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3 de marzo de 1976 en Vitoria: un recuerdo a las víctimas del franquismo

El deber de recordar

Fuentes: Rebelión

La Ley de Amnistía, aprobada el 15 de octubre de 1977, pretendió convertirse en una ley de punto final respecto de las responsabilidades derivadas de la Guerra Civil española y de los cuarenta años de dictadura que siguieron. Se relegaba así el Derecho Internacional que no permite la prescripción ni el beneficio de la amnistía […]

La Ley de Amnistía, aprobada el 15 de octubre de 1977, pretendió convertirse en una ley de punto final respecto de las responsabilidades derivadas de la Guerra Civil española y de los cuarenta años de dictadura que siguieron. Se relegaba así el Derecho Internacional que no permite la prescripción ni el beneficio de la amnistía cuando se trata de violaciones graves de los derechos humanos.

Con el fin de escenificar la idea de la reconciliación se proyectó un modelo consensuado de Memoria histórica que intentaba equiparar los dos bandos de la Guerra Civil y minusvaloraba el papel jugado por el movimiento obrero y la acción política de la oposición en la progresiva erosión del régimen franquista. Sólo así se puede interpretar que se hayan aplaudido los intentos por juzgar a los responsables de dictaduras como la chilena o la argentina y sin embargo se haya silenciado la renuncia a investigar los crímenes cometidos durante la dictadura franquista. No sólo los producidos durante la Guerra Civil y la posguerra sino también los que se produjeron a partir de los años sesenta, en total mas de cien trabajadores y militantes de izquierda asesinados por la policía, la guardia civil o bandas fascistas entre 1976 y 1980. Entre ellos los cinco asesinados en Vitoria-Gasteiz el 3 de marzo de 1976.

Que la transición a la democracia fue posible gracias a la lucha constante de la oposición democrática se demuestra por el hecho de que el Tribunal de Orden Público (TOP), creado como jurisdicción especial para la represión sistemática de toda oposición, continuase actuando hasta enero de 1977. El estudio realizado por el magistrado Juan José del Águila revela que desde 1974 hasta 1977 el TOP instruyó un 60% de todos sus procedimientos judiciales y que el 25% de las causas se siguieron después de la muerte del dictador desmintiendo así con rotundidad la pretendida voluntad aperturista y democratizadora de quienes entonces estaban en el poder. La gran mayoría de los procesados fueron trabajadores y estudiantes menores de 35 años.

Recuperar la historia de la lucha contra el franquismo es una cuestión de justicia. Implica reconocimiento, social e institucional, y reparación, moral y material, para las personas que fueron asesinadas, torturadas, perseguidas, encarceladas o despedidas. Implica la acción de los Tribunales de Justicia en el plano jurídico para investigar los hechos y aplicar la legislación y los convenios internacionales. Implica promocionar el estudio histórico y la divulgación para dar a conocer los hechos. Implica producción legislativa y liberar recursos para rejuvenecer los libros de texto recuperando el Estado como ámbito historiográfico, abordando el tránsito de la época de la dictadura a la de la democracia, y enseñando en las escuelas lo que fue la dictadura, su represión y el retraso social, económico y cultural que impuso al país.

Mientras que las instituciones republicanas tenían como finalidad la defensa de las libertades civiles y la democracia el régimen franquista ejecutó un plan de exterminio y persecución política que esta documentado en las instrucciones de los generales que se alzaron en armas contra el Gobierno de la República. Un régimen que fue expresamente condenado por las instituciones internacionales, especialmente por Naciones Unidas cuya resolución del 12-12-1946 declaraba el carácter fascista del régimen impuesto por el General Franco y lo equiparaba jurídicamente al nacionalsocialismo alemán y al fascismo italiano.

Pero es el contexto de impunidad que aún existe en nuestro país el que explica la actual inobservancia de los derechos de las víctimas de la represión franquista. Impunidad porque no existe, de hecho o de derecho, responsabilidad penal de los autores de violaciones de los derechos humanos, ni tampoco responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria. Por eso la Asociación de Víctimas y familiares de víctimas 3 de marzo de 1976 ha visto sistemáticamente rechazados sus recursos y ha tenido que acudir a instancias internacionales.

Se vulneran los derechos de las víctimas recogidos en el Conjunto de Principios para la Protección y la Promoción de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas: el derecho a saber; que comprende el reconocimiento de la verdad, el deber de recordar para protegerla de las tergiversaciones de la historia, y el deber de conservar los archivos; el derecho de las víctimas a la justicia, y el derecho a obtener una reparación económica y moral.

En ese sentido el acuerdo parlamentario del 1-6-2004, por el que se reclama del Gobierno un Proyecto de Ley de Solidaridad con las Víctimas de la Transición, representa un paso adelante. En él se deberán establecer ayudas económicas por hechos ocurridos entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977, así como facilitar el acceso a datos sobre la represión franquista en archivos públicos y privados. Deberá representar un reconocimiento moral, social y económico a las víctimas de la Guerra Civil, del franquismo y de la transición que mejore el acuerdo del Congreso de 20-11-2002, que reconocía moralmente a las víctimas pero no concretaba las ayudas, y que complete el homenaje a las víctimas del franquismo realizado por todos los grupos menos el PP el 1 de diciembre de 2003.

Mientras tanto tenemos el deber de no olvidar que un 3 de marzo la policía disolvió una Asamblea de Trabajadores disparando mas de 2.000 balas, asesinando a cinco trabajadores e hiriendo de gravedad a muchos mas. Unos acontecimientos sobre los cuales el Instituto Universitario de Historia Social «Valentín de Foronda» y la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea, acaban de dictaminar: «que existen responsabilidades penales claras» y que «las decisiones que condujeron a los hechos descritos fueron tomadas por funcionarios del Reino de España».

Porque la realidad es que, 29 años después, las víctimas de aquellos sucesos no han obtenido ningún tipo de reparación: ni en relación con los responsables materiales y políticos, porque no se conoce formalmente a ninguno, a pesar de todas las pruebas y grabaciones existentes, ni en relación con los perjuicios de todo orden causados.