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Finalmente se dio: del trineo de Santa Claus se cayó el Tratado con Estados Unidos

Pan dulce, pan podrido ¿y TLC?

Fuentes:

Finalmente se dio: del trineo de Santa Claus se cayó el Tratado con Estados Unidos. El Senado le dio media sanción el pasado miércoles y, aunque mascando rabia por tener que trabajar en la nefasta semana inter-fiestas, los diputados harán lo propio mañana martes 27. La ley estará aprobada, pero la polémica no parece estar […]

Finalmente se dio: del trineo de Santa Claus se cayó el Tratado con Estados Unidos. El Senado le dio media sanción el pasado miércoles y, aunque mascando rabia por tener que trabajar en la nefasta semana inter-fiestas, los diputados harán lo propio mañana martes 27. La ley estará aprobada, pero la polémica no parece estar tan resuelta. En efecto, las acciones que viene realizando el abogado Ramiro Chimuris en la órbita judicial (ver Siete sobre Siete N° 120) para abortar el Tratado dado su carácter lesivo de la Constitución Nacional seguirán adelante. Pero también los nubarrones políticos parecen querer aguar el aparente cierre de un tema que, por su trascendencia, llegó a eclipsar entre otros a los hallazgos de restos humanos que se registraron en la última quincena en predios militares, supuestamente pertenecientes a detenidos desaparecidos. Y esto en función de que el Frente Amplio, aún agotado el trámite parlamentario del Tratado, tiene fijado para el 11 de febrero un Plenario Nacional para abordar el punto. Aunque con las cartas a la vista, vino a cumplirse la exigencia del ex diputado Guillermo Chifflet ( Siete sobre Siete N° 118) de ampliar el nivel de discusión sobre una decisión que se inscribe entre las más trascendentes en materia internacional y de economía doméstica, del gobierno. El nivel de rispidez alcanzado durante el debate parlamentario, donde la disidencia vino esta vez por el lado del Partido Comunista, cuyo senador Eduardo Lorier votó en solitario contra el proyecto de ley, amenaza a continuarse en la máxima instancia de definición frenteamplista entre congresos.

Lo ocurrido el miércoles en el Senado es ya harto conocido: una desafiante intervención del líder de la oposición blanca Jorge Larrañaga hizo saltar de sus asientos a quienes presenciaban la sesión desde la barra; Lorier ratificándose en su postura y votando en contra; y los demás senadores del FA haciendo pagar un altísimo costo interno a los comunistas por su divergencia. Al punto que al emepepista Eleuterio Fernández Huidobro le alcanzó para hablar de una «agresión organizada» contra «el Frente Amplio» y el propio «Presidente» de parte de «prácticamente toda la dirección del Partido Comunista». Este dossier contiene algunas de las intervenciones escuchadas esa tarde-noche como forma de documentar un debate que dará para más.

Pero disipada la humareda provocada por tamaño tiroteo político surge a la vista un nuevo clavo contra el que varios seguro patearán. En efecto, la continuidad natural del Tratado de Promoción y Protección de Inversiones recíprocas (TPPI) es un Tratado de Libre Comercio (TLC) como el que actualmente tienen concertado los EEUU con México, Chile y apuesta a consolidar con los países andinos Perú, Colombia y Ecuador -así como con gran porción de la América Central- y que genera hartas resistencias en esos países. Esa posibilidad fue alentada el miércoles tanto por senadores blancos como colorados, pero antes había sido manejada por el propio Presidente de la República en una entrevista con el semanario Búsqueda (edición del 22 de setiembre) efectuada en Cartagena de Indias, Colombia. El consenso político parece, pues, ya logrado. Lo que es seguro es que no faltará la polémica ni las fisuras internas en la fuerza de gobierno.

De escaleras y principios

Aunque acosado por acusaciones varias de faltar a la disciplina partidaria y de «sacarle la escalera» al Presidente en este punto, el representante comunista en el Senado Eduardo Lorier mantuvo su negativa al Tratado con los EEUU y fue el único voto contrario al mismo entre todas las bancadas. Al argumentar su posición, destacó que su fuerza política no había participado en el debate acerca de las modificaciones impulsadas por el gobierno y que a su juicio no modificaban la esencia del acuerdo, señalando que el Frente Amplio se había fijado una instancia de decisión a través de su Plenario Nacional (convocado para el 11 de febrero) al cual debía remitirse la resolución final.

Sr. Presidente: queremos comenzar esta intervención resaltando nuestro apoyo al Presidente de la República. No olvidamos ni por un instante que ha tenido que manejarse obligadamente, por así decirlo, con una materia prima cuyas bases vienen dadas y determinadas y negociadas por la anterior administración, bases que se decían inmodificables porque «un país como EEUU jamás haría caso de un pequeñísimo país como Uruguay para modificar el Tratado». Si se quiere se puede y eso lo demostró el Presidente. Se plantó en la cancha con fuerza y fue a discutir hasta con funcionarios de cuarta de Estados Unidos. Por lo tanto, más allá de los resultados en sí -y recordando la voluntad original del Presidente de no intervenir en el tema, dejándolo librado a las actuaciones de los parlamentarios- se puso el overol y encaró el problema. Esa voluntad es la que no dejamos, ni dejaremos, de valorar y destacar.

Sin embargo, para nosotros las tres modificaciones logradas no logran alterar lo que consideramos es la esencia negativa de este Tratado . Al respecto, y antes de continuar, queremos aclarar que en ningún momento le sacamos la escalera a nuestro Presidente. Y ello porque nunca se la pusimos ni sabíamos de su existencia. Nadie nos consultó sobre qué modificaciones podían plantearse, no fuimos los que hablamos con el Presidente de este tema y de los resultados nos enteramos, formalmente, como Partido Comunista, el día en que el canciller Gargano concurrió a la Mesa Política a informar. Y menos nos habíamos enterado de su firma en Mar del Plata, donde nuestro canciller -a quien respetamos en su trayectoria- manifestó «que no había nada que festejar». Entonces, mal podíamos sacar algo de lo que -repetimos- no conocíamos ni su existencia.

Faltó discusión orgánica

Otro aspecto que necesitamos señalar es nuestro convencimiento de que el tema todavía no se ha discutido formalmente en la fuerza política. No se deben confundir las innumerables discusiones o informaciones mediáticas o de otra índole, con la necesaria y orgánica discusión de este tema estratégico en el seno de la fuerza política. En lo concreto, consideramos que está vigente el Plenario convocado el lunes pasado (19) para analizar el tema y que a él debemos remitirnos. De paso, agregamos que el mismo -si nos hubiéramos puesto las pilas- podría haberse reunido rápidamente, la semana próxima, cosa que propusimos en la instancia correspondiente.

La decisión que ha adoptado nuestro PCU por unanimidad, y que nosotros llevaremos a la práctica como corresponde, nos duele y mucho a todos los comunistas. Nos duele en el corazón. Por nuestro Presidente, por nuestros estimados compañeros de bancada con los cuales hemos dado tantas intensas luchas en este año, el primero de nuestro gobierno que tiene que ser histórico para las fuerzas populares, nos duele por nuestro proyecto alternativo. Aquí conviene decir -y aclarar, por las dudas- que la unidad de las fuerzas populares es la gran cuestión de principios para nosotros, la herramienta que nos ha permitido llegar hasta aquí, acumulando y acumulando fuerzas, y que será la herramienta que nos permitirá llevar a buen puerto nuestro gobierno y el proyecto alternativo de país. No ha sido con más fuerza que nadie, pero tampoco con menos, que los comunistas hemos bregado incansablemente por ella, tanto desde la teoría como desde la práctica. Hemos sido, y seremos, sus impulsores y sus protagonistas, junto con los demás compañeros de la izquierda. Entonces, para nosotros, ella no está hoy en juego, más allá de que tengamos que argumentar y votar en contra de este Tratado.

Al respecto, también corresponde señalar que somos partidarios del mandato imperativo, pero de un mandato imperativo atento a la orgánica, en permanente consulta con las bases.

La estrategia del ALCA, por vía oblicua

Con relación al Tratado en sí, decimos que nos oponemos a él por dos órdenes de razones. Por un lado, por aspectos de su contenido y, por otro lado, por cuestiones vinculadas a lo que definimos como parte de la estrategia imperial para llegar al ALCA por una vía lateral; vía oblicua efectivamente ensayada (a nuestro criterio) por los Estados Unidos, habida cuenta de sus sucesivos fracasos para enlazar directamente a los 33 países restantes (fracasos de los cuales, el último ocurrió hace pocos días en la Cumbre de Jefes de Estado de Mar del Plata).

Respecto al ALCA, parece de interés, entonces, como dice Helio Jaguaribe: « Un régimen de libre comercio entre la más competitiva economía del mundo y las subcompetitivas economías de América Latina tendría por inevitable efecto la reducción del sistema productivo latinoamericano al nivel de productos primarios o de «commodities», de bajo valor agregado, como el acero. Mientras tanto, los productos de alto valor agregado, producidos en Estados Unidos, tendrían libre acceso a los mercados latinoamericanos, eliminando su subcompetitiva concurrencia. Esos efectos adquirirán características todavía más catastróficas si, como casi inevitablemente ocurrirá, el Congreso americano se negara a suprimir las barreras no tarifarías que protegen, bajo varias modalidades, los sectores en que Estados Unidos son menos competitivos que los latinoamericanos, desde el acero y el azúcar, a jugos de frutas, artefactos de cuero, textiles y otros» . (1)

En este mismo plano, nos preocupa también cualquier posible implicancia -por más lejana o mínima que ella se pueda considerar- con el criminal bloqueo contra Cuba a través de la ley Helms-Burton. En ese sentido, reconocemos el avance en lo formal logrado por nuestro Presidente respecto al artículo 17, al eliminarse la referencia exclusiva a Estados Unidos, reconociendo el mismo derecho para Uruguay como parte, en cuanto a denegar las inversiones de propiedad o controladas por un país que no mantiene relaciones diplomáticas o tiene prohibidas las transacciones con la parte que ejercita el derecho la aplicación del Tratado. Siguiendo a uno de los informes de juristas presentados a la Mesa Política sobre el tema, coincidimos en que «la sustitución de los vocablos EEUU por la expresión ‘una parte’ elimina lo que era un privilegio para EEUU, pero deja en pie lo más grave, que a nuestro juicio importa porque, por esta vía, EEUU puede intervenir e interdictar a países que están en situación de conflicto con ese país pero que, en cambio, negocian y tienen buenas relaciones con Uruguay, lo que implica una tutela indebida sobre la política internacional seguida por nuestro país». En concordancia con el informe mencionado, repetimos textualmente que «para nada nos compensa la bilateralidad concedida, dada la asimetría de ambos países y la diferencia que tenemos en el reracionamiento con terceros Estados. En nuestro caso no figuran enemigos, mientras que EEUU mantiene situaciones de bloqueo a Cuba, pueden abrirse en el futuro riesgos similares con Venezuela, Irán o cualquier otro amigo de Uruguay.»

En relación a la naturaleza del Tratado en sí, necesitamos decir que los tratados bilaterales comprenden tratados de inversiones, de libre comercio, de derechos de propiedad intelectual, de cooperación y de ciencia y tecnología. Esto es bueno aclararlo, así como que este Tratado que estamos analizando se inscribe en los llamados acuerdos que tratan del mejoramiento del tratamiento de las inversiones, pero que no enfocan directamente negociaciones arancelarias o comerciales. Por lo tanto, aquí no está en juego la venta de nuestras carnes como se ha querido sugerir.

Nosotros no somos contrarios a los tratados en sí mismos (ni con EE.UU. ni con ningún otro país), pero cada uno de ellos debe analizarse en su oportunidad y contenido, así como en el contexto y momento internacional que le da marco. Por otra parte, nuestro país ya tiene en materia de promoción y protección de inversiones una ley muy generosa que ampara a las mismas, por lo que tampoco es de recibo esa necesidad imperiosa de aprobar este tratado para proteger las de EEUU.

En suma, no se niega la necesidad de recibir inversiones extranjeras. Al contrario, ellas son necesarias, y es evidente que Uruguay debe acogerlas, pero no a cualquier precio. Nos parece necesario poner mínimas condiciones, tal como señala una comunicación del PIT-CNT; FEUU, Fucvam y REDES. O sea, que se añada valor a los recursos naturales del país, que haya creación de empleos decentes para uruguayos, que se cuide nuestro ambiente, que los inversores aporten tecnología y que no se lleven todo lo que ganan. Por eso nos parece negativo el artículo 8 que elimina todo requisito de desempeño para los inversionistas de origen estadounidense. Por la filosofía y la letra de este tratado perdemos la posibilidad de establecer políticas que impulsen modificaciones en el comportamiento de las empresas transnacionales (ET), o que favorezcan una mejora en sus potenciales aportes al desarrollo y reduzcan sus costos. Lall (2002) sobre la base de analizar los casos exitosos del sudeste asiático, llama a este tipo de políticas FDI-Targeting, lo que podría traducirse como promoción de la IED contra metas y seguimiento. Este tipo de políticas implica un tratamiento diferenciado al capital extranjero.

Si nos mantenemos todavía en análisis de aspectos generales, creemos acertada la opinión de Hugo Ruiz Díaz, Dr. en Derecho Internacional y Consejero jurídico del Comité por la Anulación de la Deuda del Tercer Mundo (CADTM) cuando dice: «El riesgo con este tipo de tratados es enorme: cuando las exigencias de los países desarrollados se materializan en reglas de aplicación obligatoria como en el caso presente, la capacidad de los procesos políticos democráticos para modificarlas o enmendarlas se ve drásticamente limitada.

De ahí la importancia que durante el proceso de negociación y antes de cada ratificación haya un debate abierto y transparente y un control de las instancias políticas competentes y de la ciudadanía. De la misma manera, se deberían incluir cláusulas por las cuales las decisiones del CIADI sean recurribles ante la instancia tribunalicia nacional competente. También se debe limitar el campo de las inversiones, sin que necesariamente se extiendan a todos los recursos naturales. Lo que está en juego es nada menos que todo el proceso democrático (…) así como su propio desarrollo económico-social» .

(…) Nosotros respondemos que, a nuestro juicio, -en este Tratado- a medida que disminuye el riesgo para el inversor aumenta el riesgo para el país. En otras palabras, se establece la máxima libertad a los inversores, prácticamente sin ninguna contrapartida.

(…) También el programa del FA establece lineamientos para promover las inversiones extranjeras, por ejemplo, para promover las exportaciones tecnológicamente intensivas. Por este tratado, quedamos impedidos de establecerlos al disponerse la prohibición de siete tipos específicos de Requisitos de Desempeño. Los requisitos de desempeño consisten en exigir al inversor, para autorizar la inversión, determinadas conductas destinadas a proteger la economía nacional: utilizar, en lo posible, materia prima nacional, exportar parte de la producción para incrementar el ingreso de divisas, etc.». (…) Nos resistimos a seguir por este camino en que nuestro papel en el mercado mundial y en la división internacional del trabajo es -al igual que en la época colonial- el de proveedor de materias o commodities de bajo valor agregado. Hace agua, así, la «estrategia de especialización productiva a altos niveles de calidad», que impulsa el ministro de Economía.

Pero el asunto es más grave aún, pues tampoco podremos establecer o formular soberanamente «políticas sectoriales que sirvan para alentar la producción nacional, por ejemplo, en relación a las compras del sector público (compras gubernamentales)» (2).

Las controversias futuras

En segundo lugar, subrayamos la cuestión de la «solución de las controversias«. Al respecto, dice Mariana Herz: «Estos tratados son suscritos por Estados pero los derechos que acuerdan se confieren a los particulares y, para asegurarse de que esto sea así, en los mismos se incluyen disposiciones relativas al mecanismo de solución de las controversias que puedan surgir con motivo de la inversión, entre el inversor nacional de un Estado Parte y el Estado receptor de la inversión distinto del Estado de nacionalidad del inversor. El incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones asumidas en un tratado bilateral de promoción y protección de inversiones extranjeras (TPPI) hace surgir la responsabilidad internacional del Estado receptor por los daños ocasionados. La novedad radica en que el procedimiento para hacer cesar tal conducta u obtener un resarcimiento se aparta del sistema clásico de Derecho Internacional.

En el sistema clásico, el particular no goza del ius standi (acceso directo al tribunal) y, por ende, es el Estado de su nacionalidad el que hace suyo el reclamo a través de la Protección Diplomática, pero por virtud de la doctrina Calvo esto solo puede suceder una vez que el particular afectado ha agotado los recursos administrativos y judiciales establecidos en la legislación nacional del Estado que se pretende demandar.

En el sistema de los TPPI esto se modifica ya que se admite el acceso directo de los particulares a la instancia arbitral internacional en las condiciones pactadas en el tratado. Se les reconoce así el ius standi«.

(…) Respecto a los tribunales mencionados, es de interés observar la paradoja de que si rigiera este tratado, el Uruguay no podría realizarle un juicio en el país a uno de los ex accionistas del Banco Comercial para intentar recuperar los fondos con que el Estado asistió a esa institución durante la crisis financiera de 2002. No podríamos cumplir con el deseo del ministro Astori, al decir que » queremos jugar de locatario» (sic), siguiendo los atinados consejos de los abogados que asesoraron al gobierno, quienes declararon que «litigar en el país es más ventajoso porque los costos son menores y la justicia local da más garantías «. (3)

(…) Varios son los problemas de Argentina con el CIADI. Recientemente se manejó la posible decisión del BM-CIADI de asumir la defensa de los tenedores de bonos que no entraron en el canje por 20.000 millones de dólares. Esto contrariaba expresamente la decisión argentina de no abrir un nuevo canje para negociar con esos bonistas.

Después, el 12 de mayo de 2005 el CIADI resolvió a favor de una demanda presentada por la transnacional estadounidense CMS Energy, a la cual debe indemnizar el gobierno argentino con 133 millones de dólares por no otorgarles «un trato justo y equitativo».

Por otra parte, el Gobierno hará públicos los casi 30 juicios que empresas privatizadas iniciaron contra el Estado en el CIADI -el tribunal arbitral del Banco Mundial- para reclamar más de 18 mil millones de dólares.

(…) En quinto lugar, el Tratado incluye una cláusula previendo la indemnización en caso de expropiación u «otras medidas de efecto equivalente» (Ver Anexo B, numeral 4). Esta última frase, ambigua, permite exigir la indemnización en caso de medidas adoptadas por el Estado receptor que «privan al inversor de los beneficios que podría razonablemente esperar», como dijo el tribunal arbitral en el caso ‘Metalclad c/México’, en el marco del TLCAN. En 1996 la empresa norteamericana Metalclad demandó al gobierno mexicano por violar el capítulo 11 del TLC, cuando el gobierno de San Luis Potosí impidió abrir a dicha empresa un depósito de desechos tóxicos. Bajo las normas del TLC, la denegación del permiso para abrir un vertedero fue considerada un acto de «expropiación» y el gobierno mexicano tuvo que pagar a Metalclad una indemnización de 16,7 millones de dólares.

En este sentido, y como un ejemplo, las tabacaleras de origen norteamericano (si las hubiera) podrían demandar al Estado ante el CIADI «por una expropiación indirecta» por no permitirse que figure en las cajillas » light«.

En sexto lugar, el tratado prevé la compensación por pérdidas que se produzcan por una variedad de causas, entre ellas la pérdida de ganancias futuras o esperadas, como se viene de señalar en 5.

En séptimo lugar, el tratado prevé las transferencias al exterior del capital, los beneficios, las remuneraciones, las regalías, los honorarios por consultorías, etc., de manera irrestricta, en divisas libremente convertibles.

En octavo lugar, se pueden penalizar las movilizaciones sociales. En el caso TECMED contra Méjico en el cuadro del TLCAN, el mismo CIADI se pronunció con un claro desprecio y sin ambigüedades, respecto del movimiento social que se oponía a la descarga de desechos peligrosos para la salud humana y el medio ambiente en general. El tribunal del Banco Mundial afirmó que la oposición social fue «amplia y agresiva » (sic) en sus manifestaciones públicas. (…) Como consecuencia de las movilizaciones sociales las autoridades se vieron obligadas a cancelar el permiso autorizado a la empresa norteamericana TECMED. Ante esto, el CIADI constató que las autoridades competentes «estaban en realidad fuertemente influidos por las presiones sociales y sus consecuencias políticas (sic)». (…)

Queremos terminar nuestra exposición expresando, como siempre, nuestra alta valoración de la unidad de nuestra fuerza política y de las fuerzas sociales -parte indisoluble del bloque político-social- como instrumento para construir un mundo nuevo, nuestro respeto por la orgánica -lo que significa remitirnos al Plenario convocado-, el reconocimiento al trabajo de nuestro Presidente y del Canciller y a los compañeros de bancada, pero también la necesidad de que en esta ocasión podamos expresarnos votando negativamente el Tratado.

NOTAS

1. América Latina y los procesos de integración. Dr. Helio Jaguaribe (Brasil), SELA.

2. Documento de análisis, Redes, mayo de 2005.

3. El País, 24/5/05.