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Ecuador declara cadicidad del contrato con la multinacional Oxy por violación a la ley de hidrocarburos

Fuentes: Ecuador inmediato

El Ministro de Energía de Ecuador declaró hoy la caducidad del contrato con la petrolera Occidental, por haber violado la ley de hidrocarburos y proceder a transferir acciones de la empresa, sin la debida autorización del estado ecuatoriano. Tras indicar que el Ministro de Energía es competente para conocer de la posible caducidad del contrato […]

El Ministro de Energía de Ecuador declaró hoy la caducidad del contrato con la petrolera Occidental, por haber violado la ley de hidrocarburos y proceder a transferir acciones de la empresa, sin la debida autorización del estado ecuatoriano.

Tras indicar que el Ministro de Energía es competente para conocer de la posible caducidad del contrato que la petrolera Occidental mantiene con el Gobierno, el Secretario de Estado, Iván Rodríguez, anunció que el Ecuador ha resuelto determinar la caducidad del contrato con la petrolera estadounidense y advirtió que, de acuerdo al contrato firmado con la empresa petrolera, las instalaciones se revertirán a la estatal petrolera.

Entre otras cosas, el Ministro de Energía, manifestó en rueda de prensa, que el Ministro de Energía está facultado, de conformidad con las leyes, y reglamentos vigentes a determinar la caducidad o no del contrato de la petrolera con el Estado.

«De conformidad con la Ley, la cláusula 16ta señala: la transferencia de este contrato de participación o la sesión de derechos provenientes del mismo, el Ministro del ramo, de conformidad con las leyes cumplirá con las disposiciones previstas en el artículo 79 de la Ley de Hidrocarburos, la misma que establece que el contrato terminará por las causales y el procedimiento establecido en lo artículos 74, 75 y 76 de la Ley de Hidrocarburos», manifestó.

El Secretario de Estado aseguró que se caduca el contrato con OXY «por transferir derechos y obligaciones del contrato de participación sin autorización del ministerio del ramo», en ese sentido refirió que la cláusula 22 refiere que este contrato de participación se rige exclusivamente por la legislación ecuatoriana y en él se encuentran vigentes las leyes ecuatorianas al tiempo de su celebración.

«Los informes periciales de los señores Vladimiro Álvarez y Wilson Veloz son concordantes unívocos y concluyentes al manifestar que la documentación del proceso reviste autenticidad y veracidad que han sido aportadas por los interesados sin haber sido objetadas en su legitimidad, consituyente prueba plena para resolver la caducidad del contrato, al haberse:

1ero.- Traspasado derechos
2do.- Celebrado contratos
3ro.- Suscrito el acuerdo privado celebrado aceptado expresamente por la contratista, que constituye la transferencia del Derecho Contractual sin la aprobación del Ministerio’, señaló, al tiempo de adicionar que
«la propuesta transaccional de Occidental ha sido rechazada por el señor presidente ejecutivo de Petroecuador, escrito presentado dentro de la causa el 15 de mayo de 2006, con el número 12 – 29».

El Ministro aseguró que se acepta la demanda de la petición presentada por Petroecuador y el Procurador del Estado y declarar la caducidad del contrato modificatorio para la exploración y explotación de petróleo en el bloque 15 de la región amazónica y de los convenios de operación unificada de los campos de campos Edén Yuturi y Limoncocha, convenio suscrito en 1999.

A decir del Secretario de Estado, en el contrato consta que de darse la caducidad, las instalaciones de OXY pasarían a manos del Estado ecuatoriano.