Este 24 de mayo, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dió a conocer su ordenanza (la tercera en lo que va del año 2024) en respuesta a una solicitud urgente de Sudáfrica presentada el 10 de mayo del 2024 (la cuarta en lo que va del 2024).
El texto de esta ordenanza está disponible desde ya en francés y en inglés.
Es de notar el plazo de tiempo sumamente corto entre el depósito de la solicitud urgente por parte de Sudáfrica (10 de mayo), la realización de audiencias públicas en el Peace Palace de La Haya (16 y 17 de mayo) y la lectura de esta ordenanza el 24 de mayo del 2024: la extrema celeridad del juez internacional confirma la extrema urgencia de la situación en Gaza.
Esta decisión de la CIJ fue saludada por diversas organizaciones de derechos humanos, tales como por ejemplo como Amnistía Internacional / AI (véase comunicado). También fue celebrada por varios Estados tales, como, entre muchos, Arabia Saudita (véase comunicado oficial), Chile (véase comunicado oficial), Colombia (véase comunicado oficial) o bien Irlanda (véase comunicado oficial).
Por alguna razón, a la hora de redactar estas líneas, no se registra ningún comunicado oficial de Estados Unidos (usualmente muy célere a la hora de externar un criterio cuando se trata de Israel).
La ordenanza de la CIJ en breve
En su ordenanza, por 13 votos a favor y dos en contra, la CIJ mantiene las medidas ordenadas a Israel en las dos ocasiones anteriores, pero añade nuevas, ordenando esta vez a Israel suspender de inmediato su ofensiva militar en Rafah, abrir los puestos de control a la ayuda humanitaria así, como permitir la llegada de observadores y agencias de Naciones Unidas a Gaza para recolectar indicios y pruebas de lo que ahí ocurre desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.
Este último punto es particularmente notorio, dada la inflexibilidad mostrada por Israel para que equipos de investigadores puedan penetrar en Gaza desde el 7 de octubre del 2023, y el asesinato deliberado e intencional de periodistas en Gaza (que suman 105 víctimas mortales al 24 de mayo, según este informe del Comité para la Protección de Periodistas).
Pese a intentar convencer a los jueces de la CIJ de medidas de todo tipo tomadas por sus fuerzas militares para limitar el daño a la población civil en Rafah, para aumentar el flujo de ayuda humanitaria, para evitar la destrucción de la infraestructura civil existente en Rafah (argumentos que son repetidos en un gran número de cadenas de noticia, radio y televisión en todo el mundo desde varias semanas y analistas y «expertos«), la CIJ en la última parte del párrafo 46 de su ordenanza del 24 de mayo se muestra tajante:
«La Cour relève qu’Israël n’a pas fourni d’informations suffisantes concernant la sécurité de la population pendant l’évacuation, ou la présence dans la région d’Al-Mawasi des quantités d’eau, d’installations sanitaires, de nourriture, de médicaments et d’abris nécessaires aux 800 000 Palestiniens ayant dû fuir à ce jour. Par conséquent, elle estime qu’Israël n’a pas suffisamment répondu aux préoccupations que soulève son offensive militaire à Rafah, ni dissipé les inquiétudes à ce sujet.
../..
The Court observes that Israel has not provided sufficient information concerning the safety of the population during the evacuation process, or the availability in the Al-Mawasi area of the necessary amount of water, sanitation, food, medicine and shelter for the 800,000 Palestinians that have evacuated thus far. Consequently, the Court is of the view that Israel has not sufficiently addressed and dispelled the concerns raised by its military offensive in Rafah».
En el párrafo operativo final 57, se lee que la CIJ:
«1) Par treize voix contre deux,
Réaffirme les mesures conservatoires indiquées dans ses ordonnances des 26 janvier et 28 mars 2024, qui doivent être immédiatement et effectivement mises en œuvre ;
2) Indique les mesures conservatoires suivantes :
L’État d’Israël doit, conformément aux obligations lui incombant au titre de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide, et au vu de la dégradation des conditions d’existence auxquels sont soumis les civils dans le gouvernorat de Rafah :
– a) Par treize voix contre deux,
Arrêter immédiatement son offensive militaire, et toute autre action menée dans le gouvernorat de Rafah, qui serait susceptible de soumettre le groupe des Palestiniens de Gaza à des conditions d’existence capables d’entraîner sa destruction physique totale ou partielle;
b) Par treize voix contre deux,
Maintenir ouvert le point de passage de Rafah pour que puisse être assurée, sans restriction et à grande échelle, la fourniture des services de base et de l’aide humanitaire requis de toute urgence;
c) Par treize voix contre deux,
Prendre des mesures permettant effectivement de garantir l’accès sans entrave à la bande de Gaza à toute commission d’enquête, toute mission d’établissement des faits ou tout autre organisme chargé par les organes compétents de l’Organisation des Nations Unies d’enquêter sur des allégations de génocide ;
3) Par treize voix contre deux,
Décide que l’État d’Israël devra, dans un délai d’un mois à compter de la date de la présente ordonnance, soumettre à la Cour un rapport sur l’ensemble des mesures qu’il aura prises pour donner effet à cette ordonnance«.
../..
(1) By thirteen votes to two,
Reaffirms the provisional measures indicated in its Orders of 26 January 2024 and 28 March 2024, which should be immediately and effectively implemented;
(2) Indicates the following provisional measures:
The State of Israel shall, in conformity with its obligations under the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide, and in view of the worsening conditions of life faced by civilians in the Rafah Governorate:
(a) By thirteen votes to two,
Immediately halt its military offensive, and any other action in the Rafah Governorate, which may inflict on the Palestinian group in Gaza conditions of life that could bring about its physical destruction in whole or in part;
(b) By thirteen votes to two, Maintain open the Rafah crossing for unhindered provision at scale of urgently needed basic services and humanitarian assistance;
(c) By thirteen votes to two,
Take effective measures to ensure the unimpeded access to the Gaza Strip of any commission of inquiry, fact-finding mission or other investigative body mandated by competent organs of the United Nations to investigate allegations of genocide;
(3) By thirteen votes to two,
Decides that the State of Israel shall submit a report to the Court on all measures taken to give effect to this Order, within one month as from the date of this Order».
Algunas reflexiones en torno al contenido de esta ordenanza
Esta vez, la CIJ le ordena «de inmediato» a Israel cesar su accionar militar en Rafah, lo cual contrasta con las dos ordenanzas anteriores, del 26 de enero del 2024 y del 28 de marzo del 2024, en las que la CIJ no le había ordenado el cese al fuego solicitado por Sudáfrica.
La catástrofica situación en Rafah y el drama humanitario indecible que se vive en el resto de Gaza, así como la profunda desconfianza con las supuestas «garantias» que dio Israel debe haber llevado a los jueces de la CIJ a, esta vez, frenar sin mas preludios las acciones militares de Israel proyectadas en Rafah.
Por otro lado, esta vez Sudáfrica también obtiene de la CIJ que ordene a Israel permitir el acceso a equipos de investigadores para recolectar en Gaza datos y pruebas sobre lo que los soldados de Israel hacen desde la tarde noche del 7 de octubre del 2023.
Se trata también aquí de una petición que Sudáfrica no había logrado obtener del juez internacional en las dos ocasiones pasadas, contentándose la CIJ de pedirle a Israel que conserve y mantenga dichas pruebas y datos: recordemos que en la ordenanza del 26 de enero del 2024, se leyó en el párrafo operativo final 86 de la CIJ (véase texto en francés y en inglés) que:
«L’État d’Israël doit prendre des mesures effectives pour prévenir la destruction et assurer la conservation des éléments de preuve relatifs aux allégations d’actes entrant dans le champ d’application des articles II et III de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide commis contre les membres du groupe des Palestiniens de la bande de Gaza»
../..
The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II and Article III of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide against members of the Palestinian group in the Gaza Strip«.
Otra vez aquí, se confirma la total pérdida de confianza de la CIJ en las aseveraciones oficiales, garantías y demás seguridades avanzadas por parte del equipo legal de Israel durante su comparacencia ante los jueces de la CIJ.
Una deslucida defensa de Israel observada en La Haya
La respuesta de la CIJ obliga ahora a Israel a suspender de inmediato su ofensiva militar en Rafah y a acatar lo que le ordena la CIJ con relación al acceso a la ayuda humanitaria y a permitir la entrada de equipos de investigadores de agencias de Naciones Unidas en Gaza.
Habíamos tenido la oportunidad de referir a los alegatos de Sudáfrica y de Israel durante las audiencias realizadas en La Haya los días 16-17 de mayo del 2024, durante las cuales la debilidad de la defensa de Israel podía dejar presajiar un resultado bastante desfavorable para Israel.
El hecho de presentarse a la barra de La Haya con una delegación compuesta por tres funcionarios en sí ya podía anunciarlo.
Sobre este y otros detalles de carácter formal, remitimos a nuestros estimables lectores a nuestra breve nota titulada «Gaza / Israel: a propósito de la conclusión de las audiencias entre Sudáfrica e Israel en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) «, editada el 17 de mayo del 2024, día en que concluyeron dichas audiencias.
Una semana sumamente desfavorable para Israel
Esta decisión de la CIJ del 24 de mayo fue antecedida por el anuncio del Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) el 20 de mayo de solicitar órdenes de arresto contra dirigentes del Hamás y contra las máximas autoridades de Israel involucradas en la ofensiva militar en Gaza (su primer ministro y su ministro de defensa): remitimos a nuestros lectores a nuestra nota titulada «Gaza / Israel: a propósito del anuncio del Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) de solicitar órdenes de arresto por crímenes de guerra y de lesa humanidad«, editada el 20 de mayo.
A propósito de este anuncio del Fiscal de la CPI, las reacciones oficiales a esta decisión del Fiscal de la CPI fueron muy variadas (Nota 1), con dos notorias descalificaciones provieniendo de dos Estados de América Latina (Nota 2), muy probablemente objetos ambos de presiones diplomáticas de Israel y de su incondicional aliado en el hemisferio amerciano (Nota 3).
Esta misma semana del 20 al 24 de mayo coincide además con el momento en que varios Estados de Europa han anunciado que reconocerán a Palestina como Estado, resquebrajándose la línea tradicional de la Unión Europea (UE) sobre este preciso tema (véase nota de prensa del 21 de mayo del 2024 del Irish Independent).
El pasado 22 de mayo, Noruega procedió formalmente a dicho reconocimiento (véase comunicado oficial), al tiempo que otros Estados se preparan para hacerlo, inlcuyendo a España (véase nota del The Guardian del 22 de mayo). En este anuncio oficial de Irlanda (véase texto), se indica que este reconocimiento de Palestina como Estado tomará efecto a partir del 28 de mayo.
El anuncio por parte de España, Irlanda y Noruega motivó a Arabia Saudita (véase comunicado) y a Turquía (véase comunicado oficial ) el pasado 22 de mayo a manifestar su regocijo por la decisión tomada por estos tres Estados europeos, al igual que muchos otros Estados de la península arábica y de Oriente Medio.
Finalmente, el pasado 23 de mayo, desde Naciones Unidas, la Relatora Especial sobre la Tortura exigió a Israel investigar las diversas acusaciones de maltrato y tortura a prisioneros palestinos capturados en Gaza desde el 7 de octubre (véase comunicado oficial difundido desde la sede de Naciones Unidas en Europa). Un reportaje muy completo fue publicado en Israel por el medio digital Magazine +972 el pasado 14 de mayo sobre un centro de detención en el desierto del Neguev, denominado Sde Teiman (véase reportaje). Es muy probable que algunos de nuestros estimables lectores descubran este llamado desde Naciones Unidas a Israel en un tema como el de la tortura, al no haberse referenciado en ningún gran medio de prensa o tan siquiera referenciado este comunicado oficial de Naciones Unidas: ello en nada debe de sorprenderlos, ya que es muy usual que cuestionamientos a Israel desde Naciones Unidas no sean difundidos por algunas salas de redacción y cadenas de noticias internacionales. Otro comunicado similar hecho desde Naciones Unidas del 16 de mayo (véase texto) sobre la muerte de un cirujano palestino capturado por Israel pasó de igual manera desapercibido, al igual que este otro comunicado conjnto del 10 de mayo, también difundido desde la sede de Naciones Unidas en Europa.
Una conmemoración de la Nakba en este mes de mayo 2024
No está de más precisar que el pasado 15 de mayo, como bien se sabe, la comunidad palestina conmemoró en todo el mundo la Nakba ( النكبة ): un término que significa «desastre» o «catástrofe» en árabe.
Remitimos a nuestros estimables lectores al respecto a este comunicado de la Embajada de Palestina en Argentina, así como también este extenso comunicado oficial de México difundido ese mismo día por su aparato diplomático y el comunicado oficial de Chile del 2023 y de Bolivia del 2022. Se trata de un gesto simbólico hacia Palestina muy pocamente replicado en los aparatos diplomáticos de Estados de otras latitudes del continente americano y europeo este 15 de mayo del 2024.
Esta conferencia realizada en la sede de Naciones Unidas en Nueva York el pasado 17 de mayo sobre la Nakba (véase enlace) resume de manera muy completa el significado profundo de este término a lo largo de la historia del pueblo palestino desde 1947. Para el 75 aniversario (2023), la sede de Naciones Unidas organizó varios eventos, conciertos y actividades para el público dentro de sus instalaciones en Nueva York (véase enlace).
A modo conclusivo
Como indicado anteriormente, la semana que culmina con este nuevo revés de Israel ante la CIJ de La Haya este 24 de mayo inició con otro revés internacional, proveniendo de otra jurisdicción también situada en La Haya: la solicitud de arresto por parte de la Oficina del Fiscal a la CPI, la cula debería ser resuelta por una Sala de lo Preliminar de la CPI en las próximas semanas.
De alguna manera, y por vez primera en su historia, Israel ve jurisdicciones internacionales aplicar las reglas del derecho internacional público, que con tanta facilidad lograba evitar que se le apliquen, gracias al veto sistemático de los representantes diplomáticos de Estados Unidos dentro del Consejo de Seguridad.
No está de más referir a nuestros estimables lectores a la resolución 2334 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, adoptada en diciembre del 2016 gracias a la abstención de Estados Unidos y que contó en aquella oportunidad con 14 votos a favor: esta resolución enlista de manera detallada las violaciones flagrantes al derecho internacional público cometidas desde entonces en la mayor impunidad por parte de Israel en el territorio palestino ocupado.
Notas
Nota 1: Entre los Estados que saludaron sin reserva la decisión dada a conocer desde La Haya este 20 de mayo por parte del Fiscal de la CPI, se puede citar a Sudáfrica (véase comunicado), así como a Chile (véase comunicado) o a Colombia (véase comunicado colgado en el sitio oficial de la diplomacia colombiana el 21 de mayo). De igual forma, pero con un vocabulario que busca distinguir los actos del Hamás de los de Israel, se manifestó también Francia (véase comunicado), mientras que Bélgica (véase comunicado), España (véase comunicado) y Eslovenia (véase comunicado) saludaron sin reserva ni distinciones de ningún tipo la decisión del Fiscal de la CPI. En cambio en su comunicado, Alemania hizo ver que es «incorrecto» establecer alguna equivalencia entre el actuar del Hamás y el de Israel. Este argumento pareciera hacer a un lado el hecho que la CPI no juzga a Estados, ni a entidades, sino a personas a título individual desde la perspectiva estríctamente penal.
Nota 2: En América Latina, se registra a Paraguay (véase comunicado) cuestionando el anuncio hecho por el Fiscal de la CPI. No se descartaba que, debido a intensas presiones diplomáticas de Estados Unidos y de Israel, un Estado vecino de Paraguay cuya deslucida diplomacia desde diciembre del 2023 es tema recurrente de titulares en medios de prensa se prestara también para una maniobra de Israel y de Estados Unidos: fueron 48 horas las que separaron el anuncio del Fiscal de la CPI del comunicado oficial de Argentina. No se puede descartar que intensas presiones sobre Estados en Centroamérica logren resultados similares.
Nota 3: En el caso de Estados Unidos, un Estado que no es Estado Parte al Estatuto de Roma, pero que opina muy a menudo sobre los alcances de las disposiciones del Estatuto de Roma, la reacción oficial se ha limitado a un comunicado oficial del Presidente de Estados Unidos bastante escueto (véase texto), deplorando la decisión del Fiscal de la CPI y calificándola de «outrageous«, así como a una extensa declaración por parte del Secretario de Estado norteamericano (véase declaración).
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).
Blog del autor: https://derechointernacionalcr.blogspot.com/
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.