“Este objetivo de que la imputada prestara colaboración se traduce en la formalización no como un ejercicio comunicativo, y mucho menos como una garantía procesal, sino como un mecanismo funcional para que una persona imputada sea doblegada, sea compelida a la renuncia de uno de sus derechos más importantes de un procedimiento racional y justos, contemplados en diversos instrumentos legales y tratados internacionales ratificados por Chile y vigentes”