Ginebra. Mil 200 delegados, como ministros de Estado, observadores, y representantes indígenas, han llegado a la “Conferencia Diplomática“, para la celebración de un Instrumento Jurídico Internacional relativo a la Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados a los Recursos Genéticos organizada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI, del 13 de mayo a 24 de mayo de 2024.
La Conferencia Diplomática de acuerdo a un comunicado de la OMPI, pretende poner punto final a varios decenios de negociaciones sobre el tema entre los Estados miembros de la OMPI.
Las negociaciones estarán a cargo de delegaciones oficiales de los 193 Estados miembros de la OMPI. Los debates contarán con la participación de observadores, entre ellos, Pueblos Indígenas, comunidades locales, ONG’s, organismos intergubernamentales y representantes del sector privado, tomando nota de una «propuesta básica”.
Requisito de divulgación en las solicitudes de patente
La divulgación pormenorizada de las invenciones es un principio básico de la legislación sobre patentes. Los inventores deben explicar su invención con suficiente detalle como para que alguien con el mismo nivel de conocimientos pueda reproducir la invención. Además, por lo general debe divulgarse el estado de la técnica para ayudar a los examinadores de patentes a determinar si la invención es realmente nueva y no evidente.
En el contexto de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales conexos, la propuesta básica incluye un requisito de divulgación adicional que obligaría a los solicitantes de patentes a divulgar información sobre los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales conexos si la invención reivindicada se basa «esencial o directamente» en ellos. Se prevé que la información divulgada incluya el país de origen de los recursos genéticos y/o los Pueblos Indígenas o la comunidad local que haya proporcionado los conocimientos tradicionales conexos.
Si se desconoce dicha información, deberá divulgarse la fuente de los recursos genéticos o de los conocimientos tradicionales conexos. Si no se conoce ninguno de los datos anteriores, el solicitante de la patente deberá indicarlo.
Sistemas de información
En la Propuesta Básica también se prevé el establecimiento voluntario de sistemas de información, como bases de datos de recursos genéticos y de conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos, en consulta, cuando proceda, con los Pueblos Indígenas y las comunidades locales.
Las bases de datos de recursos genéticos pueden recopilar y referenciar una amplia gama de información y materiales, como, por ejemplo, información sobre recursos genéticos, conocimientos tradicionales asociados, usos conocidos de los recursos genéticos y recopilaciones científicas pertinentes.
La Propuesta Básica consta de un preámbulo y 23 artículos, que incluyen una descripción de los objetivos, una definición de los términos utilizados, el requisito de divulgación, excepciones y limitaciones, disposiciones sobre los sistemas de información y disposiciones sobre la no retroactividad y sobre sanciones y recursos.
El proyecto de texto contiene disposiciones sobre otros acuerdos internacionales, una futura revisión». https://www.wipo.int/tk/es
En este marco, los Estados miembros de la OMPI emprenden oficialmente la fase final de las negociaciones sobre una propuesta de tratado relativo a la propiedad intelectual, los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales conexos.
El director general de la OMPI, Daren Tang, ha pedido a los negociadores que combinen la pasión con el pragmatismo para avanzar en su labor.
En su discurso en la sede de la OMPI en Ginebra, Tang subrayó el carácter histórico de las negociaciones afirmó: “Voy a ser sincero: las negociaciones no van a ser fáciles. Rara vez lo son las negociaciones sobre temas trascendentes e importantes. Sin embargo, les pido a todos ustedes que combinen la pasión con el pragmatismo, y que adopten el mismo espíritu de flexibilidad, conciliación y consenso que nos ha llevado a la antesala de un acuerdo verdaderamente histórico.”
El funcionario espera un resultado satisfactorio que reflejare el papel fundamental que desempeñan los recursos genéticos.
Tang indicó: “En esta Conferencia Diplomática podemos demostrar que no hay contradicción entre un régimen de Propiedad Intelectual PI y uno que responda a las a las necesidades de todos los países y sus comunidades en todas partes, incluidas las de Pueblos Indígenas y comunidades locales.
En julio de 2022, los Estados miembros llegaron a un consenso para pasar a la esta fase de las negociaciones, y decidieron que se celebrara una conferencia diplomática antes de finales de 2024 y que el punto de partida para las negociaciones fuera una “propuesta básica”.
Los Estados miembros han elegido presidente de la Conferencia al Excelentísimo Sr. Guilherme de Aguiar Patriota, embajador y representante permanente del Brasil ante la Organización Mundial del Comercio y otras organizaciones económicas con sede en Ginebra.
Por su parte el Caucus de los Pueblos Indígena en su Declaración de apertura, de las siete regiones geopolíticas del mundo, expuso que les corresponde actuar en defensa de los 476 millones de indígenas. Manifestaron que la biodiversidad ha logrado desarrollarse en su territorio a pesar de la sobreexplotación del sector privado que se ha beneficiado de sus recursos genéticos y conocimientos tradicionales, en perjuicio de los pueblos indígenas-
Por ello, llaman a la Conferencia Diplomática sobre Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales, a respetar los derechos de los Pueblos Indígenas tal y como se establecen en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (UNDRIP).
De igual manera exigen que dado que los recursos genéticos y conocimientos tradicionales se ven afectados, que cualquier acción sea con consentimiento libre, previo e informado para lo cual plantean crear mecanismos de protección positivos que vayan en consonancia con los derechos reconocidos internacionalmente.
El Artículo 16 de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas UNDRIP reconoce el derecho de los pueblos indígenas a mantener el control, proteger y desarrollar sus recursos genéticos y conocimientos tradicionales. Y el artículo 31 de este instrumento de Naciones Unidas, exige a los Estados que colaboren eficazmente para ello.
El Caucus Indígena detalló que los principios básicos que guiarán su participación en la Conferencia Diplomática, son; la Consulta con los Pueblos Indígenas previa, libre, informada y con consentimiento: mismo que debe quedar recogido en el instrumento, así como que en los Requisitos de divulgación: se debe incluir la fuente de origen de los recursos genéticos para garantizar la transparencia y la seguridad jurídica.
Para México (la Misión Diplomática), el tratado que se adopte, sobre recursos genéticos, debe Establecer como uno de sus objetivos, la protección de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales de los Pueblos Indígenas. Dicen que los derechos de los Pueblos Indígenas deben ser reconocidos por su vínculo con los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos de los que son titulares y por lo que, se debe obtener su consentimiento libre, previo e informado.
Piden incluir la referencia al acceso y la participación justa y equitativa de los beneficios además prever un requisito de divulgación claro y detallado que evite interpretaciones e incluya el país de origen y la fuente de los recursos genéticos y de los conocimientos tradicionales.
Estiman que debe reconocer la interrelación con otros instrumentos internacionales como la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Protocolo de Nagoya y la Convención sobre Biodiversidad Biológica; y disponer que el tratado sea un piso mínimo y no un techo que limite el ejercicio de la soberanía de cada Parte Contratante.
¿Qué son los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales conexos?
Los recursos genéticos están contenidos, por ejemplo, en plantas medicinales, cultivos agrícolas y razas animales. Aunque los recursos genéticos en sí no pueden protegerse directamente como propiedad intelectual, sí es posible proteger las invenciones desarrolladas a partir de ellos, la mayoría de las veces por medio de una patente.
Los recursos genéticos también están vinculados a los conocimientos tradicionales a través de su uso y conservación por parte de los Pueblos Indígenas, así como de las comunidades locales, a menudo a lo largo de generaciones. En ocasiones, esos conocimientos se utilizan en la investigación científica y, como tales, pueden contribuir al desarrollo de invenciones protegidas.
Para la OMPI, la Conferencia Diplomática es el último paso de las negociaciones para concluir una parte de la labor realizada por el Comité Intergubernamental de la OMPI sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore (CIG), creado en 2000. Desde su creación, el CIG se ha dedicado a examinar la relación entre la propiedad intelectual, los conocimientos tradicionales, las expresiones culturales tradicionales y los recursos genéticos.
Los recursos genéticos se definen en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) como material genético de valor real o potencial.
Los recursos genéticos propiamente dichos, tal y como se encuentran en la naturaleza, no pueden protegerse directamente como propiedad intelectual porque no son creaciones de la mente humana.
A esta justa arribaron además de las experiencias en el Caucus Indígena, grandes delegaciones de pueblos amazónicos, de otras latitudes de Abya Yala, de África, Asia, invitados por ONG’s y Gobiernos quienes buscan justificar el Instrumento Jurídico Internacional que se está trabajando en la OMPI.
Se confía que más allá del paseo estos contingentes puedan aportar algunos elementos en defensa de sus derechos.
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