Estados Unidos desistió de pedir al Consejo de Seguridad la prolongación la inmunidad de sus nacionales ante la Corte Penal Internacional (CPI), porque no ha podido obtener el apoyo mínimo indispensable de nueve de los quince Estados Miembros del Consejo.Manifiestamente, los Gobiernos representados en el Consejo de Seguridad tocaron fondo en materia de servilismo a […]
Estados Unidos desistió de pedir al Consejo de Seguridad la prolongación la inmunidad de sus nacionales ante la Corte Penal Internacional (CPI), porque no ha podido obtener el apoyo mínimo indispensable de nueve de los quince Estados Miembros del Consejo.
Manifiestamente, los Gobiernos representados en el Consejo de Seguridad tocaron fondo en materia de servilismo a los Estados Unidos votando el 8 de junio la Resolución 1546, que dio una apariencia de legitimidad a la agresión, ocupación y colonización de Irak.
Votar nuevamente la inmunidad de los estadounidenses ante la CPI, como lo hicieron en 2002 y en 2003, después del mediatizado escándalo de las torturas en la prisión de Abu Ghraib, hubiera significado para los Estados Miembros del Consejo de Seguridad reconocer públicamente su condición de felpudos del Gobierno de los Estados Unidos.
Por eso, para salvar la cara ante la opinión pública internacional, esta vez se permitieron decir no al «Big boss», sobre todo porque su negativa no tiene consecuencia práctica alguna en cuanto a la inmunidad e impunidad de que gozan los ocupantes en Irak.
En efecto, dicha inmunidad ante la CPI subsiste porque no siendo Estados Unidos parte del Tratado de Roma, además del mismo Consejo de Seguridad (donde Estados Unidos puede oponer su veto), el único que podría denunciar ante la CPI a ciudadanos de Estados Unidos por crímenes cometidos en Irak, sería un Gobierno iraquí (artículo 12 del Estatuto de la Corte). Pero, en el supuesto (difícilmente imaginable por ahora) de que lo quisiera hacer, se lo impide la Coalition Order Nº 17.
La Coalition Order Nº 17 forma parte del cuerpo normativo dictado por el ocupante que rige actualmente en Irak. Dicha Orden ha concedido la inmunidad de jurisdicción a los ocupantes y a sus contratistas. Cabe suponer que entre los «contratistas» que gozan de inmunidad están los especialistas en interrogatorios de las empresas privadas CACI International y Titán International, contratadas por el ocupante, que actuaron en la prisión de Abu Ghraib y están acusados de torturas.
Suponiendo (primera hipótesis surrealista) que el Gobierno iraquí elegido por los estadounidenses quisiera denunciar ante la CPI los crímenes cometidos por sus mandantes, se encontraría por lo menos con los siguientes obstáculos:
1) La Coalition Order Nº 17, como hemos señalado. Y si quisiera derogar dicha Orden (segunda hipótesis surrealista) se encontraría con un segundo obstáculo:
2) El artículo 1 de la Resolución 1546 del Consejo de Seguridad que ordena al Gobierno iraquí que debe asumir el 1º de julio , abstenerse de adoptar cualquier medida que afecte al destino del Irak más allá del período provisional.
Lo que debe interpretarse en el sentido de que dicho Gobierno no puede modificar las normativas existentes en el momento de asumir sus funciones.
3) Y el último obstáculo, pero no el menos importante, es la presencia disuasiva de un ejército de ocupación de 160.000 hombres, cuyo comando supremo está muy poco inclinado a que se ponga en tela de juicio la impunidad de su personal.
Todo esto no significa que no haya que celebrar este pequeño tropiezo, puramente formal, de la superpotencia. Sin incurrir en la exageración de calificarlo como » triunfo de los derechos humanos», porque no es tal.