Los fatídicos Acuerdos de Madrid: Un pueblo abandonado a su suerte.
El mes de octubre de 1975, fue un “mes caliente” para la política española, por un lado en el Sáhara los nacionalistas alcanzaron un acuerdo de unidad, el experimento del Partido de la Unidad Nacional Saharaui (PUNS) estaba muerto. En el plano internacional la presión internacional por las condenas a muerte por detenidos acusados del terrorismo, afectaban seriamente la imagen del régimen español. Estos reclamos venían de parte del Vaticano, la Conferencia Episcopal, el Parlamento Europeo, las Naciones Unidas y sectores opositores al franquismo. A ello se unía las protestas por las condenas a muerte a varios terroristas del ETA y FRAP. Las tensiones en Portugal, al borde de un golpe de extrema izquierda, era también fuente de preocupación para Madrid. Las internas dentro del franquismo estaban a la orden del día, especialmente dentro de la familia del Generalísimo, donde existía una hostilidad creciente hacia Arias Navarro y el Príncipe Juan Carlos. La tensión reinante influyó la salud de Franco quién sufrió un infarto el 15 de octubre de 1975. Este hecho no se hizo público y contrario al consejo de los médicos, el general mantuvo su agenda de audiencias y entrevistas. El 16 de octubre la Corte Internacional de Justicia hizo público su dictamen, que como hemos visto, puso en evidencia la falacia de los argumentos marroquíes y mauritanos, lo que llevó a Hassan II a cambiar de estrategia y apostar por una política agresiva, con el riesgo de una guerra, para la cual estaba en desventaja en el plano militar y que no solo podría terminar en derrota, sino terminar con su régimen y la monarquía misma. Es por ello que el hábil monarca alauita, apeló al apoyo de Estados Unidos, Francia y las monarquías conservadoras árabes, mostrando al Frente Polisario como un títere de la Unión Soviética (el tiempo puso rápidamente el nulo interés por el Sáhara Español).
General Salazar, Gobernador del Sáhara Español – 1975
A fines de octubre de 1975, la invasión militar marroquí era un hecho, el Alto Mando español había dictado la orden de evacuar el Sáhara, y la población saharaui vivía horas de angustia al no saber a ciencia cierta cuál sería su destino. El 2 de noviembre el futuro rey Juan Carlos I voló a El Aaiún y luego de visitar el Cuartel General pronunció el siguiente discurso:
“He venido a saludaros y vivir unas horas con vosotros; conozco vuestro espíritu, vuestra disciplina y vuestra eficacia. Siento no poder estar más tiempo aquí, con estas magníficas unidades, pero quería daros personalmente la seguridad de que se hará cuanto sea necesario para que nuestro Ejército conserve intacto su prestigio y el honor. España cumplirá sus compromisos y tratará de mantener la paz, don precioso que tenemos que conservar. No se debe poner en peligro vida humana alguna cuando se ofrecen soluciones justas y desinteresadas y se busca con afán la cooperación y entendimiento entre los pueblos. Deseamos proteger también los legítimos derechos de la población civil saharaui, ya que nuestra misión en el mundo y nuestra historia nos lo exigen”.[1]
La presencia de Juan Carlos coincidió con el comienzo de la huida de la población civil, mientras que el ELPS (Ejército de Liberación Popular Saharaui) libraba duros combates con las fuerzas marroquíes. Los centros urbanos quedaron vacíos, la sureña ciudad de La Güera fue evacuada y quedó bajo control saharaui. Localidades del interior como Auserd, Aargub, Tichla y Bir N’Zaran estaban en manos de fuerzas saharauis. La posición de príncipe Juan Carlos sufrió cambios decantándose por la tesis entreguista. Ruiz Miguel nos dice que Hassan II rápidamente entabló una comunicación vía telefónica. El cuñado del rey marroquí viajó a Madrid y se entrevistó con el príncipe Juan Carlos, el jefe de Gobierno, Arias Navarro y el ministro de Exteriores, Cortina. El 6 de noviembre, Hassan II recibió a Juan Carlos con honores de jefe de Estado en compañía del embajador español en Rabat. En esa reunión el rey marroquí expuso sus argumentos que fueron aceptados por el príncipe y flamante jefe de Estado en funciones. Toda una contradicción frente al discurso del 2 de noviembre.
En el seno del Gobierno español comenzaron los movimientos que terminaron con los Acuerdos de Madrid. En la tarde del 7 de noviembre el ministro de exteriores marroquí, Filali se reunió con el jefe de gobierno español, Arias Navarro; el titular de Asuntos Exteriores, Cortina Mauri; y el ministro de presidencia Carro Martínez, ferviente defensor de la tesis entreguista. En ese día fue entregado un mensaje de Hassan II, seguramente con las condiciones de entrega del Sáhara Occidental. El gobierno español cedió la “administración” (condición impuesta por el titular de asuntos exteriores Cortina), dejando de lado el discurso del príncipe Juan Carlos, las promesas de antaño y la defensa en Naciones Unidas del derecho del pueblo saharaui a elegir su propio destino. El 8 de noviembre Carro se reunió con Hassan II y su hermano Mulay Abdallah y abrió el camino para las reuniones tripartitas de los días 12 y 13 de noviembre. Mientras tanto parte del pueblo saharaui luchaba por su libertad y otros emprendieron el camino hacia el exilio. Los abusos de los invasores pasaron por desapercibidos para el gobierno español, ya sea en Madrid como para el gobierno colonial.
La presión de Rabat no cesó y hablaba de acciones armadas para obtener la cesión de la soberanía del Sáhara Occidental, los incidentes armados en la frontera eran constantes. Mientras tanto de manera hábil, la diplomacia alauita busca ganar el apoyo de Mauritania a través de la partición del territorio del Sáhara Occidental, y de paso reemplazar la tutela argelina por la marroquí. En este contexto, Estados Unidos vio con preocupación la aparición de un estado socialista, demográficamente débil, apoyado por Argelia, en un punto estratégico como es la fachada atlántica del África del Norte, con el riesgo que la Unión Soviética instalara una base naval. Esta postura demostró ser en cierto punto errónea, dado que la Unión Soviética nunca apoyó abiertamente al Frente Polisario – a diferencia de Angola o Guinea Portuguesa – y es más, como veremos, ningún país del bloque del Este europeo – excepto Yugoslavia – reconocieron la RASD. Desde el punto de vista español, el alto mando militar era favorable a la tesis entreguista, temerosos de un estado socialista con apoyo argelino, justo frente a las islas Canarias. En aquel momento Argelia era solidaria con el grupo separatista canario MPAIAC y no obstante de la superioridad militar española frente a Marruecos.
La presión marroquí bajo amenaza de guerra nunca cesó, más aún cuando Hassan II sabía de la agonía del General Franco y aprovechando de la debilidad política interna de España mantuvo la presión, ya sea en territorio saharaui enviando a millares de manifestantes de la Marcha Verde o sobre las “plazas de soberanía” con constantes reclamos sobre presuntos derecho de soberanía. El día 10 de noviembre el rey Hassan II ordenó a los manifestantes regresar a Tarfaya, señalando que su misión había sido cumplida. Mientras tanto el presidente de Argelia Huari Bumediane intentó sacar a Mauritania del conflicto sin éxito. Finalmente el 12 de noviembre comenzaron las negociaciones para la entrega del Sáhara. Los tristemente célebres Acuerdos de Madrid que fijaron fecha de vencimiento a la presencia hispana en el Sáhara: el 28 de febrero de 1976.
Estandarte del PUNS
Mientras que en Madrid “se cocinaban” los Acuerdos de entregar el Sáhara, Jaime De Piniés, embajador español ante la ONU (un veterano en este organismo) se reunió con el Secretario General Waldheim, el objetivo era presentarle la propuesta de tutela de la ONU hasta que se llevara a cabo el referéndum de autodeterminación. Piniés remitió rápidamente la propuesta:
“Él fue el encargado de enviarlo al Gobierno español, que ya se encontraba casi en la redacción de los Acuerdos de Madrid. Días más tarde presentó su renuncia ante el Ministro de Exteriores aunque aún acudió a la ONU para señalar que si esta institución quería hacer correcciones sobre este documento. La ONU estableció la necesidad de realizar un referéndum para culminar la descolonización. “Tienes que comprender que a mí tampoco me ha satisfecho”, contestó De Piniés a los gritos de Waldheim diciendo que “todo había sido una farsa”.[2]
El embajador de Piniés denunció que el gobierno español llevaba cabo un doble juego y decidió renunciar. Este diplomático había sido favorable a la autodeterminación del Sáhara, y ante el escepticismo de sectores de la ONU, ante la escasa población saharaui, De Piniés sostuvo la factibilidad de construir un Estado, con una demografía escasa, citando los ejemplos de las Islas Comoras o la Isla de Granada. Hoy en día existen numerosos casos de Estados con escasa población, como el caso de Nauru con 11.000 habitantes. Otro ejemplo, de país escasamente poblado, pero un amplio espacio geográfico, es Islandia, con unos 250.000 habitantes en un especio de unos 100.000 km2 no ha impedido que sea un Estado próspero y con un elevado nivel de vida, e instituciones sólidas. Los argumentos en contra de considerar que crear un Estado saharaui por su escasa demografía constituyeron y constituyen una falacia.
El Aaiún en tiempos del Sáhara Español
En esos días de incertidumbre, el Frente Polisario decidió consolidar su posición, en Ain Bentilli (localidad mauritana fronteriza con el Sáhara) fue convocada una Convención, formada por jefes tribales, personalidades diversas, integrantes del PUNS, presididos por El Uali Mustafa Sayed, líder del Frente Polisario, donde las organizaciones nacionalistas fueron unificadas bajo el programa y estructuras del Frente para llevar a cabo la lucha por la independencia.
Guerrilleros polisarios.
Las Naciones Unidas iniciaron acciones destinadas a evitar un conflicto de mayores proporciones y el entonces Secretario General Kurt Waldheim, presentó un plan de paz que consistía básicamente en:
– Retirada española quedando un número limitado de fuerza (10.000 legionarios), bajo estatuto de la ONU.
– Asunción transitoria de la administración del territorio por parte de la ONU.
– Creación de un grupo consultivo con las partes involucradas (Argelia, España, Marruecos, y Mauritania) para asesorar al Secretario General de las Naciones Unidas, para elaborar una fórmula que permitiera a la población manifestar su voluntad.
La puesta en marcha del plan de la ONU hubiera significado una salida honorable para España, el Sáhara Occidental hubiera alcanzado la independencia de manera pacífica, y como dice el profesor Ruiz Miguel, amigo de España. La idea de Waldheim era evitar que Madrid lo sorprendiera con un acuerdo con Marruecos y lo dejara en ridículo. Hasta último momento tuvo una actuación destacada e intentó por todos los medios que el Sáhara Occidental tuviera su referéndum. El 11 de noviembre llama al embajador español:
“Puesto que ya no resistís la presión y queréis marcharos del Sáhara, yo me haré cargo del territorio y lo llevaré a la autodeterminación. Sólo necesito que me dejéis provisionalmente un contingente militar de 10.000 legionarios a los que colocaríamos bajo bandera de la ONU”. Intentó que este plan no llegara a oídos del Gobierno marroquí. El día 13 le entregó a De Piniés su plan redactado. Ya era tarde. “Esto ha sido una farsa, me habéis engañado”, gritó Waldheim a De Piniés por los pasillos de la ONU.”[3]
El plan no fue atendido por Madrid y la tesis del abandono del territorio triunfó iniciándose las negociaciones que desembocarían en los llamados Acuerdos de Madrid, cuya denominación real fue Declaración de Principios entre España, Marruecos y Mauritania sobre el Sáhara Occidental. Las negociaciones fueron bilaterales, entre España y Marruecos, la delegación mauritana solo se limitó a aprobar el acuerdo final, incluso no tuvo acceso a todas las actas y conversaciones que se llevaron a cabo. Los intentos del ministro Cortina de que se reconociera el derecho de los saharauis al referéndum, fue rechazado de plano por Marruecos. Los Acuerdos por orden del presidente de gobierno Arias Navarro no fueron publicados en el Boletín Oficial, ni discutido en las Cortes Generales, solo se presentó a la prensa. Los acuerdos en seis artículos contienen lo siguiente:
- España pone fin a su responsabilidad de potencia administradora.
- Se instituye un gobierno conjunto de carácter temporal, fijando como fecha de retirada española el 26 de febrero de 1976.
- La opinión del pueblo saharaui será respetada por intermedio de la Asamblea local o Yemaá.
- Los tres países intervinientes declaran haber llegado a las anteriores conclusiones con el mejor espíritu de comprensión, hermandad y respeto a los principios de la Carta de las Naciones Unidas, y como la mejor contribución al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.
Según esta Declaración de Principios, España cedía la administración y no de la soberanía a Marruecos y Mauritania. Cabe agregar que:
El documento oficial recogía un Anexo en forma de Acta referente a cuestiones económicas: las conversaciones de España con Marruecos y Mauritania a propósito de diversos temas económicos, como la pesca en aguas saharauis con importantes concesiones a España y los bienes públicos españoles en el territorio garantizando a España la propiedad de los mismos; las conversaciones entre España y Marruecos sobre diversos temas económicos: pesca, prospecciones mineras como la venta a Marruecos de parte de las acciones de la sociedad explotadora de fosfatos Fosbucraa, proyectos siderúrgicos, transporte marítimo, ácido fosfórico y abonos; y las conversaciones entre España y Mauritania sobre diversos aspectos económicos.[4]
El retiro español del Sáhara Occidental fue realizado prácticamente sin contrapartida alguna por parte de los ocupantes, solo algunas concesiones de tipo económico, que no redituaron en nada desde el punto de vista de los intereses españoles. En otros casos, como el Reino Unido y Francia al retirarse de sus posesiones coloniales no solo mantuvieron su influencia económica (con las excepciones del caso) sino militar conservando bases u otros mecanismos de mantener su influencia (por medio de asesores militares, entrenamiento, etc.). En lo que concierne al pueblo saharaui, su opinión nunca fue tomada en cuenta, dado que los invasores lo primero que hicieron fue disolver la Yemaá y gobernaron el territorio por medio de autoridades designadas por ellos mismos. Marruecos creó tres provincias y Mauritania organizó varios departamentos en la zona ocupada.
En materia de recursos naturales, los Acuerdos de Madrid, incluyeron los Protocolos de Pesca que formaban parte de los llamados documentos anexos que establecían una serie de concesiones que abarcaban:
- Otorgamiento a favor de España, por parte de Marruecos, del derecho de pesca a “un máximo de 600 barcos y para un período de 15 años” en “aguas territoriales de la costa atlántica actual”, y de un máximo de 200 barcos, en las “aguas marroquíes de la costa mediterránea”.
- Reconocimiento de derecho de pesca por parte de Marruecos y Mauritania para 800 barcos de bandera española operen por 20 años en aguas saharauis.
Los protocolos de Pesca no fueron más que otro acto de expolio de los recursos naturales a costa del pueblo saharaui, que nunca vio nada de los beneficios obtenidos por dichas concesiones pesqueras. Es más las potencias ocupantes ni siquiera negociaron el establecimiento de algún tipo de factoría industrial o base de apoyo a las importantes flotas pesqueras que depredan del banco saharaui.
Juan Carlos en su visita al Sáhara en 1975
El 18 de noviembre el embajador ante la ONU De Piniés intentó en vano que los Acuerdos fuesen modificados por el citado organismo. En la IV Comisión adoptaron resoluciones contradictorias, por un lado instó a España como potencia administradora a adoptar las medidas conducentes a que los saharauis tengan su derecho inalienable de autodeterminación y por otro se tomaba nota de los Acuerdos de Madrid.
La tolerancia de la Marcha Verde que encubrió una invasión militar, es considerada, por muchos historiadores españoles como un acto comparable a la “humillación” hecha por Fernando VII en Bayona. Sin ninguna duda la orden de repliegue a las fuerzas militares españolas después de meses de provocaciones y actos de agresión debe haber sido una sensación sumamente frustrante.
La respuesta de la ONU fue contradictoria, por un lado emitió una resolución favorable a la autodeterminación y por otro, toma simplemente nota del acuerdo, abiertamente contrario al derecho. Sobre esto último tomando la postura del eminente profesor Ruiz Miguel, decimos que en el acuerdo existió mala fe:
· En particular al considerar que poner fin a la responsabilidad de “potencia administradora” por parte de España, equivale a descolonización, cuando en realidad existe un incumplimiento de los deberes establecidos por el derecho internacional.
· Equiparar la voluntad de la Yemaá con la del pueblo saharaui, cuando este es una institución creada por la potencia colonial que dista de ser un organismo representativo, más cuando las Naciones Unidas señalaron claramente que la voluntad del pueblo saharaui debería expresarse en las urnas.
· Confundir los Acuerdos como un mecanismo de arreglo pacífico de una controversia, cuando en verdad se negocian los recursos naturales de un territorio colonial, sin tener en cuenta la voluntad del pueblo, en el marco de amenazas de uso de la fuerzas por parte de uno de los reclamantes del territorio, con actos concretos denunciados por la potencia administradora en su momento ante la ONU.
· No se respetó el art. 73 de la Carta de las Naciones Unidas, que impide que una potencia administradora de un territorio transfiera sus facultades a otro Estado o desprenderse unilateralmente.
· España no contaba con legitimación para firmar los acuerdos tripartitos, es la potencia administradora y no tiene la soberanía del Sáhara. Por otro lado, España asumió formalmente llevar a cabo el proceso de autodeterminación, que Marruecos y Mauritania solo tenían legitimación para intervenir para hacer cumplir dicho proceso en el marco de las resoluciones de las ONU y con la obligación, como Estados miembro, de no interferir en dicho proceso.
· Los actos realizados por Marruecos y Mauritania, dado que el derecho internacional prohíbe expresamente el uso de la fuerza para el mantenimiento de la dominación colonial, que a juicio de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU esto constituye un “crimen internacional”. Los actos de dichos países que incluyó la firma de acuerdos que negaban al pueblo saharaui llevar a cabo su derecho a la autodeterminación, unido a la invasión militar, son elementos evidentes que demuestran que estamos ante un crimen internacional.
· Finalmente el profesor Ruiz Miguel considera el Acuerdo de Madrid, según el autor citado viola el art. 53 del Convenio de Viena, al contradecir el principio de autodeterminación, que es una norma imperativa (ius cogens) del Derecho Internacional.
No cabe duda que los Acuerdos de Madrid estaban rodeados de vicios, y fueron cuestionados no solo desde el punto de vista jurídico, sino también políticos. Desoyendo abiertamente las resoluciones de las Naciones Unidas, todo un pueblo fue abandonado a su suerte. Es más, durante el proceso de retiro de las autoridades españolas fue impuesto un riguroso toque de queda y medidas destinadas para evitar manifestaciones, tanto de los colonos que se veían obligados a retirarse, como de la población nativa abiertamente favorable a la independencia. Mientras tanto se procedió a una evacuación de los diferentes puestos y fortines militares de manera gradual, según las previsiones del Alto Mando español, que fueron ocupados militarmente por Marruecos (todavía no se había materializado la entrega del territorio) sin protesta alguna de España, como de las guerrillas independentistas. Este accionar de Marruecos demostró claramente estaba materializando una verdadera invasión militar.
Kurt Waldheim.
Anna Badía Martí, como el grueso de los autores españoles, es coincidente con la idea de la ilegalidad de los llamados “Acuerdos de Madrid”. La autora señala que en un principio la solución adoptada es la creación de una administración tripartita, asistida por la Asamblea del territorio, que tendría como finalidad descolonizar el territorio.
“Esta formulación no se adecua al contenido de la autodeterminación. La Yemaá, no se reconoce como expresión de la voluntad del pueblo saharaui. La propia potencia colonial lo había reconocido unos meses antes, la expresión de la voluntad del pueblo saharaui pasa por un referéndum verificado por las NNUU. Por otro lado, en relación a España, se desvincula unilateralmente de las obligaciones internacionales que la condición de ser potencia administradora de un territorio no autónomo comporta, y va a significar no defender los derechos de la población colonial”.[5]
La retirada española tuvo su “pantalla” legal por medio de la Ley de Descolonización del Sáhara. Otra contradicción, dado que para la ley española el Sáhara era una provincia española y parte integrante del territorio nacional. La ley fue debatida en las Cortes Generales sin la presencia de los procuradores canarios y saharauis. En el caso de estos últimos, mantuvieron una reunión con funcionarios del gobierno y altos mandos militares quienes intentaron convencerlos a los procuradores que la independencia era algo cercana con fuerzas militares propias, con apoyo de cuadros españoles. Una verdadera tomada de pelo. Antes de los fatídicos acuerdos tripartitos, el 20 de octubre el consejo de ministros remitió el proyecto de ley de descolonización del Sáhara. El profesor Ruiz Miguel califica el debate como uno de los pasajes más escandalosos de la historia parlamentaria española. Los parlamentarios (procuradores como se los denominaba la España franquista) dictaron una ley para convalidar unos acuerdos que en ningún momento fueron conocidos por los procuradores. [6] Incluso la ley fue objeto de un recurso de contrafuero (especie de recurso de inconstitucionalidad) que no llegó a buen puerto. La ley de descolonización en su artículo único señalaba:
“se autoriza al Gobierno para que realice los actos y adopte las medidas que sean precisas para llevar a cabo la descolonización del territorio no autónomo del Sáhara, salvaguardando los intereses españoles…»el Gobierno dará cuenta razonada de todo ello a las Cortes”[7]
Siguiendo la opinión del profesor Ruiz Miguel, la ley fue un cheque en blanco para el gobierno español en el marco de su tesis entreguista. Los Acuerdos tripartitos no salvaguardaron los intereses españoles, ni se dieron cuenta de los actos que llevaron a cabo el abandono intempestivo del Sáhara. En 1976 el procurador de Ceuta Serafín Becerra elevó un pedido al gobierno (“ruego”) por la existencia de rumores que en el marco de los Acuerdos de Madrid hubo sobornos, ya que los marroquíes habían amenazado de publicar la lista de sobornos en caso de que España cambiara su postura en relación al Sáhara. El pedido no fue tramitado por una argucia procesal.
La bandera española es arriada de El Aaiún
La ocupación marroquí estuvo precedida de una dura represión por parte del Ejército, los abusos en la localidades Hausa, Edchería, y Farsía, provocaron la huida de la población civil a pesar de los pedidos del Frente Polisario de no ceder ante el invasor. La idea del Frente era armar una resistencia civil, pero las noticias de los terribles abusos y violencia ejercidos por el invasor provocó la huida de la población hacia el desierto. Esto llevó a la conducción del Polisario a intentar la organización del exilio de la población. Es por ello cuando las tropas marroquíes llegan a El Aaiún se encuentran con una ciudad casi desierta, poblada en sus alrededores de guerrilleros que hostigan constantemente a los ocupantes.
Entre enero de 1975 y enero de 1976 huyeron al interior del territorio saharaui, unas 40.000 personas (que para la ley vigente eran ciudadanos españoles), en gran parte mujeres, menores y ancianos, dado que la mayoría de los hombres estaban en la lucha armada. El Frente Polisario organizó una serie de campamentos y aprovechó instalaciones militares españolas abandonadas para dar refugio a la población.
Arias Navarro y el General Franco
Los últimos momentos de la presencia española
En una etapa preliminar, antes de la proclamación de la RASD, más precisamente el 12 de octubre de 1975 en la localidad de Ain Bentili en la frontera noroeste saharaui – mauritana, se reunieron los integrantes del Frente Polisario, parte de la Yemaá, y el PUNS para firmar un pacto de unidad nacional. Esta reunión fue facilitada por autoridades españolas, que preveían que la reunión entre líderes nacionalistas, se encontraran en Amgala, pero finalmente se decidieron que fuera llevada a cabo en Ain Bentili. Fueron llevada a cabo dos reuniones, una presidida por El Uali, líder del Polisario, quién analizando la situación exhortó a un entendimiento con España, dado su posición favorable a la autodeterminación y la necesidad de concentrar el esfuerzo contra las acciones armadas marroquíes, especialmente del FLU. Asimismo hizo un llamado a la unidad nacional. Sidi Hatri uld Said uld Yumani, presidente de la Yemaá, manifestó su identificación con el Frente, criticó el colonialismo español y al PUNS. En defensa de dicho partido salió en defensa su secretario general Duih uld Siena uld Noach, sin éxito, abandonando el lugar de reunión, quedándose el resto de los militantes del PUNS. Esta reunión sería trascendente para los saharauis, a tal punto que hoy dia el 12 de octubre, es recordado como el Día de la Unidad Nacional. La legitimidad del Frente estaba fuera de discusión.
Marcha Verde marroquí
Un mes más tarde, el 28 de noviembre de 1975, en la localidad de Guelta Zemmur, 67 integrantes de la Yemaá (que tenía un total de 102) votaron por su autodisolución, siendo reemplazado por el Consejo Nacional Saharaui provisional de 40 integrantes. El número de integrantes respondía a la tradición de la Ait Arbiin, siendo elegido para presidir el flamante Consejo un antiguo combatiente de la guerra de 1958 y uno de los fundadores del Frente Polisario, Enhammed Uld Zaio. En la resolución de disolución de la Yemaá los representantes señalaban que no habían sido elegidos democráticamente y por lo tanto no podían decidir sobre el destino del pueblo saharaui. La responsabilidad de representar al pueblo era delegada en el Frente Polisario. Esta declaración no solo fue firmada por los integrantes de la Yemaá (67 de 102 integrantes), sino por 60 jefes tribales y 3 procuradores ante las Cortes Generales.[8] El 28 de noviembre gran parte de los jefes tribales, antiguos miembros de la Yemaá solicitaron su ingreso al Frente Polisario. La declaración fue entregada al Secretario General de las Naciones Unidas en diciembre de 1975, con copias a la Liga Árabe, la OUA, y la Conferencia Islámica, junto a un mensaje del Consejo Nacional Saharaui denunciando la brutalidad de la invasión y el genocidio del pueblo saharaui. Sin ninguna duda el pueblo saharaui vivía sus horas más oscuras.
La proclamación de la República Árabe Saharaui Democrática
El 27 de febrero de 1976, antes del vencimiento de la presencia española – según el Acuerdo de Madrid – fue proclamada en la localidad de Bir Lehlú [9] la República Árabe Saharaui Democrática (RASD). La citada declaración decía lo siguiente:
El Pueblo Árabe Saharaui, recordando a los pueblos del mundo que han proclamado la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Resolución 1514 de las Naciones Unidas en su decimoquinto período de sesiones, y teniendo en cuenta el texto de la misma, en el que se afirma: “Que los pueblos del mundo han proclamado en la Carta de las Naciones Unidas que están resueltos a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las Naciones grandes y pequeñas a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad». Los pueblos del mundo conscientes de los crecientes conflictos que origina el hecho de negar la libertad a esos pueblos o impedirla, lo cual constituye una grave amenaza a la paz mundial. Convencidos de que todos los pueblos tienen un derecho inalienable a la libertad absoluta, al ejercicio de su soberanía y a la integridad de su territorio nacional. Y proclamando solemnemente la necesidad de poner fin rápida e incondicionalmente al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones para el logro del desarrollo económico, social y cultural de los pueblos militantes. Proclama solemnemente ante el mundo entero, en base a la libre voluntad popular basada sobre los principios y alternativas democráticas: La constitución de un Estado libre, independiente y soberano, regido por un sistema nacional democrático, ÁRABE de tendencia UNIONISTA, de confesionalidad ISLÁMICA, progresista, que adquiere como forma de régimen el de la República Árabe Saharaui Democrática. De acuerdo con su doctrina, orientación y línea, este Estado Árabe, Africano, No Alineado proclama: Su respeto a los tratados y los compromisos internacionales.
Su adhesión a la Carta de la ONU. Su adhesión a la Carta de la Organización de Unidad Africana, reafirmando su adhesión a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Su adhesión a la Carta de la Liga Árabe. El Pueblo árabe de la República Árabe Saharaui Democrática habiendo decidido defender su independencia y su integridad territorial y ejercer el control de sus recursos y riquezas naturales, lucha al lado de todos los pueblos amantes de la paz para el mantenimiento de los valores primordiales de la paz y la seguridad internacionales. Afirma su apoyo a todos los Movimientos de Liberación de los pueblos de la dominación colonialista. En este momento histórico en que se proclama la constitución de esta nueva República, pide a sus hermanos y a todos los países del mundo el RECONOCIMIENTO de esta nueva nación, a la vez que manifiesta expresamente su deseo de establecer relaciones recíprocas basadas en la amistad, la cooperación y en la no injerencia en los asuntos internos. La Republica Árabe Saharaui Democrática pide a la comunidad internacional, cuyas metas son el establecimiento del derecho y la justicia en aras de reforzar los pilares de la paz y de la seguridad mundiales: Que colabore en la construcción y en el desarrollo de este nuevo país para garantizar en ella dignidad, la prosperidad y las aspiraciones de la persona humana.
Consejo Nacional Provisional Saharaui
en representación de la voluntad del
Pueblo de la Republica Árabe Saharaui Democrática.
Bir Lehlu, 27 de Febrero de 1976
Antes de la proclamación de la RASD, los saharauis contaban con el Ejército de Liberación del Pueblo Saharaui (ELPS), brazo armado del Frente Polisario, que se transformó en las fuerzas armadas regulares del nuevo estado.
Embajador de Pinies en las Naciones Unidas.
El 24 de noviembre de 1975 el gobernador general español, general Salazar, emitió una ordenanza de “administración transitoria del territorio”. Hasta el momento del abandono del territorio, el gobernador general estuvo asistido con dos gobernadores adjuntos, que eran los representantes Ahmed Bensuda por parte de Marruecos y Abdallah Uld Cheij por Mauritania. En algún momento se planteó que el régimen de administración tripartita, fuera utilizada para prolongar la presencia hispana en el territorio. El gobierno español lo rechazó. En estos momentos los españoles comienzan con su retirada cediendo a los invasores las instalaciones militares, permitiendo la llegada de 2.000 soldados marroquíes a El Aaiún. La llegada de los los soldados fue acompañada por una serie de incidentes, por la presencia de gentes marginadas de Rabat y Casablanca, con ciudadanos españoles, a quienes les fue impedido tener acceso a sus antiguas viviendas incrementándose el índice de robos e inseguridad. El coronel Diego Aguirre, funcionario español durante la administración tripartita describió la situación que vivía El Aaiún durante la llegada de los marroquíes:
“Con la paulatina llegada del 25.000 marroquíes que culminan la Marcha Verde en Aaiún, los bajos fondos de Casablanca y otras ciudades marroquíes se vuelcan sobre la ciudad y la inseguridad es manifiesta. Robos, allanamientos de moradas y ocupación de viviendas abandonadas por saharauis desafectos o por españoles evacuados, se hacen cotidianos y corrientes (…) Añádase a ello la represión de Marruecos sobre cualquier persona sospechosa (…) se producen detenciones arbitrarias y constantes presiones para que se enarbole la bandera marroquí y para que los saharauis acudan a las manifestaciones a favor de Hassan II. Un cabo de la Policía Auxiliar se presenta al Gobernador Salazar para denunciarle los golpes y quemaduras con que ha sido torturado durante su detención ilegal. Las protestas y gestiones de la autoridad española no obtendrán más que vanas promesas. Las torturas, allanamientos de morada, exacciones y detenciones ilegales son frecuentes. (…) Marruecos está intentando asimilar a la población con los más repugnantes métodos de un fascismo trasnochado…”[10]
Sin ninguna duda los saharauis vivieron horas de angustia y terror, por las noticias sobre los abusos de los invasores. Lo que no sabía la población que era el principio de una larga pesadilla.
“Desde el mismo momento de la ocupación militar, inicialmente mauritana y marroquí del Sáhara Occidental, el miedo se instaló en la experiencia del pueblo saharaui. Si bien, en ocasiones, la población civil estuvo cerca de combates durante los primeros dos o tres meses, especialmente durante su huida, no fueron los enfrentamientos militares la causa fundamental del miedo.”[11]
En enero de 1976 el embajador español De Piniés logró que el Secretario General de la ONU, Waldheim, para que enviara un representante personal al Sáhara, a fin de contrarrestar manejos marroquíes, con el objetivo de evaluar las posibilidades y eventual consulta de la población sobre su destino. El embajador sueco ante la ONU Olof Rydbeck fue designado para visitar el Sáhara en compañía de otras personas, entre ellos el británico Michin que había sido parte de la misión visitadora de 1975.
“El informe que elabora Rydbeck es muy negativo. Tan es así que Waldheim decide no publicarlo, según sus palabras, «para no echar más leña al fuego». En todo caso, conocedor de la verdadera situación gracias al informe Rydbeck, Waldheim rechaza enviar un representante de las N.U. a la reunión fantasma de la Yemáa de 26 de febrero de 1976, con la consecuencia de que ésta ya no puede hacerse pasar por la consulta a la población prevista en la resolución 3458 B (XXX) de la A.G. De esta forma, marroquíes y mauritanos verán frustrados sus intentos de obtener una sanción internacional a su anexión del territorio”[12]
Acuerdo de Madrid
España “hace las maletas”. Llegan los invasores. El drama del pueblo saharaui es una realidad
El 12 de enero de 1976 el general Federico Gómez Salazar, a sazón el último gobernador general del antiguo Sáhara Español dejaba dichas tierras. El fatídico 26 de febrero de 1976, las autoridades marroquíes y mauritanas, convocaron los restos de la Yemaá, en un intento de dar cierta legitimidad a su accionar, que por cierto, ningún Estado como entidades internacionales (la ONU, la OUA, la Liga de Estados Árabes y la Conferencia Islámica) aceptaron enviar representantes ante el requerimiento de los citados gobiernos a presenciar el acto de disolución de dicho organismo. En dicha reunión, donde existieron discrepancias sobre la concurrencia de los representantes de la Yemaá, fue ratificada la decisión de los Acuerdos de Madrid. En el acta, donde constaba la declaración de dicha reunión el gobernador general español se negó a firmar.
El 28 de febrero de 1976 a las 11:30 horas, fue arriado el pabellón español abandonando el territorio las últimas autoridades y militares españoles encabezadas por el entonces teniente coronel Rafael Valdéz gobernador general en funciones, así terminó la presencia española en el Sáhara Occidental. A partir de este momento comienza la “Nakba” o catástrofe para el pueblo saharaui, que queda abandonado a su propia suerte. [13] El coronel Dlimi de manera arrogante, en calidad de comandante de las fuerzas marroquíes de ocupación, expresó su firme compromiso de “acabar con el problema Polisario ante de tres meses.” La realidad sería muy diferente y la incapacidad militar marroquí de derrotar al ELPS, terminó con la construcción de la llamada “Berma” o muros defensivos, también conocidos como “Muro de la Vergüenza”, luego de más de una década de guerra. El arrogante Dlimi subestimó a los combatientes saharauis que estaban dispuestos a vender caro sus propias vidas.
Desde el punto de vista de la letra de los Acuerdos de Madrid, la disolución de la Yemaá, es abiertamente ilegal dado que el artículo 2ºseñalaba:
2º) De conformidad con la anterior determinación y de acuerdo con las negociaciones propugnadas por las Naciones Unidas con las partes afectadas, España procederá de inmediato a instituir una Administración temporal en el territorio en la que participarán Marruecos y Mauritania en colaboración con la Yemaá y a la cual serán transmitidas las responsabilidades y poderes a que se refiere el párrafo anterior. En su consecuencia, se acuerda designar a dos Gobernadores Adjuntos, a propuesta de Marruecos y Mauritania, a fin de que auxilien en sus funciones al Gobernador General del territorio. La terminación de la presencia española en el territorio se llevará a efecto definitivamente, antes del 28 de febrero de 1976. 3º) Será respetada la opinión de la población saharaui, expresada a través de la Yemaá. (el subrayado es nuestro).
Las características de la invasión, la parodia de disolución de la Yemaá, era prueba fehaciente que a los invasores poco o nada les interesaba los derechos del pueblo saharaui. Ante la gravedad de las circunstancias, dado la violencia desencadenada por los ocupantes con una población emprendiendo el exilio, el 4 de marzo se constituyó el primer gobierno de la RASD, que rápidamente se lanzó a resistir la ocupación militar de dos Estados, con mayores recursos y respaldo político internacional. Aquel primer gobierno estaba presidido por el mítico y joven (tenía solo 27 años) El Uali Mustafa Sayed.
La lucha armada concentró su esfuerzo contra Mauritania, que desde el punto de vista militar era el más débil, en comparación con Marruecos, pero no para los saharauis. Las acciones militares se centrarán contra las minas de hierro (de vital importancia para este país) y la propia capital, Nuakchot, en acciones verdaderamente audaces. A pesar de los reveses, los ataques adquieren intensidad y eficacia, librando una guerra de guerrillas en el desierto, único en la historia militar moderna. La presión ejercida, motivó la intervención directa de Francia brindando apoyo aéreo a las fuerzas mauritanas.
Uld Daddah, Presidente de Mauritania
La Operación Golondrina llevada a cabo entre el 20 de noviembre de 1975 y el 12 de enero de 1976, donde fueron evacuados de manera apresurada 20.000 soldados españoles con sus equipos, mientras que la colonia civil regresaba a España vía aérea, que incluyó al gobernador General Salazar. Incluso en esta evacuación fueron exhumados los cementerios. Así terminaba la presencia española. La población saharaui rehén de una dura represión y de la inseguridad por el vacío generado, fue conducida por el Frente Polisario al duro exilio bajo el bombardeo marroquí con fósforo blanco y napalm, a todo ello se agregó el envenenamiento de pozos de agua. Según nos dice Fuente Cobo, el objetivo marroquí consistió en atacar militarmente los campamentos, a fin de provocar el retorno de los refugiados a las poblaciones por ellos abandonadas, ahora controladas por autoridades marroquíes. Todos estos hechos constituyeron verdaderos crímenes de guerra y de lesa humanidad. La mortandad infantil y la gravedad de la situación, impulsó al Frente Polisario a conducir a los refugiados hacia Tinduf, en Argelia, donde unos 5.000 exiliados residían desde la retirada española. Vale la pena señalar que en lugar donde fueron llevados los refugiados, es una de las áreas más hostiles del desierto conocido como “hamada”, imponiendo duras condiciones de vida a los millares de refugiados, hasta el día de hoy. Esta tragedia no solo causó la pérdida de millares de personas por las duras condiciones de la marcha hacia el exilio, sino por la acción militar marroquí con los bombardeos a los campos de refugiados y la precaria situación sanitaria. Atrás quedaron familias divididas – hasta el día de hoy – además de los bienes que fueron abandonados repentinamente ante la escalada de terror ante la llegada de los fuerzas de Hassan II. La decisión marroquí de atacar los campamentos fue nefasta, cualquier posibilidad de apoyo saharaui, quedaba descartada y promovió un sentido de unidad nacional por sobre las lealtades tribales.
Hassan II
A partir de ahora, con la retirada española, se inicia una nueva etapa dominada, por la guerra de liberación y la condena al exilio a millares de saharauis.
“Una buena parte de la población civil saharaui se convirtió en enemigo para el Ejército y fuerzas policiales marroquíes. Por una parte, puesto que una gran mayoría se oponía o rechazaba la ocupación. Por otra, porque el régimen de Hassan II convirtió a los saharauis como colectivo en un grupo que había que controlar, del que había que desconfiar y al que había que reducir. La identificación entre cualquier saharaui y el apoyo al Frente POLISARIO se convirtió en un aspecto central de la lucha contrainsurgente durante los primeros quince años de ocupación militar. Además, el propio reino de Hassan II era ya un régimen de terror para la propia población marroquí, especialmente para la oposición política, con violaciones de derechos humanos masivas en diferentes épocas.”[14]
La invasión marroquí trajo consigo la llegada de millares de colonos y una estructura de represión, que trajo aparejado abusos contra los saharauis, inseguridad y violencia, ante la indiferencia de las autoridades españolas todavía presentes. Esta realidad llevó a muchos saharauis a decidir a huir al desierto. Aproximadamente la mitad de la población huyó de sus hogares. Ningún otro pueblo del mundo ha vivido un desplazamiento proporcionalmente tan masivo en pocas semanas.[15]
Quienes emprendían la huida lo hicieron con lo puesto, muchas familias se separaron o se desplazaron incompletas Las circunstancias eran realmente dramáticas, los que tenía mejor suerte huían en vehículos, otros simplemente a pie, tomando de la manos a sus hijos. En las primeras semanas los refugiados se fueron concentrando en determinados puntos, para protegerse. Quienes huían lo hacían por terror a la ocupación o por haber sido víctimas de detenciones arbitrarias, la destrucción de sus pertenencias (como muchas familias nómadas que vieron sus tiendas o “jaimas” destruidas y su ganado robado). En la huida los desplazados pudieron observar las consecuencias de la invasión: jaimas quemadas, ganado muerto y víctimas de ejecuciones sumarias. A todo ello tuvieron que sufrir en carne propia ataques aéreos contra su búsqueda de lugares seguros.
Víctimas saharauis de la invasión marroquí
Um Draiga. Crimen de guerra.
En Um Draiga ocurrieron hechos realmente dramáticos, en el marco de los bombardeos marroquíes contra la población civil saharaui. Estos hechos ocurrieron cuando todavía España todavía ejercía el gobierno de su colonia (19-21 de febrero de 1976). La población civil comenzó a llegar a la zona a fines de octubre de 1975 huyendo de núcleos rurales y ciudades ante la invasión marroquí. La población del campamento estaba formada en gran parte por mujeres, niños y ancianos, como el resto de los campamentos de refugiados existentes en territorio, formado en este caso por población que huía de las zonas ocupadas por Mauritania. La razón que muchos de los refugiados fueran en gran parte mujeres, niños y ancianos, era que gran parte de los hombres se quedó a proteger los bienes familiares en las ciudades y localidades ocupados o para formar parte de las crecientes fuerzas de resistencia del Frente Polisario.
Um Draiga era un paraje con pozos de agua utilizados por los nómadas y por la aparente seguridad que podría brindar el lugar, fue elegido para montar un campamento de refugiados. La situación de los refugiados era desesperante, gran parte de ellos huyeron con lo puesto, muchos venían a pie luego de varios días de marcha, muchas veces atravesando zonas de combate y expuestos a los bombardeos. La situación del campamento era precaria por la carencia de medios adecuados para brindar asistencia sanitaria.
“En Um Draiga, eran alrededor de las 11h de la mañana del 20 o 21 de febrero, cuando la mayor parte de la población civil estaba amontonada en la administración local para poder percibir el reparto de víveres. Oímos ruido de aviones que nos alertó. Pero creímos que pasaba un avión civil de la línea aérea regular. Nuestra sorpresa fue que no cesaba el sonido de aviones, y es que estaba la aviación marroquí sobrevolando los campamentos. Mientras intentábamos saber de qué se trataba, cayó una bomba en el lado norte del campamento. Hubo una alarma generalizada. La gente empezó a salir corriendo, el pánico se apoderó de todos. Entonces cayeron por segunda vez las bombas. Esta vez cayeron en el rincón suroeste del campamento. Sid-Ahmed Baba Chej (…) Sobre las 11h de la mañana fue el bombardeo. Yo estaba delante de mi jaima y pasó un avión y dejó caer algo del tamaño de una bombona de gas y cayó encima de un árbol y oí un ruido muy fuerte, algo me salpicó en la boca y en la cara. Yo lo vi, todo el bombardeo pero no oí gritos ni nada y por eso pensaba que no había muertos, y todo lo que yo hice fue correr y buscar un cobijo para curar mis heridas. Me olvidé que había dejado a mi hija en la jaima, era pequeña no tenía todavía un año. Monina Mohamed Abdalahe.”[16]
En la localidad citada, había entre 3.000 a 4.000 refugiados, todos civiles, dado que los combatientes del Frente Polisario luchaban muy lejos de allí. En el campamento el centro sanitario estaba debidamente identificado. Ello no impidió que el dispensario fuera destruido y según la obra El Oasis de la Memoria en relación a los hechos señala lo siguiente:
“Las descripciones del horror entre los sobrevivientes y víctimas del bombardeo muestran la destrucción total del campamento, y el gran número de muertos y la destrucción de los cuerpos. Dichas descripciones son congruentes entre sí, y coherentes con las consecuencias de bombardeos, mostrando una masacre de enormes proporciones.[17]
Las noticias del bombardeo, llevó a cuadros del Frente Polisario a desplazarse a la zona de desastre con el objetivo de ordenar el caos reinante. Durante horas se encargaron de conducir los supervivientes a zonas montañosas aledañas y recoger los restos de los cuerpos esparcidos luego del ataque. La situación sin ninguna era crítica, no solo había sido destruido el dispensario con la perdida de personal sanitario, sino que la cisterna de agua también fue eliminada. Los relatos señalan que en el bombardeo se utilizaron armas incendiarias, por las lesiones observadas en los supervivientes y de los cuerpos carbonizados. Las investigaciones realizadas posteriormente señalaron que fueron empleadas bombas de napalm y fósforo blanco. Las muertes se estimaron entre 100-200 personas. Los supervivientes, luego del ataque y evacuación de la zona, continuaron su éxodo hacia Rabuni (Argelia), luego de días de una dura marcha a través del desierto, con escasos víveres y en condiciones extremas. Finalmente los refugiados de Um Draiga, a raíz de las consecuencias psicológicas sufridas por los bombardeos, dado el terror que sentían por escuchar los aviones que operaban en la base militar de Tinduf, fueron llevados un emplazamiento ubicado a tres horas de los campos de refugiados conocido como Campamento Dajla, que hasta el día de hoy existe.
En los años 1975-1976 las fuerzas de ocupación ejecutaron la mitad de las desapariciones forzadas en Marruecos, lo que deja de manifiesto el clima de terror impuesto por la invasión marroquí a la población saharaui. El desplazamiento forzado de una población civil es una infracción grave según el Derecho Internacional Humanitario y es considerado un crimen de guerra. Las Naciones Unidas han definido en su oportunidad el significado de desplazamiento forzado: “se entiende por desplazados internos las personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida”. Los que llegaron a cruzar la frontera, saliendo del país, se califican jurídicamente de refugiados” (lo subrayado es nuestro).
Los sucesos de Um Draiga son crímenes de lesa humanidad, el DIH señala claramente que están expresamente prohibidos los ataques contra la población civil. El art. 3 común de los Convenios de Ginebra protege a las personas que no participen directamente en las hostilidades. (el IV Convenio está dedicado a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra. El artículo 51.1 del Protocolo I de 1977 establece la protección general contra la población de los peligros procedentes de las operaciones militares y señala en el punto 2ª que “no serán objeto de ataque la población civil, ni las personas civiles”. El artículo 54 del citado Protocolo prohíbe la destrucción de bienes indispensables a la supervivencia de la población civil (y esto incluye por ejemplo reservas de agua potable).
El ataque al dispensario/centro sanitario montado en Um Draiga fue otro crimen de guerra. El art. 15 del Protocolo de 1977 establece garantías para que el personal sanitario cumpla con sus funciones en tiempo de guerra, los artículos 9 y 12 del citado Protocolo garantizan la protección al personal médico y sanitario, como los medios de transporte para cumplir funciones sanitarias. Los cuatro Convenios de Ginebra también establecen garantías y protección al personal sanitario y los medios de transporte en misión médica.
En cuanto el Estatuto de la Corte Penal Internacional establece como crimen de guerra en su artículo 8.2.b).i) dirigir intencionalmente ataques contra la población civil como tal o contra civiles que no participan directamente en las hostilidades. El artículo 8.2 b) v) señala claramente es un crimen de guerra “atacar o bombardear, por cualquier medio, ciudades, aldeas, pueblos o edificios que no estén defendidos y que no sean objetivos militares.” El art. 7 del Estatuto de Roma define las conductas que encuadran como crímenes de lesa humanidad: el asesinato, el exterminio, y otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física, cuando se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque. En cuanto a las acciones contra personal y medios sanitarios el Estatuto de la Corte Penal Internacional en sus artículos 8.2.b) xxiv) y 8.2.c) ii) definen como crímenes de guerra: “dirigir intencionalmente ataques contra edificios, material, unidades y vehículos sanitarios, y contra personal habilitado para utilizar los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra de conformidad con el derecho internacional”. Vale la pena recordar que el puesto sanitario de Um Draiga estaba claramente identificado por la Media Luna Roja.
El uso de las armas empleadas en Um Draiga, también están penalizados por el Derecho Internacional Humanitario (DIH), responsables de causar males superfluos y sufrimientos innecesarios El art. 2.1 del Protocolo III:
“…sobre prohibiciones o restricciones del empleo de armas incendiarias de la Convención de 1980 sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que pueden considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, estipula que “queda prohibido en todas las circunstancias atacar con armas incendiarias a la población civil como tal, a personas civiles o a bienes de carácter civil.”[18]
El Estatuto de la Corte Penal Internacional regula la cuestión del uso de armas incendiarias en su art 8.2 xx) al calificar de crimen de guerra: Emplear armas, proyectiles, materiales y métodos de guerra que, por su propia naturaleza, causen daños superfluos o sufrimientos innecesarios o surtan efectos indiscriminados en violación del derecho humanitario internacional de los conflictos armados.
El drama vivido por mujeres y niños también regulados por el DIH, precisamente por art. 77 del Protocolo I de 1977. También la situación de las personas fallecidas, están reguladas por el DIH, más precisamente el art. 8 del Protocolo II de 1977. Las fosas comunes que se cavaron en Um Dreiga en su momento, no están señalizadas debidamente y su acceso ha quedado vedado en 1980 con la construcción del muro defensivo marroquí. Los hechos de Um Draiga nunca fueron motivo de investigación internacional alguna, Marruecos responsable sin ninguna duda de estos hechos nunca reconoció el ataque, y España, potencia administradora mantuvo silencio, hasta el día de hoy.
BIBLIOGRAFÍA:
[1]GOMEZ LOPEZ, Del Sáhara Español a la República Saharaui. Montevideo, 1993. pág. 36.
[2] MUÑOZ ORTEGA, Miguel: “Nombres propios en la traición al pueblo saharaui” en http://latitud194.com/?analisis=nombres-propios-en-la-traicion-al-pueblo-saharaui. Consultado el 14 de noviembre de 2013.
[3]. Idem..
[4] SANCHEZ GONZALEZ MARÍA El Sáhara Occidental. La titularidad de sus recursos naturales. (Granada, Universidad Internacional de Andalucía), 2011.. pág. 42.
[5] BADIA MARTI; “La cuestión del Sáhara Occidental a la luz de la dimensión económica del principio de Autodeterminación de los pueblos coloniales” En PALACIOS, Francisco Romeo (coord.): El derecho a la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental Del ius cogens al ius abutendi. (Cizur Menor, España, THOMSON REUTERS, 2014),pág. 67.
[6] Idem, pág. 228.
[7] Ibìdem, pág. 229.
[8] Los procuradores ante las Cortes Generales, era la denominación de los diputados electos ante el Parlamento español (Cortes Generales).
[9] Nota del Autor: Bir Lelhú, es un poblado al este de Saguia el Hamra.
[10] GOMEZ LOPEZ, Emiliano, op.cit. pág. 41.
[11] BERISTAIN, Martín y GONZALEZ HIDALGO, Eloísa: Oasis de la Memoria: Memoria histórica y violaciones de Derechos Humanos en el Sáhara Occidental. Vol. I (HEGOA, Bilbao, 2012) pág 83. Disponible en .http://publicaciones.hegoa.ehu.es/publications/281. Consultado el 23 de diciembre de 2013.
[12] RUIZ MIGUEL: op.cit. pág. 232.
[13] La Nakba es el término con que recuerdan los palestinos su exilio en 1948.
[14] BERISTAIN, Martín y GONZALEZ, E, op.cit. pág. 83.
[15]Idem, op.cit. pág. 90.
[16] BERISTAIN y GONZALEZ:, op.cit. pág. 112
[17] Idem. pág. 120.
[18] BERISTAIN y GONZALEZ, op.cit, pág. 125.
Jorge Alejandro Suárez Saponaro. Abogado y corresponsal para el Diario El Minuto en Argentina.
Fuente: https://www.ecsaharaui.com/2021/02/los-acuerdos-de-madrid-y-la-creacion-de.html?m=1