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El Tribunal Brussells difunde la lista de los convenios internacionales violados por Estados Unidos

Fuentes: Brusels/Rebelión

Traducido del francés para Rebelión por Beatriz Morales Bastos

El BRussells Tribunal, un tribunal consultivo compuesto de académicos, intelectuales y artistas , ha elaborado y hecho pública la lista de los convenios internacionales violados por Estados Unidos.

Según se expone en la Resolución 1637 del Consejo de Seguridad de la ONU, la responsabilidad legal de las potencias ocupantes en Iraq se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2006. En tanto que potencias ocupantes, Estados Unidos y otras partes de la MNF-I han violado, con frecuencia de manera sistemática, y/o son cómplices de violaciones de numerosos principios y obligaciones según el derecho internacional humanitario y los derechos humanos, y el derecho internacional ordinario, incluyendo las siguientes (sin que se limite a éstas):

 

– Carta de Naciones Unidas,
· Declaración universal de los derechos humanos,
· Pacto Internacional relativo a los Derechos económicos, Sociales y Culturales,
· Pacto Internacional relativo a los Derechos Políticos y Civiles,
· Protocolo facultativo referente al Pacto Internacional relativo a los Derechos Políticos y Civiles,
· Segundo Protocolo facultativo referente al Pacto Internacional relativo a los Derechos Políticos y Civiles, con el objetivo de abolir la pena de muerte
· Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales,
· Resolución 1803 (XVII) de Asamblea General fechada el 14 de diciembre de 1962, » Soberanía permanente sobre los recursos naturales «,
· Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y de discriminación fundadas en la religión o en las convicciones,
· Declaración sobre los principios fundamentales concernientes a la contribución de los órganos de información al reforzamiento de la paz y la comprensión internacional, a la promoción de los derechos humanos y a la lucha contra el racismo, el apartheid y la incitación a la guerra,
· Declaración sobre la protección de las mujeres y los niños en periodos de urgencia y de conflicto armado,
· Declaración de los derechos del niño,
· Convención relativa a los derechos del niño,
· Conjunto de reglas mínimas para el tratamiento de los detenidos,
· Principios fundamentales relativos al tratamiento de los detenidos,
· Conjunto de los principios para la protección de toda persona sometida a todo tipo de detención o de encarcelamiento,
· Declaración sobre la protección de toda persona contra la tortura y otras penas o tratamientos crueles, inhumanos o degradantes,

· Convención contra la tortura u otras penas o tratamientos crueles, inhumanos o degradantes,
· Protocolo facultativo relativo a la Convención contra la tortura u otras penas o tratamientos crueles, inhumanos o degradantes,
· Principios relativos a los medios de investigar eficazmente sobre la tortura y otras penas o tratamientos crueles, inhumanos o degradantes,
· Declaración de los principios fundamentales de justicia relativos a las víctimas de la criminalidad y a las víctimas de abusos de poder,
· Principios fundamentales relativos a la independencia de la magistratura,
· Declaración sobre la protección de toda persona contra las desapariciones forzadas,
· Principios relativos a la prevención eficaz de las ejecuciones extrajudiciales, arbitrarias y sumarias, y a los medios de investigar eficazmente sobre estas ejecuciones,

· Declaración sobre el progreso y el desarrollo en el dominio social,
· Declaración universal para la eliminación definitiva del hambre y la desnutrición,
· Declaración sobre la utilización del progreso de la ciencia y de la tecnología en interés de la paz y en beneficio de la humanidad,
· Declaración sobre los derechos de los pueblos a la paz,
· Declaración sobre el derecho al desarrollo,
· Declaración de los principios de la cooperación cultural internacional,
· Recomendación sobre la educación para la comprensión, en la cooperación y paz internacionales y la educación relativa a los derechos humanos y a las libertades fundamentales,
· Convención sobre la no prescripción de los crímenes de guerra y de los crímenes contra la humanidad,
· Principios de la cooperación internacional en lo que concierne al reconocimiento, detención, extradición y castigo de individuos culpables de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad,
· Convención de Ginebra para mejorar la suerte de los heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña,
· Convención de Ginebra relativa al tratamiento de los prisioneros de guerra,
· Convención de Ginebra relativa a la protección de civiles en tiempo de guerra,
· Protocolo adicional a las Convenciones de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales.

El BRussells Tribunal está integrado, entre otros, por Denis Halliday, Hans von Sponeck, Jacques Derrida, Ramsey Clark, Nawal El Saadawi, Michael Parenti, Karen Parker, Jim Lobe, Tom Barry, Samir Amin e Immanuel Wallerstein. Fue creado para denunciar la guerra contra Iraq y las políticas imperialistas de guerra de la administración Bush II. Este tribunal se inspira en la tradición del Tribunal Bertrand Russell creado en 1967 para investigar los crímenes de guerra cometidos por EEUU durante la guerra de Vietnam. El BRussells Tribunal está celebrado sesiones en distintas ciudades del mundo, entre ellas Barcelona, donde se reunió en 2005.


Enlace original:
http://www.brusselstribunal.org/Statement120306.htm