La Fiscalía Especializada en Desapariciones Forzosas, Ejecuciones Extrajudiciales y Exhumación de Fosas Clandestinas, que dirige el Fiscal Mario Gonzáles, acaba de formular denuncia penal por el caso «El Frontón», en la que solo ha comprendido a un pequeño grupo de marinos y ha archivado las investigaciones sobre otros investigados entre los que se encuentra el […]
La Fiscalía Especializada en Desapariciones Forzosas, Ejecuciones Extrajudiciales y Exhumación de Fosas Clandestinas, que dirige el Fiscal Mario Gonzáles, acaba de formular denuncia penal por el caso «El Frontón», en la que solo ha comprendido a un pequeño grupo de marinos y ha archivado las investigaciones sobre otros investigados entre los que se encuentra el ex presidente Alan García y Agustín Mantilla.
Como se recordará el junio de 1986 se produjo el cruento develamiento del motín de los penales de Lurigancho y El Frontón, como consecuencia del cual se ejecutaron sumariamente más de 250 internos. El hecho fue investigado por la justicia militar y como era común en esos años (1989) todos los militares investigados fueron absueltos. Recién el año 2000 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió sentencia en el caso Durand y Ugarte y como consecuencia de esta sentencia se reabrieron las investigaciones en el Ministerio Público.
Después de más de 3 años de investigaciones el Ministerio Público finalmente ha formulado denuncia penal por el delito de homicidio calificado contra 11 oficiales de la Marina de Guerra como autores materiales de este crimen cometido en agravio de los internos de El Frontón.
El hecho es que las investigaciones practicadas en los últimos años ha demostrado con claridad que existen pruebas suficientes que no solamente determinan la comisión de este crimen, ya que por lo menos 118 internos del penal de El Frontón fueron ejecutados y desaparecidos, sino que además ha quedado también demostrada la responsabilidad penal de quienes ejecutaron materialmente el delito, es decir los miembros de la Marina de Guerra, y la responsabilidad penal de quienes determinaron y decidieron la forma, tiempo y circunstancias de ejecución del operativo militar y de las acciones delictivas (ejecuciones sumarias) posteriores al operativo. Eso para el derecho penal es una autoría mediata.
Por ello consideramos que la presentación de la denuncia es un hecho significativo, pero el contenido de la misma es sinceramente tramposo, puesto que la Fiscalía Especializada sabe perfectamente que tanto García Pérez, Mantilla Campos y otras personas integrantes del Consejo de Ministros y de la jefatura del Comando Conjunto de las FFAA no solo tuvieron pleno conocimiento de los hechos, sino que durante dos días (18 y 19 de junio) tomaron las decisiones para la ejecución del operativo y la eliminación de los sobrevivientes.
Resulta evidente entonces que para la comisión de los hechos denunciados existió una cadena de mando cuyo vértice superior era ocupado por el señor García Pérez, en su condición de Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, razón por la cual su responsabilidad legal resulta verdaderamente ineludible.
El hecho es que muy a pesar de ello la Fiscalía Especializada ha optado por investigarlos simplemente por delitos menores como el delito contra la seguridad pública y el abuso de autoridad, conociendo que estos delitos comunes han prescrito hace muchos años, por lo que ha decretado el archivamiento, pretendiendo así desconocer que los hechos que son materia de la presente investigación constituyen crímenes de lesa humanidad o contra los derechos humanos.
Por lo tanto, no cabe duda que esta decisión del fiscal especializado Mario Gonzáles será impugnada con la finalidad de que una Fiscalía Superior Penal la revise y determine la ampliación de la denuncia contra todos los autores de este crimen. Además, seguramente esa será también la exigencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos formule al Estado peruano cuando tome conocimiento de la muy cuestionable decisión adoptada por el fiscal Gonzáles.
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