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Movimiento indígena y el proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas

Fuentes: Rebelión

En los primeros días del mes de octubre, Guatemala será sede de varios encuentros, entre ellos, el Congreso de la Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo -CLOC-, el encuentro del movimiento de los Gritos de los Excluidos, la reunión del Grupo de Trabajo del Proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los pueblos indígenas […]

En los primeros días del mes de octubre, Guatemala será sede de varios encuentros, entre ellos, el Congreso de la Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo -CLOC-, el encuentro del movimiento de los Gritos de los Excluidos, la reunión del Grupo de Trabajo del Proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los pueblos indígenas de la OEA.

De esta manera Guatemala, será escenario de demandas indígenas y campesinas de la región latinoamericana y que el aprovechamiento de este espacio por los campesinos e indígenas de Guatemala, podría permitir una mayor cohesión alrededor de un proyecto nacional, que tanta falta nos hace.

Cada uno de los espacios tiene su propia dinámica, el congreso de la CLOC, además de evaluar sus alcances en su lucha en contra del neoliberalismo, planteará nuevas formas de lucha y demandas, el Grito de los Excluidos, lo hará de igual manera, tomando en cuenta a la mayor parte de los excluidos de los beneficios de los Estados Nacionales, en cuando el encuentro promovido por el Grupo de Trabajo del Proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas presidido por el maya Juan León Alvarado, tiene su propio tinte político y está enmarcado en la demanda que hacen las organizaciones indígenas de las Américas a los Estados, para que ya no haya más dilataciones en la aprobación de la Declaración.

Sobre este último queremos reflexionar en estas paginas, a fin de colaborar desde este espacio de comunicación, con la discusión que existe alrededor de este proyecto y que lleva ya algunos años de estar en discusión.

Breve Historia

Aproximadamente en 1989, Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos -OEA-, solicitó a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, la elaboración de un instrumento jurídico destinado a la protección de los derechos de las poblaciones indígenas del continente (Roldan Ortega; 2004:175). La Comisión encarga al Instituto Interamericano de los Derechos Humanos -IIDH-, elaborar la primera propuesta y que luego sería consultada a los pueblos indígenas. Este proyecto ya elaborado, fue aprobado en definitiva por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos en 1997.

Este proceso tiene su origen con la demanda de los pueblos indígenas para que sean reconocidos sus derechos específicos, puesto que la norma internacional en materia de derechos humanos, es de característica individualista y que a pesar de existir el Convenio 169 de la OIT, tiene sus limitaciones en relación a las autonomías y a la autodeterminación de los pueblos indígenas, tomando en cuenta que el concepto de pueblo que reconoce es muy funcionalista (Convenio 169:articulo1.3).

La lucha librada por las organizaciones de los pueblos indígenas, desde 1971, cuando se reconoce en el seno de la Comisión y de la OEA que los pueblos indígenas tienen derecho a ser respetado por su especificidad, tomando en cuenta los graves hechos de discriminación en su contra y luego por el desarrollo del genocidio, abre este espacio de discusión, pero a pesar de eso el borrador del proyecto de declaración no reconocía a los pueblos sino a las poblaciones, por lo que se tuvo que discutir ampliamente.

El nombramiento de un relator especial para los pueblos indígenas en 1990, permitió un gran avance en la discusión del borrador, las demandas interpuestas por organizaciones indígenas, para que la Comisión y posteriormente la Corte se pronuncie sobre hechos violatorios en contra de sus derechos como indígenas, como el derecho a la biodiversidad, la discriminación, el genocidio y otros hechos graves, han abierto este espacio para seguir en la discusión de este proyecto.

A pesar de todo el esfuerzo de la organizaciones, en un primer momento, este proyecto fue discutido en su mayor parte por un grupo de trabajo dirigido por no indígenas, de tal manera que las organizaciones indígenas comenzaron a pronunciarse, porque sus propuestas no eran tomadas en cuenta (Declaración W’oo’ Kame, Guatemala 2001). Fue, hasta estos últimos años que el grupo está dirigido por indígenas y aunque participan representantes de Estado, de organizaciones indígenas y observadores de agencias de cooperación, los representantes indígenas son quienes intentan empujar la declaración bajo los principios indígenas.

Que es una declaración

Como lo dijera el representante del Estado guatemalteco, el maya k’iche, Juan León Alvarado, en una entrevista que le hicieran la Agencia de Noticias ALAI, cuando se realizó la reunión de la OEA en el 2004 en Quito, Ecuador, en donde afirma que, «una declaración solo es un marco de principios, es decir es un documento que contiene buenos principios para los Estados en relación a la sociedad y los ciudadanos»1.

De tal manera que una declaración solo puede marcar el camino largo que todavía hay que recorrer, para que los Estados asuman como obligación el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, como pueblos, como naciones o como comunidades.

Entonces, las constantes reuniones de representantes indígenas, de representantes de Estado, de agentes de cooperación y otros, en relación a la discusión del Proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los pueblos indígenas, desde hace más de veinte años, no tendría que haber sido un distractor más, ni tampoco un espacio en donde se constituyan «caudillismos2 indígenas», tampoco tendría que haberse abandonado la construcción de un proyecto político indígena en base a un nuevo mandato.

Movimiento indígena e instrumentos internacionales en materia de derechos indígenas

Los instrumentos internacionales que pueden tomarse como referencia para tratar específicamente los derechos de los pueblos indígenas, fueron apareciendo de acuerdo a dos proyectos políticos bien definidos: el indigenismo y el multiculturalismo neoliberal.

Tanto el indigenismo como el multiculturalismo, son definidos desde la antropología culturalista y la funcionalista, tomando como principio a la antropología como una ciencia de la colonización. Una ciencia, que a pesar de algunos esfuerzos por descolonizarla, en su mayor parte, sus hallazgos siempre han sido utilizados por los grupos de poder, quienes manejan el poder económico, político, social y religioso de nuestros países. Al mismo tiempo, que ha dado elementos importantes, sea estos conscientes o inconcientes, para que los imperios, como Estados Unidos, promuevan sus políticas de ocupación hacia los Estados llamados mal llamados subdesarrollados.

De esta manera el indigenismo promovió su política de asimilación, integración de los indígenas al Estado Nacional que se estaba construyendo en esa época. En tanto que el multiculturalismo liberal, promoverá el neoasimilismo, la cooptación de proyectos y líderes indígenas, para participar en el Estado, bajo la idea de que «solo estando allí se puede hacer algo por los pueblos indígenas».

Bajo el proyecto indigenista, se aprueba en el Naciones Unidas la Convención internacional contra todas las formas de discriminación racial -CERD-, en la OIT, el Convenio 107 sobre poblaciones indígenas y tribales de 1957. Aunque los dos promueven la no discriminación y el reconocimiento de la existencia de otras culturales en los Estados que son miembros del Sistema, estos siguen son claramente integracionistas3.

Cuando se inicia la discusión sobre la política de reconocimiento y de inclusión, afirmado en encuentros y eventos internacionales, como el Congreso de Barbados I, en donde un sinnúmero de antropólogos y misioneros extranjeros, hablan nuevamente en nombre de los pueblos indígenas (Hale; 2004), así como el proceso de construcción de la filosofía de la liberación en los países tercermundistas que también fue desarrollada por intelectuales orgánicos no indígenas (Estermann;2003), se desarrolla una corriente en el movimiento indígenas, al que algunos le llamaran el «indianismo», con características comunes y diferentes en cada uno de los países.

El indianismo se hará acompañar de algunos movimientos de resistencia indígena en América Latina, que también tendrá matices diferentes y comunes en cada uno de los países, pero que tendrá un solo objetivo, demandar a los Estados el diseño políticas de reconocimiento e inclusión de los pueblos indígenas. Estas luchas, van a confluir en lo que ya comenzaba a llamarse el «multiculturalismo» y que es asumido por el proyecto político neoliberal.

Si bien es cierto que bajo este proyecto, se aprueba el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, se comienzan a discutir el Proyecto de Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, se proclama el primer (1994-2004) y segundo (2005-2015) de los pueblos indígenas, se crea el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, anteriormente a esto, en Naciones Unidas se crea el Grupo de trabajo sobre Pueblos Indígenas, y otros espacios, que no citaremos en este articulo, estos, que aunque pueden considerarse un avance, estos tienen hasta el momento un enfoque muy culturalista de los derechos de los pueblos indígenas.

Mientras tanto, el proyecto político que desde hace un tiempo hemos estado denominando «multiculturalismo neoliberal, sigue cooptando y creando paliativos para resolver la situación indígena en cada uno de los países, el proyecto multicultural de liberación que promueven los pueblos indígenas, está muy enfocado no solo al reconocimiento sino a la distribución de los recursos y promoviendo la reestructuración de los actuales Estados Nacionales, que siguen promoviendo la discriminación, la exclusión y la asimilación de los indígenas, en beneficio de un proyecto de nación monoétnico.

El movimiento indígena de cada uno de los países que conforman el continente latinoamericano, ha estado haciendo su aporte para el cambio que exigen las comunidades indígenas, pero, los avances han sido pocos, por un lado por la falta de voluntad política de los gobiernos y por el otro, por la falta de liderazgo que actualmente tienen los dirigentes indígenas, al caer en las trampas de la cooperación internacional, sobre todo de lo que viene del Banco Mundial, del Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, que aunque sea con enfoque indígena, tiene un solo objetivo, distraer la atención del movimiento indígena, discutiendo en largas jornadas y evaluando el proceso, mientras el proyecto de usurpación de los recursos, como el gas en Bolivia, el petróleo en la Amazonía Ecuatoriana, las minas en Guatemala, las fumigaciones en Colombia y la militarización latinoamericana por parte los Estados Unidos, con el camuflaje de luchar en contra del narcotráfico y el terrorismo, sigue a marcha forzada.

Al iniciarse la discusión internacional de los derechos indígenas, el movimiento indígena que venía fortaleciendo en los años de 1970 en casi todos los países latinoamericanos, deja de discutir los proyectos nacionales y se entrega de lleno a participar en lo que llamaríamos la «internacionalización de los derechos indígenas». Esto, ha tenido grandes desventajas, pero citaremos uno solo, y que ha criterio de algunos lideres antiguos del movimiento indígena de algunos países, es grave y es la «oenegenización del movimiento», es decir, que actualmente el llamado movimiento indígena, que aunque utilice en sus pronunciamientos que representa a los «pueblos», este solo representa a las organizaciones u ONG que las conforman. Claro, con matices diferentes en cada uno de los países, pero si hiciéramos un trabajo comparativo, encontraríamos elementos comunes.

De hecho que el movimiento indígena, esté constituido por ONGs indígenas, no es malo, lo preocupante es esa separación que hay entre lo urbano y lo rural, que en palabras de algunas organizaciones, es muy poca la relación que hay entre la dirigencia y sus bases, prueba de esto, son las participaciones en eventos internacionales, en donde solo se ve desfilar a los mismos lideres.

¿Cuál podría ser el beneficio al exigir un proyecto de declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas?

Son muchos los beneficios, entre ellos, lograr que los Estados Nacionales, acepten que los pueblos indígenas tienen derecho a su autodeterminación y autonomía y el derecho a su territorio que le permita constituirse como un «pueblo» o una «nación». Estos derechos permitirán a los pueblos indígenas, a negociar ellos mismos la explotación de sus recursos y crear así un proceso de desarrollo social, económico y político. Promover el sistema de educación de acuerdo a sus necesidades.

Una declaración, que aunque sea de buenos principios y que pueda confluir en una Convención que se convierte en obligatoria para los Estados, puede también abrir el espacio para que los pueblos indígenas, promuevan el desarrollo social, tomando como referencia la diversidad como un proyecto político de cambio en los Estado actuales.

Pero, esto será imposible, si el movimiento indígena no hace una reflexión a su interior, promoviendo una formación de cuadros, tanto intelectuales como políticos, así como los técnicos que hace mucha falta. Al mismo tiempo, se debe pensar en una transformación o reestructuración del «mandato» del mismo movimiento en cada uno de los países, a fin de buscar el medio para complementar las luchas nacionales con la lucha internacional.

Por eso, la discusión de una declaración o cualquier instrumento internacional en materia de derechos indígenas, no debe pensarse en términos de construir un movimiento indígena internacional, porque esto es imposible, ni desde la político ni desde la teoría académica, porque el fin de la existencia de un movimiento indígena, que si bien es cierto, que debe estar en sintonía con las demandas de los otros movimientos en América Latina o en el mundo, este solo tiene su razón de ser si las demandas nacionales son objetivas y reales, a fin de no permitir la cooptación o la neoasimilación de cuadros y proyectos, como lo pretende el actual proyecto multicultural neoliberal.

De esta manera, la reunión de octubre del 2005 en Guatemala, en relación al grupo de trabajo de la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas, si los participantes salen con el objetivo de retomar las demandas nacionales de reconocimiento y redistribución, fortalecida por el proyecto multicultural que nace desde el corazón y el pensamiento de los pueblos indígenas, se ha logrado lo que muchos han querido, volver al origen del movimiento indígena.

En resumen, un encuentro sobre los avances en la discusión del proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas, no debe empantanarse en buscar culpables, porque tanto movimiento indígena y Estados, como la comunidad internacional son responsables sobre los avances y retrocesos. Este encuentro de confluir en la reestructuración del movimiento indígena con el objetivo de retomar los contactos con las comunidades que al fin y al cabo son quienes sufren los embates del neoliberalismo.

1 Está en cursivas, porque es una edición del artículo completo y que se puede encontrar en la página de ALAI. www.alainet.org

2 A quienes en el articulo sobre la transnacionalización del tema indígena, publicado en www.i-dem.org, les llamo «los Jet Set indígenas».

3 Los instrumentos que ponemos, son apenas ejemplos, hay que hacer un verdadero ejercicio para revisar nuevamente la normativa internacional en materia de pueblos indígenas.

Maya Poqomchi, filósofo, teólogo y antropólogo, estudios de Maestría en Ciencias Sociales en la FLACSO-Ecuador, consultor y asesor en temas indígenas para CICR, OACDH (Guatemala y Ecuador) y otros organismos internacionales. Escritor, ensayista y conferencista en temas indígenas, en varios países de América Latina y medios de comunicación. Miembro del Equipo de Coordinación de la Red Latinoamericana de Antropología Jurídica -RELAJU-, Miembro de la Asociación Guatemalteca de Antropología Jurídica -ASOGAP-. Email: [email protected], [email protected].