La necesidad de recurrir a mecanismos punitivos para contener la protesta revela la incapacidad del régimen para procesar las demandas que emergen desde abajo.
La necesidad de recurrir a mecanismos punitivos para contener la protesta revela la incapacidad del régimen para procesar las demandas que emergen desde abajo.
El verdadero trasfondo del debate no es un supuesto estancamiento económico, sino el límite político a la capacidad de una industria para seguir expandiéndose sin contrapesos ecológicos ni territoriales, particularmente cuando comunidades de pescadores artesanales y pueblos originarios exigen participar en la definición de los usos del espacio costero.
El fin justifica lo que escribo (prólogo del libro Un amor fuera del tiempo. Mi vida con Luis Sepúlveda de Carmen Yáñez)
Estos actos de violencia no son espontáneos. Ya en los días previos, el mismo grupo —vinculado a organizaciones que negocian y reciben financiamiento directo de la empresa estatal noruega Statkraft— había intentado prohibir el entierro del peñi Jaime.
Creemos que llegó la hora de empezar a preparar un plan de organización y lucha. No basta únicamente con llamar a una huelga general, necesitamos organizar comandos locales en cada lugar de trabajo y estudio, en cada población o villa, en cada comuna, en cada región, en cada rincón de este país, para tener una paralización exitosa y obligar a los empresarios y la derecha a respetar nuestros derechos mínimos como seres humanos.
Señora ministra yanacona, ahora lo último que le faltaría decir es que Kast juega palin en vez de golf.
Comunidades mapuches denuncian que se trata de una persecución penal selectiva: “El Estado chileno no solo ejecuta una condena, sino que prepara el terreno para una nueva, ignorando la naturaleza de los hechos originales”, advierten 21 comunidades del territorio entre Lautaro y Padre Las Casas.
Sabemos que existe mucha rebeldía juvenil; lo que nosotros queremos es que se convierta en acto revolucionario, que la rebeldía transite a la revolución.
“Este objetivo de que la imputada prestara colaboración se traduce en la formalización no como un ejercicio comunicativo, y mucho menos como una garantía procesal, sino como un mecanismo funcional para que una persona imputada sea doblegada, sea compelida a la renuncia de uno de sus derechos más importantes de un procedimiento racional y justos, contemplados en diversos instrumentos legales y tratados internacionales ratificados por Chile y vigentes”