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¿Y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA)?

La inconsecuente política ambiental de Costa Rica: un producto de las alianzas público-privadas

Fuentes: Rebelión

Luego del Juramento Constitucional por parte de Carlos Andrés Alvarado como presidente de Costa Rica el 8 de mayo 2018, la atención continua a su discursiva ambiental y actividades conexas durante los primeros meses de su gestión, fueron suficientes para determinar los propósitos reales de la política ambiental del nuevo gobierno; autodefinido de «unidad» pero ni más ni menos que con escorias de la contienda electorera precedente.

Alianza poselectoral que, con el silencio cómplice del Tribunal Supremo de Elecciones, representó una efectiva bofetada a los votantes. Así que, más ligero de lo imaginado, dicha política se fue develando sustentada en ideas recicladas y para el «escaparate» dentro y fuera de las fronteras nacionales, además, protagonizada principalmente por la pareja presidencial; no obstante, evidente promoción de la primera dama Claudia Dobles. Un escenario mediante el cual, mientras han recibido premiaciones de poca monta, pero difundidas como hazañas del bicentenario; su principal aliado la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP), con agentes inclusive dentro del mismo gobierno y fieles a sus doctrinas, consumaron el más desgraciado retroceso al marco de legalidad ambiental del país durante las últimas décadas.  

Por ello, dada la compleja y grave situación a la que han llevado al país, nos proponemos reseñar las que a nuestro juicio son parte de las principales acciones gubernamentales contra la Evaluación Ambiental y más específicamente la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de actividades, obras o proyectos. Materia fundamental e insustituible para el desarrollo nacional, cuyo cuerpo normativo básico, lo integran el Artículo 50 Constitucional (según reforma de 1994), la Ley Orgánica del Ambiente (1995) y el Reglamento General de Evaluación de Impacto Ambiental (2004). Vale citar también la Matriz de Protección de Acuíferos del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) y los convenios o tratados internacionales. Sin dejar de mencionar que, estos grandes logros del bloque de la legalidad ambiental costarricense, constituyeron pilares de gran trascendencia y efectiva progresividad; no obstante, existen contundentes evidencias de que, no solo fue difícil su promulgación y ratificación, sino, aún más y en los pocos años transcurridos, ejecutarlos con la eficiencia y eficacia que requieren. Por ejemplo, este Reglamento que, todavía representa solo una parte de lo necesario para la reglamentación completa1 de la Ley Orgánica del Ambiente,casi desde su entrada en vigencia, empezaron las acciones de sabotaje, unas de forma velada y otras estratégicamente solapadas dentro del órgano rector de impacto ambiental (SETENA); hasta llegar a las condiciones actuales.  

En dicho orden regresivo y tan sólo en el período comprendido entre los años 2013-2021, sobresale un conjunto de Normas* conformado por Resoluciones y Acuerdos de la SETENA, Directrices y Circulares de la Presidencia de la República, Decretos Ejecutivos y Leyes Nacionales. Y si bien no es todo, en tanto tuvieron iguales objetivos, pero de tiempos anteriores; dos casos también para nunca olvidar a los gobiernos de turno, se dieron con los Decretos Ejecutivos No. 26750-1998 y 32724-2005; no obstante demandados y declarados con lugar por parte de los Tribunales. Acerca del segundo, gracias a una demanda de inconstitucionalidad por parte de la ciudadanía, en el año 2009 el Tribunal Constitucional conocido como Sala IV le anuló su Artículo 14, con el cual, se había pretendido dejar a la libre la explotación de las aguas superficiales y subterráneas. Sobre el tema concluyó la Sala: «…en la especie, la derogatoria incorporada a través del Decreto No. 32734-MINAE-S-MOPT-MAG— MEIC, resulta irrazonable y quebranta, flagrantemente, el derecho a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el principio preventivo en materia ambiental…». (Resolución N.º 2009002019)2. Pero eran otros tiempos, no obstante atisbos como los de «Piedra Azul» de don Guido Sáenz. 

En cuanto a los recursos hídricos y sus impactos por la explotación, es oportuno indicar que, las periódicas amnistías para la inscripción de pozos construidos ilegalmente, han hecho añicos esa histórica sentencia rápidamente ignorada tanto por parte de los agentes desarrolladores, como de las mismas autoridades responsables incluyendo la SETENA, para dar paso a la construcción y operación irregular de decenas de miles de pozos artecianos. Técnica de explotación indiscriminada de los mantos acuíferos, mayoritariamente para abastecer la demanda de agua en los monocultivos como piña, banano y caña de azúcar. Pues una vez que, con sus prácticas insostenibles y contaminantes generaron la crisis actual en las fuentes de gua superficiales que ya afecta a extensas regiones del país, se lanzaron sin control alguno a explotar las aguas subterráneas. Algo similar, ocurre con la expansión urbanística, por ejemplo en los mal llamados «parcelamientos agrícolas». Estas y otras prácticas para la explotación de recursos naturales, son típicos casos del neo extractivismo en este país y el creciente desastre ambiental cada vez más visible; no obstante, se promociona a nivel internacional como ejemplo de desarrollo amigable con el ambiente, por ejemplo, mediante su marca «Esencial Costa Rica». Por eso, más honroso y por lo tanto ético, es reconocer que todavía sobreviven algunas trascendentes decisiones del pasado, las cuales son utilizadas de forma recurrente en el discurso político actual con enfoque ambiental; obviamente inconsecuentes con la práctica. Veamos: «El desatender el ambiente significaría incurrir en un riesgo reputacional para el país y desaprovechar este factor adicional de competitividad que están brindando las buenas prácticas ambientales»3. Como también, el presidente, en su participación en el décimo aniversario del Foro de la Juventud anual del Consejo Económico y Social (Ecosoc) de Naciones Unidas, planteó: «…el mayor reto para las nuevas generaciones en el mundo es el cambio climático, porque deberán enfrentar las consecuencias de nuestras acciones»4. Así las cosas, tomando como ejemplo estos planteamientos, ratificamos que, en la política ambiental de nuestro país, no solo existen inconsistencias y aparentes contradicciones entre el discurso y la práctica de los mismos actores, sino también, mínima o nula claridad conceptual; principal razón por la que, en Costa Rica, aunque no sea la excepción, el presente y futuro ecológico para las nuevas generaciones es más que incierto.  

Nadie deberá dudar que, entre más atrasos que avances, la crisis ecológica que enfrenta nuestra casa común la «madre Tierra», demanda acciones urgentes y un abordaje ecológico integral que comprenda a la vez la dimensión humana, social y ambiental; pues no hay crisis separadas. Y si bien, las repercusiones del cambio climático son de incalculables proporciones, éste es solo uno de los muchos desafíos de la humanidad. Por lo tanto, dicho fenómeno, no constituye el mayor reto, como tampoco, la solución a la crisis ecológica está solo en plantar árboles o si mediante la técnica se llegue a fabricar un alga que consuma el CO₂ acumulado en el Planeta5. Es necesario ahondar en que, frente a las carencias e incoherencias del actual gobernante de Costa Rica, más que a las premiaciones recibidas, la atención y ocupación de todos, debería empezar por analizar con urgencia, determinados hechos que han afectado negativamente la reputación ecológica del país; los cuales, evidencian ser la consecuencia en el plano internacional de esa política. Y obviamente lo que otros desde afuera han percibido mejor de lo que realmente se viene haciendo en el sensible ámbito del ambiente y derechos humanos. Nos referimos por una parte al fracaso de la diplomacia costarricense ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU6. Así mimo, al «mensaje confuso para Costa Rica7» según Carlos Alvarado, por la exclusión o ausencia observada en la lista de 40 líderes mundiales, invitados por parte de Joe Biden a la cumbre virtual sobre el clima por él convocada. No obstante, el señor Alvarado sigue insistiendo en que, «Costa Rica es un reconocido líder mundial en materia de cambio climático»; y hasta quizás llegó a suponer que el galardón de «Campeones de la Tierra 2019» en la categoría de Liderazgo Político, le acreditaba como invitado indiscutible. Sin embargo, los hechos demuestran que no hubo tal reconocimiento por parte de la nueva administración gringa, a pesar de que nos suponemos aliados históricos. Y es significativo que, entre los invitados estuvieron representados seis países de América Latina y el Caribe, de los cuales, hasta el día de la cumbre y coincidente con el Día Internacional de la Madre Tierra (22 de abril), solo tres países de ellos habían ratificado el Acuerdo de Escazú: México, Argentina y Uruguay. Así que, a nivel internacional, algo que no debe haber pasado desapercibido en los eventos de ese día con respecto a Costa Rica, debió ser su todavía ausente ratificación del Acuerdo; a pesar de que fue un impulsor original y país sede durante la firma8. No merece Costa Rica ser exhibida internacionalmente como una Nación vil y traidora mediante tales acciones, las cuales, representan un «hoyo negro» de la historia ambiental del país y un nefasto legado de la actual Administración; cuyo único signo positivo es encontrarse en su ocaso. 

Como un nuevo «llamado urgente por el país», se debe denunciar que, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental de Costa Rica, fue arrastrada a una situación catastrófica sin parangón desde el punto de vista administrativo y técnico, en cuanto a su función esencial sobre la Evaluación de Impacto Ambiental que requiere toda actividad u obra de su desarrollo. En este caso, víctima de los intereses político-privados que, de ella se acabaron de apoderar, facilitado como pocas veces en su corta existencia por parte del anterior y del actual gobierno. Valga decir que, esto es la confirmación y avance de la «Historia de una enfermedad congénita», según tituló el abogado Esvin Porras (2012) en su investigación de dicha entidad para optar por la licenciatura en derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR). Sin embargo, llama la atención que, en la presente Administración, en cuanto a personal, es cuando más funcionarios registra (88). Tema sobre el cual, se ha recibido información de que, en estas dos administraciones, SETENA ha contado con el privilegio de sustituir todas las jubilaciones o renuncias y hasta el nombramiento de asesores extras para la secretaria general; nada extraño a los alcances de la primera dama y por lo visto extensivo a sus subalternos de hecho. Por ejemplo, es el caso del anuncio interno mediante un boletín exclusivo del día 13 de noviembre 2020, titulado «Nuevo Ingreso», con el cual se informó que el señor Mauricio Cotera ingresó el 02 de noviembre como «Asesor de la Dirección General-SETENA». Se le atribuye experiencia en el desarrollo empresarial y méritos como «Creativo, dinámico y enfocado en como la intersección del diseño y la gestión de negocios puede cambiar y/o revolucionar los negocios». Por otros medios9, se conoció luego que dicho señor, junto a familiares cercanos antes estuvo al frente un considerable número de empresas asentadas en territorio panameño. Por lo tanto, algo evidente es que, la idoneidad para el cargo deja suficiente duda. 

La deficiente situación institucional y en retroceso que describimos, no es la consecuencia directa de la pandemia o de que la normativa ambiental vigente esté obsoleta; según la recurrente campaña de «modernización» y a la vez desacreditación que han promovido las autoridades gubernamentales10 y el sicariato externo. Pues durante años, los mismos actores e intereses, han llevado a cabo casi todas las reformas, contrarreformas e intervenciones de diferente tipo que se han propuesto11, pero casi nunca para mejorar; aunque sin pudor apelan a un discurso cargado de modernismo y remozamiento hacia esta Secretaría. Aunque por otras instancias no han ocultado las intenciones legales de liquidar la Institución y mutilar la Ley Orgánica del Ambiente, para lo cual, proyectos legislativos no han faltado (ej. N. º 17.823 del 18/08/2010); excelente muestra de la decadencia del poder legislativo y la de sus hospederos que, hasta presidenciables se creen. Es de citar el caso de un tal Pedro, quien al inicio de esta Administración y en el contexto de la aprobación del «Combo Fiscal», exigía del presidente Alvarado actuar contra el Órgano que tildaban de cuello de botella y por ello advertían: «Si el gobierno quiere contar con los nueve votos del PUSC para aprobar nuevos impuestos, el gobierno deberá primero intervenir la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena)»12

De manera que, ante dichas exigencias del mayor grupo de jinetes apocalípticos del gobierno de unidad, se fue consumando el doble daño ambiental y obvia violación de derechos humanos contra nuestra Nación. El 29 de setiembre 2018, en el periódico El Financiero se publicó: «SETENA se embarca en un nuevo intento de transformación. Tras 23 años de operar, Primera Dama lidera reforma»13. Al poco tiempo, por estas y otras acciones de la ciudadana y primera dama Claudia Dobles, muchos se han preguntado qué respaldo legal ampara a todo lo actuado u ordenado por ella y acatado por los colaboradores y el tropel de asesores, entre los que probablemente también se inmiscuyeron el «equipo técnico» que, como privilegiada concesión, se reglamentó para que fuera integrado por la Cámara Costarricense de la Construcción. Entidad que, se declaró propugnaba por «un cambio radical o cambio de paradigma» de la SETENA, demostrando así «…una vez más su compromiso permanente en el mejoramiento y modernización de SETENA, el desarrollo sostenible y con la creación de un mejor clima de negocios para que las empresas del sector construcción, y el país en general, sean más competitivos»14. ¿Será esta una discursiva congruente con la protección y conservación del ambiente o los «Principios Marco Sobre los Derechos Humanos y el Medio Ambiente – 2018» de la ONU15? Por ejemplo, el planteamiento del Principio 11: «Los Estados deben establecer y mantener normas ambientales sustantivas que no sean discriminatorias y no tengan carácter regresivo, sino que sirvan para que se respeten, se protejan y se ejerciten los derechos humanos». 

Que explique públicamente la primera dama Claudia Dobles, el exministro de Ambiente y Energía señor Carlos Manuel Rodríguez, la también ex viceministra María Celeste López, la ex secretaria general de la SETENA Cynthia Barzuna y su reemplazante Ulises Alvarez; punto por punto, cuál de las reformas y otras acciones conexas, honra la progresividad de las normas ambientales, y por ende la eficiencia de la función Institucional de SETENA. El informe de la Contraloría General de la República No. DFOE-SD-SGP-01-2019:16, es revelador y desenmascara tanto a las autoridades como a quienes estas le obedecen. Es más, los ridiculiza, pues cundo más han reformado normas y procedimientos a costos económicos sin límite, como en recepciones, asesorías, equipamientos y viajes por doquier; es cuando peor resultan calificados. De 124 entidades evaluadas, la SETENA se ubica entre las once de más baja calificación y un desmejoramiento de -31% respecto al año 2018. En escala de uno a cien puntos, su calificación fue de 41, solo acompañada por algunos Comités Cantonales de Deportes y Recreación, así como Municipalidades recurrentes en sus deficientes gestiones. Y aunque entre medios de información parece ocultado, nadie ignora que, un factor de peso en esta debacle, es la pandémica corrupción que campea en casi todos sus estamentos desde la contratación misma de nuevo personal. Quizás sea poco conocido que, por años se ha dado un estrecho compadrazgo entre funcionarios y consultores ambientales tanto como desarrolladores. Esto, por cuanto es común que los nuevos funcionarios provengan de empresas consultoras ambientales o eran consultores independientes; pero también se da esa relación por influencia política o familiar. En cuanto a quienes se retiran de la función pública de esta institución por renuncia o pensión, es habitual observar que, algunos de inmediato continúan en la institución como consultores ambientales. Así mismo, una determinada cantidad de empresas consultoras ambientales del país, son propiedad o administradas por exfuncionarios de la SETENA o el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE); y la mayoría de ellos, ya sea por su propia iniciativa o conjuntamente con sus allegados, ejercen influencias internas a las que nada se opone. 

Frente a esas prácticas y más irregularidades que afectan la institucionalidad del país, como el denominado «caso cochinilla», no es extraño que para el año 2020, según el Indice de Percepción Global de la Corrupción publicado por parte de Transparencia Internacional17, de cuya calificación en escala de 1 a 100 puntos, Costa Rica sólo obtuvo 57 e inferior en 31 unidades a la mejor calificación (Dinamarca); y no existe alternativa, se debe aceptar que, ese resultado es un indicador de democracias decadentes. Tómese en cuenta que, casos como los expuestos por el periodista Greivin Moya de Canal 7 en una serie de reportajes durante julio 201718, se han repetido con otros actores; según los resultados de uno de los más recientes informes de auditoría a la SETENA. Sin embargo, estos no trascienden de igual manera a las preocupaciones y ocupaciones de políticos y empresarios, pues reina la impunidad para los funcionarios que así actúan en esta Secretaría, mientras se practica el acoso u otras medidas para quienes no se “alinean” como ha sucedido en la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica de Costa Rica (JAPDEVA)19. Como prueba y ejemplos de la persistencia de dichas irregularidades en esta Secretaría, se pueden citar algunas denuncias ambientales que han trascendido a los medios informativos durante los últimos meses. Una de ellas, interpuesta contra la construcción de una Terminal de Autobuses en el centro de la ciudad de Puntarenas, sobre la cual, en primera instancia la SETENA le informó al denunciante que, no existían trámites de dicho proyecto en la institución. Pero ante las insistencias y pruebas aportadas por el ciudadano Francisco Campos, se terminó confirmándole que luego de la denuncia, al desarrollador se le aprobó un registro ambiental; pues para las autoridades tal proyecto no requería viabilidad ambiental. Entre las anomalías que son verificables en la atención de esta denuncia (Exp. D2-0750-2020-SETENA), se tiene por ejemplo que, al denunciante se le informó con deficiencia, pues el tal registro aprobado para el proyecto, es contrario a lo que está Reglamentado. Quien quiera comprobar, observará que según lo establecido en la Normativa (Anexo 2, Categoría I del Reglamento de EIA) en cuanto al Transporte, las actividades de estaciones terminales, todas requieren una evaluación de impacto ambiental independientemente de la dimensión de su infraestructura; y por ende la Viabilidad que corresponde. Actualmente esta denuncia, se ventila en el Tribunal Ambiental Administrativo, trasladada por la SETENA en contraposición de lo que dicta el Artículo 54 del mismo Reglamento; también en el Organismo de Investigación Judicial20: «expediente 20-000061-0611-PE por el delito de infracción a la Ley de Zona Marítimo-Terrestre y otros».  

Otra denuncia, se refiere a la fase del movimiento de tierra de un proyecto constructivo de dos edificios tipo torres, situado en San Francisco de Heredia e interpuesta por el concejal de la Municipalidad de Alajuela señor Marvin Venegas. Con similar proceder a la denuncia antes citada, las autoridades (Secretaria y Director Técnico) respondieron evidenciando un aparente ocultamiento parcial de la información levantada en el sitio por parte de los inspectores de la institución. Esto se observó en documentos, en los cuales, la SETENA concluyó primero mediante el oficio SG-1244-2020 y luego con la Resolución No. 1773-2020-15/10/2020 que, el botadero improvisado donde dice se depositaron los materiales, no requería Viabilidad Ambiental. No obstante, el Reglamento que aplica, lo exige como proyecto individual o parte integral de una obra mayor. Dicha resolución está pendiente de fallo definitivo por apelación ante la ministra del ramo. Además, sobre este mismo caso, en el Tribunal Ambiental Administrativo existe un proceso abierto; extrañamente trasladado por la propia SETENA; pues las denuncias con expediente en la institución como es en este caso el expediente No. D1-22609-2019, ésta debe resolverlas (Artículo 51 del Reglamento). 

Citamos también un tercer caso de denuncia contra la SETENA, cuyo proceso contempla una sentencia de la Sala Constitucional, en la cual, se resolvió con lugar recurso de amparo interpuesto por el señor Marco Levy. Según la información al respecto, «se gestaron aparentes irregularidades que culminaron con la aprobación del registro ambiental D2-0999-2020, cuando lo que procedía era un estudio de impacto ambiental integral de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica del Ambiente y la Ley de Biodiversidad». Además, «…el tema gira alrededor de la construcción de un enorme proyecto turístico totalmente nuevo compuesto de nueve edificaciones, piscina y otras obras, las cuales, según la normativa de aplicación, requieren de los respectivos permisos municipales al estar contiguo a un humedal declarado y registrado en el Registro Nacional de Humedales»21.  Una atención especial merece este caso, pues se trata de la aplicación del novedoso trámite (Registro Ambiental) implementado para sustituir los procesos de EIA y por ende la Licencia Ambiental; el cual ya evidencia su contribución significativa en el aumento de las denuncias como una consecuencia de su nula eficiencia, por ejemplo, al haberse eliminado el mecanismo de verificación previa como era la inspección in situ. Y a pesar de que el trámite es casi 100% digital, hasta la falsificación documental ya es notoria según Registro Ambiental D2-0128-202022.  

¿Pero qué han hecho las autoridades de la SETENA o externas como podría ser la misma primera dama para contrarrestar ese grave mal que, ha dañado la Institución a todo nivel y ambientalmente a la Nación costarricense? ¿Y más aún, al considerar que nuestra legislación tipifica el daño ambiental como de afectación irreversible, incidencia colectiva y causante de delito imprescriptible? Demasiado poco o más bien nada. Hace aproximadamente tres años, removieron a dos ocupantes de puestos en mandos medios, quienes ostentaban «la etiqueta de expertos asesores» de esta Secretaría; los mismos que el reportaje de Teletica antes citado, describió y presentó casi que in fraganti. Y a propósito, ambos, aunque no los únicos funcionarios de la Setena, muy allegados a los representantes empresariales ligados al «caso cochinilla», como la señora Mélida Solís, quien los visitaba regularmente con bolso en mano y a otros como el secretario actual. Sin embargo, la decisión de separarlos del puesto, solo fue posible por la gravedad de las revelaciones en un informe de auditoría interna del MINAE y la firmeza del auditor encargado. No obstante, el movimiento horizontal que les aplicaron supuestamente como sanción, fue más una premiación. En la Dirección de Gestión de Calidad Ambiental (DIGECA) y la Dirección General de Aviación Civil de Costa Rica están los testimonios de tales decisiones que, dejan en duda también la actuación de sus superiores responsables de los traslados. De manera que, los principales delitos asociados a la corrupción que da a conocer el «Estado de la Justicia -2020» del Programa Estado de la Nación (PEN), son al parecer actos que, diferentes voces denunciantes revelan como práctica cotidiana en la SETENA y que quizás, por «cochinilla» se llegue a revelar. Por lo mismo, se deduce que, para todo interesado en una verificación al respecto, le bastará con revisar al azar unos cuantos expedientes sobre proyectos bajo su gestión ambiental, para confirmar lo dicho y más; procedimiento de investigación aplicado para el Informe Estado de la Nación, 22 – 2016, «Capítulo 4 Armonía con la Naturaleza – Hallazgos Relevantes».  

De la grave situación por la que atraviesa esta secretaría, el exministro del MINAE señor Edgar Gutiérrez en polémica mediática con un funcionario de la institución señor Oscar Umaña, en ciertos momentos durante la gestión del primero, ventilaron públicamente elementos que constituyen alertas de la problemática23,24,25. Sin embargo, hasta hoy ninguna autoridad ha cumplido con su deber; principal razón por la cual, planteamos que, el caos existente por acción u omisión por parte de esas autoridades, ha multiplicado los daños ambientales a lo largo y ancho del territorio nacional; justamente cuando la crisis ecológica que afronta el país y el mundo, exige acciones urgentes e integrales. Vale recordar, según la propuesta del Papa Francisco en la encíclica «Laudato sí» que, esta problemática demanda un abordaje de la crisis sin perder el sentido de la totalidad, propio de una ecología integral trascendente de la clásica ecología ambiental26. Así que, las 5722 denuncias por delitos ambientales comunicadas por la Contraloría Ambiental del país, las cuales ingresaron al MINAE durante el año 2020 en franco aumento respecto al año anterior27 y el presente 2021 que, será superior de las 7000 según información oficial; no pueden ser únicamente noticias periodísticas de la que pocos se ocupen. El desafío es grande, así como los riesgos para los denunciantes, quienes conocen que el hostigamiento judicial y hasta el asesinato, son hechos reales también en la «Costa Rica verde y democrática». Y si bien estas solo son algunas referencias, en los archivos de la Institución, existen muchos más casos donde sobresalen elementos denunciables obviamente dolosos e imprescriptibles; ejemplo: 

a) Un complejo comercial en el Sur capitalino (Exp. D1- 11734-2013-SETENA), para el cual se presentaron y validaron sendos estudios geológicos e hidrogeológicos de dudosa consistencia técnica y elaborados en tiempo récord. b) Proyecto habitacional localizado al Este de la ciudad capital en territorio curridabatense, ingresado y evaluado en fase inicial satisfactoriamente por parte de SETENA como un simple movimiento de tierras (Exp. D1-9569-2012). c) Condominio en el distrito San Isidro del cantón Alajuela, autorizado su abastecimiento de agua potable mediante un convenio con la autoridad municipal para teóricamente construir un pozo profundo en zona de recarga acuífera; y no obstante que fue vetado por SENARA, obtuvo la viabilidad ambiental y permiso municipal sin que el gobierno local verificara dicha viabilidad (D1-18856-2016). d) Un cultivo de piña en la Zona Sur del país, viabilizado ambientalmente e iniciado con afectación en área de humedal (D1-18758-2016). e) Una mega obra portuaria en el Caribe, la cual, luego de más de un año de dedicación exclusiva a su evaluación ambiental por parte de un equipo multidisciplinario, este concluye con informe técnico negativo; pero el órgano deliberativo de la SETENA, en aproximadamente ocho días lo resuelve con viabilidad ambiental (D1-7968-2012). f) Planta procesadora de frutas también en la Zona Sur, construida sin Viabilidad Ambiental y otras irregularidades, pero inaugurada su operación por las máximas autoridades de la República con resonancia publicitaria (D1-20133-2017). g) Una torre de 25 niveles con cinco de ellos bajo nivel de suelo, incluye tanque de autoconsumo de combustible, 90.000 m² de construcción, con aparente afectación del radio de protección de un pozo, ninguna referencia consistente o medida técnica efectiva sobre el movimiento de tierra y, en fin, con ausencia de un estudio de impacto ambiental completo. Se trata de proyecto localizado en La Sabana–San José, propiedad de la familia de un exministro de gobierno y por supuesto con viabilidad ambiental; actualmente en fase de construcción (D1-23827-2018). h) Proyecto urbanístico iniciado sin estudios de impacto ambiental, daños en cauce y área de protección de dos quebradas; sin embargo, en esas condiciones se recibió documentación y dio trámite con el que se otorgó la viabilidad ambiental (D1-16192-2015). i) Dos proyectos presentados en forma individual por un mismo desarrollador, un Centro Comercial y un Condominio, a desarrollar en la misma área de proyecto; se les determinó diferentes afectaciones a cuerpos de agua no contemplados en los estudios, más otras deficiencias no solventadas, pero se les otorgó la viabilidad ambiental (D1-16380-2015 y D1-16670-2015). Y entre tanto más, una obra constructiva edificada como monumento a la ficción de democracia que honra al primer poder de esta República (Exp.D1-11991-2013); la cual, fue anclada hasta dañar el nivel freático que provocó derrame de agua por más de un año, no obstante, exhibiendo bandera azul ecológica «Categoría XV de Construcción Sostenible» según el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA). Y tal cual es, no tuvo evaluación de impacto ambiental con el estudio específico que le correspondía, pero recibió viabilidad de la SETENA, además, ya construido e inaugurado, se ha informado que se cae a pedazos28; es decir, si a esto sumamos la infestación que padece, el decaimiento de dicho órgano es total. 

Lo anterior es solo una pequeña referencia del desempeño real que vive la SETENA y no el amasijo de infundios con los cuales algunos parlamentarios respondiendo a los padrinazgos empresariales, hace aproximadamente tres años vociferaban por lo que, según ellos, sucedía en esta institución. Pero del laberinto que temporalmente les facilita atrincheramiento, sus salarios de privilegio y otros estipendios no obstante que, también son empleados públicos en tal caso sin escogencia idónea; no les conocemos crítica alguna. Tampoco de la actuación irregular de los funcionarios y obviamente autoridades de la SETENA responsables de las acciones hasta aquí descritas. Los casos de corrupción actualmente expectantes como “la cochinilla y diamante” tienen en vilo a la prensa, dicen también que trabajando a diputados desconocidos, y día a día, se revelan hasta conversaciones telefónicas obscenas de sus actores; sin embargo los lamentos y estridentes declaraciones de diputados y empresarios acerca de Institución, la que describían obstaculizaba el desarrollo, se acabaron por completo. En realidad, parece extraño que a pesar de la estrecha relación que existía entre las empresas denunciadas y las Instituciones junto a las cuales, también según sus competencias participaba la SETENA; a esta última nadie cita y tampoco a ninguno de sus funcionarios o exfuncionarios quienes mucho tendrían que decir. Mientras tanto, si bien a esta fecha todavía tampoco la han declarado cerrada, aunque la edificación ya hace más de un año de estar prácticamente vacía, se debe tener presente que permanece en un listado de entidades a cerrar por parte de este gobierno. Está dicho que, «Se analiza si se justifica su existencia como entidades desconcentradas con niveles máximos o niveles mínimos»; según declaraciones de la ministra de planificación Pilar Garrido29. Entre los afectados directos como serán sus empleados, hay quienes denotan preocupación, pues la agenda tanto del órgano ejecutivo como del legislativo, permanece abierta y está a la vista que, aunque estos otros empleados públicos de clase privilegiada hacen teatro con lincharse a mordiscos, poseen objetivos comunes por los cuales, honran el papel de peones del trabajo sucio contra el Estado Social de Derecho que ha caracterizado a Costa Rica. 

Sin ninguna duda que es repudiable y objeto de denuncia al más alto nivel, inclusive ante tribunales internacionales, cómo se ha legislado y administrando la cosa pública ambiental en los tiempos señalados. La «miope visión política» sobre esta materia con la que lejos de avanzar, hasta mayo del 2018 el país mostraba un enorme retroceso30; tres años después se ha multiplicado. Sin embargo, aunque pareciera contradictorio con lo que exponemos, se mantiene invariable la Ley Orgánica del Ambiente (LOA), aprobada por mayoría calificada de legisladores hace aproximadamente un cuarto de siglo, y en la cual se estableció: «Artículo 1.— Objetivos. La presente ley procurará dotar, a los costarricenses y al Estado, de los instrumentos necesarios para conseguir un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. El Estado, mediante la aplicación de esta ley, defenderá y preservará ese derecho, en busca de un mayor bienestar para todos los habitantes de la Nación». Es decir, objetivos claramente consistentes con el derecho y el deber Constitucionales, en tanto, la Carta Magna (Artículo 50) previó un año antes que, para hacerlos efectivos, toda persona habitante del territorio costarricense «…está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado». «El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho». Pero, obsérvese el insólito caso de quienes hoy ejercen y/o controlan los poderes de la República; respecto al proceso de adopción final del Acuerdo de Escazú: «…único acuerdo vinculante emanado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20), el primer acuerdo regional ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en el mundo en contener disposiciones específicas sobre defensores de derechos humanos en asuntos ambientales31,32». Ha resultado que, las incoherencias e improvisaciones a nivel oficial, cámaras empresariales aquí citadas y sus acólitos, así como dirigentes políticos; públicamente se muestran como lo que han sido siempre, es decir, los máximos enemigos del ambiente y el desarrollo ambientalmente sostenible. Pues no conocen ni aceptan aún que, para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), es fundamental garantizar la implementación de derechos ambientales como el acceso a la justicia en dicho tema. Y una irrefutable prueba al respecto, es el cinismo de su doctrina expuesta en todos los medios a disposición33,34, con tal de impedir la ratificación del Acuerdo Regional que, en tiempo anterior fue promovido por Costa Rica. Es más, con tales prácticas, sin argumentos jurídicamente sustentados y esquivando el debate público35,36,, han dado muestras de una actitud ridícula que pareciera  pretende desacreditar Órganos como la CEPAL y obviamente la ONU.  

Frente a lo anterior, un objetivo de este análisis, es —insisto— la denuncia pública contra todos esos funcionarios incluidos los de la gobernanza por Decreto, quienes han desviado sus obligaciones al actuar negligentes y/o regresivamente en sus reformas a la normativa ambiental y con ello, inducir el retroceso del país a una situación que ya se creía superada. Estamos convencidos de que, en estos temas, ha hecho falta mayor beligerancia de la ciudadanía ante los máximos Tribunales, no obstante la poca garantía de justicia pronta y cumplida en esos estrados; donde todavía determinadas personas más y mejor informadas presentan algunas iniciativas, pero se deben multiplicar y reforzar. Por ejemplo, la del Expediente 21-003977-0007-CO, según la cual, «El abogado ambientalista, Álvaro Sagot Rodríguez, interpuso acción contra el Decreto Ejecutivo No. 40075- MICITT-S-MEIC-MINAE-MOPT, publicado en La Gaceta No. 35 del 17 de febrero de 2017, Alcance 36, y contra el acuerdo de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental No. ACP 20-2017 del 24 de marzo de 2017, contemplado en el artículo 02, según acta de la sesión ordinaria No. 033-2017-SETENA, de la Comisión Plenaria de esta entidad»37

Si bien hasta hoy dentro de la ultrajada institucionalidad costarricense sobrevive la SETENA, por lo que todavía no ha hecho o ha dejado de hacer, puede decirse que se encuentra en vías de extinción o al menos en parálisis; según su función legal. Quizás algo similar a lo que sucede con la histórica y trascendental Empresa de Utilidad Pública antes citada JAPDEVA, de cuya Ley Orgánica No. 3091 de 1963 casi solo queda su extenso y simbólico nombre. Vale señalar que, en el más reciente informe presidencial del primero de mayo38, se dan referencias de este «golpe de gracia» al desarrollo portuario nacional, en parte reconociendo que, la firma del contrato en el año 2012, aunque no refiere de las acciones posteriores, hicieron prevalecer los intereses particulares sobre el interés público: «… lo que se concretó ahí fue el traslado del 84% de la carga y el 80% de los ingresos de JAPDEVA a la TCM, a cambio de un canon. Se cedió un negocio público a un privado sin una compensación adecuada, y sin garantías de mejores tarifas y mejor operación». Dicho contrato se firmó durante la administración Chinchilla y terminó consolidándose durante las dos administraciones siguientes que incluye la del mismo Alvarado. De estas acciones de gobiernos, ya se tienen algunos resultados aparte de los policiales por tráfico de ilícitos o judiciales por irregularidades constructivas39. Por ejemplo, también dice el presidente: «Hoy la realidad es que las tarifas de la TCM son más caras que antes y la terminal, a dos años de su entrada en operación, está ya llegando a su saturación operativa». ¿Denuncia o mea culpa del presidente? No lo sabemos. Sin embargo, al igual que otros antecesores suyos en determinados pasajes históricos de nuestro país, cínicamente atribuye las culpas a los trabajadores y sus organizaciones; jamás demanda alguna contra los verdaderos responsables. Sobre su complicidad con dicho «contrato», declara que «velaremos por su cumplimiento». Al respecto su ministro estrella todavía ha dicho poco, así como los Tribunales40; y es probable que las «cochinadas» se multipliquen. 

Es bien conocido que, la SETENA fue creada como parte de la Administración Pública mediante la Ley Orgánica del Ambiente (Ley No. 7554), y le fueron asignadas funciones técnicas y de rectoría a nivel nacional en cuanto a la Evaluación de Impacto Ambiental, ver por ejemplo su Artículo No. 17. Además, fue constituida como un Órgano Técnico de desconcentración máxima del MINAE (Artículos No. 83, 84). Así lo tuvo que reconocer públicamente un forastero político, aunque no lo cumplió, cuando para quitarse las pulgas que le caían por su intrusa y «competitiva» intervención política de SETENA durante el 2006-2010, escribió: «Es importante aclarar que la única autoridad formal sobre la Secretaría Técnica Nacional Ambiental es el Ministro del Minaet…»41,42. También, será mucho o no tan conocido a nivel público que, con el actual gobierno la institución fue tomada desde dos instancias de poder político: mediante un nuevo vice ministerio de ambiente instalado en la propia sede de la SETENA, con acciones directas y constantes sobre su funcionalidad durante más o menos dos años; así mismo desde casa presidencial la primera dama y sus asesores. Es decir, la intervención política dobló a la impuesta entre el 2006-2010 u otras posteriores.  

En fin, SETENA en la práctica, fue convertida en órgano político y desconcentración mínima, debido a la usurpación de los mismos o nuevos intrusos de siempre; y como lo hemos apuntado, unos actuando desde la presidencia de la República, cámaras empresariales y otros dentro de la misma institución con rango de ministro o viceministros, como lo hizo la viceministra María Celeste López quien ya no está, se fue en silencio y nadie dijo nada, ni ella. Pero todos con igual propósito, induciendo la agravante de que, hoy día, la primordial y más trascendente función definida como Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), es la que menos se cumple. Proceso que, de cumplirse a cabalidad, es la más eficiente y legítima herramienta garante del desarrollo ambientalmente sostenible aquí y en cualquier parte del planeta; vigente en el país durante más de 20 años no obstante las deficiencias señaladas. Pero, solo con la reforma reglamentaria, fue eliminado para más del 54 % de proyectos, obras o actividades que debían evaluarse; y en su lugar, se estableció un registro ambiental que, bajo la suposición de cumplir con el proceso de EIA «…finalizará con una notificación electrónica indicando, número de permiso ambiental emitido al registro» (D.E. 41815-2019). Una notificación que, se efectúa casi inmediatamente y con promesas de «llamaditas de atención»  ante los incumplimientos. Y algo más, dicha comunicación no es oficio, no es resolución, ni papel en el que, algún funcionario suscriba responsabilidad por parte de la Administración Pública. La duda es grande si dicho trámite cumple al menos con el principio de legalidad jurídica o administrativa. Pues la única importancia que tiene para la Institución, es meramente financiera en cuanto a que, cada uno debe depositarle 67.8 dólares43 a cambio de usar el formulario y aparecer registrado en el sitio web; costo del cual, un 15% se indica que es por el pago de un código que no le entregan y la mayoría de usuarios no conoce; mucho menos aplica. Para algunos usuarios de la SETENA, este cobro aparentemente tiene características de estafa y en lo legal denota prevaricato e incumplimiento de deberes. 

En palabras de la ya ex secretaria de la institución (hoy viceministra de Agua y Mares), la actuación anteriormente descrita, es parte de la «migración a un sistema fiscalizador» —Confesión de parte— donde ahora, el reto es la evaluación ambiental estratégica; según publicaciones en la Revista REDLAFICA, No.1 y No. 2 202044. Sin embargo, con respecto a la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), la SETENA con sus nefastas administraciones, es probablemente la principal responsable del desperdicio de miles de millones de colones, invertidos en estudios técnicos sobre ordenamiento territorial del país presentados a este proceso. Por ejemplo, lo invertido en el Plan Regional Urbano de la Gran Area Metropolita del Valle Central de Costa Rica (PRUGAM), en el cual, la señora ex secretaria ha declarado que tuvo participación. Es probable que, funcionarios o exfuncionarios municipales de probada honestidad en sus gestiones y con conocimiento sobre dicho Plan, todavía esperen una investigación profunda al respecto; o también la actual ministra de ambiente, según sus experiencias referidas por la prensa. 

De las publicaciones tituladas «Setena, Migrando a un Sistema Fiscalizador» y «El Riesgo de Olvidarse del Ambiente», llama la atención que su autora la ex jerarca de SETENA, aparentemente no solo no distingue entre el propósito, fines y objetivos de la Ley Orgánica del Ambiente y la función que le confiere a la que fue su representada. Si no que, tampoco en el tiempo que permaneció en el puesto luego haber sido nombrada (La Gaceta No. 82 -06/05/2019) entendió la definición integral de EIA; a pesar de que cotidianamente firmó resoluciones de aprobación de estudios técnicos de dicho campo. Un delicado fallo profesional que, a juzgar por los resultados, se amplió a sus equipos de apoyo, como el director técnico (actual secretario), Departamento legal y la Comisión Plenaria, e inclusive, sus asesores especiales que, antes ningún otro ocupante del puesto tuvo.  

Con la finalidad de ampliar el detalle de la situación que llevó a la desaplicación del proceso de evaluación de impacto ambiental para la mayoría de los proyectos, obras o actividades que según la Ley 7554, la SETENA debe evaluarlos con el propósito de otorgarles Viabilidad Ambiental; a partir de las propias fuentes de información institucional tenemos lo siguiente: 

Cuadro 1.  Actividades, obras o proyectos tramitados en la SETENA del 2014 al 2020. 

Año  D1  D2  D1+ D2  % D2 
2020  692  1.013  1.705  59.4 
2019  848  1.288  2.136  60.3 
2018  986   1.172  2.158  54.3 
2017  1.183   1.470  2.653  55.4 
2016  1.085   1.171  2.256  51.9 
2015  1.021   1.326  2.347  56.5 
2014  1.109   1.137  2.246  50.6 

Fuente: Archivo institucional de la SETENA 

De acuerdo con estas cifras y los evidentes resultados, principalmente de la reforma reglamentaria mediante el D.E. No. 41815-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC publicado el cinco de julio del 2019, los efectos causados están a la vista. En el enlace siguiente, se puede escuchar que, cuando el gobierno de la República dio a conocer las decisiones al respecto45, la euforia del presidente no pudo ser mayor, y quizás por ello, fue claro su pésimo asesoramiento, acerca de la materia bajo tutela de la Institución; y consecuentemente las implicaciones para el país producto de sus decisiones. Dijo entre otras cosas que, gracias a las colaboraciones del equipo que le acompañaba y la destacada participación de la primera dama, ahora «estamos mejor», pues «estábamos muy mal». Así mismo que, la firma de este documento, representaba que el 54% de los proyectos ingresados a la SETENA a ser evaluados y en tiempo «no menor a tres meses», ahora pasaban a un registro que solo «tarda minutos». En igual sentido, por otros medios han declarado que, «… Cada año Setena recibe 3.000 trámites, por lo que la simplificación para proyectos de bajo impacto ambiental permitirá acelerar el paso a 1.620 casos». Datos parcialmente ciertos en cuanto al 54%, si a esa fecha se calcula el promedio anual entre el 2014-2018. Sin embargo, se debe indicar que, sin considerar el efecto de que, la reforma empezó a regir a mitad del año 2019; durante este y el siguiente año 2020, los proyectos, obras o actividades que no tuvieron la evaluación de impacto ambiental correspondiente sólo a consecuencia de esta decisión, fue del 60 %. Lo cual, en cifras absolutas suman un total de 2.301, mientras, sin hacer consideraciones sobre la calidad del proceso que, por regla general la SETENA aplica con deficiencia, solo se evaluó 1540. ¿Quién gana, quién pierde? Y aún más, qué se puede esperar a corto plazo, acerca del restante 40 o 46 %, cuando es público también el compromiso asumido por el gobierno de que, la SETENA «migre» a un sistema fiscalizador46. Es decir, relegar la evaluación de sus fundamentales fases ex ante y durante. 

Debemos determinar con máxima preocupación que en ese período bianual (2019-2020), se presentan indicios que no honran la responsabilidad administrativa funcional al haber omitido  evaluar una significativa cantidad de proyectos, obras o actividades que, como dice la legislación ambiental incluyendo el Reglamento reformado, también representan: «actividades humanas que alteran o destruyen elementos del ambiente o generan residuos, materiales tóxicos o peligrosos, por lo que requerirán una evaluación de impacto ambiental» (Artículo No. 17 de Ley No. 7554, Artículos 1 y 2 del Reglamento General D.E. 31849). Proceso que, de llevarse a cabo con la eficiencia requerida por esta herramienta científica técnica de Política Ambiental Preventiva según su definición, es decir, entre otros requerimientos, contemplando los efectos acumulativos y sinérgicos de sus impactos ambientales; jamás se podría disponer esa mal llamada simplificación; pues por lo realizado, no es otra cosa menos que haberlos excluido de cumplir la EIA. La obligación de ser evaluados, es porque todos causan impactos ambientales y no por la dimensión (Alto, mediano, bajo) específica de estos. En los Artículos de Ley y Reglamento citados, está implícito y explícito también, el alcance del adefesio cometido a partir de la promulgación del D.E. 41815-2019; aunque a ciencia cierta, todo el cuerpo de este Decreto es catastrófico contra la normativa ambiental y por ende el Artículo 50 de nuestra Constitución.  

Además, en este contexto es relevante observar que, el nuevo Reglamento del acrónimo RECSA, D.E. 41132-2018 sólo firmado por el entonces presidente Luis G. Solís durante los últimos días de su administración, por parte de expertos e instituciones como la Federación Costarricense para Conservación del Ambiente (FECON) y el Consejo Nacional de Rectores (CONARE); obviamente con fundamento en la ciencia y la técnica, fue determinado como un flagrante retroceso en la Evaluación de Impacto Ambiental. Así fue denunciado también ante la ministra de Ambiente y Energía señora Andrea Meza, según el medio digital Elpaís.cr del 18 septiembre 202049. Sin embargo, como parece sucedía que, para los mismos sectores empresariales interesados en la derogación de la normativa, lo contemplado en el Reglamento de Evaluación Control y Seguimiento Ambiental (RECSA) era todavía insuficiente y de poca o ninguna importancia  su puesta en vigencia; es evidente que, con la supuesta alianza del nuevo gobierno y empresarios, se aseguraron la redacción, firma y publicación de otro Decreto: el D.E. 41815-2019; mediante el cual, con el ejecútese por parte del presidente Alvarado, este gobierno verdaderamente «la sacó del estadio». Tómese en cuenta que, acerca de dicha reforma, a esta fecha no se ha informado ni determinado por nadie, a cuáles entidades calificadas, las autoridades responsables le solicitaron criterio técnico, o si por iniciativa propia alguien ha emitido pronunciamiento alguno. 

Pero para quienes actúan de buena fe, no era de esperar menos, dado los privilegios concedidos al «equipo técnico» del sector construcción y de desarrollo inmobiliario agremiados en UCCAEP. Siendo que el gobierno sin vacilación alguna, justificó y decretó que, estos actores constituyen «… el usuario más importante de la SETENA y sus proyectos representan un 70% de lo tramitado ante dicha institución, por lo que las propuestas y aportes que dicho sector pueda realizar a la mejora de los instrumentos mencionados resultan de vital importancia y relevancia» (Considerando VI —D.E. No. 41817-2019-MINAE). Por lo tanto, estamos ante una «mejora» y «simplificación» en manos y a la medida de quien debió y debe cumplir con los requerimientos técnicos de la EIA establecidos por la institucionalidad del Estado, y no por grupos o sectores de interés; acciones que dan lugar a la devastación ambiental del país y con ello, inducir el desmantelamiento de la SETENA50.  La Institución que dichos sectores siempre han descalificado, así como la herramienta que se resisten cumplir a cabalidad asumiendo con responsabilidad lo que ésta representa, una inversión garante del éxito de sus proyectos y el desarrollo ambientalmente sostenible de la Nación. 

Las implicaciones de esta reforma, también conllevan a que para los proyectos con categorización de impacto ambiental C, la SETENA estableció usar y presentar uno de los Documentos de Evaluación Ambiental (Artículos 3.30, 9, 12 y 13 del Reglamento) a fin de cumplir con el proceso de la EIA y con ello obtener el registro ambiental, ahora también contemplado como permiso de las actividades, obras o proyectos. Pero como dice la SETENA en su Resolución No. 0155-2021, estos permisos no representan ni equivalen a una Viabilidad Ambiental, lo cual es obvio, pues no media un proceso real de EIA con los estudios técnicos específicos y consistentes medidas ambientales; y únicamente, finaliza con una notificación electrónica con número de permiso emitido al registro (Artículo 13.3 del Reglamento) sin firma de nadie. Tengamos muy presente que, en ninguna Ley se establece que la SETENA tiene potestad de otorgar permisos, así lo reglamentó y expuso reiteradamente hasta la reforma que aquí analizamos. A la vez, como bien está definido en la Ley 7554, el alcance de la viabilidad ambiental es única y exclusivamente el de una Licencia, con la cual, concluye la aprobación del proceso de la evaluación de impacto ambiental a su cargo; además, le sirve al desarrollador especialmente para tramitar los permisos que correspondan ante otras entidades. Sin embargo, ahora que la SETENA ya no evalúa estos proyectos C, pero les otorga un permiso, se le podrá preguntar: permiso de qué y bajo responsabilidades de quién; pues solo median promesas o juramentos paganos. De igual forma: ¿Qué tipo de fiscalización real podrá ejecutarse a los proyectos que reciben trámites de tales características? Estas evidentes deficiencias con dicho trámite, han sido reiteradamente señaladas y hasta obligado a SETENA a corregir; según informes de Contraloría General de la República (2010), investigaciones del PEN (2016) y Auditoría del MINAE (2017). Sin embargo, el uso deficiente del Documento D2, ahora es de mayor alcance. Pues la inconsistencia o contradicción no pueden ser mayores, ya que, con el simple registro mediante el D2 y sin evaluación alguna se otorga un permiso; mientras tanto, con lo que sí dice evaluar por medio del proceso que inicia con el D1, no concede permiso sino, únicamente la condición de viabilidad ambiental.  

Por lo tanto, vale la hipótesis de que, con el nuevo procedimiento de registro y permiso ambiental para los proyectos, obras o actividades C, la SETENA ha incurrido en abandonar vía reglamento la más reconocida herramienta universal, legal y técnica de que dispone el país para garantizar la protección ambiental o de la diversidad biológica que advierte el Capítulo XIX de la Ley 7554.  Tómese en cuenta que, 2.301 actividades humanas de bajo impacto ambiental, frente a 1540 de moderado y alto impacto en el mismo período bianual y territorio nacional (Cuadro 1), ante los supuestos ya mencionados, es altamente significativo. Tanto, como para ampliar la hipótesis en cuanto a que, ante la desproporción descrita, la cantidad de los proyectos C que ingresan a la SETENA, en conjunto son igual o más destructivos e impactantes del ambiente que la cantidad de proyectos B y A. Situación a la cual, se debe sumar la considerable cantidad de proyectos que SETENA, por conveniencias de diferente índole y al margen de valoraciones técnicas y legales, ante personas públicas y privadas, emite oficios administrativos por parte del director técnico, la secretaria general o a veces otros funcionarios, declarando que tales proyectos no ocupan tramitar la EIA o el permiso. Por ejemplo, obras sobre construcción vial terrestre, torres de infraestructura de telecomunicaciones, edificaciones para albergues en áreas de protección o cárceles, edificaciones hoteleras y urbanísticas; actividades de movimientos de tierra, transporte marino, subestaciones de energía, talleres de mantenimiento y reparación automotriz, aprovechamientos forestales, etc. 

Así lo expuesto, no hay margen para la duda, la más agraviante intromisión y sometimiento político de la SETENA durante su corta historia y que, también ha llevado a cabo la actual administración, ha desvirtuado radicalmente el instrumento de política ambiental preventiva denominado evaluación de impacto ambiental incurriendo sistemáticamente en daños al ambiente a nivel nacional. Acerca del tema de EIA, véase qué establece la Ley 7554 y su Reglamento: 

«Artículo 17. Evaluación de impacto ambiental (Ley 7554) 

Las actividades humanas que alteren o destruyan elementos del ambiente o generen residuos, materiales tóxicos o peligrosos, requerirán una evaluación de impacto ambiental por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental creada en esta ley. Su aprobación previa, de parte de este organismo, será requisito indispensable para iniciar las actividades, obras o proyectos. Las leyes y los reglamentos indicarán cuáles actividades, obras o proyectos requerirán la evaluación de impacto ambiental. 

ARTICULO 3, inciso 37 y 43 del Reglamento General 

37. Evaluación de Impacto Ambiental (EIA): Procedimiento administrativo científico-técnico que permite identificar y predecir cuáles efectos ejercerá sobre el ambiente, una actividad, obra o proyecto, cuantificándolos y ponderándolos para conducir a la toma de decisiones. De forma general, la Evaluación de Impacto Ambiental, abarca tres fases: a) la Evaluación Ambiental Inicial, b) la confección del Estudio de Impacto Ambiental o de otros instrumentos de evaluación ambiental que corresponda, y c) el Control y Seguimiento ambiental de la actividad, obra o proyecto a través de los compromisos ambientales establecidos. 

43. Impacto Ambiental: Efecto que una actividad, obra o proyecto, o alguna de sus acciones y componentes tiene sobre el ambiente o sus elementos constituyentes. Puede ser de tipo positivo o negativo, directo o indirecto, acumulativo o no, reversible o irreversible, extenso o limitado, entre otras características. Se diferencia del daño ambiental, en la medida y el momento en que el impacto ambiental es evaluado en un proceso ex – ante, de forma tal que puedan considerarse aspectos de prevención, mitigación y compensación para disminuir su alcance en el ambiente. 

Artículo 86. Eficiencia (Ley 7554) 

La Secretaría Técnica Nacional Ambiental deberá responder a las necesidades de eficiencia y eficacia en el análisis de las evaluaciones de impacto ambiental, de conformidad con las normas específicas, viables y funcionales para la conservación del ambiente orientada hacia el desarrollo sostenible». 

Y como ya se citó, la imputación por daño o contaminación al ambiente según el artículo 98 y 101 de la misma Ley, se puede producir por conductas de acción u omisión y les son imputables a todas las personas físicas o jurídicas que la realicen. Inclusive «…a los profesionales y los funcionarios públicos que suscriban una evaluación de impacto ambiental contra las disposiciones legales o las normas técnicas imperantes o no den el seguimiento debido al proceso, originando un daño al ambiente o a la diversidad biológica». Además, no puede ignorarse que, entre los principios que dan sustento e inspiran a esta Ley, consistente con las afectaciones de tal naturaleza, el Artículo 2, inciso e plantea: «El daño al ambiente constituye un delito de carácter social, pues afecta las bases de la existencia de la sociedad; económico, porque atenta contra las materias y los recursos indispensables para las actividades productivas; cultural, en tanto pone en peligro la forma de vida de las comunidades, y ético, porque atenta contra la existencia misma de las generaciones presentes y futuras».  

Es decir, estamos ante un hecho delictivo de desbordantes proporciones. No solo porque se ha cancelado la obligación de cumplir con la EIA a miles de nuevos proyectos, obras o actividades anuales causantes de contaminación y destrucción ambiental; sino, porque al ejecutarlos sin las prevenciones técnicas y legales que les corresponde en su fase ex ante, ni los medios e instrumentos específicos para dar el debido control y seguimiento ambiental; los daños ambientales son inmediatos. Observemos que el registro (permiso) del «facilitado trámite» no conforma un expediente administrativo ni resolución en los términos definidos por la normativa que, al menos valide técnicamente algún tipo de control y seguimiento. Mismas acciones que, en palabras de la primera dama, el presidente, el anterior ministro de Ambiente y Energía y la ex secretaria de la SETENA denominan «fiscalización». Criterio con el cual, estos actores políticos confirman su elevado desconocimiento de la materia y, por ende, lo que acontece en la Institución y el país. «Setena migrará hacia un sistema fiscalizador que permita enfocar esfuerzos en controles puntuales…», dijo en cierto momento la señora secretaria; mientras la primera dama anunció «…que pronto se estará presentando un reglamento que generará una corresponsabilidad a los consultores que será compartidas con el Gobierno, también delimitará las competencias y responsabilidades, y tendrá un sistema sancionatorio51.  Pero como la sentencia popular es certera en cuanto a que «para verdades el tiempo», del camino andado la Resolución 0155-2021-SETENA, es una buena prueba de que, con los proyectos C y el permiso para ellos, no existe EIA, no hay posibilidad de responsabilidad compartida con consultores y la tal fiscalización es falsa o nula. 

Lo anteriormente descrito, es revelador de que la soberbia de la UCCAEP en sus exigencias al gobierno, le ha dado frutos, empezando con el poder otorgado por el presidente y primera dama mediante el Decreto Ejecutivo No. 41817-2019 u otros privilegios como el de dirigir la SETENA instalando una nueva secretaria proveniente de las huestes del sector empresarial privado. Hecho aparentemente revelado por la propia señora Barzuna al asumir el puesto luego de la destitución del señor Sergio Bermúdez (funcionario ICE). Según declaraciones de este gremio52, en su búsqueda de «un cambio radical en SETENA» y «Con el esfuerzo realizado en la revisión del RECSA y la confección del MECSA, que ha representado meses de arduo trabajo de un equipo interdisciplinario de profesionales afiliados que ha contado con un amplio apoyo de la administración de la institución, la Cámara Costarricense de la Construcción demuestra una vez más su compromiso permanente en el mejoramiento y modernización de SETENA, el desarrollo sostenible y con la creación de un mejor clima de negocios para que las empresas del sector construcción, y el país en general, sean más competitivos». Juzgue el lector, si en tales afirmaciones, está o no está explícita, esa política neoextractivista y con la cual, al sobreponer los intereses de la economía al ambiente, se convierte en el principal obstáculo para avanzar con los objetivos de desarrollo sostenible promovidos por la ONU. 

Tenemos por lo tanto que, si realmente deseamos ser responsables, se debe reconocer que se agotó el tiempo y el espacio para celebrar en estos tiempos premiaciones o reconocimientos a figuras políticas costarricenses; pues no posee este país una base integral y efectiva de política ambiental acorde con las emergencias actuales. Si la principal institución del Estado, responsable de velar por la protección y conservación de los recursos naturales, no es capaz siquiera de limpiar las malezas del entorno de su sede, ni resguardar en ella la calidad de servicios básicos como la disponibilidad de agua potable, según lo han referido sus trabajadores; este país está lejos de ser «campeón de la tierra» en Liderazgo político u otros títulos del autoengaño.  

Tampoco guarda consistencia real, aquello de que «En Costa Rica el mundo tiene un laboratorio de descarbonización para reforzar lo aprendido hasta la fecha»; o que «San José es la capital de un país modelo por su compromiso con la protección del medio ambiente»; según manifestaciones eufóricas de la primera dama y alcalde josefino respectivamente por el premio UNESCO Netexplo Linking Cities 2021 – Costa Rica «Objetivo cero carbono»53. Si así fuera, este país al menos se manifestaría orgulloso de formar parte de los primeros países en ratificar el Acuerdo de Escazú; al fin ya vigente gracias a las decisiones ejemplares asumidas por otros gobiernos de países como nuestros propios vecinos al Sur y al Norte. El desempeño traicionero que, el gobierno costarricense y sus aliados empresariales han cumplido hasta ahora al negar la ratificación a este Acuerdo, es una vergüenza nacional y ante el mundo, cuya actuación similar a la de los gobiernos de Chile, Colombia, Paraguay y anteriormente Perú; conjuntamente se muestran como los artífices de un complot contra dicho Instrumento y los Organismos garantes a nivel internacional. Y no parece que se hayan contemplado las consecuencias, por ejemplo, con el desaire del gobierno gringo al de Costa Rica con no invitarlo a su pasada cumbre sobre el clima, podríamos especular que, no fue equivocación ni despiste. Por su parte, a lo interno, se muestra congruente con lo actuado contra la normativa de evaluación de impacto ambiental.  Es decir, observamos dos hechos significativos con participación de los tres poderes de la República, los cuales, deberían motivar el retiro de los premios y reconocimientos, así como, demandar el juzgamiento y condena sus actores; según sucedió en Francia con «El Proceso del Siglo» por inacción climática y daños ecológicos54.  

No basta insistir que, la divulgación de que somos «campeones y líderes mundiales» 55,56,57, así como viajar por el mundo con discursos pretenciosamente persuasivos, es como una cortina de humo, la cual, personificada por el presidente y su esposa, ha sido utilizada para invisibilizar los daños ambientales acumulados por los miles de proyectos, obras o actividades anuales no evaluadas técnicamente en este país con la herramienta de EIA. Acciones divulgativas sobre las cuales, una atención especial, merece la revista Fortune con el ranking anual para empresas multinacionales y personalidades mundiales. Por ejemplo, Procter & Gamble Co. (P&G), una empleadora anterior del presidente Alvarado según referencias de la revista CIDOB -31/10/201857, a la cual, en el año 2013 Fortune la galardonó en el primer lugar de su lista de «Global Top Companies for Leaders» y en decimoquinto lugar de la lista de «Las compañías más admiradas del mundo»; no obstante exhibir lunares nada admirables58. Distinción un tanto similar, con el reconocimiento a la señora Claudia Dobles también por parte de Fortune, a quien le asignó el lugar 15 de los cincuenta líderes más importantes del mundo del 2019. Por lo tanto, si en este contexto histórico empresarial, se indica que, P&G acostumbra reclutar para su junta directiva personalidades con tales galardones, así como expresidentes de Estado59, es válido especular si hay ya nominaciones costarricenses de nuevos directivos para esta compañía. 

Volviendo a la EIA, ante la inventiva denominada «registro ambiental» aquí descrita, nos preguntamos qué aprueba la SETENA al respecto y con qué potestad de Ley, así como fundamento técnico. Pues durante décadas, fue un precepto constantemente explicitado por ella de que, «la Institución no otorga permisos», en tanto lo que establece la Ley, no es menos ni más que la Viabilidad (Licencia) Ambiental; pero que ahora, mediante un atropellado decreto ejecutivo, este proceso de licenciamiento fue derogado para la mayoría de las propuestas de desarrollo que se llevan a cabo. Obviamente, no es gratuita la suposición de que, como estos proyectos fueron «migrados» a un simple trámite casi 100% administrativo y para lo cual, no se requieren profesionales técnicos, sino, a lo sumo funcionarios de apoyo administrativo; siguiendo la línea de desregulaciones, a corto plazo y de una vez por todas, dicho permiso podrá ser trasladado a las Municipalidades. En tanto, para solo registrar, bastará un despacho oficial o hasta un puesto privado de servicios. Aparente especulación, pero concordante con la idea del exministro Carlos Manuel Rodríguez, cuando al inicio de esta Administración, según se comentó luego, en la propia SETENA expuso que se valoraba la posibilidad de que, a futuro, también otras instituciones podrían otorgar Viabilidad Ambiental. Quizás por estas «brillantes ideas» y al amparo de Resoluciones de la SETENA y decretos como los citados, ya se conocen casos donde una municipalidad ha emitido viabilidades ambientales60 sin ningún respaldo legal. 

Aunque todavía pueda ser poco conocido y creíble, SETENA es la Institución donde como por arte de magia y beneplácito del gran empresariado tanto como de políticos de igual calaña, en pocos meses se acabó con «una presa de miles de expedientes» que, según las divulgaciones de mala fe, esperaban la evaluación de impacto ambiental; así se repetía por diferentes medios hace aproximadamente tres años. Para quienes de esta forma mintieron a la opinión pública, debemos decirles que, la presa existía, pero como estrategia fraudulenta para lograr otros objetivos; por ejemplo, eliminar o hacer cada vez más laxo el proceso de la EIA. Sin embargo, la verdad de lo que sucedía y es demostrable, era diferente, y si bien no podemos negar que casi todo el aparato institucional ha sido ineficaz y deficiente; esa relativa lentitud y acumulación de trabajo, no se refleja en los informes departamentales y los generales de al menos los últimos cinco años ante el ministro de turno. Más real, es que siempre hubo evaluaciones de impacto ambiental procesadas en términos de pocos días y técnicamente deficientes, una mayoría a favor de ciertos grupos de interés con fuertes influencias dentro de la institución; por lo general identificados como desarrolladores y consultores ambientales. Mientras otros, la minoría, carentes de dichas influencias podían durar meses o hasta años; incidiendo también y de manera permanente, una capacidad instalada insuficiente y de discutida idoneidad, empezando por los llamados secretarios o secretarias generales. Pero además, no se puede dejar de repetir que, técnica y científicamente, tanto la ligereza como la tardanza, no son aquí ni en otra parte del mundo, parámetros consistentes por sí mismos para medir la eficiencia y eficacia de herramientas como la Evaluación de Impacto Ambiental. Vale decir, la mejor EIA no es la que se lleva a cabo más rápido ni la más lenta; siempre será la que, al menos bajo los procedimientos técnicos establecidos y aprobados con amplia participación ciudadana, se proyecte hacia el logro de los objetivos que debe cumplir en el tiempo y espacio apropiados; primordialmente proteger y preservar el ambiente. 

¿Cómo se montó la «cruzada» de doña Claudia Dobles y sus acompañantes? Sucedió que luego de arropar algunas herencias del gobierno Solís Rivera, lo primerísimo fue instalar en la propia sede de la SETENA el nuevo y fugaz vice ministerio de Gestión Ambiental del MINAE. Y desde ahí, el desempeño de un equipo de nuevos «funcionarios» hasta la noche del martes 8 de setiembre 202061 cuando cae la cabeza del vice ministerio. No obstante, con los que siguieron y nuevos arribos, continuó la abundancia de ocurrencias y ausente o bajo conocimiento técnico específico. Valga decir que, por encima de los criterios técnicos ha prevalecido el interés político y de los negocios. Materia en la cual, según lo divulgado, ostenta altas calificaciones el señor Mauricio Cotera62; incorporado a la planilla institucional en noviembre 2020. Esto mismo, es una prueba de cómo se han impuesto esos oscuros intereses de la mano con la gran empresa privada —verdugos del Estado y la Administración Pública—. Debemos tener presente que fue a escasos seis meses de esta gestión gubernamental, cuando se impuso una nueva Secretaria General devenida al parecer de las mismas huestes empresariales; por lo tanto, a título también de nueva «funcionaria pública» en el puesto del representante del ministro de turno, según lo dispuesto por la Ley 7554 (Artículo No. 85.a). El puesto que, por parte de cada administración, parece que es reservado para el sindicato UCCAEP y el bipartidismo tradicional (PLUSC); nada oculto indicador de la desatención del deber de probidad e idoneidad comprobada en la función pública, cuya exigencia constitucional y legal son insoslayables. 

Para la ex viceministra de Gestión Ambiental y la ex secretaria de la SETENA, quienes llegaron a «luchar contra la presa» antes dicha, han declarado que vencieron, pero no con el mejoramiento de la EIA. Sólo bastaron unas cuantas órdenes como la de «todo debe pasar», eliminación de casi el 100% de inspecciones in situ, eliminación del requisito de certificación de estar al día con la CCSS, desregulaciones oficiosas respecto a las actividades sobre movimientos de tierra, eliminación de certificación de disponibilidad de agua, aprobación constante de compensaciones por daños ambientales sin ser previamente valorados y mucho menos juzgados, exoneración de la viabilidad ambiental de proyectos como torres monotubulares de telecomunicaciones y construcción de infraestructura vial, viabilidad a proyectos ya iniciados, deficiente gestión de las denuncias ambientales, tolerancia desmedida con la expansión de frontera agrícola por monocultivos como la piña, etc. En complemento a todo esto, la señora ex viceministra no obstante su talante bonachón, promovió una «guerra a la creatividad» mediante su habitual discurso, en especial ante consultores y desarrolladores, al declarar que, parte de las deficiencias institucionales se debían al exceso de requisitos producto una práctica habitual de algunos funcionarios que, se presumían «creativos» en sus evaluaciones. 

Habrá quienes todavía se pregunten a qué mando respondía esa nueva secretaria general en el orden de superior jerárquico, pues más que decisiones propias, las órdenes que recibía, al parecer no provenían de la coordinación que debió con el titular de Ministro o viceministro de Energía; sino que, le llegaban desde Casa Presidencial —despacho de la primera Dama— por lo general a través de dos encomenderos constantes de nombre Jorge Polimeni y Pablo Bermúdez, con título de asesores de gobierno. Cuentan que a su arribo y como si fuera desconocido, esta ex secretaria advirtió a los subalternos: «vengo de la empresa privada»; algo así como para reafirmar lo opuesto al secretario que destituyeron para abrir paso a su nombramiento, pues quien ocupaba el puesto, era un funcionario público de carrera en el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). Así mimo, se informó que, el asesor J. Polimeni enviado a la asunción, expresó disponer de mucho poder como para empoderar al personal que aprovechó el momento para exponer preocupaciones. En ciertos círculos de los administrados, se comenta que, en la SETENA no podría ser extraño lo que es habitual en el primer poder de la República, en donde los «peores bichos» que se recogen en los arrabales citadinos, mediante las piñatas electoreras de cada cuatro años, saltan temporalmente a plazas de la función pública para usarlas al mejor estilo mercenario. Calificativo ya empleado entre correligionarios políticos del ámbito nacional63. ¿Qué puede resultar de la Administración Pública conducida por sus obstinados enemigos? 

Pero aquí no finaliza la «reactivación económica y generación de empleo» en este país—eterno rezo de políticos y empresarios— a partir de la modernización de la SETENA. Tengamos presente que, dicha Institución, es parte de la lista oficial de las 76 entidades públicas bajo la lupa del ministerio de Planificación Nacional (MIDEPLAN) para desaparecer o desconcentrar al mínimo64. Asunto alineado a la propuesta 57 de doña Rocío Aguilar, contemplado en el numeral 52 del Acuerdo Nacional 201765, la actual «súper-súper» de la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) y otrora «poderosa» ministra de hacienda con previa estancia en Deloitte Costa Rica; donde dicen «se cuidan los unos a los otros»66. No sabemos si por las mortíferas pandemias, u otros desastres de la modernidad del neo liberalismo y neo extractivismo; comunes abanderamientos de nuestros presidentes, ministros, diputados, asesores, secretarias y hasta de sus peones, como el actual secretario general; entre otros. Que Dios cuide al menos a los pensionados de hoy, pues siempre será incierto el resultado de esa superintendencia y las modernizaciones que nos promueven. 

Aún con la devastadora emergencia ecológica que por doquier azota a nuestra casa común, con respecto al tema ambiental, es una realidad indiscutible que, Costa Rica todavía se beneficia del reconocimiento internacional pero que es el producto de las visionarias decisiones de nuestros próceres. Sin embargo, al igual que sucede con otras conquistas sociales y políticas, a partir de los años ochenta del siglo pasado, los sectores empresariales y clase política, se han empeñado en imponer múltiples reformas con las cuales, de forma acelerada han hecho retroceder el Estado Social y Ambiental de Derecho. Condiciones que nos distinguieron en el plano mundial, sin necesidad de los onerosos e injustificados gastos en propaganda o asientos en organismos internacionales; lo cual, obviamente repercute en el desfinanciamiento de programas de interés social. ¿Qué nos queda o qué nos han dejado? Sobrevive una institucionalidad casi sólo defendida por los sindicatos del sector público y comunidades rurales, a pesar del hostigamiento, la represión y criminalización de la protesta social. Es el caso de las instituciones de salud pública, educación, banca y de otros servicios esenciales como agua, electricidad y combustibles fósiles. Pero sometidas al desfinanciamiento, privatizaciones parciales y la desacreditación constante por parte de los enemigos de siempre: la gran empresa privada, cuyos tentáculos, donde quiera que irrumpen, actúan inescrupulosamente sin reconocer límites de ninguna especie. Así gobiernan o cogobiernan hoy día con las autoridades de turno en guerra de tercera generación contra la Administración Pública y el Ambiente; generando una situación en la que, por su gravedad, en materia ambiental hemos procurado reseñar y repito: denunciar públicamente, pues ya ni los Tribunales responden a la altura de sus deberes. 

Decía don Rodrigo Carazo «El último Presidente»67 (O. Aguilar, 2018) que, en estos tiempos se debe dormir con un ojo abierto, y no es para menos, pues llevamos ya casi cuatro décadas de desmantelamiento del Estado, unas más otras menos, ninguna de estas administraciones ha hecho pausa alguna en este «modelo de desarrollo» que llaman de «modernización». Entre los ex presidentes, quizás el más desvergonzado de estos sepultureros, para el 2008, ante inversionistas españoles en Madrid, exponía que el principal botín por entregar y a la vez su «principal legado a los costarricenses», sería acabar con los últimos dos dinosaurios monopólicos, el ICE y el Instituto Nacional de Seguros (INS)68. Obviamente, otros gobiernos de igual forma actuaron con la riqueza nacional cedida o abandonada, por ejemplo: ferrocarriles, banca y aeropuertos. Nota especial para las tres últimas administraciones incluida la actual, las cuales, casi han liquidado JAPDEVA con el traslado del 80% de sus ingresos a la empresa privada; así lo ha dado a conocer el presidente Carlos Alvarado69. Sin duda que todos esos recursos son o eran fundamentales para el desarrollo ambientalmente sostenible del país, tanto como la herramienta de Evaluación de Impacto Ambiental y la Institución SETENA hoy en vías de extinción. Y como diría ahora el expresidente Oscar Arias, este será uno de los principales legados de la Administración de don Carlos Alvarado y su esposa para toda la Nación. Por esto, le recordaremos siempre, mucho más que por la resucitada política de descarbonización o la engañifa reforestación de la zona norte del país con su «Huella del Futuro». La imagen que lo muestra activo en cuanto a la plantación de árboles, representa más que cualquier otra cosa, un tipo de realismo mágico. 

Alguien deberá explicar al señor presidente de Costa Rica o a su esposa qué es reforestación y cómo se desarrolla, ya que, ese emprendimiento femenino «Huella del Futuro», no alcanza ni para paliar los daños ambientales al ecosistema boscoso por la trocha de doña Laura Chinchilla, la pública deforestación para ampliar la Ruta 1 Barranca – Cañas o la que ha provocado la expansión piñera en la propia zona norte citada. Por otra parte, si verdaderamente existe voluntad política para el mejoramiento inmediato y continuo de la SETENA, sus procedimientos y la normativa de la EIA tal y como dicen las cámaras empresariales que es su objetivo; se deberán derogar al menos todas las normas inicialmente referidas. Así mismo, mandar a la última ex secretaria, sus asesores, el secretario actual (anterior director técnico), miembros de comisión plenaria y jefaturas; a un curso anual e intensivo y costeado por ellos mismos, sobre evaluación de impacto ambiental y ética profesional, sin permitirles retornar a sus puestos hasta ser evaluados y la demostración efectiva de su idoneidad. Hoy como nunca, es urgente demandar una auditoría externa y total de esta institución, teniendo como base los más recientes informes de fiscalización de la gestión institucional por parte de la Contraloría General de la República, la auditoría interna del 2017 liderada por el Máster Juan Alexander Moya Carrillo, encuesta interna del año 2015 sobre el clima laboral a todo el personal de la institución y la investigación titulada «SETENA: Historia de una enfermedad congénita» por Esvin Porras, 2012. Y luego, de acuerdo con los resultados, se llame a cuentas a las personas que durante los últimos años han ocupado puestos de mando y/o integrado la comisión plenaria. Solo después de cumplidas estas acciones y sentadas las responsabilidades que correspondan, podríamos creer y aceptar que se procura un verdadero remozamiento y mejoría de la SETENA. 

Sin que fuera un propósito, la redacción final de esta reseña ha coincidido en tiempo con el desarrollo de la Sesión 76 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Y también cuando se obtuvo información de ciertos hechos trascendentes al contexto de la situación descrita; razón por la cual, para su mayor análisis, es oportuno apuntar algunas inferencias. Se trata de la «alerta roja para la humanidad» por la emergencia climática del Planeta, declarada con vehemencia por el propio Secretario General de las Naciones Unidas señor Antonio Guterres70,71, días antes y durante la inauguración de este evento; pues al respecto, en ninguna parte del Planeta se está haciendo lo debido. Mientras que, con promesas, reuniones y discursos resonantes, ni siquiera hay perspectivas de detener la catástrofe ecológica en cada país; de acuerdo con el valor ascendente de la temperatura global revelado por los expertos. De manera que, un Plan de Descarbonización72 como el propuesto y que se dice asumió el gobierno de Costa Rica para el período 2018 – 2050, por muy buena redacción que muestre, en manos de políticos que por sus propias acciones agonizan en el colapso de la confianza y los valores; no es otra cosa más que, una «pantalla de humo». Buena tarea para investigar a futuro si los negocios de la citada “economía verde» que, por regla general representa más negocios para corporaciones transnacionales, están detrás de dicho Plan. Por ejemplo, a través de inversiones en reforestación u otros monocultivos y producción de biocombustibles. Es decir, no parece casualidad que, luego de la intervención del presidente Alvarado en dicha Sesión, las reuniones con grupos empresariales de inversión y negocios, estuvieran en lo inmediato prestos al «reconocimiento del liderazgo de Costa Rica en temas ambientales», lo cual, se respondió con otra alabanza: «estamos trabajando juntos» y «Trabajamos aún más fuerte durante la pandemia para que Costa Rica pueda ofrecer condiciones de competitividad…»73. 

Otro hecho reciente, es la divulgación pública y al interior de la SETENA de una nueva reforma al Reglamento General de EIA (D.E. 31849-2004-MINAE); se le titula de Reforma Integral74, pero entre otros aspectos, contempla la derogación total de este mismo Decreto y el 32967-2006- MINAE. Parece más una enmienda de los múltiples vicios observados en la también reforma al mismo Reglamento mediante el Decreto Ejecutivo 41815-2019-MINAE y del cual, no se da ninguna referencia; tampoco del D.E. 41132-2019-MINAE. En este orden, corresponde preguntar dónde nace y quiénes son los efectivos proponentes75 de esta «nueva reforma». Pues se pone en evidencia que, no es iniciativa del Órgano correspondiente como es la SETENA; tanto así que, a su personal, ha sido hasta el 21 de setiembre 2021 que se le remitió una matriz del documento y plazo de 10 días para que, si tiene interés, envíe a la administración observaciones individuales o colectivas. También, se le informó a estos funcionarios de ascensos por «extraordinaria labor» de la secretaria Cynthia Barzuna a vice ministra y del director técnico Ulises Álvarez a secretario. Las cámaras empresariales continúan jubilosas y todavía quedan unos meses en que se espera más. Para información de los investigadores del «caso cochinilla», si se lo proponen, tal vez tendrán presente que este señor Álvarez, podrá aportar información sensible sobre gestiones de la señora Mélida Solís durante sus «visitas frecuentes» no sólo a CONAVI76; aun cuando él no ocupaba puestos de mando, pero sí era empleado de confianza por parte de las jefaturas, para asignarle casi con exclusividad la evaluación de proyectos ligados a determinadas empresas constructoras.  

De qué sirve que el presidente Alvarado mediante su reciente discurso77 al mundo, se declare conocedor del nuevo informe de expertos sobre Cambio Climático del IPCC. Si su gobierno y anteriores, en lugar de avanzar efectivamente en la protección y conservación de los recursos naturales; sobre la legislación de impacto ambiental, ha llevado a cabo reformas y derogaciones regresivas de evidente conveniencia al modelo económico típico del neo extractivismo. Además, casi siempre, haciendo a un lado los criterios y recomendaciones más calificadas, expuestos públicamente por parte de expertos de la sociedad civil y la academia de este país. También, cita que ha visto el azote por el mundo de los desastres naturales extremos; y parece alarmado. Sin embargo, nada hizo al menos para disminuir la importación y uso masivo de agrotóxicos, o la expansión del monocultivo de la piña; cuyos daños ambientales y sociales e inclusive violación de derechos humanos, son hasta hoy de dimensiones incalculables. Estos hechos reales y no los únicos, efectivamente sí nos distinguen. Dentro y fuera del país, es conocido que se exporta piña, y en ella, a veces algo más hacia diferentes puntos de la geografía mundial y todo en calidad de negocios en manos de los grandes exportadores; a la vez, se importan cada vez más granos básicos, en dicho caso también como negocios por parte grandes importadores. Todo esto, a costa del cambio de uso de suelo y lo que ello implica para la diversidad biológica, la hidrología, hidrogeología y salud humana; ruta a la desertificación a lo largo y ancho del territorio nacional, donde miles y miles de hectáreas de suelos que, otrora tenían cobertura de bosque y pastos y/o se dedicaban al cultivo de granos básicos, hoy soportan el monocultivo piñero. Por lo tanto, estos daños socio ambientales, consecuencia de las políticas públicas de este y anteriores gobiernos, no son consistentes con el reclamo presidencial a tener «ambición con el futuro del planeta», por ejemplo, en acciones sobre el deber de «…proteger y restaurar las tierras donde se producen los alimentos». Consecuentemente y parafraseando el discurso de referencia, ya no es el futuro, sino el presente el que nos grita: ¡Menos daños ambientales y demagogia, más protección, conservación y Evaluación de Impacto Ambiental!  

Que no quede ninguna duda, en esa intervención presidencial el gran ausente fue el Acuerdo de Escazú. Por lo tanto, si tuviera ética, le pediríamos que rinda cuentas ante alguno de los foros en los que todavía tiene planificado presentarse, quizás la última oportunidad como para sumar un punto a favor sobre lo que sido la política ambiental real de este gobierno. Que no haya un asesinato más ni hostigamiento o persecución en este país a líderes sociales, defensores del ambiente y de sus territorios.  Vivirán por siempre en nuestra memoria Jairo Mora Sandoval, Sergio Rojas Ortíz y Jerhy Rivera Rivera; los últimos mártires de derechos humanos en la Costa Rica del siglo XXI.  Clamamos por Justicia. 

Señoras y señores: presidente de República, primera dama, ministra de Ambiente y Energía, viceministra de Aguas y Mares, secretario general de SETENA; la política ambiental que requiere con máxima urgencia y merece este país, es exclusivamente la que esté orientada a la protección y conservación de todo su territorio continental y marítimo. El 25 o 30% del mismo, ya hace años logrado su protección legalmente por medio de la creación de diferentes Áreas de Conservación, ocupan ser efectivamente consolidadas en la práctica según sus especificidades por medio de una administración eficiente, sistemática y con los recursos apropiados a sus fines y objetivos; al menos para contrarrestar el daño permanente a su diversidad biológica como es el saqueo y tráfico de madera incluyendo especies vedadas y en extinción, la invasión con monocultivos y sobre explotación turística. El restante 70 o 75 %, también requiere de urgente protección y conservación exigida por la Constitución, leyes nacionales y Tratados internacionales adoptados por Costa Rica; mediante la Evaluación de Impacto Ambiental de toda forma de desarrollo, en tanto, es la más calificada herramienta técnica y científica que también ya poseemos y debe aplicarse bajo constante fortalecimiento progresivo. Cuando así trabajemos, no hará falta mentir ante nadie ni en ningún foro mundial para recoger reconocimientos por liderazgos de papel o dinero que, nunca revertirán los daños ambientales que encubren y continúan en aumento en todo el territorio nacional. 

Referencias 

*Resoluciones SETENA No. 2373-2016, 1909-2017,1462-2018,840-2018; SETENA-ACP-09-2014, 30-2017, 112-2017, 028-2018; Directrices No. 20-MP-MEIC-03/08/2018 y 052-MP-MEIC-19/06/2019; Circular No. 001-2019-MEIC-MP-17/07/2019; Decretos Ejecutivos No. 37675-23/04/2013,37803-25/06/2013, 38449-21/01/2014, 40505-03/04/2017, 40763-24/08/2017, 41213-10/07/2018, 41664-08/03/2019, 41795-2019-25/06/2019, 41815-05/07/2019, 41817-05/07/2019, 41851-24/07/2019, 42015-25/10/2019 y 42912-02/02/2021; Leyes No.9610-2018 y No.9789-2019; Voto de S. C. No. 01163-2017.  

1. https://www.elpais.cr/2015/11/18/sala-iv-da-tramite-a-recurso-por-falta-de-reglamento-a-ley-organica-del-ambiente/ 

2. https://www.imprentanacional.go.cr/pub-boletin/2009/08/bol_20_08_2009.html 

3. http://www.mag.go.cr/asuntos-internacionles/Retos-ambientales-CostaRica.pdf 

4. https://www.presidencia.go.cr/comunicados/2021/04/alvarado-expone-retos-y-desafios-que-enfrenta-la-juventud-en-epoca-del-covid-19/ 

5. Boff L. y otros 2015; Carta Encíclica Laudato Sí, S. P. Francisco -24/05/2015 

6. https://semanariouniversidad.com/ultima-hora/costa-rica-pierde-eleccion-en-consejo-de-derechos-humanos-de-la-onu/ 

7. https://www.ameliarueda.com/nota/mensaje-confuso-alvarado-exclusion-cumbre-ambiente-noticias-costa-rica 

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23. https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/357249/desproteccion-del-ambiente-empieza-en-setena 

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