiempo y las facilidades necesarias para la preparación de su defensa y a comunicarse con sus abogados, y a ser juzgados sin retrasos indebidos,
- Cumpla cos sus obligaciones internacionales bajo el Artículo 6(5) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que excluye la imposición de la pena de muerte a menores de dieciocho años, y más generalmente a cumplir con las Reglas de Naciones Unidas para la protección de menores privados de su libertad (1990) y con las Salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte (1984),
- Se abstenga de aplicar la pena de muerte y ratifique el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte,
- Garantice, en todo momento, las libertades de opinión y de expresión, al igual que el derecho a celebrar manifestaciones pacíficas y asambleas políticas, de acuerdo con la Constitución Etíope y con los instrumentos internacionales y regionales ratificados por Etiopía, y en particular el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos,
- Garantice en todas las circunstancias la integridad física y psicológica de los defensores de los derechos humanos en cumplimiento con los instrumentos internacionales, en especial con la Declaración sobre los Defensores de Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de NU en Diciembre de 1998.
- A las Naciones Unidas a que:
- Establezca inmediatamente una comisión independiente de investigación para investigar las violaciones de los derechos humanos cometidos por las fuerzas de seguridad de Etiopía en relación a las elecciones del 15 de mayo de 2005, de la cual debería ser parte el Representante Especial del Secretario General para los defensores de los derechos humanos, el Relator Especial sobre tortura y trato o castigo cruel, inhumano o degradante y un miembro del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria.