
El punto dedicado a la ocupación transitoria no quedó en la ley por lo que hoy son dos sectores afectados por esta norma criminalizadora: habitantes de tomas y campamentos más el pueblo mapuche autonomista en lucha por la recuperación de sus tierras usurpadas por quienes hace un siglo consideraban que este era un delito “menor”, que se debía sancionar sólo con multas.