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El comienzo del fin de un conflicto.

Una acción edificada sobre una mentira

Fuentes: Rebelión

Mientras con los cortes de rutas violaban sistemáticamente las leyes argentinas y se desconocía el derecho internacional, con el consentimiento y/o complicidad del gobierno provincial y el apoyó tácito del nacional, que la toleró y también alentó, estos parecen haberse agotado y llegado a su fin. Sin embargo hay que recordar que en la Argentina, […]

Mientras con los cortes de rutas violaban sistemáticamente las leyes argentinas y se desconocía el derecho internacional, con el consentimiento y/o complicidad del gobierno provincial y el apoyó tácito del nacional, que la toleró y también alentó, estos parecen haberse agotado y llegado a su fin. Sin embargo hay que recordar que en la Argentina, como lo hizo el propio canciller Jorge Taiana, hubo quienes argumentaron que el Uruguay habría violado el tratado del río compartido al no anunciar en el tiempo adecuado su decisión de construir las plantas ante los organismos binacionales que administran el recurso «compartido» que es el río Uruguay.
 
Ese argumento fue, quizás, el único que unificó al gobierno de Néstor Kirchner en su vehiculización de su política de apoyo tácito a los piqueteros que cortaban los pasos a Uruguay, convirtiendo ese argumento en justificativo y el sustento de una actividad, claramente, ilegal de cortar los pasos internacionales. Veamos que hay de cierto en todo esto.
El tratado que rige el funcionamiento del recurso compartido que es el río Uruguay dice que la parte que construyera «obras de entidad suficiente para afectar… la «calidad de sus aguas», deberá comunicarlo a la Comisión, la cual determinará sumariamente, y en un plazo máximo de 30 días». (Art.7) la viabilidad de las mismas, extendiendo un beneplácito o planteando objeciones al respecto. Por otra parte, el artículo 9 dice: «Si la Parte notificada no opusiere objeciones o no contestare dentro del plazo establecido en el articulo 8 (180 días) la otra Parte podrá autorizar la realización de la obra proyectada».
¿Se habrán dado los pasos establecidos en el tratado? Los empresarios piqueteros dicen que no y quienes participan en las asambleas en las rutas coinciden en esa información. Por su parte el canciller argentino, en una recordada y agresiva exposición contraria a Uruguay, sostuvo lo mismo basándose en un informe del Grupo Técnico de Alto Nivel Argentino (GTAN), del 3 de febrero de 2006 que avaló dicha información, sosteniendo en un informe: «Al autorizar unilateralmente las plantas proyectadas, la República Oriental del Uruguay vulneró las obligaciones asumidas en virtud del derecho internacional general y del Estatuto del Río Uruguay de 1975»
Hasta aquí todo parece grave. La presunta morosidad uruguaya en comunicar a la autoridad binacional su decisión de autorizar la construcción de las plantas de celulosa, según esa argumentación redonda y sin fisuras aparentes, justificaba acciones determinadas. Pero, ¿estas se emprendieron?
Para los argentinos Uruguay habría violado el Estatuto y, por lo tanto, se consideraron en su derecho también violentar todas las leyes que fueran necesarias para terminar con la «ignominia de esa industria» que se había comenzado a levantar en las inmediaciones de Fray Bentos. «Ojo por ojo y diente por diente», al parecer ese fue el lenguaje de acción directa de los piqueteros, apoyados por el gobernador Jorge Busti, avalados por el gobierno de Kirchner y financiados por el empresario propietario de varios emprendimientos turísticos de la zona, Carlos Sánchez Alzaga. En el muelle de uno de estos complejos turísticos, Ñandubysal, por estos días se encuentra operando – nada menos – que el buque rompehielos de Greenpeace, cuyos activistas – por supuesto – están alojados en el complejo hotelero allí existente.
 
La memoria del Estado argentino
 
Pero sobre el tema no hay solo que quedarse en la apariencia, en la superficie de los hechos y en informaciones que parecen no tener contracara. Al analizar el tema en mayor profundidad, el investigador se encuentra con la Memoria Anual del Estado de la Nación 2004, que fuera leída, por el ejecutivo, ante el Parlamento argentino en marzo de 2005.
En este documento, en la parte correspondiente al Ministerio de Relaciones Exteriores, entre los objetivos respecto de las relaciones con Uruguay, se señala: «Avanzar hacia la libre circulación permanente de personas, simplificando gradualmente controles sanitarios y aduaneros, teniendo, como base, el Memorando de Entendimiento sobre la Libre Circulación de Personas, firmado el 30 de noviembre de 2001, en Montevideo.» ¡Política exterior de la Nación que ha sido modificada, de hecho, por la Asamblea Ambiental de Gualeguaychú!
Cuando el documento aborda el capítulo de los logros de la política de relaciones con Uruguay dice: «En marzo tuvo lugar, en Montevideo, una reunión entre los cancilleres Rafael Bielsa y Didier Operti» Y, más adelante, agrega: «En el mismo mes, ambos países firmaron un acuerdo bilateral, poniendo fin a la controversia por la instalación de una planta de celulosa en Fray Bentos».
«Este acuerdo respeta, por un lado, el carácter nacional uruguayo de la obra, que nunca estuvo puesto en entredicho y, por otro lado, la normativa vigente que regula las aguas del Río Uruguay a través de la CARU (Comisión Administradora del Río Uruguay).»
«Asimismo, supone una metodología de trabajo para las tres etapas de construcción de la obra: el proyecto, la construcción y la operación»
¿Cómo es, entonces, que el GTAN (argentino) dice, dos años después, lo que dijo? ¡Aquí, una sensación de vergüenza apretuja el corazón!, dice el profesor de la Universidad de La Plata, Dr. Mario R. Féliz, que investigó los hechos detalladamente y maneja documentación probatoria de los mismos. Sin embargo estos documentos que también deben estar en poder del gobierno de Kirchner no determinaron ningún cambio de la posición oficial sobre los cortes de rutas y, ¿del canciller Taiana? Claro que en los últimos días el funcionario se llamó a silencio, tratando de mejorar su relacionamiento con Uruguay, llamando a nuestro canciller, con el fin de interiorizarse sobre lo ocurrido en Young, y comunicar su solidaridad, pero denotando un interés de romper un hielo que él mismo había potenciado entre los dos países.
¿Y que decir del ex canciller y ahora legislador Rafael Bielsa que, muy suelto de cuerpo y de lengua, se afilió a la campaña antiuruguaya, habiendo sido uno de los firmantes del acuerdo entre las cancillerías que en el año 2001 autorizaba a nuestro país a dar vía libre a la construcción de los emprendimientos de producción de celulosa?
Por supuesto que en nuestra costas e incluso en nuestro propio gobierno existen algunos personajes, torpes y soberbios, pedantes y mediocres, que con una tontería rayana en la locura sirvieron para entorpecer aún más la relación con las autoridades argentinas. Bien los sabemos y muchos de nuestros gobernantes tienen claras estas referencias que, nunca, debieron ser toleradas, porque en alguna medida también fueron determinantes de actitudes extremas. Si usted molesta, arremete, ironiza y responde con soberbia en algunos temas, dejando de lado todo lenguaje diplomático, es obvio que ello determinará encontronazos indeseados para un país, como el nuestro, que requiere siempre del acuerdo bajo el imperio de la ley, a lo cual se llega por el diálogo, para resolver sus controversias internacionales
 
Otro detalle a tener en cuenta
 
Hay otro aspecto del tratado del Estatuto del Río Uruguay a tener en cuenta: el que habla de la calidad de las aguas, y es sobre este aspecto que se debería prestar atención – dice el mismo catedrático informante – camino por el que, seguramente, se podrá acordar un procedimiento para el correspondiente control.
En efecto, en esta etapa del proyecto el Estatuto prevé que si la parte afectada (Argentina) tuviera objeciones tendrá que elevar una comunicación donde «deberá precisar cuáles aspectos de la obra o del programa de operación podrá causar un perjuicio sensible a la calidad de sus aguas, las razones técnicas que permiten llegar a esa conclusión y las modificaciones que sugiera al proyecto o programa de operación.»
Esto no se ha hecho, ya que el informe del GTAN argentino no es más que un conjunto de objeciones no fundadas. Por último, corresponde destacar que el Estatuto nada dice de posibles o supuestos daños a la atmósfera.
Entonces, ahora levantados los cortes y despejados algunos nubarrones que oscurecían el razonamiento, cuando Uruguay reciba del gobierno argentino la seguridad de una situación plenamente normalizada, se deberá negociar en base a la nueva realidad y, por supuesto, a los antecedentes recientes y también pasados.
No sea cuestión que restañemos rápidamente las heridas sonriamos y, a otra cosa…
 
El autor es Periodista, secretario de redacción de Bitácora.