El ocaso de la Convención de Refugiados de 1951 se está convirtiendo en una realidad del siglo XXI para un número cada vez mayor de países en todo el mundo.
Desde la adopción de la Convención, la población mundial se ha más que triplicado y ahora es de aproximadamente 8000 millones de personas. Se espera que el crecimiento de la población del planeta continúe y probablemente aumente a 10 000 millones de habitantes para mediados de siglo. Se proyecta que casi todo ese crecimiento demográfico tendrá lugar en los países del Sur en desarrollo, muchos de los cuales enfrentan escasez de recursos, arduas condiciones de vida y agitación sociopolítica.
Además, el cambio climático está obligando a una mayor movilidad humana, que se prevé que empeore con el calentamiento global. Y oleadas ininterrumpidas de hombres, mujeres y niños, en su mayoría de países en desarrollo, continúan intentando ingresar sin autorización, principalmente a países desarrollados.
El mundo también está experimentando niveles récord de refugiados, solicitantes de asilo y personas desplazadas a través de las fronteras. El número de refugiados en todo el mundo aumentó notablemente en el último tiempo, alcanzando un récord en abril de 2022 de más de 30 millones.
Esa cifra global incluye 21 millones de refugiados bajo el mandato de Acnur (Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados) y seis millones de refugiados palestinos según la misión de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo (UNRWA, en inglés) así como cuatro millones de personas a mediados de abril que huyeron de Ucrania debido a la invasión de Rusia.
La cantidad actual de refugiados a nivel mundial se está acercando rápidamente al triple desde principios del siglo XXI (Gráfico 1).
Además de los más de 30 millones de refugiados, 4 millones de venezolanos se encuentran desplazados en el exterior. Asimismo, más de 4 millones de personas son solicitantes de asilo, y el nivel global de este tipo de solicitudes se ha multiplicado por cuatro con respecto a los niveles de hace una década.
Después de la Segunda Guerra Mundial y el comienzo de la Guerra Fría, la Convención de Refugiados fue redactada y firmada por la Conferencia de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados y los Apátridas, celebrada en Ginebra del 2 al 25 de julio de 1951.
La Convención y su posterior Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados sientan las bases del actual régimen internacional de refugiados. Son los principales documentos legales internacionales que definen el término “refugiado”, describen sus derechos y las responsabilidades de los países, e indican las instituciones que los protegen.
El artículo 1A (1) de la Convención define “refugiado” como alguien que no puede o no desea regresar a su país de origen debido a un fundado temor de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular, o la opinión política.
Sin embargo, este término a menudo se usa de manera más amplia y flexible que su definición legal. Por ejemplo, el uso coloquial y mediático, el discurso público general y los comentarios políticos incluyen con frecuencia a personas que buscan refugio y una vida mejor, pero que no cumplen con los criterios que la Convención prevé para un refugiado.
Un principio fundamental es la “no devolución”. Ese principio establece que un refugiado no debe ser devuelto a un lugar donde su vida o su libertad se vean amenazadas por motivos de raza, religión, nacionalidad y pertenencia a un determinado grupo social u opinión política.
La mayoría de los Estados miembros de las Naciones Unidas, unos 149 países de 193, han firmado o ratificado la Convención, su Protocolo o ambos. Los 44 países restantes, muchos de los cuales son los principales países de acogida de refugiados, no son parte de ellos.
Sin embargo, las acciones de las naciones con respecto a los refugiados no están directamente relacionadas con si son parte de la Convención o el Protocolo. De hecho, muchos signatarios de la Convención y el Protocolo no cumplen con sus responsabilidades de protección con respecto a los refugiados, a menudo creyendo que es un problema de otra persona. Cada vez más, las protecciones a los refugiados se politizan y se perciben en conflicto con los intereses y prioridades nacionales.
Estrechamente vinculado con los documentos sobre refugiados está el artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos sobre el derecho a solicitar asilo. Esa disposición prevé que “toda persona tiene derecho a buscar y gozar de asilo en otros países contra la persecución”. Sin embargo, para que se le conceda asilo, una persona generalmente debe cumplir con los estándares de la definición legal de refugiado.
La pobreza, la falta de empleo, vivienda, educación y atención médica, la mala gobernanza, el cambio climático y la delincuencia generalmente no se consideran motivos legítimos para otorgar asilo. Por lo tanto, en la mayoría de los casos, las solicitudes de asilo se niegan porque no cumplen con la definición de refugiado.
En Estados Unidos, por ejemplo, aproximadamente dos tercios de las solicitudes de asilo fueron denegadas en los últimos dos años. Las tasas más altas de solicitudes de asilo en 2020 denegadas en primera instancia se registraron en algunos países europeos, como Hungría con casi 90 %, Italia con 86 % y Francia con 84 %.
Las preocupaciones sobre el número récord de refugiados, solicitantes de asilo y personas desplazadas a través de las fronteras llevaron al Pacto Mundial sobre Refugiados, que se lanzó en 2018 y que tenía por objeto optimizar y coordinar mejor las respuestas de la comunidad internacional y los países de acogida. Sin embargo, el Pacto, que era voluntario y no vinculante, ofrecía promesas y sugerencias sin un plan de implementación ni medidas claras de progreso.
Los niveles récord de desplazamiento están poniendo a prueba el sistema internacional de refugiados. Las agencias humanitarias y los países de acogida, que se encuentran predominantemente en países en desarrollo como Turquía, Colombia y Uganda, y más recientemente en Polonia, luchan por satisfacer las necesidades básicas diarias del creciente número de hombres, mujeres y niños.
Casi la totalidad de las 1800 millones personas adicionales proyectadas para mediados de siglo se registrarán en países menos desarrollados. Por ejemplo, mientras que se prevé que África agregue más de mil millones de personas a su población para mediados de siglo, se espera que la población de Europa disminuya en casi 40 millones durante las próximas tres décadas (Cuadro 2).
Las dificultades económicas, la pobreza, el malestar social y los conflictos también aumentan la probabilidad de futuros flujos de refugiados, solicitantes de asilo y personas desplazadas. Se puede esperar que muchas personas que tienen pocas posibilidades de emigrar legalmente recurran a la migración no autorizada.
Para poder ingresar a su país de destino, muchos inmigrantes no autorizados solicitan asilo a pesar de que la mayoría de las solicitudes posteriormente no cumplan con los estándares legales para resultar exitosas. Sobre la base de las experiencias del pasado, un número cada vez mayor de migrantes no autorizados cree que solicitar asilo les permite ingresar y permanecer en el país incluso si finalmente se deniega su solicitud, cuya adjudicación generalmente se demora largos períodos.
Las consecuencias de tal migración son un serio desafío para los gobiernos. Según los datos de encuestas internacionales recientes, el mundo se está volviendo menos tolerante con los migrantes, especialmente cuando estos difieren étnica, religiosa y culturalmente de la población del país de acogida. Conciliar la seguridad fronteriza, la soberanía nacional, la integridad cultural y los derechos humanos básicos sigue siendo un gran desafío para los principales países receptores de migrantes.
Además, se espera que la migración relacionada con el clima se convierta en un problema más crucial en los próximos años. Un número cada vez mayor de personas, particularmente en las regiones en desarrollo, se verá obligada a adaptarse al calentamiento global y las condiciones ambientales cambiantes, y muchas se convertirán en «refugiados climáticos».
Un fallo histórico reciente del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas declaró ilegal que los gobiernos devuelvan a los migrantes a países donde sus vidas podrían verse amenazadas por una crisis climática.
En general, las respuestas a los formidables desafíos migratorios actuales de un número cada vez mayor de refugiados, solicitantes de asilo, migrantes no autorizados y personas desplazadas a través de las fronteras no son alentadoras.
Esas respuestas incluyen más muros, barreras y vallas, una mayor cantidad de guardias fronterizos, patrullas marítimas, obstáculos y centros de detención, el fortalecimiento de los nacionalistas de derecha, el aumento de la xenofobia, el incremento de los temores al terrorismo y la delincuencia y, lo que es más importante, eludir las responsabilidades de protección.
En prácticamente todas las regiones importantes, los gobiernos se están comportando como si la Convención de Refugiados de 1951 fuera anticuada, ineficaz e incongruente con los intereses nacionales. En síntesis, en más y más países, está teniendo lugar el ocaso de la Convención de Refugiados de 1951.
Joseph Chamie es demógrafo, consultor independiente y exdirector de la División de Población de las Naciones Unidas.
Fuente: https://ipsnoticias.net/2022/04/el-ocaso-de-la-convencion-de-refugiados-de-1951/