El control al uso del asbesto es una de las cuotas pendientes en Latinoamérica, donde solo seis países han vetado este material natural, altamente cancerígeno y que también afecta al medioambiente, según varios estudios de la OMS y de convenios internacionales que urgen a evitar su producción. Chile, Argentina, Uruguay, Perú, República Dominicana y Brasil […]
El control al uso del asbesto es una de las cuotas pendientes en Latinoamérica, donde solo seis países han vetado este material natural, altamente cancerígeno y que también afecta al medioambiente, según varios estudios de la OMS y de convenios internacionales que urgen a evitar su producción.
Chile, Argentina, Uruguay, Perú, República Dominicana y Brasil hacen parte de los 75 países, incluidos los de la Unión Europea, que le han declarado la «guerra» al asbesto, un mineral que tiene múltiples usos industriales.
Hace 25 años, la Organización Mundial de la Salud (OMS) incluyó el asbesto como un elemento cancerígeno de primer orden, pues incide en el desarrollo de cáncer de pulmón, de laringe, de ovario y otras patologías del aparato respiratorio y recientemente alertó que las enfermedades «siguen en aumento incluso en países donde fue vedado».
Para ese fin, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) busca crear un Atlas del Asbesto, para recopilar información sobre el uso y regulación en cada uno de los países que aún lo utilizan.
Según cifras de la OMS, al año se registran en el mundo «107.000 muertes por contacto directo con el mineral y 400 por la exposición no ocupacional, es decir por inhalación de las fibras de amianto».
Chile prohibió en 2002 la producción, importación, distribución, venta y uso de materiales que contengan cualquier tipo de este mineral. En ese año un 42,2 % de las casas estaban construidas con placas de pizarreño mezcladas con asbesto.
En el mismo año Uruguay prohibió la fabricación, introducción al territorio nacional bajo cualquier forma y la comercialización de productos que contengan amianto o asbesto, mientras que para determinados artículos que contengan ese mineral se debe solicitar autorización al Ministerio de Salud Pública.
En 2003 Argentina eliminó su producción y su uso en todas las presentaciones, al considerar que existen pruebas científicas sobre los efectos cancerígenos.
Perú prohibió el uso de asbesto anfíbol y reguló el uso del asbesto crisotilo en 2014. En el país andino se registran 50 casos al año de enfermedades como fibrosis pulmonar.
República Dominicana prohíbe el uso del amianto, en concordancia a que el país se ha adherido a varios convenios como el de Rotterdam, el Convenio 160 sobre asbestos y de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la seguridad de los trabajadores.
A finales de noviembre del año pasado, la Corte Suprema de Brasil prohibió la producción, comercialización o uso de cualquier tipo de amianto, incluyendo el llamado crisotila y calificó anticipadamente como inconstitucional cualquier ley que llegue a ser votada en el Congreso en favor de este material cancerígeno.
En otros países está regulado su uso, más no está prohibido.
Es el caso de Paraguay, donde al no encontrarse entre los materiales prohibidos por la ONU no aplican restricciones, dijo a Efe, Ovidio Espínola, jefe de normas de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales. Sin embargo, el país obliga a los empresarios a garantizar la seguridad y salud de los empleados expuestos a partículas de amianto.
La utilización del asbesto en Colombia es legal, pero en el Congreso se debate un proyecto de ley para prohibirlo. La iniciativa lleva el nombre de Ana Cecilia Niño, quien abanderó la lucha contra el uso de ese material y murió el año pasado de cáncer, precisamente al estar expuesta a ese peligroso mineral.
La Ley sobre Sustancias, Materiales y Deshechos Peligrosos que rige en Venezuela establece que en caso de que sean utilizados ese tipo de materiales se debe contar con la aprobación del Ministerio del Ambiente o de Salud.
Desde 1989 en Bolivia está vigente una ley que ratificó un convenio de la OIT sobre la reglamentación y normas de seguridad aplicables a todas las actividades en las que los trabajadores estén expuestos al asbesto.
En México, la Ley General para la Salud y la Ley General para la Prevención Integral de los Residuos prohíbe el uso del asbesto y en 2011 la Ley General de Salud de la Ciudad de México adoptó medidas sobre el uso de ese material para limitar la exposición al mismo.
Una fuente del Ministerio del Ambiente de Ecuador dijo a Efe que se busca trazar una «ruta de trabajo para la eliminación y sustitución de este material en un mediano y largo plazo, así como también identificar las mejores técnicas para la gestión de los productos una vez que se convierten en desechos».
En Panamá, pese a que desde 2006 existen normas para la protección y manipulación del asbesto, sindicalistas se quejan de que su uso no está «regulado, restringido o prohibido».
Costa Rica fijó en 1996 el «Reglamento de Uso Controlado del Asbesto y Productos que lo Contengan», mientras en El Salvador está permitido bajo condiciones muy estrictas de transporte y manipulación.
El ministro de Ambiente y Recursos Naturales de Guatemala, Sydney Samuels, dijo a Efe que «no hay una reglamentación» pero se está «conversando con especialistas» sobre el tema.
En Puerto Rico, el administrador de cualquier edificio público que contenga asbesto debe tener un plan que establezca los pasos a tomar para evitar la exposición a ese material.
Fuente: http://www.hoylosangeles.com/efe-3484351-13717005-20180105-story.html