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El enfoque de derechos humanos en la cooperación internacional ¿Transversal obligada o apuesta política?

Fuentes: Pueblos

La integración del enfoque de derechos humanos en los proyectos de cooperación internacional para el desarrollo (CID) es uno de los retos presentes que deben afrontar todas las organizaciones que quieren trabajar con financiación pública, ya que se ha convertido en una de las prioridades horizontales de todos los planes directores de cooperación. Pero la […]


La integración del enfoque de derechos humanos en los proyectos de cooperación internacional para el desarrollo (CID) es uno de los retos presentes que deben afrontar todas las organizaciones que quieren trabajar con financiación pública, ya que se ha convertido en una de las prioridades horizontales de todos los planes directores de cooperación. Pero la realidad es mucho más compleja y su inclusión resulta complicada.

El debate entre derechos humanos y cooperación internacional para el desarrollo se viene manteniendo desde hace mucho tiempo, a pesar de lo relativamente novedosa que resulta la incorporación de este enfoque en las convocatorias. De alguna manera siempre ha existido una voz crítica contra las formas de trabajar la CID, que durante buena parte de su historia no promovían otra cosa que el asistencialismo y no apostaban por modelos de trabajo que impulsaran transformaciones político-sociales. En esta apuesta es donde surgían los derechos humanos como instrumentos de acción política, validados por la comunidad internacional como los valores superiores de todas las sociedades, que deben ser garantizados a todas las personas y respaldados por los sistemas jurídicos nacionales e internacionales que los reconocían y exigían a través de todos los mecanismos desarrollados por el derecho internacional.

Hablar de trabajar la CID desde un enfoque de derechos humanos significa plantear como resultado final de nuestras acciones de cooperación el disfrute pleno y efectivo de los derechos que estemos trabajando dentro de nuestro proyecto. Ya sean de educación, salud, establecimiento de infraestructuras básicas o fortalecimiento cultural, siempre tendremos un derecho o un grupo de derechos como objetivos finales y, como tal, el proyecto acabará cuando ese derecho o ese grupo de derechos puedan ser disfrutados con plenas garantías por las personas de la región donde hemos trabajado.

De alguna manera, esto nos obliga a cambiar la percepción clásica de la cooperación internacional para el desarrollo, basada en proyectos anuales, bianuales o trianuales (no suelen existir convocatorias que permitan un trabajo más largo en el tiempo), para planteárnosla como la participación en procesos de transformación que permitan desarrollar las circunstancias necesarias que requieran los derechos humanos en cada contexto político y social y en relación a cada derecho que trabajemos.

Analizando el desarrollo histórico de la CID vemos que el trabajo con los derechos humanos ha ido cobrando relevancia hasta convertirse en una de las prioridades horizontales importantes de cualquier convocatoria pública. Desde Naciones Unidas hasta los planes directores de las comunidades autónomas en el Estado, este enfoque se hace presente con una importancia vital. Bien fomentando su transversalidad o bien promoviendo su conversión en una prioridad sectorial, todas las agencias internacionales y nacionales de CID incorporan el enfoque de derechos humanos.

La Organización de Naciones Unidas (ONU) incorporó a la Declaración sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio (apartado V) la necesidad de trabajar por los derechos humanos, la democracia y el buen gobierno. La Unión Europea viene afirmando desde el 2001 que la promoción de los derechos humanos es una de las prioridades horizontales de todas las actividades de la cooperación y de acción exterior. A nivel del Estado, el Plan Director de la Cooperación establece como segunda prioridad horizontal la defensa de los derechos humanos, que se materializa en todos los niveles de actuación (diálogo y negociación política tanto en los marcos internacional y bilateral como multilateral), en la planificación estratégica de la cooperación internacional y en el seguimiento y evaluación orientados a resultados.

Significado de esta integración

A pesar de todo el desarrollo institucional que ha recibido, la realidad dista mucho de parecerse a la teoría, y lo que sobre el papel resulta evidente y claro, no lo es en el trabajo cotidiano de las organizaciones y de las agencias internacionales. Por un lado estamos hablando de prioridad horizontal con un marcado carácter abstracto que dificulta mucho su concreción en indicadores, objetivos y resultados medibles. Precisamente, la propuesta de trabajo participando en procesos dificulta mucho el logro y concreción de resultados medibles, objetivos y verificables, tal y como exigen generalmente las convocatorias de proyectos.

Por otro lado, el hecho de convertirlo en prioridad horizontal, teniendo en cuenta el desarrollo de éstas, puede resultar incluso complicado en el momento de concretar su incorporación a los proyectos. En algunos ámbitos como la Unión Europea se ha optado por convocatorias sectoriales para promocionar el desarrollo de los derechos humanos en los proyectos de CID, y viene promoviendo desde hace años la Iniciativa Europea a favor de la Democracia y los Derechos Humanos.

Además, estamos hablando de incorporar un elemento a los programas de CID que puede tener mucha trascendencia política. Eso puede dificultar mucho la labor de las organizaciones en terceros países o incluso el trabajo con diversas agencias nacionales o internacionales de cooperación, ya que, en primer lugar, exige un posicionamiento claro de las organizaciones e incluso un compromiso político de trabajar en su desarrollo.

Desgraciadamente, los derechos humanos no se encuentran reconocidos de igual manera en las diferentes partes del mundo, siguen sufriendo graves problemas para ser exigidos y los Estados se muestran generalmente muy reticentes a que cualquier actor (nacional o internacional) utilice este discurso para demandar cambios o denunciar prácticas contrarias a su ejercicio.

Ante esta realidad, todos los actores de la CID deben tener claro que integrar el enfoque de los derechos humanos significa asumir una actitud de cambio con una conciencia de transformación, significa asumir un compromiso claro con respecto a su promoción en todos los proyectos, que se materialice en la realización de acciones de fomento directo de los mismos.

Entre estas acciones podemos destacar las siguientes:

– Incrementar la concienciación de todos los interesados directos, en el sentido más amplio de la palabra.

– Desarrollo institucional que permita la creación de sistemas sostenibles.

– Logro de la aplicación de los derechos humanos en el derecho y en la realidad.

– Seguimiento del cumplimiento de los derechos humanos por medio de sistemas efectivos.

– De reparación, para generar mecanismos transparentes para corregir violaciones de los mismos.

– Medidas específicas, para poder enfrentar problemas estructurales que perpetúan la desigualdad y la discriminación.

Necesidad de una implicación real

Integrar este enfoque significa también que debe existir una implicación real en los procesos nacionales y locales de transformación, para lo que habrá que buscar que las acciones que desarrollemos incidan en que las leyes estén en concordancia con los estándares internacionales de los derechos humanos; en el funcionamiento efectivo de los tribunales, del poder judicial y de los cuerpos que velan por el cumplimiento de la ley, así como de las instituciones independientes de derechos humanos y de las oficinas de los defensores del pueblo; en procedimientos efectivos para que los individuos puedan reclamar sus derechos; en una buena gobernabilidad e instituciones responsables que promuevan y protejan los derechos humanos y rindan cuentas; en el desarrollo de unos procesos de tomas de decisiones democráticos, abiertos, transparentes y participativos; y en la potenciación de una sociedad civil fuerte y que incluya a medios de comunicación libres e independientes [1].

Resulta evidente que incorporar la promoción del ejercicio de los derechos humanos a las acciones de CID se convierte en algo ciertamente problemático para las organizaciones, ya que exige la ruptura con algunos de los patrones clásicos imperantes.

Por un lado, esta incorporación exige una clara identificación política a favor de los derechos humanos, lo cual, teniendo en cuenta la situación tan dramática que viven y la falta de voluntad política en la mayor parte de Estados, puede generar problemas para el trabajo de la organización. Exige también una implicación directa en los procesos locales y nacionales de transformación para generar nuevos contextos político- sociales que favorezcan el ejercicio de los derechos humanos. Obviamente, esta actitud resulta radicalmente contraria a las doctrinas que defendían la mayor de las imparcialidades posibles y la no injerencia de los actores internacionales de cooperación en los problemas locales y nacionales.

Contradicciones de y con las propias agencias donantes

Por ende, estos compromisos políticos y esta pérdida de imparcialidad puede ocasionar problemas con las mismas agencias donantes nacionales o internacionales que están promoviendo como transversal horizontal la defensa o la promoción de los derechos humanos. Muchas de estas agencias no acaban de asumir todas las implicaciones que plantea este enfoque aplicado a la CID y, cuando surgen dudas o problemas políticos con terceros países, tienden a rebajar sus exigencias y a suavizar el contenido de la prioridad. De alguna manera la falta de voluntad política también se hace visible en las agencias de donantes.

Por último, es importante tener claro que el asumir estos compromisos puede ocasionar problemas de seguridad institucional y personal para los trabajadores de la organización, especialmente en aquellos Estados en los que los defensores de los derechos humanos son amenazados y perseguidos, que desgraciadamente son la mayoría de Estados receptores de cooperación internacional para el desarrollo.

Aun así, la incorporación del enfoque de derechos humanos a la cooperación internacional para el desarrollo resulta fundamental para lograr que ésta siga teniendo sentido y no se convierta simplemente en la forma de lavar las conciencias de las sociedades ricas. Trabajar por el desarrollo de las sociedades más empobrecidas debe exigirnos apostar por modelos de desarrollo que realmente promuevan las transformaciones políticas y sociales necesarias, tanto en unas como en otras sociedades, que generen nuevos sistemas de organización más justos y equilibrados.

Y, precisamente, los derechos humanos, bien utilizados, como instrumentos de transformación, pueden ser una de las herramientas que nos permitan sustituir los modelos clásicos de CID, basados en el asistencialismo y la caridad, por otros modelos basados en el respeto, la dignidad de los pueblos y de las personas, la justicia y la equidad.

Trabajando a partir de este enfoque, la cooperación internacional para el desarrollo encontrará herramientas para analizar las causas que originaron los problemas sobre los que se está tratando de actuar, para identificar los desequilibrios que existan en materia de derechos humanos, para valorar el nivel de compromiso del Estado con los derechos humanos y con el desarrollo de las comunidades o grupos empobrecidos, para valorar la capacidad de las personas y de los grupos para reclamar sus derechos y actuar de manera autónoma sin el apoyo internacional, y para valorar las capacidades de las autoridades y funcionarios que deben garantizar el ejercicio de los derechos.

En definitiva el enfoque de derechos humanos se convierte en un instrumento de acción que le permite a la Cooperación Internacional para el Desarrollo analizar los orígenes de las desigualdades y actuar desde ahí, potenciando las transformaciones necesarias.

Nota:

[1] Informe de desarrollo humano 2000, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)

* Mikel Berraondo López es abogado especializado en derechos humanos y derechos de los pueblos indígenas. Coordina el Aula de Derechos Humanos de IPES – ELKARTEA. Publicado originalmente en el nº 30 de la revista Pueblos, febrero de 2008, especial COOPERACIÓN.