A pesar de que los intereses de la Gran Farmacia han desempeñado un papel decisivo en la transformación del derecho a la salud en las últimas tres décadas, este actor sigue desempeñando un papel secundario en la literatura.
En un libro reciente, Local Maladies, Global Remedies: Reclaiming the Right to Health in Latin America (Enfermedades locales, remedios globales. Reclamando el derecho a la salud en América Latina) sostengo que, durante las últimas décadas, las transformaciones del derecho a la salud en el Sur Global fueron impulsadas por grandes eventos epidemiológicos y por los intereses económicos de la industria farmacéutica (Big Pharma).
El primer evento epidemiológico global que transformó el derecho a la salud fue el desencadenado por el virus del VIH/sida en los noventas y principios del siglo XXI.
El surgimiento de la salud como un derecho cuya materialización podía exigirse ante un tribunal se le debe en gran parte a los activistas y litigantes —en muchos casos personas infectadas con el virus— que de manera audaz presentaron las primeras demandas en las que reclamaban medicamentos antirretrovirales (ARV) a los sistemas de salud de sus países.
Durante este periodo se destacan el caso icónico de movilización legal de la Campaña de Acción por el Tratamiento (TAC, en inglés) en Sudáfrica en torno a un medicamento para prevenir la transmisión del virus de madres a hijos (Nevirapine), el activismo a favor de medicamentos ARV genéricos liderado por el gobierno brasileño de Fernando Enrique Cardoso y por redes de activismo global, y los casos de la Corte Constitucional colombiana sobre acceso a tratamientos para el VIH/sida.
El derecho a la salud se transformó durante este periodo en una herramienta para confrontar un régimen de propiedad intelectual que favorecía los intereses económicos de la Big Pharma a costa del bienestar y la vida de millones de personas vulnerables.
El segundo gran evento que analizo en mi libro es el giro epidemiológico global hacia enfermedades crónicas y no transmisibles como el cáncer. En este partidor de aguas epidemiológico, el derecho a la salud ha experimentado un rápido proceso de farmaceuticalización.
La farmaceuticalización de la salud es evidente, por ejemplo, en el énfasis dado por los médicos a los tratamientos farmacológicos sobre otro tipo de alternativas (preventivas o de salud pública); en la preferencia de los pacientes por medicamentos de marca y no por alternativas genéricas; en el impacto que tiene la compra de medicamentos de marca en el gasto de salud pública; y en la explosión de una litigiosidad en países como Brasil y Colombia centrada en la demanda de medicamentos biotecnológicos de alto costo.
Un efecto perverso de la farmaceuticalización es que, con objeto de materializar el núcleo esencial del derecho a la salud, los gobiernos dependen cada vez más de la disponibilidad de medicamentos cuyo costo es desproporcionado para las capacidades financieras de los sistemas de salud de países de ingreso medio y bajo.
El tercer gran evento epidemiológico que aborda mi libro es la actual pandemia de la covid-19.
Lo que el presidente estadounidense Joe Biden llamó una “tragedia global” no solo está representada por los más de seis millones de víctimas que ha dejado el coronavirus hasta la fecha, sino por las grandes disparidades globales en el acceso a vacunas y servicios básicos de salud necesarios para tratar los efectos del virus.
Una prueba de estas disparidades es que cerca de 79 % de las vacunas disponibles habían sido distribuidas en países de ingreso alto.
Aunque existen buenas razones para pensar que los gobiernos son los principales responsables de dicha “tragedia global”, y que presidentes como el estadounidense Donald Trump o el brasileño Jair Bolsonaro podían ser culpables de crímenes de lesa humanidad debido a su manejo de la crisis de salud pública desatada por la pandemia, la industria farmacéutica global también influyó de manera decisiva en la falta de disponibilidad de vacunas en el Sur Global.
De manera más concreta, las patentes de la Big Pharma sobre sus vacunas llevaron a un escenario de profunda desigualdad entre el Norte y el Sur Global. Así lo afirmaron los gobiernos de países como India y Sudáfrica, quienes en octubre de 2020 exigieron ante la OMC una exención a las patentes sobre vacunas para el coronavirus. Dicha petición fue resistida no sólo por la industria farmacéutica, sino por poderosos gobiernos como Alemania y Francia.
Pero pese a que los intereses de la Big Pharma han desempeñado un papel decisivo en las transformaciones del derecho a la salud durante las últimas tres décadas, este actor sigue teniendo un rol secundario en la literatura. Una expresión clara de este fenómeno es que el deber de tomar medidas orientadas a materializar el derecho a la salud recae exclusivamente en los Estados.
Aunque actualmente algunos instrumentos de derechos humanos apuntan a un régimen naciente de deberes de las empresas —los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, por ejemplo—, la responsabilidad corporativa en materia de derecho a la salud es todavía incipiente.
En mi libro concluyo que la literatura académica debe incorporar una perspectiva de economía política atenta al papel de la Big Pharma como actor determinante del litigio, la regulación y la movilización social en torno al derecho a la salud. Así mismo, los instrumentos de derechos humanos deben hacer una transición hacia una concepción policéntrica de los deberes que no sólo esté centrada en el Estado, sino en actores no estatales, como la Big Pharma.
Una de las lecciones más importantes que ha dejado la pandemia de la covid-19 es que el cumplimiento del derecho a la salud es demasiado importante para dejarlo exclusivamente en manos de los gobiernos.
Everaldo Lamprea Montealegre, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Colombia.
Este artículo se publicó originalmente en OpenGlobalRights.