El Centro de Análisis del Sáhara Occidental (CASO) ha publicado un extenso artículo de Salim Djellab que desmonta críticamente la posición expresada por la jurista Rima Hassan sobre la cuestión del Sáhara Occidental.
Bajo el título «Descolonialismo selectivo y relativismo jurídico», el texto alerta contra los riesgos de reproducir el relato oficial marroquí desde posiciones que se reivindican anticoloniales, pero que omiten la legalidad internacional y la existencia misma del pueblo saharaui.
El análisis recuerda que la Corte Internacional de Justicia, las resoluciones de la ONU y la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (4 de octubre de 2024) establecen de manera clara que Marruecos no posee soberanía sobre el territorio, y que el Frente Polisario es el legítimo representante del pueblo saharaui. Ignorar estos fundamentos, señala Djellab, supone desplazar el debate del terreno jurídico al político, legitimando el discurso colonial.
El artículo también denuncia el revisionismo histórico que presenta la “marcha verde” como un acto pacífico, sin mencionar los bombardeos con napalm y fósforo blanco, el éxodo masivo de la población saharaui o la militarización del territorio con el muro de más de 2.700 km. Además, señala la explotación de recursos naturales y energías renovables en los territorios ocupados como parte de una estrategia de blanqueamiento colonial apoyada por potencias extranjeras, en violación del derecho internacional.
Finalmente, Djellab subraya la incoherencia de denunciar la ocupación israelí de Palestina mientras se justifica la marroquí en el Sáhara Occidental. Para el CASO, el anticolonialismo no puede ser condicional ni selectivo: la defensa del derecho a la autodeterminación debe ser universal, sin relativismos ni cálculos partidistas. El texto concluye llamando a periodistas, juristas y militantes a rechazar cualquier lectura que invisibilice al pueblo saharaui y a reafirmar la centralidad del derecho internacional.
Traducción del artículo al castellano:
El presente documento propone un análisis crítico del discurso recientemente sostenido por la Sra. Rima Hassan, jurista en derecho internacional y militante identificada con las corrientes decoloniales, sobre el conflicto en el Sáhara Occidental. A través de una publicación en redes sociales, la Sra. Hassan adoptó una matriz de lectura que retoma, sin distancia crítica ni fundamento jurídico, los elementos del relato oficial del Reino de Marruecos. Al evacuar el marco jurídico internacional, invisibilizar al pueblo saharaui y sustituir la lógica de descolonización por un enfoque geopolítico centrado en los Estados, este discurso suscita serias preocupaciones sobre los efectos políticos de lo que puede calificarse como un decolonialismo de geometría variable.
I. Una jurista en derecho internacional que omite… el derecho internacional
La Sra. Rima Hassan no ignora ni el derecho internacional aplicable a la cuestión del Sáhara Occidental, ni la jurisprudencia reciente que confirma sus contornos. Sin embargo, su análisis se distingue por la ausencia total de referencias a los siguientes textos y decisiones:
– El dictamen consultivo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ, 1975), que concluyó que Marruecos no posee ningún vínculo de soberanía territorial sobre el Sáhara Occidental;
– Las resoluciones de la Asamblea General de la ONU que califican sistemáticamente el Sáhara Occidental como un territorio no autónomo sujeto al derecho a la autodeterminación de los pueblos (res. 1514, 2625, 74/95, etc.);
– El reconocimiento del Frente Polisario por parte de la ONU como representante del pueblo saharaui;
– La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 4 de octubre de 2024, asuntos C-778/21 P y C-798/21 P, que establece que el Reino de Marruecos no dispone de soberanía ni de mandato de representación sobre el territorio saharaui y que los acuerdos UE-Marruecos que incluyen este territorio son ilegales, por falta del consentimiento del pueblo concernido.
La omisión sistemática de estos fundamentos jurídicos no obedece ni a la ignorancia ni a la torpeza: constituye una elección discursiva que desplaza el debate del terreno del derecho al del relato político, en contradicción directa con los compromisos deontológicos de una jurista en derecho internacional.
II. Borrado de la subjetividad saharaui en beneficio de una lectura interestatal
El encuadre adoptado, un pretendido «conflicto entre Argelia y Marruecos», se apoya en un postulado problemático: evacúa la existencia política del pueblo saharaui, reducido a un estatus de cuestión secundaria u obstáculo para una hipotética unión magrebí. Sin embargo, la naturaleza del conflicto, tal como la define la ONU, es una ocupación militar de un territorio no autónomo. Este desplazamiento discursivo, frecuente en la propaganda oficial marroquí, resulta aún más preocupante al ser retomado por una militante que se reivindica de las luchas anticoloniales. Contribuye a naturalizar la colonización y a poner en pie de igualdad a dos Estados, en lugar de reconocer una relación de opresión entre una potencia ocupante y un pueblo privado de sus derechos fundamentales.
III. Revisionismo histórico: la “marcha verde” y el borrado de las violencias de Estado
La Sra. Hassan describe la “marcha verde” como una movilización popular, sin mencionar su instrumentalización por el poder monárquico ni las operaciones militares simultáneas emprendidas por el ejército marroquí contra civiles saharauis. Sin embargo, varias investigaciones e informes (en particular los de Amnistía Internacional) han documentado:
– El uso de armas químicas (napalm, fósforo blanco) contra poblaciones civiles en éxodo (Um Dreiga, Tifariti…);
– La instalación forzosa de cientos de miles de colonos marroquíes en el territorio;
– El éxodo masivo hacia los campamentos de refugiados de Tinduf.
La presentación de un episodio de violencia colonial como un acontecimiento pacífico constituye un revisionismo histórico incompatible con cualquier ética militante seria.
IV. Ausencia de análisis sobre la militarización del territorio y la represión
El análisis propuesto por la Sra. Hassan no hace ninguna mención a:
– El muro militar marroquí de más de 2.700 km, el más largo del mundo después de la Muralla China;
– Los 10 millones de minas antipersona, suministradas en parte por Francia e Israel;
– La reanudación del conflicto armado en noviembre de 2020 tras la ruptura del alto el fuego;
– La existencia de presos políticos saharauis, en particular los detenidos del grupo de Gdeim Izik, varios de ellos víctimas de tortura, según Naciones Unidas.
Este ángulo muerto es particularmente problemático. Contribuye a banalizar un sistema represivo colonial y a invisibilizar violaciones graves y continuas de los derechos humanos.
V. La explotación económica como herramienta de blanqueamiento colonial
La puesta en valor de las «inversiones» marroquíes en los territorios saharauis ocupados constituye un error de enfoque mayor. Oculta el hecho de que:
– Las universidades públicas están ausentes del territorio ocupado; los servicios públicos se destinan mayoritariamente a los colonos y no a la población saharaui autóctona;
– Los proyectos de energías renovables (eólica, solar) están controlados por empresas extranjeras, principalmente francesas, españolas e israelíes, sin consentimiento saharaui, en violación del derecho internacional;
– El TJUE ha calificado expresamente estos acuerdos de no aplicables al Sáhara Occidental sin el consentimiento explícito del pueblo.
El uso del desarrollo económico como argumento de legitimación de una ocupación colonial constituye un enfoque neocolonial denunciado por numerosos juristas e instituciones.
VI. Silencio sobre las alianzas militares Israel-Marruecos: una negación voluntaria
La publicación de la Sra. Hassan evoca brevemente a Israel, sin establecer ningún vínculo entre el Estado hebreo y la ocupación del Sáhara Occidental, cuando:
– Marruecos e Israel han firmado varios acuerdos militares en el marco de los Acuerdos de Abraham;
– El ejército israelí suministra drones y material de vigilancia utilizados contra las poblaciones saharauis;
– Las cooperaciones en materia de inteligencia apuntan explícitamente a los militantes saharauis y a los refugiados.
Esta omisión es significativa: permite a la Sra. Hassan denunciar el sionismo en Palestina al mismo tiempo que valida su prolongación geoestratégica en el Sáhara Occidental.
VII. ¿Una posición dictada por equilibrios partidistas?
Más allá del análisis jurídico e histórico, conviene interrogar las razones de esta posición.
Es notorio que el tema del Sáhara Occidental genera tensiones internas en algunos partidos de izquierda en Francia, especialmente La France insoumise, donde coexisten varias sensibilidades sobre el tema. El posicionamiento de la Sra. Hassan se inscribe, según toda verosimilitud, en una estrategia de evasión o de compromiso, destinada a no herir a ciertos círculos comunitarios cercanos a Marruecos.
Esta lógica política produce una consecuencia directa: el sacrificio del derecho a la autodeterminación de un pueblo en nombre de un equilibrio electoral supuesto.
El anticolonialismo no puede ser condicional
La posición de la Sra. Hassan plantea una cuestión de fondo a toda persona que se reclame de las luchas anticoloniales: ¿el anticolonialismo es un principio o un instrumento?
No se puede denunciar la ocupación israelí de Palestina y al mismo tiempo legitimar la del Sáhara Occidental. No se puede invocar la legalidad internacional para algunos pueblos y relativizarla para otros. La universalidad del derecho a la autodeterminación no puede ser negociada al albur de las alianzas políticas o de las sensibilidades partidistas.
Salim Djellab, Centro de Análisis del Sáhara Occidental (CASO)
Recomendación del CASO
El CASO invita al conjunto de universitarios, periodistas, juristas y
militantes comprometidos en la defensa del derecho internacional a:
– Rechazar las lecturas relativistas del conflicto saharaui;
– Recentrar el análisis en el derecho y en los hechos establecidos por las instituciones internacionales;
– Condenar toda instrumentalización electoral o comunitaria del derecho de los pueblos a disponer de sí mismos.