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«Salgáis de nuestros reinos»

Fuentes: Quilombo

Una magnífica entrada del muy recomendable blog Vestigis, rastres, derelictes, nos recuerda una funesta tradición: la del asedio «contra todos aquellos elementos caracterizados por una existencia fuera de las estructuras organizadas y sancionadas por el poder.» Los decretos de expulsión de judíos (1492) y moriscos (1609) promulgados por los Reyes Católicos y por Felipe III, […]

Una magnífica entrada del muy recomendable blog Vestigis, rastres, derelictes, nos recuerda una funesta tradición: la del asedio «contra todos aquellos elementos caracterizados por una existencia fuera de las estructuras organizadas y sancionadas por el poder.» Los decretos de expulsión de judíos (1492) y moriscos (1609) promulgados por los Reyes Católicos y por Felipe III, respectivamente, representan el pistoletazo de salida de una corriente de la Modernidad que desde entonces se ha caracterizado por la homogeneización y la centralización en torno al Estado. De manera muy oportuna, teniendo en cuenta lo que está sucediendo en Francia mientras las instituciones europeas miran para otro lado, Vestigis nos recuerda que además de los colectivos citados, gitanos y nómadas tampoco encajaban en el proceso uniformizador de la católica España. Y cuelga un texto esclarecedor, el de la Real Provisión de 1499, del cual reproduzco una parte (los subrayados son míos):

«Don Fernando e doña Isabel, a vos los egipcianos e grecianos que andais vagando por estos nuestros reinos e señorios con vuestras mugeres e fijos e casas: salud e gracia.

Sepades que a nos es fecha relacion que vosotros andais de lugar en lugar muchos tiempos e años ha, sin tener oficios ni otra manera de vivir alguna que vos mantengais salvo pidiendo limosnas e furtando e trafagando e engañando e faciendo vos fechiceros e adevinos e faciendo otras cosas no devidas ni honestas, siendo como sois los mas de vosotros personas dispuestas para trabajar o servir a otros que os mantengan e den lo que habeis menester o aprender oficios e usar dellos de lo qual Dios nuestro señor es desservido. E muchos de nuestros subditos resciben dello agravio e mal enxemplo e son damnficados de vosotros.

E por que a nos como a Rey e a Reina e señores pertenece en ello proveer e remediar, mandamos dar esta nuestra carta para vos en la dicha razon por la qual vos mandamos que del dia que vos fuere notificada o pregonada en nuestra corte e en las cibdades e villas principales de nuestros reinos que son cabezas de partidos fasta sesenta dias primeros siguientes vosotros e cada uno de vos vivais por oficios conoscidos de que mejor vos supieredes aprovechar, estando de estada en los lugares donde acordaredes de asentar e tomades vivienda de señores a quien sirvais, que vos den lo que ovieredes menester e no andeis mas juntos vagando por estos nuestros reinos como agora lo faceis. O dentro de otros sesenta dias primeros siguientes salgais de nuestros reinos e no volvais a ellos en manera alguna, so pena que si en ellos fueredes fallados o tomados sin oficios o sin señores o juntos, pasados los dichos dias, que den a cada uno de vosotros cien açotes por la primera vez e le destierren perpetuamente de nuestros Reinos, e por la segunda vez que vos corten las orejas e esteis sesenta dias en la cadena e torneis a ser desterrados como dicho es, e por la tercera vez que seais cautivos de los que vos tomaren por toda vuestra vida.»

Este texto anticipa no sólo la machada de Sarkozy y del servicial ministro del interior Brice Hortefeux, sino también esa idea de que los derechos ciudadanos, cuando no se es propietario, se otorgan desde el poder y sólo si se prevé trabajar o servir «a otros», como sostiene hoy el ministro de trabajo Celestino Corbacho con respecto al derecho a subsistir. Las sucesivas Poor Laws inglesas -vigentes hasta la creación del Estado del Bienestar en 1948- desarrollaron este vínculo entre asistencia pública, trabajo y control de la movilidad (que hoy se expresa en la política migratoria), elementos imprescindibles en la construcción de los mercados de trabajo bajo el capitalismo. El objeto no es otro que el de poder movilizar la oferta de trabajo a un precio considerado razonable. Pero, ay, resulta que esta oferta no siempre se presenta espontáneamente -como reconoce Corbacho- donde quiere la demanda, por lo que hubo que trazar, entre quienes se negaban a vivir de «oficios conoscidos«, una clara separación entre los pobres válidos y los demás, y por lo tanto, asistir a estos últimos de manera limitada. Ante la escasez de mano de obra en el campo, las leyes de 1662 llegaron a establecer un régimen de fijación específico para los pobres al obligarles a permanecer en su parroquia y prohibirles el traslado a otra (para contraer matrimonio, por ejemplo), a menos que estuvieran en posesión de un pass que sólo se les daba si tenían un contrato de trabajo.

Pobres, gitanos, vagabundos y maleantes constituyeron por tanto un objetivo fundamental de la acumulación primitiva -compartido tanto por regímenes absolutistas como liberales- y todavía en épocas recientes fueron objeto de un control especial, como se puede apreciar en España con la ley de vagos y maleantes (1933). Tal vez porque se sitúa en una sorprendente continuidad con aquella Real Provisión de 1499, esta ley fue una de las pocas leyes republicanas que preservó y perfeccionó después la dictadura que aspiraba a culminar la tarea iniciada siglos atrás por los Reyes Católicos.

Fuente: http://www.javierortiz.net/voz/samuel/salgais-de-nuestros-reinos

rCR