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El macrosumario 18/98 a la luz de la Comisión de Derechos Humanos del Consejo de Europa

No en mi nombre

Fuentes: Gara

Hace escasamente un mes, Dick Marty, presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos del Consejo de Europa, denunciaba la grave erosión de los derechos humanos llevada a cabo en la Unión Europea en nombre de la lucha antiterrorista. El relator del informe «Listas negras del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas», acusa […]

Hace escasamente un mes, Dick Marty, presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos del Consejo de Europa, denunciaba la grave erosión de los derechos humanos llevada a cabo en la Unión Europea en nombre de la lucha antiterrorista.

El relator del informe «Listas negras del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas», acusa a la Organización de Naciones Unidas y a la Unión Europea de «denigrar los derechos fundamentales y desacreditar la lucha internacional contra el terrorismo».

La lista establecida por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas contiene los nombres de 362 personas y 125 empresas o asociaciones, mientras que la de la UE cuenta con 26 personas y 28 organizaciones, entre las que figuran Jarrai, Haika y Segi.

Sin que exista resolución judicial previa, a las personas afectadas por estas medidas se les impide el ejercicio del derecho a un proceso justo, es decir, a que «su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable por un tribunal independiente e imparcial», tal y como reconoce el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (1950), vinculante para los países signatarios, entre ellos el Estado español.

Algunas de las consecuencias de figurar en esas listas de presuntos sospechosos de presumibles contactos con presuntos terroristas son: congelación de la cuenta bancaria, detención en un aeropuerto y, lo que es peor, la imposibilidad de interponer un recurso para demostrar la inocencia.

El macrosumario 18/98, al igual que el asunto de las listas negras, constituye un mecanismo de instauración del pensamiento único, con el propósito de absolutizar verdades a medias, descontextualizando y deshistoricizando conflictos que existen a escala local e internacional desde hace décadas, y monopolizar y privatizar los procesos de participación política y social.

La sentencia del 18/98 criminaliza la disidencia civil y convierte en pretensión ilegítima cualquier aspiración que no encaje con el actual marco constitucional y las reglas de juego establecidas (forzadas) no por el consenso popular sino por el consenso de ciertas élites durante la Transición.

Quienes dictan estas sentencias amparadas por un orden social interno y externo, están instituyendo una política de regresión progresiva de derechos civiles y políticos y sociales, y conocen muy bien cómo se generan y amplifican las violencias y qué estrategias sirven para consolidar la ley de conservación y propagación de esas violencias.

Las condenas del macrosumario 18/98 consagran un nuevo derecho de ciudadanía. Determinadas personas ya no podrán ser jamás ciudadanas activas portadoras de derechos individuales y colectivos: derecho a tomar la palabra, a expresarse libremente, a la participación y a la decisión en el espacio público (que no común). Lo digo alto y claro: no a la naturalización y legitimación de la exclusión de derechos de ciudadanía a quienes defienden un proyecto independentista para Euskal Herria. No en mi nombre.

* Belén Martínez. Analista social