El Movimiento Sindical, Indígena y Campesino Guatemalteco -MSICG- considera necesario recordar que la Constitución Política de un Estado es algo más que una norma jurídica susceptible de ser interpretada únicamente en su sentido literal; una Constitución, como instrumento de fundación del Estado es producto de un momento histórico determinado y su articulado obedece a una […]
El Movimiento Sindical, Indígena y Campesino Guatemalteco -MSICG- considera necesario recordar que la Constitución Política de un Estado es algo más que una norma jurídica susceptible de ser interpretada únicamente en su sentido literal; una Constitución, como instrumento de fundación del Estado es producto de un momento histórico determinado y su articulado obedece a una serie de valores, principios y consideraciones éticas que buscan reflejar las necesidades, aspiraciones e incluso los temores de un pueblo.
De allí que al asumir que la confrontación de un acto o norma violatoria de lo que la Constitución pretende garantizar se reduce a un mero ejercicio gramatical y escudar en formalismos absurdos el deber histórico de los tribunales constitucionales de resguardar la integridad del Estado y los valores que se propugnan como base de convivencia de una sociedad, desnaturaliza su función, cuestiona la legitimidad y hace dudar sobre la necesidad del denominado control constitucional ya que es imposible la subsistencia de un orden que se aplica en contradicción con esos valores, principios, consideraciones, necesidades, aspiraciones y temores de un pueblo, al que, según la propia Constitución, deben servir y obedecer todos los organismos del Estado, incluyendo los tribunales constitucionales que son los últimos garantes del sistema democrático cuyos pilares fueron sentados al momento de promulgarse la norma constitucional.
La Constitución Política de la República de Guatemala, es el producto de una larga y dolorosa lucha contra la injusticia social, las dictaduras militares y la esperanza de construir una sociedad gobernada por poderes democráticos, establecidos como la superestructura encargada de garantizar que el Estado realice los fines comunes de la población y la herramienta creada para impedir la concentración del poder, su sujeción a intereses reducidos y ajenos a los intereses que deben caracterizar a un Estado, al menos a un Estado democrático, participativo, e incluyente.
De allí que la Constitución guatemalteca establezca una serie de deberes básicos que se resumen en sus primeros artículos, entre los que se encuentra brindar seguridad jurídica respecto a la plena positividad de todas las garantías que desarrolla, de los controles para impedir la arbitrariedad en todas sus expresiones, de las limitaciones, separaciones y control cruzado entre los diversos organismos del Estado y mecanismos de control para garantizar que ese Estado, constituido en 1986, no se coloque en manos de intereses ajenos o alternos al propio poder soberano del Estado que, como lo indica la Constitución, proviene y reside en el pueblo.
En este caso, hemos visto un proceso de elección de Magistrados a la Corte Suprema de Justicia y Salas de la Corte de Apelaciones que evidenció con el mayor descaro posible una terrible descomposición del Estado, la eliminación de cualquier posibilidad de separación de poderes y en consecuencia de inutilización de los controles constitucionales contra la arbitrariedad y su sujeción a estructuras e intereses paralelos al propio Estado y los fines establecidos para el mismo por la Constitución.
Y, como era de esperarse, se acudió al sistema de justicia constitucional como último garante de la Constitución, sabiendo que sobre la Corte de Constitucionalidad pesaba la carga histórica de reivindicar y rescatar los principios constitucionales. Pero la Corte de Constitucionalidad falló, como parte de un Estado fallido, de una democracia fallida, de un sistema de justicia fallido, dejando al descubierto, una terrible realidad, evidente ya para la mayoría de guatemaltecos y guatemaltecas, en donde ya no es necesario un Estado de excepción para garantizar la arbitrariedad y la falta de vigencia de las garantías constitucionales ya que estas, han sido derrumbadas de manera permanente para garantizar los intereses de grupos y estructuras de poder que, antes de que la Corte de Constitucionalidad resolviera, podían considerarse paralelas y que hoy día, han asumido todos los poderes del Estado, sobre la base del ejercicio de meros formalismos para pretender mantener la farsa de que vivimos en un Estado democrático.
De la misma manera en que la Corte de Constitucionalidad garantizó el resurgimiento de la policía judicial al declarar sin lugar la Inconstitucionalidad planteada por el MSICG contra la Ley que creó la DIGICRI, de que sepultó cualquier posibilidad práctica para la creación de estructuras sindicales dentro de ellas las del sindicalismo de industria, de que ha garantizado impunidad a funcionarios públicos dentro de ellos operadores de justicia, hoy privó a la población guatemalteca de cualquier expectativa de rescatar el sistema de justicia y de construir la democracia por la que murieron cientos de miles de guatemaltecas y guatemaltecos y confirmó de que es una instancia más que sólo responde a los intereses de grupos de poder que manejan el Estado.
El día de hoy, ha sido sepultado cualquier sueño democrático en el país; y esto es algo que debe tener muy claro tanto el pueblo de Guatemala como nuestras hermanas y hermanos de la comunidad internacional a efecto de evaluar sus relaciones y cooperación con el Estado de Guatemala; hoy se ha demolido la institucionalidad del Estado y se han entronizado intereses ajenos a los fines y objetivos fijados en la Constitución Política de la República de Guatemala; hoy más que nunca es necesaria la continuidad de la CICIG y el condicionamiento al Estado de Guatemala a garantizar el pleno ejercicio de su mandato ya que hoy, las estructuras y poderes que se visualizaban como un peligro latente, son un peligro consumado y asentado en las propias estructuras del Estado.
El MSICG lamenta uno de los días más oscuros de la historia jurídica y democrática del país, comparable solamente a aquel día en que el mismo órgano constitucional rompió el orden que estaba llamado a proteger resolviendo aún en contra del texto expreso de la Constitución permitiendo a José Efraín Ríos Mont postularse a la Presidencia de la República; aunque es peor, en ese momento, al menos había un sistema de justicia con algún grado de independencia y congruencia con el deber de resguardar nuestra Constitución; tuvimos eso, y hoy nos lo quitaron.
Hoy día se perdió seguridad, se perdió confianza, se perdió legitimidad, se perdió incluso los pocos avances formales que se hayan logrado desde 1986, desde 1996, desde la derrota en las urnas de José Efraín Ríos Mont. Hoy se perdió la democracia, la transparencia, se perdieron elementos fundamentales del Estado quedando solamente el pueblo como estructura garante de una soberanía que, según nuestra maltrecha Constitución, proviene y reside en ese pueblo del cual el MSICG hace parte.
MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
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