Del 10 al 16 de agosto de 2004 se llevaron a cabo ejercicios navales destinados a la prevención de un ataque terrorista al Canal de Panamá. En estos ejercicios, denominados «Panamax 2004», participaron siete países (dos observadores), 3,000 marinos, 6 fragatas, 3 aviones de reconocimiento, un helicóptero, un destructor, más de diez patrulleras guardacostas artilladas […]
Del 10 al 16 de agosto de 2004 se llevaron a cabo ejercicios navales destinados a la prevención de un ataque terrorista al Canal de Panamá. En estos ejercicios, denominados «Panamax 2004», participaron siete países (dos observadores), 3,000 marinos, 6 fragatas, 3 aviones de reconocimiento, un helicóptero, un destructor, más de diez patrulleras guardacostas artilladas y 2 buques.
Ahora se anuncia («Destinados a la prevención de un ataque terrorista al Canal de Panamá, quince países participarán en ejercicios de defensa«, Panamá-América, 22 de junio de 2005), que los ejercicios «Panamax 2005» se llevarán a cabo del 10 al 18 de agosto próximo, con 3,500 marinos, «con el apoyo del Comando Sur del ejército de Estados Unidos».
Según Ricardo Straad, jefe del Servicio Marítimo Nacional de Panamá (SMN) «los ejercicios se realizarán en el Caribe, en el Pacífico y en aguas internacionales». El objetivo de los ejercicios es «proteger el Canal y a las naves que utilicen la vía acuática ante un eventual ataque terrorista a los zonas costeras del país.»
En estas maniobras (terrestres, aéreas y navales) participarán once países (más cuatro observadores), para un total de quince países, seis más que en 2004; 3,500 marinos (500 más que en 2004); 41 naves (el doble de 2004). No se sabe cuántas aeronaves tomarán parte en «Panamax 2005».
Comoquiera que ya esto nos parece una película muy aburrida, reproducimos un resumen de nueve preguntas que formulamos en torno a «Panamax 2004» en este diario («Maniobras Navales», 18 de agosto de 2004) que nadie, ni del gobierno de Mireya Moscoso ni de la oposición, se tomó la molestia de aclararnos y que son, mutatis mutandi, totalmente aplicables a los ejercicios «Panamax 2005»:
Primera: ¿Quién autorizó y en cuál instrumento los ejercicios «Panamax 2004»?
Segunda: ¿Quién tiene la facultad de autorizar la presencia de fuerzas militares extranjeras en territorio panameño?
Tercera: ¿Fue enviado dicho instrumento (acuerdo) a la Asamblea Legislativa en cumplimiento del numeral 9 del Artículo 179 de la Constitución Política?
Cuarta: ¿Cuáles son las implicaciones jurídicas de «Panamax 2004» conforme al Artículo 305 de nuestra Constitución Política, que reza así: «La República de Panamá no tendrá ejército. Todos los panameños están obligados a tomar las armas para defender la independencia nacional y la integridad territorial del Estado»?
Quinta: ¿Constituye o no un conflicto con nuestra territorialidad el hecho de que nuestro país, que carece de ejército, sea defendido por fuerzas militares de ocho (entonces eran solamente ocho) países?
Sexto: ¿Cómo se compaginan los ejercicios «Panamax 2004» con el Artículo V del Tratado de Neutralidad, del siguiente tenor: «Después de la terminación del Tratado del Canal (31 de diciembre de 1999), sólo la República de Panamá manejará el Canal y mantendrá fuerzas militares, sitios de defensa e instalaciones militares dentro su territorio nacional»?
Octavo: ¿Constituye o no «Panamax 2004» una violación al Protocolo al Tratado de Neutralidad, suscrito por los mismos países que actualmente participan en dichos ejercicios, en el cual acordaron respetar el régimen de neutralidad permanente del Canal y asegurar que las naves de su registro cumplieran estrictamente las reglas aplicables?
Noveno: ¿Qué relación guarda el acuerdo que autorizó «Panamax 2004» con el Artículo 4 de la Constitución Política que dispone lo siguiente: «La República de Panamá acata las normas del Derecho Internacional»?
Si reiteramos las citadas preguntas no es porque carezcamos de respuestas o de cierta claridad en torno a tan sensible tema. El hecho mismo de publicar el presente artículo demuestra nuestra disposición de examinar o debatir, en medios de comunicación o en las universidades, los distintos puntos de vista porque comprendemos que la soberanía no puede ser monopolio de unos cuantos sino deber ineludible de todos.
Quienes defienden el sistema democrático y el estado de derecho no pueden soslayar su responsabilidad de pronunciarse. De lo contrario, nada podrá impedir que otros sectores — para quienes todavía el principio de autodeterminación no ha muerto — intentemos aclarar, en el foro o en las calles, esta cuestión que constituye no solamente una fractura de la constitucionalidad panameña (como en otros acuerdos suscritos por la administración Moscoso) sino una profunda ofensa a la dignidad de nuestro pueblo y a lo más íntimo de la nacionalidad.
Por las implicaciones internacionales de «Panamax 2005», rogamos tomar nota a las embajadas de los siguientes países: Argentina, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Honduras, México, Estados Unidos, República Dominicana, Perú.