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Un proyecto de la ONU otorga privilegios excepcionales al Vaticano

De cómo se puede ir al cielo de la mano de Naciones Unidas

Fuentes: ATTAC Madrid

La Santa Sede, lejos de aumentar su poder espiritual sigue empeñada en seguir aumentando su poder terrenal. A través de la ONU se puede llegar al cielo. El pasado 9 de junio, el Presidente de la Asamblea General de la ONU presentó un proyecto que prevé aumentar los privilegios de la Santa Sede. La propuesta […]

La Santa Sede, lejos de aumentar su poder espiritual sigue empeñada en seguir aumentando su poder terrenal. A través de la ONU se puede llegar al cielo. El pasado 9 de junio, el Presidente de la Asamblea General de la ONU presentó un proyecto que prevé aumentar los privilegios de la Santa Sede. La propuesta se presentó bajo el eufemístico nombre de «Participación de la Santa Sede en la labor de las Naciones Unidas».

Después de recordar que el Estado teocrático con residencia en Roma es «Estado observador permanente» desde 1964, la Santa Sede ha firmado diversos Convenios entre ellos sobre los Derechos del Niño (recuérdese las innumerables denuncias contra sus clérigos no solamente en Estados Unidos), eliminación de todas las formas de discriminación racial (me recuerdo su actitud beligerante contra gays, lesbianas y transexuales…) y otros tantos convenios como ese tan «espiritual» como el de la Protección a la Propiedad Industrial.

Actualmente, la Santa Sede goza de la condición de miembro de organismos especializados como el del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, el Organismo Internacional de Energía Atómica, el de prohibición de Armas Químicas y el Comité Internacional de Medicina Militar entre otros.

Pero es que además, los diplomáticos y diplomáticas del Vaticano tienen asiento y participan activamente en organismos clave como la Organización Mundial del Comercio y miembro de pleno derecho de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa.

La propuesta del Presidente de la Asamblea General de la ONU especifica las siguientes prerrogativas:

1. El derecho de participar en el debate general de la Asamblea General;

2. Sin perjuicio de la prioridad de los Estados Miembros, la Santa Sede tendrá derecho a inscribirse en la lista de oradores para el examen de temas del programa, en cualquier sesión plenaria de la Asamblea General, después del último Estado Miembro inscrito en la lista;

3. El derecho de hacer intervenciones, para lo cual bastará que el Presidente de la Asamblea General formule una explicación o haga referencia a las resoluciones pertinentes de la Asamblea General una sola vez al comienzo de cada período de sesiones de la Asamblea;

4. El derecho de respuesta;

5. El derecho de que sus comunicaciones relacionadas con los períodos de sesiones y los trabajos de la Asamblea General sean publicadas y distribuidas como documentos oficiales de la Asamblea, directamente y sin pasar por otros conductos;

6. El derecho de que sus comunicaciones relacionadas con los períodos de sesiones y los trabajos de todas las conferencias internacionales convocadas bajo los auspicios de la Asamblea General sean publicadas y distribuidas como documentos oficiales de esas conferencias, directamente y sin pasar por otros conductos;

7. El derecho de plantear cuestiones de orden en cualesquiera actuaciones relacionadas con la Santa Sede, sin que el derecho de plantear dichas cuestiones incluya el derecho de impugnar la decisión del Presidente;

8. El derecho de copatrocinar proyectos de resolución y de decisión sobre cuestiones relativas a la Santa Sede; esos proyectos de resolución y de decisión sólo podrán someterse a votación a pedido de un Estado Miembro;

9. Cuando la Santa Sede participe en calidad de Estado no miembro observador, se le asignará un lugar inmediatamente después de los Estados Miembros y antes de los otros observadores, y se pondrán a su disposición seis asientos en el Salón de la Asamblea General;

10. La Santa Sede no tendrá derecho a votar ni a presentar candidatos en la Asamblea General.

Todo esto, y por la gracia divina, como Estado Observador Permanente y no como Estado miembro. Con estas nuevas prerrogativas, que pudiera conseguir el Vaticano, ¿Podría aprobarse una resolución de condena por violación a los derechos humanos en la Santa Sede? o ¿una condena por las constantes violaciones a la Convención de protección a los Derechos de los Niños por los innumerables casos de pederastia?

¿Hasta qué punto la Santa Sede sería también responsable de aprobar resoluciones que tengan que ver con la OMC y la privatización de servicios públicos?

Cuestiones que nos preguntamos y que de momento no obtenemos respuestas terrenales y menos aún, espirituales.

Pepe Mejía, miembro de Attac-Madrid