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La REMDH hace un llamamiento a la UE y a sus Estados Miembros para apoyar el informe Goldstone y sus recomendaciones

Fuentes: REMDH

Traducido del inglés para la REMDH por Carlos Sanchis

La REMDH apoya totalmente las conclusiones y recomendaciones del informe hecho público por la Misión de Investigación de las Naciones Unidas sobre el Conflicto de Gaza (misión de indagación) el 15 de septiembre de 2009. La REMDH cree firmemente en la independencia e imparcialidad de la Misión de Investigación, que ha escrutado, hasta la mayor amplitud posible, las violaciones de la ley humanitaria internacional y de derechos humanos cometidas por las partes en conflicto. El informe es un importante paso adelante hacia la justicia y el desagravio de las víctimas. Por consiguiente, la REMDH urge a que la UE apoye abiertamente el informe de la Misión de Investigación, reitere las recomendaciones del informe e implemente las que se refieren a la UE y sus Estados Miembros.

Este informe, que concluye que tanto las fuerzas israelíes como los grupos armados palestinos han violado la ley internacional y han cometido crímenes de guerra equivalentes a graves infracciones de las Convenciones de Ginebra y posiblemente crímenes contra la humanidad, corrobora las conclusiones de numerosos grupos de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil, palestina, israelí e internacional.

La REMDH lamenta el rechazo de las autoridades israelíes a la plena cooperación con la Misión. La REMDH quiere subrayar que la Misión de Investigación, aunque originalmente bajo mandato del Consejo de Derechos Humanos (C.DD.HH.), un cuerpo cuya credibilidad y parcialidad son cuestionadas a menudo, ha tenido éxito en ganar un apoyo mucho más amplio, incluyendo el de la UE1, debido a su propia declaración de intenciones de imparcialidad y profesionalidad. El presidente del C.DD.HH. aceptó ampliar el mandato de la misión de investigación «para indagar todas las violaciones de la ley internacional de derechos humanos y ley humanitaria internacional que puedan haber sido cometidas en cualquier momento en el contexto de las operaciones militares que fueron llevadas a cabo en Gaza durante el periodo del 27 de diciembre de 2008 al 18 de Enero de 2009, tanto antes, durante como después.» 2

El historial de Israel respecto a sus propias investigaciones de violaciones cometidas por el sistema de seguridad en el pasado es muy poco satisfactorio y refleja una atmósfera de impunidad en Israel.3 Como afirma la Misión de Investigación, «en estas circunstancias, hay muy poco potencial para dar cuenta de las graves violaciones de la ley humanitaria internacional y de derechos humanos mediante instituciones internas en Israel y menos aún en Gaza»4. Es, por consiguiente, de suma importancia que la Comunidad Internacional asegure la obligación de rendir cuentas por las violaciones del derecho internacional cometidas y que ejerza la presión sobre Israel y las autoridades de Gaza para que lleven a término investigaciones internas independientes e imparciales y que de lo contrario tome las medidas necesarias para hacerlas efectivas en el exterior. La REMDH recuerda a la UE y sus Estados Miembros que la Corte Internacional de Justicia afirmó en su Opinión Consultiva sobre las Consecuencias Legales de la Construcción de un Muro en el Territorio Palestino Ocupado que «todos los Estados parte de la Cuarta Convención de Ginebra relativa a la Protección de Personas Civiles en Tiempos de Guerra de 12 de agosto de 1949 tienen además la obligación, aparte del respeto a la Carta de las Naciones Unidas y la ley internacional, de asegurar el cumplimiento de Israel para con la ley humanitaria internacional como se contiene en esta Convención»5.

En el pasado, la REMDH ha recordado en varias ocasiones a los Estados Miembros de la UE su obligación bajo la ley internacional de asegurar el respeto a las Convenciones de Ginebra. La REMDH también ha expresado preocupaciones respecto a la falta de acciones por parte de la UE pertinentes a las operaciones militares, el bloqueo continuado de la Franja de Gaza y de apoyo a la exigencia de responsabilidades6. Como afirma la Misión, es necesaria «por parte de la comunidad internacional una postura firme y fundamentada en principios, respecto a las violaciones de la ley humanitaria Internacional y de derechos humanos y una acción, largamente demorada, para acabar con ellas»7 .

LA REMDH toma nota de las intenciones de la UE de «seguir estrechamente las investigaciones sobre supuestas violaciones de la ley humanitaria internacional»8 y urge hoy a la UE y a sus Estados Miembros para que apoyen públicamente el informe de la Misión de Investigación, le presten atención y pongan en práctica sus recomendaciones. Para hacerlo, la UE y sus Estados miembros deben:

  • Usar todas las herramientas legales y diplomáticas a su disposición, incluyendo las estipuladas en el Acuerdo de Asociación UE-Israel, para presionar a Israel para que cumpla las recomendaciones de la Misión. Esto conlleva emprender una investigación independiente e imparcial de las graves violaciones de la ley humanitaria internacional y de derechos humanos denunciados en el informe de la Misión y el levantamiento del ilegal bloqueo a la Franja de Gaza. Además Israel debe garantizar el libre movimiento de los palestinos dentro del TPO y con el mundo exterior, levantar las prohibiciones de viaje impuestas actualmente a los palestinos en base a sus actividades políticas o de derechos humanos, liberar los palestinos que están detenidos en prisiones israelíes en conexión con la ocupación israelí, permitir visitas familiares a los prisioneros de Gaza y liberar a todos los miembros del Consejo Legislativo Palestino. La UE no debe mejorar sus relaciones con Israel hasta que este no cumpla con estas demandas.

  • Apoye y trabaje para la creación de un comité independiente de expertos en ley humanitaria internacional y derechos humanos para supervisar e informar sobre cualquier procedimiento doméstico, legal o de otra clase emprendido por Israel y las autoridades pertinentes en Gaza. Además la UE debe urgir a Israel y a las autoridades de Gaza a que cooperen con el Comité y a que sigan con atención sus conclusiones.

  • Apoye y trabaje para el establecimiento de un mecanismo que asegure compensaciones por parte de Israel a los civiles palestinos por los daños y pérdidas causadas a ellos durante las operaciones militares israelíes.

  • Urja a Suiza a que convoque una conferencia de las Altas partes Contratantes de la Cuarta Convención de Ginebra de 1949 sobre medidas para hacer cumplir la Convención en los TPO y asegurar su respeto de acuerdo con el artículo 1.

  • Apoye una remisión al fiscal del Tribunal Penal Internacional si una o ambas partes, de buena fe, no llevan a cabo investigaciones para asegurar la determinación de responsabilidades por los crímenes cometidos.

  • Inicie investigaciones penales en los tribunales nacionales, mediante la jurisdicción universal, donde haya pruebas suficientes de comisión de graves violaciones de la Convención de Ginebra de 1949.