El martes 21 de marzo los principales dirigentes del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) fueron condenados a penas que oscilan entre 20 y 32 años, exigiéndoles a cada uno de ellos un millón de soles por concepto de reparación civil. Tras quince meses de audiencias orales, la Sala Penal Nacional para casos de terrorismo sentenció […]
El martes 21 de marzo los principales dirigentes del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) fueron condenados a penas que oscilan entre 20 y 32 años, exigiéndoles a cada uno de ellos un millón de soles por concepto de reparación civil.
Tras quince meses de audiencias orales, la Sala Penal Nacional para casos de terrorismo sentenció hoy a Víctor Polay Campos, secretario general del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), y a otros altos mandos de esta organización. La penúltima audiencia del Caso MRTA, fue el pasado viernes 17, prolongándose hasta la madrugada del día siguiente, para que los procesados hicieran sus alegatos finales.
Cabe indicar que esta es la primera sentencia que los máximos dirigentes del MRTA reciben en el fuero ordinario, luego de que el Tribunal Constitucional anulara las condenas de cadena perpetua que se dictaron por el fuero castrense durante el régimen totalitario fujimorista. Teniendo en cuenta el número de procesados, los delitos investigados y la complejidad del caso la lectura de la sentencia empezaría hoy a las 3:30 p.m. en la Base Naval del Callao y se esperaba que se prolongase hasta las 8:00 p.m. Sin embargo, la audiencia pública empezó con retraso a las 5 p.m. bajo estrictas medidas de seguridad, prolongándose hasta las 9.45 de la noche.
El Ministerio Público había pedido condenas a cadena perpetua para Polay, Peter Cárdenas Schultz, Miguel Rincón Rincón, Alberto Gálvez Olaechea y Lucero Cumpa -principales mandos del MRTA. En síntesis pedía repetir las sentencias emanadas de tribunales militares compuestos por jueces sin rostro, los que operaron ilegalmente bajo la dictadura fujimorista. Fuentes confidenciales revelaron a la prensa, días antes, que el tribunal actual no se inclinaría por esta opción, sancionando a los acusados con penas que oscilarían entre 20 y 30 años debido a que ellos mostraron voluntad de renunciar a las armas para incursionar en la vida política legal.
El tribunal de la Sala Penal Nacional, integrada por los vocales Pablo Talavera Elguera, David Loli Bonilla y Jimena Cayo, conocidos por su «experiencia antiterrorista», condenó a Víctor Polay Campos y a Miguel Rincón Rincón, a 32 años respectivamente. Con años compurgados Polay saldría en libertad el 2023 y Rincón el 2027; Lucero Cumpa, el 2018; Alberto Gálvez Olaechea, el 2014 y Américo Gilvonio el 2013.
Entre los primeros saldos favorables, podemos contar con que fueron absueltos Walter Palacios Vinces, Sonia Cuentas, Teodora Valentina Rodríguez Motta y Rosa Victoria Salas. Para dictar las dos primeras absoluciones primó el concepto de que no pertenecían necesariamente al MRTA quienes militaban en el movimiento Patria Libre, tal como es el caso de Walter Palacios y Sonia Cuentas. En otras palabras, la acusación de pertenecer a un «organismo de fachada» de la guerrilla tupacamarista, se vino abajo. Es un argumento que no podrá ser utilizado nuevamente por los tribunales.
El mínimo saldo a favor de los sentenciados Polay, Rincón y Cárdenas Schultz consiste en que no purgarán más sus condenas en la Base Naval del Callao (tumba para seres vivos), sino en un centro penitenciario de máxima seguridad. Durante años de cárcel en la Base Naval los presos políticos fueron privados de derechos elementales, como visitas conyugales, libre información y libre expresión, visitas de amigos, lecturas, uso del patio, etc. Bajo el gobierno de Fujimori se les privó de luz solar y artificial 23 horas al día, se limitó sus visitas a parientes consanguíneos media hora al mes y se les prohibió declarar a la prensa. En un penal -así sea de «máxima seguridad»- les serían restituidos los derechos penitenciarios que incluso un gobierno supuestamente democrático, como el de Alejandro Toledo, les siguió negando.
Los magistrados demandaron ingenuamente que otros 13 procesados, que se encuentran en calidad de prófugos y/o exiliados, se entreguen y comparezcan ante este tribunal. Pusieron especial énfasis en los nombres de Elio Portocarrero, Hugo Avellaneda y Rodolfo Klein Samanez, quienes se encuentran fuera del Perú desde 1992. La pregunta que nos hacemos es la siguiente: ¿quién se va a exponer a un tribunal que sentencia presionado por la prensa y el poder ejecutivo?…¿quién que se haya acogido al exilio va a retornar para recibir condenas que oscilan entre 30 y 32 años?
Los principales acusados emerretistas Víctor Polay Campos, Miguel Rincón, Peter Cárdenas Schultz, Lucero Cumpa y Américo Gilvonio respondieron con hidalguía que interpondrán en las próximas semanas recurso de nulidad. Cada uno de ellos, en su respectivo discurso final, mostró disconformidad con la naturaleza del proceso y las sentencias, resaltando una vez más la diferencia entre Delito de Rebelión -que sí reconocen- y el supuesto Delito de Terrorismo por el cual se les ha sentenciado.
El final del megaproceso contra el MRTA se da en el contexto de la última fase de la campaña electoral en el Perú. Los principales contendores polemizan sobre si es posible amnistiar a los presos políticos tupacamaristas o si es condenable cualquier concesión a la subversión. Bajo esa lluvia de presiones, un tribunal pusilánime sentencia como «terroristas» a quienes fueron guerrilleros.