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Por un Tribunal Internacional de Justicia Climática

Fuentes: OMAL

El proceso de las Conferencias de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y los informes proporcionados por el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC por sus siglas en ingles) ha puesto en evidencia que los impactos que han causando las emisiones de gases de efecto invernadero en el mundo son extremos y en algunos casos […]

El proceso de las Conferencias de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y los informes proporcionados por el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC por sus siglas en ingles) ha puesto en evidencia que los impactos que han causando las emisiones de gases de efecto invernadero en el mundo son extremos y en algunos casos irreversibles. Al mismo tiempo, las negociaciones rumbo a la 15ª Conferencia de las Partes de Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC por sus siglas en ingles) sobre el clima, que se realizará en Copenhague en diciembre de este año, son una muestra de la lentitud y hasta la perversidad de las respuestas de los países industrializados y de la falta de mecanismos vinculantes y coercitivos de Naciones Unidas ante un problema de gran urgencia.

Esto demuestra también la falta de voluntad política de los responsables para llegar a compromisos radicales que permitan atacar las causas y revertir los terribles impactos de este fenómeno resultante de un sistema de vida insostenible, cuyos efectos evidencian la vulnerabilidad de los pueblos y países empobrecidos históricamente y que por el contrario profundiza las desigualdades promoviendo falsas soluciones como son, entre otras, los agrocombustibles, la energía nuclear, los bonos de carbono, las megarepresas y los nuevos ciclos de endeudamiento a los efectos de la mitigación y la adaptación.

Al mismo tiempo recientes informes publicados por el Consejo de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos subrayan los impactos no solo del cambio climático pero también de medidas como los agro combustibles sobre los derechos humanos y de los pueblos indígenas.

Ante tal panorama, diferentes actores de la sociedad civil, incluyendo muy especialmente los pueblos y naciones indígenas, afrodescendientes, movimientos campesinos y de pescadores de América Latina y el Caribe, de los Andes y la Amazonía en particular, hemos decidido promover un Tribunal Internacional de Justicia Climática que contribuya a identificar y juzgar a los verdaderos responsables de los crímenes contra la Madre Tierra y sus habitantes, la humanidad y el conjunto de los seres vivos, así como a controlar y exigir la no repetición de los hechos que forman parte de la acusación. Así, este tribunal se propone como un espacio donde los movimientos sociales y los pueblos promuevan la Justicia Climática llamando la atención de quienes están decidiendo en las actuales negociaciones para lograr no solo mayor firmeza en el cumplimiento de los compromisos, sino también la necesidad de promover nuevos mecanismos vinculantes que refuercen el Convenio Marco sobre el Clima, y que permitan una verdadera justicia climática.

Problemática 

Se llama cambio climático a la modificación del clima con respecto al historial climático a una escala global o regional. Tales cambios se producen a muy diversas escalas de tiempo y sobre todos los parámetros climáticos: temperatura, precipitaciones, nubosidad, etc. Son debidos a causas naturales y la acción de la humanidad.

La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático usa el término cambio climático y calentamiento global para referirse al cambio por causas humanas y que se entiende como «un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que alterna la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante periodos de tiempo comparables».

El clima está cambiando dramáticamente en las últimas décadas por la manera en que se vive actualmente, en especial en los países más enriquecidos e industrializados, modelo basado en el uso de combustibles fósiles y sus niveles de consumo insostenibles. La Convención Marco de Cambio Climático de las NNUU reconoce que las causas principales del aumento del efecto invernadero son la quema de combustibles fósiles, la deforestación, y la agricultura de gran escala convencional, entre otras. Es decir, el modelo capitalista hegemónico en el que todo se mercantiliza, en el que se cree que todo se puede reparar con la ciencia y la tecnología, en el que el ser humano es el centro y el desarrollo consiste en crecer y depredar. Un modelo que además se apoya en la exclusión de los pueblos y en el que se concibe el progreso como algo lineal y acumulativo y en el que se desconoce los derechos de la Madre Tierra.

El cambio climático es considerado la mayor amenaza a la que se enfrenta el planeta y es ya una realidad: los científicos prevén que para este siglo las temperaturas medias globales aumentarán entre 1,4 y 5,8 grados. Como señaló el Presidente Evo Morales en su Carta a la conferencia de Poznan, «el calentamiento global está provocando cambios bruscos en el clima: el retroceso de los glaciares y la disminución de los casquetes polares; el aumento del nivel del mar y la inundación de territorios costeros en cuyas cercanías vive el 60% de la población mundial; el incremento de los procesos de desertificación y la disminución de fuentes de agua dulce; una mayor frecuencia de desastres naturales que sufren las comunidades del planeta; la extinción de especies animales y vegetales; y la propagación de enfermedades en zonas que antes estaban libres de las mismas.»

En general, cambios drásticos de las condiciones en que se desarrollan los ecosistemas impiden a las comunidades bióticas ajustarse, y por tanto tiende a producirse un colapso general antes que un cambio paulatino. No se sabe cual es el límite cualitativo en que sucede este fenómeno, pero una vez iniciado, puede considerarse irreversible.

Las comunidades que dependen directamente de actividades agrícolas, pesqueras y de los bosques verán seriamente afectada su seguridad y soberanía alimentaria, su forma de vida y su cultura misma. Indígenas, campesinos, pescadores, mujeres, afrodescendientes, entre otros, serán las poblaciones más afectadas con estos impactos.

Por otra parte, muchas de las soluciones que se han presentado en las negociaciones del clima han demostrado ser una verdadera amenaza para los territorios de muchas comunidades y pueblos en todo el mundo al mismo tiempo que no disminuyen el cambio climático ni enfrentan sus causas estructurales. Amenazas que sumadas a los impactos ya señalados por el cambio en el régimen climático, profundizará las condiciones de empobrecimiento y exclusión. Entre ellas encontramos:

  • Los Agrocombustibles. Promocionados como energía renovable, amenazan grandes extensiones de tierra con monocultivos, agrotóxicos, desertificación de la tierra, condiciones laborales inhumanas, amplían la frontera agrícola amenazando aún más los bosques y los ecosistemas sustentables. Adicionalmente, amenazan la seguridad y la soberanía alimentaria de pueblos y naciones enteras, ya que la producción de comida es fácilmente reemplazada por el negocio de la agroenergía. En muchos casos, los agrocombustibles van acompañados de violencia, expropiación del territorio y criminalización de las comunidades afectadas.
  • Mercados de Carbono: Promueven la impunidad ambiental en tanto permiten que los países más responsables por el cambio climático, no reduzcan sus emisiones de carbono en sus territorios, sino que trasladen sus obligaciones y responsabilidades a los países del Sur global a través de proyectos o megaproyectos que muchas veces atentan contra los derechos de los pueblos y las comunidades. Es un mecanismo que sólo permite a las empresas transnacionales y los países del Norte comprar el derecho a contaminar a expensas de los pueblos y países históricamente empobrecidos. Peor aún, el comercio de carbono ha dado lugar a nuevos y despreciables instrumentos de obtención de lucro a partir de la contaminación y el cambio climático.
  • Energía nuclear: representa una gran amenaza en tanto la producción de energía es altamente inestable y arriesga la vida del planeta entero.
  • Represas: Como megaproyectos, las represas tienen un impacto muy fuerte en los territorios, generando desplazamiento, pérdida de la soberanía alimentaria y pérdida de grandes ecosistemas.

Ante tal panorama es fundamental que la Justicia Climática exija enfrentar las causas estructurales del cambio climático, que radican en el consumo de energía fósil para alimentar el sistema de consumo-producción-explotación que se ha implantado a escala mundial bajo el concepto de desarrollo, y lograr una reducción drástica y rápida de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Justicia Climática y Deuda Ecológica

El concepto de justicia climática y justicia ambiental está relacionado con el derecho de todos los seres humanos a un medio ambiente sano y a recursos naturales saludables como la tierra, el agua, alimentos, vivienda y aire que son necesarios para su supervivencia. La justicia climática se refiere específicamente a que todos los seres de este planeta compartimos un recurso esencial para la vida que el clima, indispensable condición para la sobrevivencia. Esto también está relacionado con los derechos políticos en el sentido de que todos los pueblos y colectivos tienen derecho a determinar su propio futuro, a tener acceso a una información de calidad, la participación y de expresar su resistencia a los proyectos, programas, políticas y procesos que violan su derecho a la vida y sus derechos colectivos y ambientales. Además, la naturaleza, animales y plantas también tienen derechos que deben ser respectados.

La justicia climática, por su parte tiene que ver con el desproporcionado uso, histórico y presente, de la capacidad de la biósfera de captar CO2, y otros gases con efecto invernadero, por parte de los países industrializados del Norte para sostener su modelo de desarrollo, mientras que los países del Sur, son quienes más sufren los embates del cambio climático.

Los impactos de los desastres climáticos violan la soberanía y seguridad alimentarias y tienen efectos negativos sobre los derechos a la vida, alimentos, agua y salud de forma diferenciada sobre los pueblos de Sur, agudizados por la discriminación y las relaciones desiguales de poder. En este sentido, son los países y pueblos más empobrecidos del mundo, que han contribuido menos al cambio climático, que están siendo los primeros y los más impactados por el cambio climático. Estos países y pueblos tienen el derecho a exigir y a recibir reparaciones. De ahí la necesidad de analizar los aspectos humanos y políticos del cambio climático en una perspectiva de la justicia ambiental y de la deuda ecológica que los países del Norte deben a los pueblos y países del Sur. Esto es lo que se define como deuda ecológica por el cambio climático.

La deuda ecológica es en esencia la responsabilidad que tienen los países industrializados del Norte, sus instituciones, la élite económica y sus corporaciones por la apropiación gradual y control de los recursos naturales así como por la destrucción del planeta causada por sus patrones de consumo y producción, afectando la sustentabilidad local y el futuro de la humanidad. Significa entre otras cosas, la responsabilidad acumulada del Norte industrializado por la expoliación de recursos naturales, la apropiación ilegal e ilegitima de biodiversidad agrícola y silvestre, el hurto de conocimientos, el intercambio desigual, los daños acumulados por las actividades extractivas y de monocultivos destinados a la exportación, o la ocupación ilegal de la atmósfera para depositar gases contaminantes que causan un aumento en el efecto invernadero, provocando el cambio climático. Basados en esta definición, los pueblos en el Sur somos acreedores de esta deuda y los deudores, los países del Norte.

Esta deuda ecológica tiene como base al actual modelo de producción industrial, la producción exhaustiva de residuos como la emisión de gases de efecto invernadero, el capitalismo y el libre mercado; asimismo está fuertemente relacionada también con la acumulación de otras deudas, como la deuda histórica y las deudas financieras. Desde el inicio de los tiempos coloniales los países del Norte – a través de los propios gobiernos, las empresas transnacionales y sus Instituciones Financieras Internacionales – se han aprovechado de las riquezas del Sur y de la mano de obra de sus pueblos. Podemos afirmar sin dudar que la riqueza del Norte, y el sistema capitalista hegemónico, se construyeron gracias a la expoliación y opresión de los pueblos de África, Asia, el Pacífico, América Latina y Caribe. La esclavitud, la extracción de minerales e hidrocarburos, la introducción e imposición de monocultivos, el robo de biodiversidad y de conocimientos, consolidaron el poderío industrial, económico, y militar de los países centrales de Europa, Estados Unidos, Canadá, Japón y otros que forman parte de las naciones con las economías más enriquecidas del planeta. Esta situación a lo largo de los siglos no ha cambiado, por el contrario, con la llegada de la globalización neoliberal, se ha acrecentado, pues se sustenta en mecanismos de opresión como son el libre mercado, el endeudamiento financiero, el avasallamiento cultural y la utilización de la fuerza.

La lucha por el reconocimiento de la Deuda Ecológica y el concepto de la Justicia Climática y Ecológica son respuestas que desde los pueblos del Sur, las organizaciones sociales y las redes de la sociedad civil se proponen como alternativa al modelo económico extractivista, energívoro y petroadicto, que no sólo ha ocasionado el cambio climático, sino que adicionalmente, impulsa nuevos negocios del clima, reproduciendo el modelo civilizatorio capitalista, colonialista e imperialista que no tiene en cuenta ni a la madre tierra, ni la soberanía de los pueblos, ni la dignidad del ser humano. Pretenden denunciar y visibilizar las causas estructurales que han ocasionado el cambio climático, los impactos directos sobre pueblos y naciones en todo el mundo, así como los impactos de las falsas soluciones de mitigación y el peligro de nuevos ciclos de endeudamiento para la adaptación de los países del sur global. El cambio climático involucra a todo el planeta, pero urge una transformación radical del actual modelo civilizatorio y no una radicalización de las estrategias de mercado y de la geopolítica del comercio ecológicamente desigual. Para tal transformación, demandamos Reparaciones por la Deuda Ecológica y Justicia Climática y Ambiental ya!

Antecedentes de los Tribunales de Opinión

Existen varios ejemplos de iniciativas de la sociedad civil en la búsqueda de una justicia que no siempre la institucionalidad ha podido proporcionar. Uno de los fundamentos de los tribunales ético-políticos, como el que nos proponemos llevar adelante, se encuentra en la declaración contenida en el Acta de Constitución del Tribunal Bertrand Russell, establecido en 1966 para juzgar y condenar los crímenes de guerra cometidos por los Estados Unidos en Vietnam. Igualmente en el Acta de Constitución del Segundo Tribunal Russell para juzgar los crímenes y violaciones a los derechos humanos cometidos por las dictaduras en América Latina entre 1974 y 1976, firmada en Bruselas en noviembre de 1973, se reafirmó que la legitimidad y poder de estos tribunales se funda en la voluntad soberana de los pueblos como contrapuesta al poder de los gobiernos.

Luego de esas experiencias quedaron constituidos varios organismos entre ellos el Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP), integrado por 133 miembros elegidos por su reputación moral y prestigio ético y cuya secretaria está ubicada en la Fundación Lelio Basso por el Derecho y la Liberación de los Pueblos en Roma. Este Tribunal funciona con base en las convenciones de DDHH y a la Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos del 1976 (Declaración de Argel). Entre otras iniciativas relevantes, el TPP ha promovido juicios ético-políticos frente al Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (1988 y 1992), contra la Impunidad en América Latina (1989 a 1991), sobre los Crímenes de Bhopal (1994?) y la presencia de las Empresas transnacionales europeas en América Latina (2006 al presente).

Otros antecedentes relevantes:

Siguiendo esos ejemplos, también se ha realizado distintas experiencias de Tribunales de Opinión como el Tribunal Nacional de Crímenes del Latifundio (Brasil, 1986), el Tribunal Internacional del Agua (1983 – 1992), el Tribunal Nacional del Agua celebrado en Florianópolis (Brasil,1993), Tribunal por los DESC de las Mujeres (Perú, 2004), el Tribunal por la Soberanía Alimentaria (Quito, 2004) y el Tribunal sobre Cambio Climático (Colombia, 2007).

Otro ejemplo relevante es el Tribunal Internacional de los Pueblos sobre la Deuda Externa que en 2002 estableció un veredicto que en los años posteriores se convirtió en una bandera de lucha contra la deuda ilegítima, contribuyendo a propuestas políticas, e incluso gubernamentales, para la anulación y no pago de la deuda financiera, sobre la relación entre la generación de deuda externa ilegítima y la acumulación de deudas ecológicas, sociales e históricas, y el reconocimiento del derecho de los pueblos a la restitución y la reparación.

La sesión de Lima del Tribunal Permanente de los Pueblos sobre empresas europeas en América latina hecha en Mayo 2008 también analizó el tema bajo el eje de deuda ecológica y histórica, proponiendo en su dictamen que se constituye una Corte Internacional por Crímenes contra el Medio Ambiente, así como un relator especial de las Naciones Unidas sobre la deuda ecológica.

Caminando hacia un Tribunal de Justicia Climática 

Numerosas iniciativas se han desplegado en la búsqueda de la justicia climática. Ya desde las negociaciones de Bali en 2007, se concertó la necesidad de demandar Justicia Climática a nivel mundial; así, y dando seguimiento a las amenazas que representa el Cambio Climático y las falsas soluciones; en la Cumbre de los Pueblos del Sur de 2008 en Bahia Brasil, se planteó la necesidad de un Tribunal de Justicia Climática. De igual forma, durante el Foro Social Mundial 2009, se plantearon varios debates sobre la Deuda Ecológica y la Justicia Climática con distintas organizaciones y redes.

En cuanto a los crímenes medioambientales, se ha propuesto una Corte Penal Internacional del Medio Ambiente para la Protección de la Salud del Hombre y de la Mujer, del Planeta Tierra y de sus Ecosistemas que busca el reconocimiento del desastre medioambiental intencional como crimen contra la humanidad. La Academia Internacional de Ciencia Ambiental con sede en Venecia ha lanzado una campaña internacional en ese sentido; iniciativa que cuenta con el apoyo del Premio Nóbel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel.

En base a la experiencia del Tribunal Internacional de los Pueblos sobre la Deuda, la Red Jubileo Sur coincidiendo con varios otras movimientos y redes incluyendo la Alianza de Pueblos del Sur Acreedores de la Deuda Ecológica, el Consejo Mundial de Iglesias, Ecologistas en Acción, Amigos de la Tierra, y otros han ido dibujando también la realización de un Tribunal Internacional sobre Deuda Ecológica y la promoción de instrumentos de sanción y de reparaciones por la deuda ecológica y climática.

En Cochabamba, Bolivia, el 18 de febrero de este año un conjunto de movimientos, organizaciones e instituciones sociales del país conformaron la Plataforma Boliviana frente al Cambio Climático porque consideraron «de vital importancia la constitución de un colectivo que promueva acciones conjuntas para la reflexión y la incidencia nacional e internacional sobre los efectos del Cambio Climático».

Otro espacio de discusión sobre el Tribunal Internacional de Justicia Climática fue la IV Cumbre Continental de los Pueblos Indígenas de Puno, en la que de manera colectiva se resolvió «Construir un Tribunal de Justicia Climática que juzgue a las empresas transnacionales y los gobiernos cómplices que depredan la naturaleza, saquean sus bienes naturales y vulneran sus derechos, como el primer paso hacia una Corte Internacional sobre Delitos Ambientales». De igual manera las decisiones del Foro Indígena de las Naciones Unidas se han pronunciado por promover un Tribunal de Justicia Climática y una movilización global por los derechos de la Madre Tierra.

También se destaca en el marco de planteamientos y propuestas de los movimientos indígenas de todo el Mundo la Declaración de Anchorage de Abril 2009 sobre pueblos indígenas y cambio climático, que se funda sobre la centralidad de los derechos humanos y de los pueblos indígenas como están reconocidos por ejemplo en la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas (UNDRIP) apoyada por la mayoría de los países latinoamericanos.

Toda esta diversidad de planteamientos confluyen en el desafío de construir de manera colectiva una propuesta que permita de manera inmediata realizar un Tribunal Internacional ético-político de Justicia climática que, partiendo del protagonismo de los pueblos y sus organizaciones, se proyecte en el marco de las actuales negociaciones sobre el cambio climático y como antecedente para la eventual constitución de un Tribunal de Justicia Ambiental vinculante, que posibilite la sanción de crímenes que, como en el caso del cambio climático y su responsables, permita evitar más daños al planeta, su biodiversidad y sus habitantes. Varias de estas propuestas consideran que podría ser unórgano permanente de las Naciones Unidas, específicamente competente en el tema de delitos en campo medioambiental el que se haga cargo de determinar el resarcimiento de los daños medioambientales de esta magnitud.

La Plataforma boliviana frente al cambio climático asume el reto de coadyuvar a la constitución de un Tribunal de Justicia Climática y a esos efectos se propone colaborar en la organización de esta instancia ética – política que debería sesionar en el mes de octubre de 2009, en la ciudad de Cochabamba, en el marco de la Campaña Octubre Azul y durante la Semana de Acción Global por la Madre Tierra y la Semana de Acción Global contra la Deuda y las IFI’s.

Esta experiencia en la que confluirán en su organización diferentes pueblos, redes y organizaciones sociales de varias partes de la región, será un paso importante en el largo camino para construir, más allá de Copenhagen (COP 15), iniciativas con la fuerza social y política suficiente para ir construyendo una Justicia Ambiental, incluyendo la posibilidad de crear instancias vinculantes que deberían en el futuro promover una jurisprudencia social sobre los derechos de la Madre Tierra y de sus Pueblos. En este sentido, urge la constitución de tribunales éticos y políticos que refuerzan la presión internacional para la constitución de una instancia vinculante, ya sea una Corte Penal Internacional de Delitos Ambientales o un Tribunal Internacional de Justicia Climática que asimile mecanismos de sanción a quienes no cumplen con cuidar el planeta, sus habitantes y los derechos humanos, que posibilite en el largo plazo construir un sistema de protección de los derechos de la Madre Tierra y sus habitantes apoyada en una perspectiva más holística e integral.

Un Tribunal Internacional de Justicia Climática, no tiene carácter estatal vinculante, pues su constitución y funcionamiento no se origina en el poder judicial sino más bien en la sociedad civil organizada. Sus resoluciones o fallos tienen implicaciones morales, éticas y políticos, cuya efectividad está vinculada a la legitimidad social y proyección que logran y al fortalecimiento de las organizaciones, movimientos y redes vinculadas a estos procesos, como lo hizo el Tribunal de la Deuda Externa que generó una bandera común de lucha para los movimientos sociales.

Se constituye en una instancia de las organizaciones sociales, indígenas y populares, independiente del sistema de administración de justicia formal, creado para constituirse en una instancia de justicia popular que amplifique y visibilice el debate y la información sobre los impactos del cambio climático y las falsas soluciones en la vida de las comunidades, de la gente y de los pueblos, en la biodiversidad y en particular en los países del Sur global. Una instancia de la sociedad civil que posibilite un juzgamiento y condena ética y política a sus responsables y que al mismo tiempo contribuya a la concientización del mundo entero sobre la vinculación del cambio climático con el modelo de producción, consumo y desarrollo capitalista y la urgencia de la lucha por la justicia ambiental y la reparación de las deudas climáticas y ecológicas.Sus resoluciones y recomendaciones buscan sancionar éticamente a los responsables del cambio climático, así como enfrentar las causas y promover la adopción de políticas y medidas que en justicia y equidad asuman los directos responsables frente a las causas y los daños y efectos ocasionados.

Fundamentos

Algunos de los fundamentos éticos y jurídicos en los que se basa el Tribunal están enmarcados en el Derecho Internacional, particularmente en materia de Derechos Humanos y los Derechos de los Pueblos, en el que el derecho al medio ambiente sano está reconocido en una serie de instrumentos tales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales (Art. 11 y 12 ); la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Art. 14 inc. h); la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas (Art. 29), Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social (p. 8 y sexto compromiso), Comentario General 15 del CDESC sobre el cumplimiento de los artículos 11 y 12 del PIDESC. Así como otras referencias importantes en materia de derechos humanos (Declaración de París, de Dublín, etc.)

El Tribunal de Justicia Climática tomará en consideración la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Protocolo de Kyoto, que es un convenio internacional que intentó limitar globalmente las emisiones de gases de efecto invernadero, a su vez, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático es una Convención a escala mundial.

Paralelamente, es importante también se observe la normativa nacional en cada uno de los casos, dado que en la mayoría de los Estados este derechos también se encuentra consagrado en las constituciones y otras normas secundarias. Sin embargo, como se trata de un Tribunal Etico el hecho de que la legislación sobre delito ambiental no esté claro en todos los países no será una limitante.

Tribunal de Justicia Climática 

Objetivo General

Visibilizar las causas del cambio climático y juzgar a los principales estados y empresas responsables del calentamiento global por sus efectos sobre los derechos humanos, los derechos de los pueblos y los derechos de la naturaleza, en ese marco denunciar los impactos de medidas de mitigación y captación como los agrocombustibles, grandes hidroeléctricas, mercados de carbono y otras falsas soluciones que violan estos derechos.

Objetivos Específicos

  • Fortalecer la capacidad de vigilancia y la lucha de los pueblos por la justicia climática
  • Elevar la sensibilización en el mundo con relación a la justicia climática
  • Incidir en la adopción de adecuadas políticas, estrategias y acciones ambientales para prevenir y mitigar los efectos del cambio climático y contrarrestar las falsas soluciones.
  • Promover la judicialización y tipificación internacional de los crímenes ambientales.
  • Desarrollar antecedentes y contribuir desde la sociedad civil a la construcción de un sistema internacional vinculante para sancionar los crímenes ambientales y el incumplimiento de los acuerdos para evitar el calentamiento global.
  • Contribuir desde la experiencia del Tribunal y del concepto de deuda ecológica y justicia climática a la formulación de los derechos de la Madre Tierra.

Organización, desarrollo y participantes

El Grupo Impulsor del Tribunal conformado por las redes y organizaciones sociales firmantes, con el objetivo de poner en práctica estas consideraciones y seguir construyendo esta propuesta proponen un Comité Organizador y un Marco Metodológico a ser utilizado como guía en la construcción de un Tribunal, cuya Primera Audiencia se realizará en el Marco de la Campaña Octubre Azul por el Agua en Bolivia y coincidiendo con la Semana de Acción Global por la Madre Tierra y la Semana de Acción Global contra la Deuda y las IFI’s.

Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia – CSUTCB Confederación Nacional de Mujeres Indígenas Campesinas Originarias de Bolivia – CNMICOB Consejo de Ayllus y Marqas del Qollasuyu Bolivia – CONAMAQ Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia – CSCIB Plataforma Boliviana Frente al Cambio Climático Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas – CAOI Consejo Indígena de Centro América – CICA Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica- COICA Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador – ECUARUNARI Organización de las Naciones y Pueblos Indígenas en Argentina. ONPIA Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería – CONACAMI Oil Watch Sud América Ecologistas en Acción Red Brasilera de Integración de los Pueblos-REBRIP Amigos de la Tierra Internacional – ATI Fundación Solón CENSAT Agua Viva Jubileo Sur/Américas y Jubileo Sur Global Alianza Social Continental – ASC Nuestro Mundo No Está En Venta – OWINFS

Fuente: http://www.omal.info/www/article.php3?id_article=2379