
La concesión de permisos de obra por los Ayuntamientos, en especial en las instalaciones donde el censo recoge la presencia de amianto, deberá ir acompañado de un seguimiento de la empresa que realiza la obra, si está acreditada para trabajar con el amianto, si cumple las rigurosas medidas de seguridad y si los peligrosos residuos, son enviados a un gestor autorizado.