La aprobación del Estatuto de los Trabajadores (Ley 300 del 20 de mayo de 1970) marcó un parteaguas en la historia de las relaciones industriales italianas, sentando las reglas más importantes en cuanto a la tutela de las libertades laborales y sindicales. Durante más de 40 años, el artículo 18 del Estatuto encarnó la esencia […]
La aprobación del Estatuto de los Trabajadores (Ley 300 del 20 de mayo de 1970) marcó un parteaguas en la historia de las relaciones industriales italianas, sentando las reglas más importantes en cuanto a la tutela de las libertades laborales y sindicales.
Durante más de 40 años, el artículo 18 del Estatuto encarnó la esencia de la dignidad de las y los trabajadores ante el poder de la patronal, protegiéndolos contra los despidos sin justa causa y avalando su derecho a ser indemnizados y reintegrados de inmediato a su puesto de trabajo.
Esa disciplina laboral, un verdadero baluarte contra las represalias patronales y los instintos antisindicales que se aplica en las empresas con más de 15 empleados, ha venido sufriendo repetidos ataques en el marco de una desbordante e incontrolable expansión del modelo neoliberal, que ha conllevado una creciente flexibilización y precarización del mercado del trabajo.
Hace dos años, el gobierno del tecnócrata Mario Monti llevó a cabo una reforma laboral -conocida como Ley Fornero- que comenzó a vaciar de contenido el artículo 18, estableciendo diferentes criterios de aplicación del derecho al reintegro según la tipificación del despido.
De hecho, la modificación del texto del artículo 18 rompió el automatismo existente entre despido ilegitimo y reintegro del trabajador, tipificado tres tipos diferentes de despido: discriminatorio, disciplinario y económico.
Mientras en el primer caso se aplica la normativa anterior, donde el juez ordena el reintegro inmediato y el pago de los salarios caídos, en el despido disciplinario -por el comportamiento del trabajador- y en el económico -por graves dificultades económicas de la empresa-, el juez puede decidir si ordenar el reintegro del trabajador o el simple pago de una indemnización resarcitoria.
¿Tutelas crecientes para los trabajadores? Una nivelación hacia abajo
Solamente dos años después de este primer ataque mortal, el gobierno actual de Matteo Renzi, una coalición de partidos de centro-derecha y centro-izquierda, ha lanzado una nueva ofensiva contra lo que, despectivamente, considera un «tótem y un símbolo ideológico de la izquierda».
Según el también secretario general del Partido Democrático (PD) -evolución socialdemócrata del extinto Partido Comunista Italiano (PCI)- reformar de manera pragmática el Estatuto de los Trabajadores, incluyendo el artículo 18, sería la única manera de crear nueva ocupación y contribuir a la reactivación de la economía nacional.
Para él, defender el artículo 18 significa preocuparse solamente de un pequeño grupo de privilegiados -aproximadamente unos 7 millones de trabajadores y trabajadoras-, desinteresándose de todos aquellos que no gozan de contratos por tiempo indeterminado.
Sin embargo, no explica por qué en lugar de proponer una nivelación de derechos hacia arriba prefiere abrazar la reforma introducida por su antecesor Mario Monti, desmejorándola y nivelando los derechos laborales hacia abajo.
Tampoco hay un análisis serio sobre las razones de que se haya llegado a esta situación de extrema flexibilidad y precarización laboral, y de quiénes son los culpables de la progresiva pérdida de derechos laborales.
En su propuesta de reforma laboral, conocida como Job Acts, Renzi prevé implementar un mecanismo de tutelas crecientes, donde sólo con la antigüedad los trabajadores podrán obtener los derechos previstos por el Estatuto, entre ellos el de poder ser reintegrado en caso de despido discriminatorio.
Paradoja de una solución Defensa del artículo 18
«Quien quiere abolir el artículo 18 está eliminando la libertad de los trabajadores», dijo Susanna Camusso, secretaria general de la Confederación General Italiana de Trabajadores (CGIL), abogando por una respuesta unitaria del sector sindical italiano.
Para el jurista Piergiovanni Alleva no hay que escatimar esfuerzos en defensa del artículo 18, en tanto su verdadera función es prevenir los despidos ilegítimos.
«El artículo 18 es una norma que sigue garantizando dignidad a las y los trabajadores, liberándolos del chantaje del despido por represalias», advirtió Alleva en su artículo para el periódico Il Manifesto.
Además, asegura que es paradójico decir que representa una injusticia para aquellos trabajadores que no gozan de este derecho.
«Si solamente la mitad de la población tiene pan, la verdadera solución es alimentar a toda la nación y no quitarle el pan a quien ya lo tiene», dijo el jurista.
Según el catedrático, al permitirse el despido arbitrario se fomenta la profundización de formas de «trabajo desechable», lo cual conlleva una mayor precarización de las relaciones de trabajo, así como la reducción de los salarios y de los derechos colectivos.
«Todo esto nos lleva a un escenario muy peligroso de explotación y empobrecimiento generalizado. En este sentido, tenemos que prepararnos para una gran batalla en defensa de la dignidad del trabajo», concluyó Alleva.
Fuente: Rel-UITA